Boletín Oficial de la República Argentina del 27/09/2010 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Lunes 27 de setiembre de 2010

Segunda Sección
9. Se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley de Sociedades Comerciales.
10. Se ha dado cumplimiento al régimen de garantías de los directores establecido por la Resolución 7/2005 y modificatorias de la Inspección General de Justicia.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de Agosto de 2010
Por Comisión Fiscalizadora Dr. Carlos Marcelo Villegas, Abogado C.P.A.C.F., Tomo 37 - Folio 196.

INFORME DE LOS AUDITORES SOBRE ESTADOS CONTABLES
A los señores Accionistas de HSBC Bank Argentina S.A.
Domicilio legal: Florida 201
Ciudad Autónoma de Buenos Aires C.U.I.T. 33-53718600-9
1. Hemos examinado el estado de situación patrimonial deHSBC Bank Argentina S.A. al 30 de junio de 2010, los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo y sus equivalentes, las notas 1 a 22 y los anexos A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K, L, N y O, por el ejercicio finalizado en esa fecha, presentados en forma comparativa con el ejercicio anterior.
Asimismo, hemos examinado el estado de situación patrimonial consolidado de la Entidad y sus sociedades controladas que se indican en la nota 1 al 30 de junio de 2010, los correspondientes estados consolidados de resultados y de flujo de efectivo y sus equivalentes, las notas 1 a 3 y el anexo B por el ejercicio finalizado en esa fecha, que se presentan como información complementaria y en forma comparativa con el ejercicio anterior.
2. El Directorio y la Gerencia son responsables por la preparación y adecuada presentación de estos estados contables de acuerdo con las normas contables establecidas por el Banco Central de la República Argentina B.C.R.A.. Esta responsabilidad incluye: a el diseño, implementación y mantenimiento de un control interno apropiado de manera que los estados contables no contengan distorsiones significativas debidas a errores o irregularidades; b la selección de políticas contables apropiadas, y c la preparación de estimaciones contables razonables en las circunstancias. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre los estados contables basada en nuestra auditoría.
3. Realizamos nuestra auditoría de acuerdo con normas de auditoría vigentes en la República Argentina, incluyendo los procedimientos establecidos por las Normas Mínimas sobre Auditorías Externas emitidas por el B.C.R.A.. Dichas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener una seguridad razonable de que los estados contables no contienen errores significativos. Una auditoría implica realizar procedimientos sobre bases selectivas para obtener elementos de juicio sobre las cifras y aseveraciones expuestas en los estados contables. Los procedimientos seleccionados dependen de nuestro juicio profesional, incluyendo la evaluación del riesgo de que los estados contables contengan distorsiones significativas debidas a errores o irregularidades. Al realizar esta evaluación del riesgo, consideramos el control interno existente en la Entidad relativo a la preparación y adecuada presentación de los estados contables con la finalidad de seleccionar los procedimientos de auditoría apropiados en las circunstancias, pero no con el propósito de expresar una opinión sobre la efectividad del control interno de la Entidad. Como parte de la auditoría se evalúan asimismo las normas contables utilizadas, las estimaciones significativas hechas por el Directorio y la Gerencia y la presentación de los estados contables en su conjunto.
Consideramos que la evidencia de auditoría que hemos obtenido es suficiente y apropiada para sustentar nuestra opinión profesional.
4. El Directorio y la Gerencia de la Entidad han confeccionado los presentes estados contables dando cumplimiento a lo establecido por la normativa del BCRA, lo cual implica ciertos apartamientos con respecto a lo dispuesto por las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según lo descripto en la nota 3.5 a los estados contables. Excepto en los casos expresamente indicados, los efectos que se describen en dicha nota no han sido cuantificados por la Entidad.
5. En nuestra opinión, los estados contables mencionados en el párrafo 1 de este informe presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial y financiera de la Entidad al 30 de junio de 2010, los resultados de sus operaciones, las variaciones en su patrimonio neto y el flujo de efectivo y sus equivalentes por el ejercicio finalizado en esa fecha, así como la situación patrimonial y financiera consolidada de la Entidad y sus sociedades controladas al 30 de junio de 2010, los resultados consolidados de sus operaciones y el flujo de efectivo y sus equivalentes consolidado por el ejercicio finalizado en esa fecha, de acuerdo con las normas contables establecidas por el BCRA, y excepto por lo mencionado en el párrafo 4, con las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
6. Con relación a los estados contables al 30 de junio de 2009 y por el ejercicio finalizado en esa fecha, que se presentan para fines comparativos, hemos emitido un informe de auditoría con fecha 20
de agosto de 2009 sin salvedades de acuerdo con las normas contables establecidas por el BCRA y con la misma excepción mencionada en el párrafo 4, referida a la aplicación de las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
7. En cumplimiento de disposiciones vigentes, informamos que:
a. los estados contables individuales y consolidados referidos en el párrafo 1 surgen de los registros contables del Banco llevados formalmente de acuerdo con disposiciones legales, autorizados oportunamente por el órgano de contralor. A la fecha de emisión de los estados contables mencionados en el párrafo 1 el libro Inventarios y Balances se encuentra en proceso de transcripción;
b. los estados contables consolidados referidos en el párrafo 1 han sido preparados por el Directorio de la Entidad, en sus aspectos significativos, en el marco de las pautas de consolidación establecidas por las Comunicaciones A 2227 y 2349 del BCRA que se exponen en las notas 1 a 3
de dicha información consolidada;
c. al 30 de junio de 2010 no han surgido evidencias de falta de cumplimiento en los aspectos significativos, de las regulaciones monetarias y regulaciones técnicas establecidas por el BCRA
sobre bases consolidadas informadas ante dicho organismo de contralor;

