Boletín Oficial de la República Argentina del 25/04/2011 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Lunes 25 de abril de 2011

BOLETIN OFICIAL Nº 32.135

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blicar el activo y pasivo antes y después de la reducción: Antes. Activo: $1.343.015,08, Pasivo $394.680,12, Patrimonio Neto $948.334,96. Después: Activo $554.733,53, Pasivo $965.908,12;
Patrimonio Neto: $ -411.174,59. Autorizado: Ignacio Arzac Abogado Tº 87 Fº 921, autorizado por acta de directorio del 15/8/07.
e. 19/04/2011 Nº43674/11 v. 25/04/2011

% 47 %

Z
ZENTA S.A. EN LIQUIDACION
Inscripción en Registro I.G.J. 264141. Inscripta en el Registro Público de Comercio el 24/09/1958
bajo el Nº 2059 del L 5 de Estatutos Nacionales. Domicilio: Reconquista 1048 Piso 7 CABA.
Por Asamblea Extraordinaria del 27/12/2010
se aprobó la realización de una partición y distribución parcial de bienes de $ 200.000. art.
107 LS. Antes de la distribución parcial: Activo $ 654.961,59. Pasivo $ 50.125,48. Patrimonio Neto $ 604.836,11. Después de la distribución:
Activo $ 454.961,59. Pasivo $ 50.125,48. Patrimonio Neto $404.836,11. Presidente Liquidador por Asamblea N 47 del 27/08/10.
Presidente Eduardo Patrón Costas Certificación emitida por: Carlos M. de Nevares. NºRegistro: 1048. NºMatrícula: 2399. Fecha:
14/04/2011. NºActa: 033. NºLibro: 225.
e. 19/04/2011 Nº43874/11 v. 25/04/2011

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

ANTERIORES
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TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES

Por disposición de S. Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, doctora Lucrecia M. Rojas de Badaró, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el término de cinco 5 días, lo dispuesto en la sentencia de fecha 14 de junio de 2007 en la causa caratulada: Gloria Pompeya Gómez de Schaerer f/Denuncia p/Sup. Secuestro Extorsivo, expediente Nº430/06 respecto a Néstor Horacio Barczuk, de nacionalidad argentina, D.N.I.
Nº16.365.663, soltero, nacido el 07 de octubre de 1963 en la ciudad de Posadas, Provincia de Misiones; la que dispone: Nº06. Sentencia. Corrientes, 14 de Junio de 2007.- Y Vistos: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; Se Resuelve: 1º 2º Condenar a Néstor Horacio Barczuk, D.N.I. Nº16.365.663, ya filiado en autos, a la pena de veinticinco 25 años de prisión, como co-autor penalmente responsable del delito de secuestro extorsivo, previsto y reprimido por el artículo 170, inc. 6º del Código Penal, más accesorias legales y costas art. 12, 40, 41 y 45 del Código Penal y 530 del CPPN. 3º 4º
5º 6º 7º 8º 9º 10º 11º 12º
13º 14º Registrar, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, cursar las comunicaciones correspondientes y reservar. Fdo.: Dr. Vicente Constancio Espósito, Juez de Cámara. Dra. Lucrecia M. Rojas de Badaró Juez de Cámara. Dr. Fermín Amado Ceroleni, Juez de Cámara. Ante mí: Dra. Susana Beatriz Campos. Secretaria. Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.
e. 15/04/2011 Nº41521/11 v. 25/04/2011

