Boletín Oficial de la República Argentina del 28/02/2011 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Lunes 28 de febrero de 2011
to de índole jurisdiccional luciente a fs.320/1, en base a los elementos de prueba que obran en la presente causa, resultando los mismos suficiente para alcanzar el grado de sospecha que requiere el art. 294 del Código Procesal Penal de la Nación, cítese en tal sentido a Daniel Oscar García DNI 13.979.495, a quien se le imputa los siguientes hechos: Hecho Nº 1:
el haber intentado cobrar indebidamente los haberes jubilatorios del Sr. Jorge Antonio Altounian, utilizando un documento nacional de identidad a nombre de éste falso, toda vez que el nombrado había fallecido el día 22 de mayo del año 2009, ello el día 03 de junio del 2009 en ocasión de concurrir a la Sucursal de Monte Grande del Banco Superville S.A, siendo que la cajera advirtió la irregularidad en el DNI presentado, motivo por el cual realizó una inspección minuciosa del documento y buscó papeles en su blibliorato resultando que el encartado al notar la demora de la cajera se retiró del lugar dejando el dni que había presentado al banco; Hecho Nº2: el haber cobrado indebidamente la suma de $ 768,16
en concepto de haberes jubilatorios del Sr.
Jorge Antonio Altounian, utilizando un documento nacional de identidad a nombre de Julio Jorge Ferreyra falso, ello el día 18 de junio del 2009 en ocasión de concurrir a la Sucursal Nº 185 de Constitución del Banco Superville S.A; Hecho Nº 3: el haber intentado cobrar indebidamente los haberes jubilatorios del Sr. Enrique Widgans, utilizando un documento nacional de identidad a nombre de último apócrifo, ello el día 16 de julio del 2009 en ocasión de concurrir a la Sucursal de Palermo Nº 172 del Banco Superville S.A, y Hecho Nº4: el haber intentado cobrar indebidamente los haberes jubilatorios del Sr. Francisco Máximo Lucero utilizando un documento nacional de identidad a nombre de éste último apócrifo, ello el día 23 de julio del 2009, en ocasión de concurrir a la Sucursal de Constitución sita en Avda. Independencia 1743 del Banco Superville S.A; obrando el siguiente elenco de probanzas: Denuncia formulada por Jimena Díaz de Vivar DNI Nº29.866.544, Valeria Del Bono Lonardi DNI Nº 17.776.802
y Matías Morán DNI Nº 26.096.451 apoderados del Banco Supervielle S.A de fs.16/8, con poder adjunto que acredita pesonería jurídica a fs. 1/6, imágenes del caso Altounian Jorge Alberto del día 03 de junio de 2009 a fs.7/8, listado de Sistema de Pagos de Beneficios ANSES Datos del Beneficiario a fs. 9/12, fotocopia del DNI NºM 4.151.381 a nombre de Jorge Alberto Altounian luciente a fs. 13/15, Informe pericial Nº2698/09 de la División de Scopometría de la Policía Federal Argentina que obra a fs.28/33 el cual concluye que el Documento Nacional de Identidad M4151381
es Falso, Informe Pericial Nº 931/2009 de la División Rastros de la P.F.A de fs.43/48, fotocopias remitidas por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº10 de la Ciudad autónoma de Buenos Aires en causa Nº11.490/09 caratulada N.N s/estafa y otro de fs.58/75, informe del Padrón Nacional de Electores respecto de Daniel Oscar García DNI Nº13.979.495 de fs.81, causa 11490/09
remitida por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 10 Secretaría Nº20 de la Ciudad autónoma de Buenos Aires glosada a fs.92/234 en donde se investiga la estafa mediante el uso de un documento falso, el cual una persona simulando ser Julio Jorge Ferreyra cobró el 18 de junio del 2009, la jubilación del verdadero beneficiario en la Sucursal Nº185 del Banco Superville S.A sito en el Barrio de Constitución, ver denuncia de fs. 95/6 con poder de fs.100/105, imágenes Anexo I del 18 de junio de 2009 de fs.106/110, constancia de pago bancario a fs.111/3, planilla de Sistema de Pagos de Beneficos Anses de fs.114/135, ratificación de denuncia de fs.136/136 vta; la que a su vez contienen las causas Nº11.492/09 y 12.238/09 que se acumularon a la 11490/09 ver autos de incompetencia a fs.179/180 vta y a fs.201/2 vta, en las cuales se investigan hechos conexos, pues se trata de la misma modalidad defraudatoria a dos clientes del Banco Supeville S.A
sucursal sita en la Avda. Independencia 1743
en perjuicio de Francisco Máximo Lucero y en la sucursal 172 sita en el Barrio Palermo en perjuicio de Enrique Weidgans, hechos acaecidos el 16 y 23 de julio de 2009 respectivamente, ver Denuncia de fs. 151/2 vta, con poder que acredita personería a fs.159/168, fotocopia de DNI NºM 5.162.195 a nombre de Francisco Máximo Lucero a fs.169/170, imágenes Anexo I caso Lucero Francisco Máximo CS185 Constitución de fs. 171/172, ratifica-

