Boletín Oficial de la República Argentina del 04/08/2011 - Segunda Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Jueves 4 de agosto de 2011
M.T. MAJDALANI Y CIA.
SOCIEDAD ANONIMA
Se Hace saber Esc. 196 del 12/7111, Reg. 15
84: I reformó los Art 1, 5, 9, 10 y 11 del Estatuto, que quedan: Artículo 1º: La Sociedad, antes denominada M. T. Majdalani y Cía S.A, se denominará Aperam Stainless Services & Solutions Argentina Aperam S.S.S. Argentina S.A. y tiene su domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5º: Las acciones serán escriturales ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijarseles una participación adicional en las ganancias. Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho a un voto, conforme se determine al suscribir el capital inicial y en oportunidad de resolver la Asamblea su aumento. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto. Las acciones que componen las series 1ra. A 25a, ambas inclusive del capital social, son escriturales ordinarias con derecho a un voto por acción y las de las series 26a y siguientes que se emitan mediante los aumentos del mismo, serán de cualquiera de las clases mencionadas según lo decida la asamblea. Articulo 9º: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio integrado por tres Directores Titulares, elegidos por la Asamblea Ordinaria, pudiendo la Asamblea fijar y designar igual o menor número de directores suplentes. El término de su elección es de dos años, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.
El Directorio en su seno designará por mayoría simple un Presidente y un Vice-presidente y todos los Directores continuarán en Sus cargos hasta que tomen posesión los reemplazantes designados por la Asamblea respectiva. Cuando se produzca la vacancia de un cargo de Director por renuncia, fallecimiento, incapacidad definitiva o remoción, el Directorio podrá: a designar con acuerdo del órgano de fiscalización, de entre los suplentes, al reemplazante del Director renunciante para que ejerza el cargo hasta la próxima Asamblea Ordinaria, o bien b siempre que el quórum mínimo exigido por el Estatuto o la reglamentación vigente no se vea afectado, podrá esperar hasta que la próxima Asamblea designe un reemplazante que se mantendrá en el cargo hasta la vencimiento del mandato del Director a quien se reemplace. En garantía de sus funciones, los directores titulares depositarán en la caja social la suma de pesos diez mil $ 10.000. o su equivalente en títulos valores públicos, o en fianzas, avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la Sociedad. Dichos depósitos en garantía no podrán ser afectados ni retirados por concepto alguno hasta después de concluido el plazo legal. Los directores constituirán domicilio especial en la forma establecida por la autoridad de control. Artículo 10º: La representación legal de la Sociedad corresponde: a Al Presidente del Directorio o al Vice-presidente en caso de ausencia o incapacidad transitoria; b A dos cualesquiera de los Directores Titulares en forma conjunta debiendo dicho Director ser siempre el Presidente o el Vice-presidente o c A un Director Titular, debiendo dicho Director ser siempre el Presidente o el Vice-presidente, en forma conjunta con un apoderado con facultades suficientes. El Directorio podrá otorgar mandatos, los que deberán ser suscriptos siempre por dos o más Directores, debiendo uno de ellos ser el Presidente o Vice-presidente, con las limitaciones establecidas en el art. 57 de la Resolución de la Inspección General de Justicia numero 7/2005, sean dichos poderes de administración o de disposición. Dichos poderes podrán ser otorgados a una o más personas, sean o no miembros del Directorio, en los asuntos específicamente determinados en el respectivo poder y con limitaciones monetarias especificas. El Directorio sesionará válidamente con la mayoría absoluta de sus miembros y adoptará sus decisiones por mayoría absoluta de sus miembros presentes.
En su primera reunión designará un Presidente y un Vicepresidente que suplirá al primero en caso de ausencia o de impedimento transitorio.. Artículo 11º: El Directorio tiene Todas las facultades de ley y especialmente las siguientes funciones, indicadas en forma enunciativa y no enumerativa: 11.1 Del Presidente y del Vicepresidente del Directorio: 1 Las funciones del Presidente serán: a Convocar a las reuniones de Directorio y Presidirlas. La convocatoria y el orden del día se comunicarán por cualquier medio y con la antelación que el propio cuerpo fije.
B Suscribir con el Secretario del Directorio y