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Por disposición de S. SA. La señora Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dra. Lucrecia M. Rojas De Badano, se ha ordenado la publicación en el
Boletín Oficial, por el termino de cinco 5 días, de lo dispuesto en la Sentencia Nº10 de fecha 08 de Abril de 2.009, en la causa caratulada:
Gerstenkorn, Enrique Daniel p/Sup. Inf. Ley 23.737, Expediente Nº 452/06, respecto a Enrique Daniel Gerstenkorn, DNI. Nº 12.713.249, sin apodos ni sobrenombres, de nacionalidad argentino, desocupado, de estado civil soltero, de 53 años de edad, domiciliado en calle Entre Ríos Nº836 de la localidad de Maquinista Savio, Partido de Escobar, provincia de Buenos Aires, hijo de Edgardo Donald Gerstenkorn y de Lidia Fuentes; y lo expresado por la Sala II de la Excelentísima Cámara Nacional de Casación Penal, mediante Sentencia Nº 16.747 en su parte dispositiva, las que disponen: Sentencia Nº10.
Corrientes, 08 de Abril de 2.009. Y Vistos: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; Se Resuelve: 1º Condenar a Enrique Daniel Gerstenkorn, DNI. Nº 12.713.249, ya filiado en autos, a la pena de , y multa de pesos un mil $1.000,00 la que deberá hacerse efectiva en el termino de treinta 30 días de notificada la presente, como autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y reprimido por el articulo 5 inc. c, de la Ley 23.737, mas accesorias legales Art., 12, 40, 41 y 46 del Código Penal y 530 del CPPN. 2º Declarar la reincidencia del nombrado por cuarta vez articulo 50 de Código Penal 3 4 5º Registrar, Notificar al imputado en el lugar de su alojamiento, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo,
cursar las comunicaciones correspondientes, y oportunamente archivar.- Fdo.: --Dr. Fermín Amado Ceroleni - Dr. Víctor Antonio Alonso - Dra. Lucrecia M. Rojas de Badaró - Jueces de Cámara. Ante mí: Dra. Susana Beatriz Campos
Secretaria - Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.- Sentencia Nº16.747. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 06 de Julio de 2.009.
En merito al resultado habido en la votación que antecede, la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal Resuelve: Hacer lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por la defensa a fs. 396/405, sin costas y condenar a Enrique Daniel Gerstenkorn a la pena de siete años de prisión por considerarlo autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes articulo 5 inc. c, de la Ley 23.737 y arts. 470 y 530 y ss. Regístrese, y remítase al tribunal de procedencia sirviendo la presente de atenta nota de estilo.- Fdo: Dr. Luis M. García - Dr. W. Gustavo Mitchell - Dr. Guillermo Yacobucci - Jueces de Cámara. Ante mi: Dr.
Gustavo J. Alterini Prosecretario Letrado - Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Corrientes, 16 de marzo de 2011.
Susana Beatriz Campos, secretaria. Tribunal Oral en lo Criminal Federal. Corrientes.
Lucrecia M. Rojas de Badanó, juez de ejecución.
Susana Beatriz Campos, secretaria.
e. 15/04/2011 Nº41781/11 v. 25/04/2011

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Por disposición de S. Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, doctora Lucrecia M. Rojas de Badaró, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el término de cinco 5 días, lo dispuesto en la sentencia de fecha 14 de junio de 2007 en la causa caratulada: Gloria Pompeya Gómez de Schaerer f/Denuncia p/Sup. Secuestro Extorsivo, expediente Nº430/06 respecto a Judith Analía Alvarenga, de nacionalidad argentina, D.N.I.
Nº21.351.478, soltera, nacida el 10 de abril de 1970 en la ciudad de Resistencia, Provincia del Chaco; la que dispone: Nº 06. Sentencia. Corrientes, 14 de Junio de 2007. Y Vistos: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; Se Resuelve: 1º 2º 3º 4º Condenar a Judith Analía Alvarenga, D.N.I. Nº21.351.478, ya filiada en autos, a la pena de ocho 8 años de prisión, como partícipe secundaria penalmente responsable del delito de secuestro extorsivo, previsto y reprimido por el artículo 170, inc. 6º del Código Penal, más accesorias legales y costas art. 12, 40, 41 y 46 del Código Penal y 530
del CPPN. 5º 6º 7º 8º 9º 10º 11º 12º 13º 14º Registrar, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, cursar las comunicaciones correspondientes y reservar.- Fdo.: Dr. Vicente Constancio Espósito - Juez de Cámara. Dra. Lucrecia M. Rojas de Badaró Juez de Cámara. Dr.
Fermín Amado Ceroleni Juez de Cámara. Ante mí: Dra. Susana Beatriz Campos - Secretaria Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.
Dr. Sebastián Avila, Secretario de Ejecución, Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.
e. 19/04/2011 Nº42884/11 v. 27/04/2011