Segunda Sección ción de denuncia a fs.173/173 vta, auto de incompetencia en causa 11490/09 a fs.233/234, Informe de la División Apoyo Tecnológico Judicial de la P.F.A Nº F 38.274 efectuado respecto de tres discos compactos aportados en autos a fs.240/256, Informe del Registro Nacional de las Personas de fs.267/8, tareas investigativas de fs.280/291, 306/316, fs.y los efectos secuestrados en autos sindicados a fs.21/22, fs.259. A los efectos referidos Ut supra, y en atención a las diligencias llevadas a cabo por el instructor destinadas a dar con el domicilio del imputado con resultado negativo, emplácese al nombrado en función de lo normado en el art. 150 del C.P.P.N, con domicilio real en Barrio Soldati, Ed. 19 o 40, Nº11, 13 de la Ciudad autónoma de Buenos Aires, para que una vez habido el mismo se le haga saber los derechos que le asisten contemplados en los arts. 104, 107, 197, 295 y 296 del ritual, a saber: designar en el término de tres 3 días defensor de su confianza y en caso de no hacerlo en el término citado, le ser designada oficiosamente la Sra. Defensora Oficial del Circuito, se realice Informe Socio Ambiental; y la obtención de fichas de huellas dactilares a los fines de obtenerse informes actualizados del Registro Nacional de Reincidencia y que deberá comparecer ante estos estrados judiciales dentro del quinto día de la última publicación del presente edicto, bajo apercibimiento de que en caso de no concurrir ante esta judicatura, será declarada rebelde y se ordenará su captura arts. 288 y 289 del C.P.P.N, a cuyo fin ofíciese al Boletín Oficial, como recaudo transcríbase el auto que ordena dicha medida. Fdo. Dr. Carlos Alberto Ferreiro Pella, Juez Federal. Ante mi: Dr. José Luis, Secretario Federal.
Dado, Sellado y Firmado en la Ciudad de Lomas de Zamora, a los dos días del mes de febrero del año dos mil once.
José Luis DAbondio, secretario federal.
e. 25/02/2011 Nº20756/11 v. 03/03/2011

Por ante este Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº2 de Lomas de Zamora, a cargo del Dr. Carlos Alberto Ferreiro Pella, sito en la calle Laprida Nº 662 de esta ciudad, Secretaría Nº 6, a cargo del suscripto, donde tramita la causa Nº 5533, caratulada:
Velazquez, Diego Enrique s/Encubrimiento, en la que se resolvió emplazar a Diego Enrique Velásquez en función de lo normado en el art. 150 del C.P.P.N, con último domicilio denunciado en la calle: Restelli Nº489 y/o Santos Vega 474 ambos de la localidad de Esteban Echeverría provincia de Buenos Aires, para que comparezca ante esta sede dentro del quinto día de la última publicación del presente edicto, a fin de brindar declaración indagatoria de conformidad a lo normado en el art. 294 del C.P.P.N, por el hecho de: haber receptado con ánimo de lucro una moto marca Honda modelo CG 125 Titán, año 2000, motor Nº JC25EY623875, cuadro Nº 9C2JC2500YR623875, que fue secuestrada por personal policial de la Seccional décima de Ingeniero Budge provincia de Buenos Aires el día 30 de enero del año 2007 más precisamente en la intersección de la calle Quesada y Falucho de esta ciudad provincia de Buenos Aires, el cual posee pedido de secuestro activo de fecha 06 de enero de 2007, solicitado por la Seccional 52º de la P.F.A, bajo el número de secuencia 1584733 y número de parte 362, que informa que dicha moto le corresponde el dominio 006-CCV: Acto seguido se le informa acerca de las pruebas existentes en su contra, a saber: acta de procedimiento de fojas 6/6 vta, declaraciones testimoniales brindadas en sede policial de Mario Verón a fs.10 y de Rubén Godoy a fs.11, consulta por número de motor al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor donde surge el pedido de secuestro 1584733 a fs.13, declaración testimonial de Marcelo Javier Scarfo a fs.41/41 vta, requerimiento de instrucción fiscal a fs.55/6, haciéndose saber al nombrado los derechos que le asisten según los términos de los arts. 104, 107 y cctes del Código Adjetivo bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, será declarado rebelde y se ordenará su captura arts. 288 y 289 del C.P.P.N.
Como recaudo, a continuación se transcribe el auto que ordena la medida //mas de Zamora, 01 de febrero de 2011. Que atención a lo manifestado por el Boletín Oficial en su nota Nº102163/2010 a fs.73 cúmplase con lo allí solicitado y toda vez que ante el resultado negativo obtenido en la notificación practica-