Segunda Sección los Directores asistentes, las actas de reuniones del cuerpo. C Llevar a cabo las otras funciones que el Directorio le atribuya. Se excluye expresamente de las facultades del Presidente la de absolver posiciones o prestar confesión en juicio en representación de la Sociedad. Dicha diligencia será cumplida por un director, Gerente, funcionario o apoderado con facultades suficientes o por la persona que el Directorio designe especialmente al efecto. 2 El Vicepresidente reemplazará en sus funciones al Presidente en caso de ausencia o incapacidad transitoria; la actuación personal del Vicepresidente con la indicación de que lo hace en ejercicio de la Presidencia presume la existencia de las causales estatutarias que habilitan la sustitución. En caso de incapacidad permanente del Presidente, el Vice-presidente tendrá a su cargo la presidencia hasta la terminación del mandato. 11.2. Del funcionamiento del Directorio: El Directorio se reunirá al menos una vez cada tres meses o cuando el Presidente lo estime conveniente, o bien a pedido de cualquier Director; en este caso será convocado por el Presidente para reunirse dentro del quinto día hábil de recibido el pedido; en su defecto podrá convocarlo cualquier Director.
Las reuniones se llevarán a cabo en el lugar donde se localice normalmente la administración de la Sociedad o por excepción en el que determine el Presidente o el Vice-presidente en su convocatoria. Las reuniones también podrán realizarse a distancia mediante la comunicación simultánea de sonido o imágenes y palabras con los presentes a distancia conforme lo autorice la reglamentación vigente. En consecuencia el Directorio sesionará válidamente con la mayoría absoluta de sus miembros presentes físicamente en la reunión y los comunicados por los medios antes mencionados en el caso que corresponda. Si existiera quórum, los Directores ausentes y que no se encuentren comunicados a distancia al momento de la reunión, podrán hacerse representar con derecho a voto en las reuniones de Directorio por cualquier otro Director, por medio de carta poder conferido por instrumento público o privado, debiendo hacerse constar estas circunstancias en el acta respectiva del Directorio. Los Directores representados no quedan eximidos de las responsabilidades inherentes a sus cargos. Todas las decisiones del Directorio se adoptaran por mayoría absoluta de votos de sus miembros presentes físicamente o a distancia y representados. En el encabezado de las actas de las reuniones celebradas con uno o más de los Directores comunicados a distancia, se harán constar el nombre y apellido del director o Directores que no se encuentran presentes físicamente en la reunión y el lugar desde donde participan. En estos casos el o los Directores presentes a distancia podrá otorgar poder a favor de alguno de los Directores presentes físicamente en la reunión para que firme el acta en su representación, de lo que también se dejará constancia en el acta. Mediante la firma del acta respectiva, el representante del Organo de Fiscalización dejará constancia de la regularidad de las decisiones adoptadas en la reunión celebrada con uno o más de los directores presentes a distancia. El Directorio puede delegar facultades especiales para la consideración y resolución de determinados asuntos, en uno de sus miembros o en comisiones de dos o más Directores. Asimismo puede confiar a uno o más de sus miembros el desempeño de puestos permanentes en la administración de la Sociedad, los que serán ejercidos de acuerdo con las disposiciones del Directorio y sin perjuicios de sus deberes y atribuciones como miembros del mismo. También podrá el Directorio confiarles como tales, la representación de la Sociedad dentro del país o en el extranjero. Todos esos servicios prestados a la Sociedad podrán ser remunerados independientemente de lo que corresponda por su función como Director, si así el Directorio lo determinara. 11.3 De las atribuciones del Directorio: Corresponde al Directorio la atencion de los negocios de la Sociedad para lo cual cuenta con todas las facultades para administrar y disponer de los bienes de la Sociedad, incluso las que requieren poderes especiales en razón de la legislación vigente. Sin perjuicio de la facultades que por ley le correspondan, el Directorio queda facultado para realizar los siguientes actos: 1 Hacer uso de la firma social mediante la actuación de dos Directores en forma conjunta debiendo uno de ellos ser el Presidente o Vicepresidente; 2 Cuando se produzca la vacancia de un cargo a Director, por renuncia o fallecimiento, incapacidad definitiva o remo-

