Boletín Oficial de la República Argentina del 15/04/2011 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Viernes 15 de abril de 2011
día que por Resolución N 59 de fecha 24 de Febrero de 2011 Ampliatoria de Resolución N 27 de fecha 25/01/11, se Sanciona al Partido Intransigente Distrito Chaco con la pérdida de cualquier aporte público que pudiere corresponderle en virtud del ejercicio anual contable del año 2005.
Resistencia, 01 de abril de 2011.
Dr. Hugo Daniel Haedo, Secretario Electoral.
e. 15/04/2011 N 41743/11 v. 15/04/2011

% 33 %

PARTIDO MOVIMIENTO
INDEPENDIENTE DE
JUBILADOS Y DESOCUPADOS
Distrito Provincia Chaco
El señor Juez Federal Subr. con Competencia Electoral en el Distrito Chaco Dr. Eduardo Agustín Valiente en autos caratulados: Partido Movimiento Independiente de Jubilados y Desocupados s/
Rendición de Cuentas Ejercicio 12/06/2007 al 15/12/2007 Expediente N 609/08, que se tramita por ante este Juzgado Federal con Competencia Electoral, Secretaria Electoral a cargo del Dr. Hugo Daniel Haedo, hace saber por el término de un 1
día que por Resolución N 52 de fecha 24 de Febrero de 2011 Ampliatoria de Resolución N 41 de fecha 03/02/11, se Sanciona al Partido Movimiento Independiente de Jubilados y Desocupados Distrito Chaco con la pérdida de cualquier aporte público que pudiere corresponderle en virtud del ejercicio anual contable del año 2007.
Resistencia, 01 de abril de 2011.
Dr. Hugo Daniel Haedo, Secretario Electoral.
e. 15/04/2011 N 41631/11 v. 15/04/2011

% 33 %

PARTIDO NUEVA GENERACION
Distrito Provincia Chaco
El señor Juez Federal Subr. con Competencia Electoral en el Distrito Chaco Dr. Eduardo Agustín Valiente en autos caratulados: Partido Nueva Generación s/Presentación Informes Campañas Electoral Elecciones Diputados Nacionales 28-06-2009
Expediente Nº2484/09, que se tramita por ante este Juzgado Federal con Competencia Electoral, Secretaria Electoral a cargo del Dr. Hugo Daniel Haedo, hace saber por el término de un 1 día que por Resolución Nº64 Ampliatoria de Resolución Nº29 de fecha 26/01/11 de fecha 24 de Febrero de 2011, se Sanciona al Partido Nueva Generación Distrito Chaco con la pérdida de cualquier aporte público que pudiere corresponderle en virtud de la campaña electoral desarrollada para los comicios celebrados en el año 2009 de Diputados Nacionales.
Resistencia, 01 de Abril de 2011.
Hugo Daniel Haedo, Secretario Electoral.
e. 15/04/2011 Nº41660/11 v. 15/04/2011

% 33 %

PARTIDO NUEVA GENERACION
Distrito Provincia Chaco
El señor Juez Federal Subr. con Competencia Electoral en el Distrito Chaco Dr. Eduardo Agustín Valiente en autos caratulados: Partido Nueva Generación s/Presentación Informes Campañas Electoral Elecciones Diputados Nacionales 23-10-2005
Expediente Nº2690/05, que se tramita por ante este Juzgado Federal con Competencia Electoral, Secretaria Electoral a cargo del Dr. Hugo Daniel Haedo, hace saber por el término de un 1 día que por Resolución Nº69 de fecha 24 de Febrero de 2011 Ampliatoria de Resolución Nº 31 de fecha 26/01/11, se Sanciona al Partido Nueva Generación Distrito Chaco con la pérdida de cualquier aporte público que pudiere corresponderle en virtud de la elección de Diputados Nacionales celebrada en el año 2005.
Resistencia, 01 de Abril de 2011.
Hugo Daniel Haedo, Secretario Electoral.
e. 15/04/2011 Nº41665/11 v. 15/04/2011