BOLETIN OFICIAL Nº 31.995

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d. como parte de nuestro examen hemos leído la reseña informativa requerida por la CNV
correspondiente a los estados contables al 30 de junio de 2010, sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones significativas que formular;
e. al 30 de junio de 2010, la deuda devengada en concepto de aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino que surge de los registros contables ascendía a $17.600.811, no existiendo deudas exigibles a dicha fecha, y f. de acuerdo con lo requerido por la Resolución General Nº400 de la CNV:
el cociente entre el total de servicios profesionales de auditoría prestados por nosotros para la emisión de informes sobre estados contables y otros informes especiales o certificaciones sobre información contable o financiera facturados a la Entidad, y el total facturado a la Entidad por todo concepto, incluyendo dichos servicios de auditoría, durante el ejercicio finalizado el 30 de junio de 2010 es 96%;
el cociente entre el total de dichos servicios profesionales de auditoría facturados a la Entidad y el total de los mencionados servicios de auditoría facturados a la Entidad y a sus controladas y vinculadas es 51%, y el cociente entre el total de dichos servicios profesionales de auditoría facturados a la Entidad y el total facturado a la Entidad y a sus controladas y vinculadas por todo concepto, incluyendo servicios de auditoría, es 48%.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de agosto de 2010
Sibille, Reg. de Asoc. Prof. CPCECABA Tº 2 Fº 6. Guillermo R. Calciati, Socio, Contador Público U.B., C.P.C.E.C.A.B.A. Tº CXXIII Fº 107.
Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Buenos Aires, 31/8/2010 01 0 T. 34 Legalización Nº313867.
Certificamos, de acuerdo con las facultades otorgadas a este Consejo Profesional por las Leyes 466 Art. 2 Incs. D y J y 20.488 Art. 21, Inc. I, la autenticidad de la firma inserta el 20/8/2010
en Balance de fecha 30/6/2010 perteneciente a HSBC BANK ARG. S.A. 33-53718600-9 para ser presentada ante , que se corresponde con la que el Dr. Calciati Guillermo Rolando, 20-12946363-6
tiene registrada en la matrícula CP Tº 0123 Fº 107 y que se han efectuado los controles de matrícula vigente, incumbencia, control formal del informe profesional y de concordancia formal macroscópica de la firma y que signa en carácter de socio de: Sibille Soc. 1 Tº 2 Fº 6. Dra. Maria Cristina Perichon, Contadora Pública U.B.A., Secretaria de Legalizaciones.
e. 27/09/2010 Nº111523/10 v. 27/09/2010

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Boletín Oficial de la República Argentina del 27/09/2010 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date27/09/2010

Page count60

Edition count9406

First edition02/01/1989

Last issue29/07/2024

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