BOLETIN OFICIAL Nº 32.206

ción, el Directorio podrá a designar con acuerdo del órgano de fiscalización, de entre los suplentes, al reemplazante del Director renunciante para que ejerza el cargo hasta la próxima Asamblea Ordinaria, o bien b siempre que el quórum mínimo exigido por el Estatuto o la reglamentación vigente no se vea afectado, podrá esperar hasta que la próxima Asamblea designe un reemplazante que se mantendrá en el cargo hasta la vencimiento del mandato del Director a quien se reemplace; 3 Por delegación de la Asamblea de acuerdo a lo previsto en estos estatutos de las modalidades de emisión de acciones por aumento de capital de la Sociedad o de la emisión de debentures, bonos, obligaciones negociables y otros títulos de deuda; 4 La compraventa y gravamen de fondos de comercio y de bienes inmuebles y realizar la donación de bienes muebles e inmuebles y aceptar las que le hagan a la Sociedad, con arreglo a lo determinado en este articulo 11.3; 5 La venta o gravamen de activos, con arreglo a lo determinado en este articulo 11.3; 6 Dar y recibir dinero en préstamo, con garantía real o personal, constituir, aceptar, ceder y cancelar prendas de cualquier clase, operar en general en cualquier transacción admisible con toda clase de entidad financiera, estatal, mixta o privada, internacional o local, incluso derivadas de tratados de cooperación regional o acuerdo multilaterales y toda otra persona interviniente en mercados financieros y de capitales, con arreglo a lo determinado en este articulo 11.3; 7 Disponer todos los actos, contratos, gestiones y diligencias, ya sea ante las autoridades competentes, entidades publicas o privadas y particulares, encaminadas al cumplimiento de los negocios de la Sociedad; 8 Si lo considera conveniente, conformar un Comité Ejecutivo con el objetivo previsto en la reglamentación vigente; 9 Podrá crear también comités internos, especializados o de gerencia, permanentes o transitorio, definiendo sus objetivos y sus responsabilidades, otorgándoseles los poderes necesarios para el buen desempeño de sus funciones; 10 fijar con periodicidad los objetivos empresariales que sirva de base para la elaboración de la estrategia de negocios o plan de largo plazo de la Sociedad, aprobando el Plan Estratégico de la Sociedad, para deliberación de los Accionistas;
11 Aprobar el presupuesto general de la Sociedad incluyendo los presupuestos de cada área operativa y evaluar sus desvíos y variaciones, para deliberación de los Accionistas; 12 Fijar la política comercial, industrial y financiera, a los efectos de obtener los mejores resultados de la actividad de la Sociedad, dentro del marco del presupuesto general y lo determinado por los Accionistas; 13 Realizar el control de la gestión empresaria y del cumplimiento con los objetivos empresariales fijados; 14 Determinar las áreas de actividad y las funciones delegadas de las gerencias; 15 Fijar la política y las normas a aplicar en materia de relaciones humanas y remuneraciones de la Sociedad. Podrá designar, remover y establecer la remuneración de un Gerente General y de otros gerentes, en su caso, así como también fijar los factores que se tendrán en cuenta para medir la eficiencia de los funcionarios. El Gerente General ejercerá las funciones que le señale el Directorio mediante los poderes de administración que al efecto se le otorguen; 16 Prohibir a los Directores, Gerentes y Empleados, para que por si o a través de terceros, celebren contratos con la Sociedad que sean de la actividad en que esta opere y que no se concierten en condiciones de mercado; 17 Determinar las pautas concernientes a las relaciones publicas institucionales de la Sociedad; 18 En caso de mora en la integración de acciones suscriptas por parte de los accionistas la que se producirá sin necesidad de interpelación judicial la adopción de los siguientes procedimientos: i Imponer el interés punitorio establecido en las condiciones de emisión, ii Exigir judicialmente en su caso el pago de las cuotas atrasadas con mas sus intereses, iii Vender los derechos de suscripción correspondientes a las acciones en mora, en remate publico o por medio de un agente de bolsa, en cuanto sean cotizables. Son de cuenta del suscriptor moroso los gastos del remate y los intereses moratorios, sin de la responsabilidad por los daños, iv Declarar caducos los derechos del suscriptor, previa intimación a integrar los aportes comprometidos y adeudados en un plazo no mayor a los treinta días, con perdidas de las sumas adeudadas; 19 La decisión de participar en sociedades, o asociaciones y fundaciones, incluso en su constitución, dentro de los márgenes permitidos por la ley y en su caso con arreglo a lo determinado en este
3