% 33 %

PARTIDO NUEVA GENERACION
Distrito Provincia Chaco
El señor Juez Federal Subr. con Competencia Electoral en el Distrito Chaco Dr. Eduardo Agustín Valiente en autos caratulados: Partido Nueva Generación s/Rendición de Cuentas de ejercicios 01/01/06 al 31/12/06, que se tramita por ante este Juzgado Federal con Competencia Electoral, Secretaria Electoral a cargo del Dr. Hugo Daniel Haedo, hace saber por el término de un 1 día que por Resolución Nº45 de fecha 24 de Febrero de 2.011 Am-

pliatoria de Resolución Nº 07 de fecha 19/01/11, se Sanciona al Partido Nueva Generación Distrito Chaco con la pérdida de cualquier aporte público que pudiere corresponderle en virtud del ejercicio anual contable del año 2006.
Resistencia, 01 de Abril de 2011.
Hugo Daniel Haedo, Secretario Electoral.
e. 15/04/2011 Nº41671/11 v. 15/04/2011

% 33 %

PARTIDO NUEVA GENERACION
Distrito Provincia Chaco
El señor Juez Federal Subr. con Competencia Electoral en el Distrito Chaco Dr. Eduardo Agustín Valiente en autos caratulados: Nueva Generación s/Averiguación de Cumplimiento Art. 23 Ley 26.215
de Financiamiento de Partidos Políticos - Año 2007, que se tramita por ante este Juzgado Federal con Competencia Electoral, Secretaria Electoral a cargo del Dr. Hugo Daniel Haedo, hace saber por el término de un 1 día que por Resolución Nº46 de fecha 24 de Febrero de 2011 Ampliatoria de Resolución Nº 06 de fecha 19/01/11, se Sanciona al Partido Nueva Generación Distrito Chaco con la pérdida de cualquier aporte público que pudiere corresponderle en virtud del ejercicio anual contable del año 2.007.
Resistencia, 01 de Abril de 2011.
Hugo Daniel Haedo, Secretario Electoral.
e. 15/04/2011 Nº41678/11 v. 15/04/2011

% 33 %

PARTIDO NUEVA GENERACION
Distrito Provincia Chaco
El señor Juez Federal Subr. con Competencia Electoral en el Distrito Chaco Dr. Eduardo Agustín Valiente en autos caratulados: Nueva Generación s/Averiguación de Cumplimiento Art. 23 Ley 26.215 de Financiamiento de Partidos Políticos - Año 2008, que se tramita por ante este Juzgado Federal con Competencia Electoral, Secretaria Electoral a cargo del Dr. Hugo Daniel Haedo, hace saber por el término de un 1 día que por Resolución Nº48 de fecha 24 de Febrero de 2011 Ampliatoria de Resolución Nº 05 de fecha 19/01/11, se Sanciona al Partido Nueva Generación Distrito Chaco con la pérdida de cualquier aporte público que pudiere corresponderle en virtud del ejercicio anual contable del año 2008.
Resistencia, 01 de Abril de 2011.
Hugo Daniel Haedo, Secretario Electoral.
e. 15/04/2011 Nº41681/11 v. 15/04/2011

% 33 %

PARTIDO NUEVA GENERACION
Distrito Provincia Chaco
El señor Juez Federal Subr. con Competencia Electoral en el Distrito Chaco Dr. Eduardo Agustín Valiente en autos caratulados: Nueva Generación s/Averiguación de Cumplimiento Art. 23 Ley 26.215
de Financiamiento de Partidos PolíticosAño 2009, que se tramita por ante este Juzgado Federal con Competencia Electoral, Secretaria Electoral a cargo del Dr. Hugo Daniel Haedo, hace saber por el término de un 1 día que por Resolución Nº53 de fecha 24 de Febrero de 2011 Ampliatoria de Resolución Nº 04 de fecha 19/01/11, se Sanciona al Partido Nueva Generación Distrito Chaco con la pérdida de cualquier aporte público que pudiere corresponderle en virtud del ejercicio anual contable del año 2.009.
Resistencia, 01 de abril de 2011.
Hugo Daniel Haedo, Secretario Electoral.
e. 15/04/2011 Nº41684/11 v. 15/04/2011

% 33 %

PARTIDO NUEVA GENERACION
Distrito Provincia Chaco El señor Juez Federal Subr. con Competencia Electoral en el Distrito Chaco Dr. Eduardo Agustín Valiente en autos caratulados: Partido Nueva Generación s/Rendición de Cuentas de ejercicios 18/08/05 al 31/12/05, que se tramita por ante este Juzgado Federal con Competencia Electoral, Secretaria Electoral a cargo del Dr. Hugo Daniel Haedo, hace saber por el término de un 1 día que por Resolución Nº60 de fecha 24 de Febrero de 2.011 Ampliatoria de Resolución Nº 08 de fecha 19/01/11, se Sanciona al Partido Nueva Generación Distrito Chaco con la pérdida de cualquier aporte público que pudiere corresponderle en virtud del ejercicio anual contable del año 2.005.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.131