BOLETIN OFICIAL Nº 32.101

da a fs. 59/60, y del resultado en el mismo sentido del informe de la Excma. Cámara Nacional Electoral a fs.64, emplácese a Diego Enrique Velazquez, en función de lo normado en el art. 150 del C.P.P.N, con último domicilio denunciado en la calle: Restelli Nº 489
y/o Santos Vega 474 ambos de la localidad de Esteban Echeverría provincia de Buenos Aires, para que comparezca antes esta sede dentro del quinto día de la última publicación del presente edicto Fdo: Dr. Carlos Alberto Ferreiro Pella, Juez Federal. Ante mí: Dr. José Luis DAbondio. Secretario Federal.
Dado, Sellado y Firmado en la Ciudad de Lomas de Zamora, a los un día del mes de febrero del año dos mil once.
José Luis DAbondio, secretario federal.
e. 25/02/2011 Nº20759/11 v. 03/03/2011

Por ante este Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº2 de Lomas de Zamora, a cargo del Dr. Carlos Alberto Ferreiro Pella, sito en la calle Laprida Nº662 de esa ciudad, Secretaría Nº 4, tramita la Causa Nº Causa Nº5701 caratulada: Mapar S.A. s/Su Denuncia en la que se resolvió Citar y Emplazar a Cesar Octavio Tórres, DNI Nº28.569.865 para que comparezca el día 09 de marzo de 2011, a las 09:00 horas, a fin de prestar declaración indagatoria de conformidad a lo normado por el artículo 294 del C.P.P.N. en orden al delito previsto y penado en el artículo 181 del Código Penal, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo, ser declarado rebelde y ordenarse su captura. Como recaudo, se transcribe a continuación el auto que ordena la medida: //mas de Zamora, 01 de febrero de 2011. En ese sentido, atento la constancia de notificación labrada y remitida por la Delegación Avellaneda Delitos Federales y Complejos de la Policía Federal Argentina en relación a la citación que se cursara a Cesar Octavio Torres, y toda vez que según su contenido el nombrado no fue habido por no vivir ni ser conocido en el domicilio de calle Chaco Nº3267 de la localidad de Valentín Alsina, partido de Lanús, desconociéndose su actual paradero, publíquese edictos en el Boletín Oficial por el término de cinco días -art. 150 del C.P.P.N.-, a los fines de poner en su conocimiento que deberá comparecer a éstos estrados el día 09 de marzo de 2011, a las 09:00 horas, a fin de prestar declaración indagatoria de conformidad a lo normado por el artículo 294 del CPPN en orden al delito previsto y penado en el artículo 181 del Código Penal, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo, ser declarado rebelde y ordenarse su captura en la presente Causa Nº 5701
caratulada Mapar SA s/Su Denuncia, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía y ordenarse su captura según lo normado en los artículos 288, 289 y cc. del Código de Rito. A
tales fines líbrese oficio adjuntándose edicto .
Fdo. Carlos Alberto Ferreiro Pella Juez Federal ante mi: Rafael Leal Secretario Federal.
Lomas de Zamora, 01 de febrero de 2011.
e. 25/02/2011 Nº20754/11 v. 03/03/2011

JUZGADOS FEDERALES EN LO
CRIMINAL Y CORRECCIONAL

Nº 1
El Juzgado Federal Criminal y Correccional Nº 1 de San Isidro -Secretaría Nº 7- sito en la calle Tres de Febrero Nº 110 de San Isidro, Provincia de Buenos Aires tel/fax 47422551 Cita y Emplaza por el término de tres días a contar desde la última publicación del presente edicto a: Martín Carlos Zamora DNI
13.354.271, argentino con último domicilio conocido en la calle Darragueira Nº 1814 de José León Suarez, Provincia de Buenos Aires;
para que comparezca ante este Tribunal a fin de ponerlo en conocimiento de la formación de la causa Nº 3119/10, caratulada: Zamora, Martin Carlos s/encubrimiento. Como recaudo legal trascribo el auto que dispone tal medida: San Isidro, 3 de febrero de 2011.
II.- Visto que se han agotado las medidas tendientes a dar con el paradero de Martín Carlos Zamora DNI 13.354.271, y toda vez que éste no ha sido notificado de la formación de la causa, cíteselo a través de la publicación de edictos por el término de 5 días en el Boletín Oficial a fin que comparezca ante este Tribunal dentro del tercer día de la última publicación, haciendo hincapié que en caso de inasistencia se ordenará su averiguación de paradero art. 150 del C.P.P.N.. Comuníquese
36

al titular del Boletín Oficial, solicitándose que una vez cumplida la medida, se envíen a esta judicatura las constancias correspondientes.
Ofíciese. Fdo. Sandra Arroyo -Juez Federal-.
Ante mí: Walter Rodríguez -Secretario Federal-.
San Isidro, 3 de febrero del año 2011.
e. 25/02/2011 Nº20734/11 v. 03/03/2011