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
JUJUY

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Cari Humberto Silvestre s/infracc. Ley 23.737 resuelve:
Primero: Condenar a Humberto Silvestre Cari, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de cuatro años y diez meses de prisión, multa de Pesos Quinientos $ 500,00, con más la pena de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes -cocaína-, figura prevista y penada por el artículo 5º inciso C de la ley 23.737, con costas.
Segundo: Remitir a Humberto Silvestre Cari al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo.
Tercero: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 29 de Enero del año dos mil quince, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.
Cuarto: Ordenar el decomiso del vehículo automotor Fiat Duna S-Sedan, Dominio CJT 486; de la suma de Pesos Ochocientos cuatro $804,00, de la moneda extranjera: Dos billetes de Veinte Bolivianos y un billete de Diez Bolivianos, los que se encuentran depositados en custodia en Banco Nación; una pistola marca Bersa, Mod.
23, calibre 22, LR. Nº191.295, con cargador colocado con diez municiones y del celular marca nokia 1100 con batería y chip Nº 89543-41070
- 76896 - 433960, IMEI Nº01037300/544369/1, conforme art. 30 de la Ley 23.737.
Quinto: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Sexto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Humberto Silvestre Cari, para su correspondiente notificación en ese lugar.
Séptimo: Levantar la inhibición general de bienes de Humberto Silvestre Cari dispuesta a fs.110/112 de autos.
Octavo: Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.- René Vicente Casas.- Jorge Luis Villada.- Marta Liliana Snopek. Ante mí:
Efraín Ase. Secretaría.
e. 15/04/2011 Nº41772/11 v. 02/05/2011

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JUZGADOS NACIONALES EN LO
CRIMINAL Y CORRECCIONAL
FEDERAL

N 6
El Sr. Juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº6, Dr. Rodolfo Canicoba Corral, Secretaría Nº 12, a cargo del Dr. Sergio A. Echegaray, cita y emplaza por intermedio del presente a Cai Feng D.N.I.
para extranjeros Nro. 93.918.147 y a Cai Rende Pasaporte de la República de China Nro.
G11743722, lo dispuesto en la causa que lleva el nro. 6.485/2.010, caratulada Cai Feng y otro s/falsedad ideológica: nos Aires, 29 de marzo de 2.011. Cítese a Cai Feng y a Cai Rende por edicto, quienes deberán presentarse por ante estos estrados en el plazo de cinco 5 días a contar desde su publicación, a fin de prestar declaración indagatoria en los términos del artículo 294 del C.P.P.N., ello bajo el apercibimiento de declararse sus rebeldías en caso de incomparecencia injustificada. Fdo. Rodolfo Canicoba Corral, Juez Federal., Ante mí: Sergio A. Echegaray, Secretario Federal.
Buenos Aires, 29 de marzo de 2011.
e. 15/04/2011 Nº41597/11 v. 25/04/2011

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº6, Dr. Rodolfo A. Canicoba Corral, Secretaría Nº12 a cargo del Dr. Sergio A. Echegaray, notifica por la presente a Néstor Diaz Coronel de la siguiente resolución, dispuesta en la causa nro. 9.222/2010 seguida en su contra por el delito de falsificación documentos Destinado a acreditar identidad: nos Aires, 05 de Abril de 2011.- deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde la publicación del presente, a los efectos de ponerse a derecho en las presentes actuaciones, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su inmediata captura en caso de incomparecencia injustificada Fdo: Dr.

47

Rodolfo A. Canicoba Corral, Juez Federal. Ante mí. Dr. Sergio A. Echegaray, Secretario Federal.
Publíquese por el término de cinco días.
Buenos Aires, 05 de abril de 2011.
Sergio Echegaray, secretario federal.
e. 15/04/2011 Nº41601/11 v. 25/04/2011