articulo 11.3; 20 El otorgamiento de mandatos, generales o especiales con fijación de áreas objetivas de actuación y de limites monetarios para asumir compromisos en nombre de la Sociedad; 21 En ningún caso podrá el Directorio contraer obligaciones sociales sin la decisión y aprobación asamblearia correspondiente por mas del equivalente en moneda corriente de la Republica Argentina a la suma de Dólares Estadounidenses Quinientos mil U$D 500.000, tomada al tipo de cambio oficial vendedor del Banco de la Nación Argentina al día hábil inmediato anterior, para el caso de i adquisición o disposición de activos fijos ii participación en otras sociedades y de la suma de dólares estadounidenses dos millones quinientos mil U$D
2.500.000, tomada al tipo de cambio oficial vendedor del Banco de la Nación Argentina al día hábil inmediato anterior, para el caso de todo tipo de obligaciones financieras sean en forma enunciativa y no enumerativa a el otorgamiento de cualquier préstamo, financiamiento o cualquier otra operación que implique convertir a la sociedad en acreedor financiero b asumir o contraer obligaciones de préstamo, firma de contratos financieros de cualquier tipo; 22
Efectuar cuantos mas actos sean necesarios para la gestión de los negocios de la Sociedad debiéndose considerar la enumeración que antecede como de orden meramente enunciativa.
En tal sentido el Directorio podrá resolver todos los casos no previstos en estos estatutos y autorizar en consecuencia, cualquier acto u operación que no estuviera expresamente determinada en los mismo, siempre que este comprendido en el objeto social autorizado y que no este sujeto a la aprobación de la Asamblea de Accionistas. II se aprobó la renuncia de los Directores Mario Antonio Porto Fonseca y Roberto DAlessandro, se fijó en 3 el Nºde direct titulares: Presidente: Timoteo Di Maulo, Pasaporte Italiano AA5590341, Vicepresidente: Miguel Tufik Majdalani h, DNI 17715548, Director: Sebastián Adolfo Riccheri, DNI 12276354, constituyen domicilio en Av. Descartes 4200, Tortuguitas, Pcia de Buenos Aires. III Se cambió la sede social a la calle Marcelo T de Alvear 684, piso 1º, de la Ciudad Autónoma de Bs As en reemplazo del actual en la calle Carlos Pelegrini 1069, piso 11, de la Ciudad Autónoma de Bs As.
Acta de Asamblea General Ord y Extraord unánime del 27/4/11, Actas de Directorio 401 y 402
del 9/5/11 y 6/7/11, respectivamente. María Rocío G. Lescano, autorizada por escritura número 196 de fecha 12/7/11, Fº 421 del Registro 15
de Pilar, Pcia de Bs As.
Certificación emitida por: Nora I. Street.
NºRegistro: 15, Partido de Pilar. NºMatrícula:
3052. Fecha: 18/07/2011. Nº Acta: 152. Nº Libro: 32.
e. 04/08/2011 Nº94942/11 v. 04/08/2011


MADERERA BAIGORRIA
SOCIEDAD ANONIMA
Habiendo vencido los mandatos de Bruno Zarzecki y Daniela Zarzecki, se los designó nuevamente por Asamblea General Ordinaria del 25/1/11, como Presidente y Directora Suplente, respectivamente ambos por tres ejercicios conforme la reforma estatuaria y ambos con domicilio constituido en Lambaré 1023 13º piso dpto A, CABA. Por Asamblea General Extrordinaria Nº24 del 22-7-11 se modificó el Articulo Octavo del Estatuto en referencia al plazo de duración de los cargos del directorio los cuales duraban 1 ejercicio y con la reforma durarán 3 ejercicios.
Silvina Paris, autorizada por Acta de Directorio Nº26 del 26/01/11.
Abogada Silvina Paris e. 04/08/2011 Nº95057/11 v. 04/08/2011


MANDAMIENTOS E INVERSIONES
SOCIEDAD ANONIMA
Por Asamblea del 27/05/2011 i se designaron los miembros del Directorio: Presidente:
Fernando Agero Garcés; Vicepresidente:
Leonardo Fabricio Fernández; Directora Titular:
María Mercedes Premrou y Director Suplente:
Fabián Orlando Cainzos, quienes aceptaron los cargos y constituyeron domicilio en la sede social. Duran 3 ejercicios; y ii se redujo el capital social de $36.415.680 a $3.832.303. Se modificó el artículo cuarto del estatuto. Autorizada por asamblea del 27/05/2011.
Abogada Romina S. Quaratino e. 04/08/2011 Nº94913/11 v. 04/08/2011

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/08/2011 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date04/08/2011

Page count32

Edition count9394

First edition02/01/1989

Last issue17/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Agosto 2011>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031