Nº 2
El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº2 de San Isidro, Secretaría Nº6, cita a Juan Salvador Capalbo LE Nº 5.613.275
y Carlos Licciardi DNI Nº 4.302.678 a que comparezcan ante esta sede, sita en la calle Gral. Paz 506 de San Isidro, a fin de recibirles declaración indagatoria en la causa Nº3454, caratulada Expreso La Nueva Era Saci s/evasión tributaria simple y agravada de aportes y contribuciones a la seguridad social, dentro de las 48 horas a contar desde la última publicación del presente y bajo apercibimiento, si así no lo hicieran, de ser declarados rebelde.
San Isidro, 4 de febrero de 2011.
Javier J. Rodríguez Simon, secretario federal.
e. 25/02/2011 Nº20670/11 v. 03/03/2011

FISCALIA NACIONAL EN LO
PENAL ECONOMICO NRO. 1
SECRETARIA UNICA

La Fiscalía Nacional de Primera Instancia en lo Penal Económico Nº1 a cargo de la Dra.
Carolina Robiglio, Secretaría a mi cargo, en la causa Nº 22.537, caratulada N.N. s/Contrabando de Estupefacientes, del registro del Juzgado Nº2, Secretaría Nº3, en trámite ante esta Fiscalía en los términos del art. 196 del C.P.P., notifica a Carlos Lorenzo Pinel D.N.I.
Nº 10.419.702 el auto que se transcribe:
Buenos Aires, 15 de febrero de 2011. desígnase a la Señora Calígrafa Oficial Gabriela Noguera, a fin de que practique un peritaje de su especialidad Notifíquese lo dispuesto precedentemente a Carlos Lorenzo Pinel haciéndoles saber que podrán proponer perito de parte artículo 150 y 259 del C.P.P Fdo.:
Carolina Robiglio. Fiscal. Ante mí: Maximiliano Padilla. Secretario.
Secretaría, 15 de febrero de 2011.
e. 22/02/2011 Nº18840/11 v. 28/02/2011

La Fiscalía Nacional de Primera Instancia en lo Penal Económico Nº1 a cargo de la Dra.
Carolina Robiglio, Secretaría a mi cargo, en la causa Nº 22.537, caratulada N.N. s/Contrabando de Estupefacientes, del registro del Juzgado Nº2, Secretaría Nº3, en trámite ante esta Fiscalía en los términos del art. 196 del C.P.P., notifica a Claudio Sergio González Palacios D.N.I. Nº 16.299.945 el auto que se transcribe: Buenos Aires, 15 de febrero de 2011. desígnase a la Señora Calígrafa Oficial Gabriela Noguera, a fin de que practique un peritaje de su especialidad Notifíquese lo dispuesto precedentemente a Claudio Sergio González Palacios haciéndoles saber que podrán proponer perito de parte artículo 150 y 259 del C.P.P. . Fdo.: Carolina Robiglio. Fiscal. Ante mí: Maximiliano Padilla.
Secretario.
Secretaría, 15 de febrero de 2011.
e. 22/02/2011 Nº18835/11 v. 28/02/2011

La Fiscalía Nacional de Primera Instancia en lo Penal Económico Nº1 a cargo de la Dra.
Carolina Robiglio, Secretaría a mi cargo, en la causa Nº 22.537, caratulada N. N. s/Contrabando de Estupefacientes, del registro del Juzgado Nº2, Secretaría Nº3, en trámite ante esta Fiscalía en los términos del art. 196 del C.P.P., notifica a Jonathan Omar DAgostino D.N.I. Nº31.752.659 el auto que se transcribe: Buenos Aires, 15 de febrero de 2011.
desígnase a la Señora Calígrafa Oficial Gabriela Noguera, a fin de que practique un peritaje de su especialidad Notifíquese lo dispuesto precedentemente a Jonathan Omar DAgostino haciéndoles saber que podrán proponer perito de parte artículo 150 y 259
del C.P.P. . Fdo.: Carolina Robiglio. Fiscal.
Ante mí: Maximiliano Padilla. Secretario.
Secretaría, 15 de febrero de 2011.
e. 22/02/2011 Nº18836/11 v. 28/02/2011

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Boletín Oficial de la República Argentina del 28/02/2011 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date28/02/2011

Page count40

Edition count9394

First edition02/01/1989

Last issue17/07/2024

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