33

Resistencia, 01 de abril de 2011.
Hugo Daniel Haedo, Secretario Electoral.
e. 15/04/2011 Nº41687/11 v. 15/04/2011

% 33 %

Secretaria Electoral Nacional, Neuquén, 1 de abril de 2011.
Juan Carlos Fernández, Secretario Electoral Nacional, Distrito Neuquén.
e. 15/04/2011 N 41767/11 v. 15/04/2011

% 33 %

Distrito Provincia Chaco
PARTIDO UNION CIVICA RADICAL

PARTIDO OBRERO

El señor Juez Federal Subr. con Competencia Electoral en el Distrito Chaco Dr. Eduardo Agustín Valiente en autos caratulados Partido Obrero s/
Rendición de cuenta ejercicio 01/01/05 al 31/12/05
Expediente N 352/06, que se tramita por ante este Juzgado Federal con Competencia Electoral, Secretaria Electoral a cargo del Dr. Hugo Daniel Haedo, hace saber por el término de un 1 día que por Resolución N 54 de fecha 24 de Febrero de 2011 Ampliatoria de Resolución N 38 de fecha 03/02/11, se Sanciona al Partido Obrero Distrito Chaco con la pérdida de cualquier aporte público que pudiere corresponderle en virtud del ejercicio anual contable del año 2005.
Resistencia, 01 de abril de 2011.
Dr. Hugo Daniel Haedo, Secretario Electoral.
e. 15/04/2011 N 41739/11 v. 15/04/2011

% 33 %

PARTIDO SOCIALISTA

Distrito Provincia Chaco El señor Juez Federal Subr. con Competencia Electoral en el Distrito Chaco Dr. Eduardo Agustín Valiente en autos caratulados Partido Socialista s/
Averiguación Cumplimiento art. 54 y 58 Ley 25.600
- Elecciones Presidenciales - 2003 Expediente N
3336/06, que se tramita por ante este Juzgado Federal con Competencia Electoral, Secretaria Electoral a cargo del Dr. Hugo Daniel Haedo, hace saber por el término de un 1 día que por Resolución N
65 de fecha 24 de Febrero de 2011 Ampliatoria de Resolución N 39 de fecha 03/02/11, se ha Sancionado al Partido Socialista con pérdida de cualquier aporte público que pudiere corresponderle en virtud de la elección Presidencial celebrada en el año 2003.
Resistencia, 01 de abril de 2011.
Dr. Hugo Daniel Haedo, Secretario Electoral.
e. 15/04/2011 N 41612/11 v. 15/04/2011

% 33 %

PARTIDO SOCIALISTA

Distrito Provincia Chaco El señor Juez Federal con Competencia Electoral en el Distrito Chaco Dr. Carlos Rubén Skidelsky en autos caratulados: Partido Socialista s/Averiguación Cumplimiento Art. 23 Ley 26.215 de Financiamiento de Partidos Políticos - Año 2008, Expte. N
908/2009, que tramita por ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral, Secretaria Electoral Nacional a cargo del Dr. Hugo Daniel Haedo, hace saber por el término de un 1 día que por Resolución N 91 de fecha 31 de Marzo de 2011, se aprobó el Estado Patrimonial y Cuentas de Ingresos y Egresos correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2008, del Partido Socialista Distrito Chaco.
Resistencia, 31 de marzo de 2011.
Dr. Hugo Daniel Haedo, Secretario Electoral.
e. 15/04/2011 N 41525/11 v. 15/04/2011

% 33 %

PARTIDO MOVIMIENTO DE
INTEGRACION Y DESARROLLO
Distrito Provincia Neuquén
El Juzgado Federal N 1 con Competencia Electoral de Neuquén a cargo de la Dra. María Carolina Pandolfi, Secretaria Electoral del suscripto, sito en calle Santa Fé N 318 1 piso de la Ciudad de Neuquén, comunica a la ciudadanía en general que en la causa: Incidente Control Patrimonial Campaña Electoral 28 de Junio 2009 - Movimiento de Integración y Desarrollo Expte. N 28 - F 25 - Año 2010
se ha dispuesto que el informe final presentado en autos correspondientes a las elecciones del 28 de Junio de 2009, como así estas actuaciones, sean puestos en Secretaria a disposición de cualquier interesado en su consulta y control, por el plazo de quince 15 días corridos contados a partir de la publicación del presente, dentro del cual podrán formular las observaciones que entiendan pertinentes.
Asimismo se hace saber a los interesados que dicha información puede ser consultada en la página de la Secretaría Electoral de este Distrito ingresando a www.pjn.gov.ar.