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N 11

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº11 a cargo del Dr. Claudio Bonadio, por ante la Secretaria Nº 22 a cargo de la Dra. Laura María Charnis, sito en Av. Comodoro Py 2002 piso 4to, cita y emplaza al Marcos Gabriel Monzón, D.N.I. nro. 35.178.281, nacido el 22/04/1990, con último domicilio conocido por este Tribunal en la calle Sanchez de Bustamante 2351, piso 1º hab. 49, de la ciudad autónoma de Buenos Aires, a efectos de presentarse a estar a derecho en los autos 5223/10 caratulados Cardozo Mauro Luis y otros s/inf ley 23.737 en el término de tres días de publicado el presente, bajo apercibimiento en caso contrario de declararlo rebelde y ordenar su detención.
Buenos Aires, 08 de abril de 2011.
Laura Charnis, secretaria federal.
e. 19/04/2011 Nº43106/11 v. 27/04/2011

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El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n 11 a cargo del Dr. Claudio Bonadio por ante la Secretaría n 22, a cargo de la Dra. Laura Charnis sito en Comodoro Py 4 Piso.
En causa nro. 5515/2010 caratulada Rodriguez Matías Ezequiel y otro s/Infracción Ley 23737
cita y emplaza a Brandon Eter Cholan Paredes o Eter Brandon Cholan Paredes, titular del documento expedido por la República del Perú n 46.353.215, hijo de Noemí Paredes y de Teofilo Cholan, nacido el 4 de Enero de 1987, carpintero, a efectos de presentarse a estar a derecho, en los autos en el termino de tres días de publicado el presente bajo apercibimiento en caso de contrario declarar su rebeldía.
Buenos Aires, 04 de Abril de 2011.
Laura Charnis, secretaria federal.
e. 15/04/2011 N 41738/11 v. 25/04/2011

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JUZGADO NACIONAL EN LO
PENAL TRIBUTARIO NRO. 1
SECRETARIA UNICA

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario nro.
1 de Capital Federal, a cargo del Dr. Javier López Biscayart sito en la calle Sarmiento 1118, 3er.
piso de esta ciudad, teléfonos: 4124-7070 - notifica a Juan Dottori L.E. nro. 555.950, que en la causa nro. 562/2007 int. 885 caratulada Dottori, Juan y otros -contribuyente: Grinfa S.A. sobre evasión tributaria simple el 18 de agosto de 2010, se ha dictado la siguiente resolución: Buenos Aires, 18 de agosto de 2010. Autos y Vistos Y
Considerando Resuelvo: I. Sobreseer a Juan Dottori en virtud de que el hecho referido a la presunta evasión del impuesto al valor agregado del ejercicio 2003 no encuadra en una figura legal art. 336, inciso 3, del CPPN. II. Desestimar la denuncia con relación a los hechos manifestados a fs.210 a 218 y 252 a 272 artículo 180, tercer párrafo, del CP Fdo: Javier López Biscayart. Juez.
Ante mí: Máximo Nicolás Díaz. Secretario.
Secretaría, 6 de abril de 2011.
e. 15/04/2011 Nº41394/11 v. 25/04/2011

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JUZGADOS NACIONALES EN LO
PENAL ECONOMICO

N 3
Juzgado Nacional en lo Penal Económico N 3, a cargo del Dr. Rafael Francisco Caputo, Secretaría N 5, en causa N 1539/10 Ex Causa n 11.714/09
caratulada: Actuaciones por separado en causa N 1295/02 caratulada: Employs S.A.; Bydlowski Antonio Lucas s/inf. ley 24.769, se resolvió con fecha 6 de abril de 2011: Autos y Vistos Y Considerando Se Resuelve: I. Sobreseer en la presente causa N 1539/10 ex causa N 11.714/09
respecto de Raúl Gregorio Aguilera, con relación a la situación fáctica descripta por el considerando 1 de la presente, dejándose expresa constancia de que la formación del sumario no afectó el buen nombre y honor del que gozar el nombrado arts.
336 inc. 4 y 336 in fine del C.P.P.N.. II Sin Costas arts. 530 y ss. y ccs. del C.P.P.N Fdo. Dr. Rafael Francisco Caputo, Juez. Ante mí: Dra. Sandra Viviana Goñi, Secretaria.
e. 15/04/2011 N 43151/11 v. 25/04/2011

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Boletín Oficial de la República Argentina del 25/04/2011 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date25/04/2011

Page count56

Edition count9410

First edition02/01/1989

Last issue02/08/2024

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