Distrito Provincia Neuquén El Juzgado Federal N 1 con Competencia Electoral de Neuquén a cargo de la Dra. Maria Carolina Pandolfi, Secretaria Electoral del suscripto, sito en calle Santa Fé N 318, 1 piso de la Ciudad de Neuquén, comunica a la ciudadanía en general que se ha dado inicio al trámite de control del Ejercicio Anual Año 2010 del Partido Unión Cívica Radical, bajo la causa caratulada: Incidente Control Patrimonial Ejercicio Anual Año 2010 - Unión Cívica Radical Expte. N 86 - F 45 - Año 2011, la cual pude ser consultada en la sede del Juzgado por cualquier ciudadano en los términos del art. 25 de la ley 26.215
a fin de que formule las observaciones que entienda pertinentes, durante el lapso que dure el proceso de contralor y hasta que se dicte resolución final en la misma. Asimismo, se hace saber a los interesados que el ejercicio anual presentado por esta agrupación política pueden ser consultado vía Internet en la página de la Secretaría Electoral de este Distrito ingresando a través del sitio www.pjn.gov.ar.
Secretaria Electoral, Neuquén 6 de abril de 2011.
Juan Carlos Fernández, Secretario Electoral Nacional, Distrito Neuquén.
e. 15/04/2011 N 41798/11 v. 15/04/2011

% 33 %

PARTIDO KOLINA

Distrito Provincia Corrientes Carta Orgánica Partido Movimiento de Integración y Liberación Constitución del Partido Art. 1.- El Partido Movimiento de Integración y Liberación Mil del distrito Corrientes, en adelante El Partido, está constituido por las personas de ambos sexos que habiéndose afiliado, se encuentren inscriptas en sus registros partidarios oficiales.
Art. 2.- El Partido, se regirá por las disposiciones de esta Carta Orgánica y sus bases de acción política, la Ley Orgánica de Partidos Políticos 23.298, la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos y la Constitución Nacional.Gobierno del Partido.
Art. 3.- El Gobierno del Partido será ejercido por un Congreso Distrital, un Consejo Central de Distrito, Consejos Departamentales y Consejos de Circuito.
Art. 4.- Los miembros de todos los cuerpos electivos establecidos por el artículo anterior, durarán dos años en el ejercicio de sus funciones y podrán ser reelectos una sola vez, salvo en caso de que hubieran sido separados de sus funciones, en cuyo caso, sólo podrán ser electos nuevamente, una vez transcurridos cuatro años desde la fecha de su separación.
Art. 5.- Los cargos titulares vacantes por separación, cesación, muerte y otras causas, serán cubiertos por los ciudadanos electos como suplentes para los mismos cargos, siendo estas integraciones parciales sólo a efectos de completar períodos.
Art. 6.- En los cuerpos deliberativos y ejecutivos del Partido, deberá existir siempre, representación femenina, acorde a la normativa vigente.
Art. 7.- Las autoridades partidarias establecidas en el artículo 3ro. deberán ser elegidas por el voto directo, secreto y obligatorio de los afiliados, y a simple pluralidad de sufragio, debiendo darse representación a las minorías en la proporción de un tercio, siempre que obtengan no menos de veinticinco por ciento de los votos válidos emitidos en la consulta interna pertinente. En caso de empate, se procederá al sorteo de los electos.
Del Congreso Distrital.
Art. 8.- El Congreso Distrital, estará formado por Delegados titulares y suplentes, elegidos por los afiliados del distrito en la proporción de uno por cada doscientos o fracción no menor de cien, hasta un máximo de 100.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 15/04/2011 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date15/04/2011

Page count60

Edition count9405

First edition02/01/1989

Last issue28/07/2024

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