Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2010 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Viernes 3 de setiembre de 2010
causa nro. 6.377/10, caratulada: Valdez Miguel Angel y otro s/ infracción ley 23.737 y que a continuación se transcribe: nos Aires, 25 de agosto de 2010 Líbrese oficio de estilo al Sr. Director del Boletín Oficial, a los efectos de solicitarle se sirva publicar edictos por el término de cinco días en el Boletín Oficial, a los fines de convocar a Miguel Ángel Valdez titular del Documento Nacional de Identidad n 94.283.056 a presentarse ante este Tribunal dentro de los tres días posteriores a contar con la última publicación, a los efectos de recibirle declaración Indagatoria en los términos del artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación, bajo apercibimiento de ser declarado en Rebeldía. Fdo. Sergio Gabriel Torres, Juez Federal. Ante mí: Diego Javier Slupski, Secretario.
Buenos Aires, 25 de agosto de 2010.
Diego Javier Slupski, secretario e. 03/09/2010 N 100627/10 v. 09/09/2010

JUZGADOS NACIONALES EN LO
CRIMINAL DE INSTRUCCION
N 20
El Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n 20, Secretaría 162 cita y emplaza por cinco 5 días a contar desde la primera publicación del presente a Sandra Beatriz Gómez, titular del D.N.I. nro. 27.970.326, para que comparezca a prestar declaración indagatoria en Ia causa n 12.836/2010, de esta sede, que se le sigue por el delito de estafa, el 3 de septiembre de 2010, a las 10:00, bajo apercibimiento de declararlo rebelde. Publíquese por cinco días.
Buenos Aires, 26 de agosto de 2010.
Pablo Daniel Bebebino, secretario e. 03/09/2010 N 101830/10 v. 09/09/2010

N 27

El Juzgado nacional en lo Criminal de Instrucción nro. 27, Secretaría nro. 124, notifica a Fabián Ceferino Wenner DNI nro. 22.134.588
que deberá comparecer a estar a derecho dentro de los tres días de notificado a fin de recibirle declaración indagatoria en los términos del art.
294 del C.P.P.N. en orden al delito de estafa cometido en forma reiterada ocho hechos, bajo apercibimiento de declararlo rebelde.
Buenos Aires, 24 de Agosto de 2010.
María Fernanda Martínez, secretaria e. 03/09/2010 N 100902/10 v. 09/09/2010

JUZGADO FEDERAL SECRETARIA
CRIMINAL Y CORRECCIONAL
NECOCHEA-BUENOS AIRES
Se emplaza a Sandra Arriola, DNI
Nº 33.440.589, con domicilio en la calle 578
Nº 1265 Quequen, Edgar Juan Carrión Filleria, DNI 93,936,113, calle 96 entre 116 y 117 de la Ciudad de la Plata, María Mercedes Monroy Bazan, DNI 18.830.840, domicilio en calle 45 entre 150 y 151 de la Ciudad de la Plata, Mario Farias, DNI Nº26.464.891, domicilio calle 2 esq 79 Nº 2295 La Plata, Walter Germán Cardozo, DNI 28.576.509, domiciliado en calle Brasil 1482 de Capital Federal, Nelida Carriqui, DNI Nº 14.905.398, domicilio calle 23 Nº 1279 y medio La Plata, Nelida Falcon, DNI Nº 18.319.371, domicilio calle F Comorazan 2154 Lomas de Zamora, Chagas Ayala, DNI Nº 41.406.798, domicilio 94 Nº 280 La Plata, Hector Omine, LE
8.460.759 domicilio Av. 59 Nº3854 Necochea, Wakhov Alioune, DNI Nº 94.039.375, domicilio Lascano Nº 3624 C.F., María Alcaraz de los Angeles, DNI Nº 26.572.026, calle Paraguay 4951 Unidad 22 Rosario, Hilda Talavera, DNI Nº 11.324.413, Av. Independencia 1948
de Mar del Plata, y Carlos Eduardo Acca de la Cruz, DNI Nº 4.031.882, domicilio 82 s/n entre 17 y 18 de La Plata.- últimos domicilios conocidos-, para que dentro de los cinco días desde la publicación del presente, se los notifique de la resolución que en su parte dispositiva se transcribe Necochea, 16 de abril de 2010 Resuelvo: Declarar Extinguida por Prescripción la Acción Penal en esta causa Nº 253 del registro de la Secretaría Criminal y Correccional, respecto de Sandra Arriola, Edgar Juan Carrión Filleria, María Mercedes
Monroy Bazan, Mario Ezequiel Farías, Germán Cardozo Walter, Nelida Carriquiri, Nelida Falcon, Chagas Ayala Gerardo, Hilda Talavera, Héctor Raúl Omine, Wakhov Alioune, María Alcaraz de los Angeles, Carlos Eduardo Alcca de la Cruz, de demás datos consignados en el exordio arts. 59 inciso 3º y 62 del Código Penal. IISobreseer a Sandra Arriola, Edgar Juan Carrión Filleria, María Mercedes Monroy Bazan, Mario Ezequiel Farías, Germán Cardozo Walter, Nelida Carriquiri, Nelida Falcon, Chagas Ayala Gerardo, Hilda Talavera, Héctor Raúl Omine, Wakhov Alioune, María Alcaraz de los Angeles, Carlos Eduardo Alcca de la Cruz, en orden al delito de previsto y penado por el Art. 31 inc. c de la ley 22.362, cerrando en forma definitiva e irrevocable el proceso respecto de todos los nombrados artículo 336
inc. 1º del C.P.P.N., y en consecuencia dejar sin efecto el punto 1º de la resolución obrante a fs. 398/403. Fdo. Dr. Eduardo Pablo Jimenenz Juez Federal Subrogante. Ante mí: Dr.
César Ruben Lisa Secretario Federal Juzgado Federal de Primera Instancia de Necochea.
Secretaria en lo Criminal y Correccional, Autos Nº253 Av. Pta. lnfracc. Ley 22.362.
Secretaria en lo Criminal y Correccional, 17
de Agosto de 2010.
César Rubén Lisa, secretario federal.
e. 03/09/2010 Nº100561/10 v. 09/09/2010

Se emplaza a Carlos Llanos Lloverá, DNI
93.795.229, domicilio en calle 96 entre 116
y 117 de la Ciudad de la Plata, Edgar Juan Carrión Filleria, DNI 93,936,113, calle 96 entre 116 y 117 de la Ciudad de la Plata, María Mercedes Monroy Bazan, DNI 18.830.840, domicilio en calle 45 entre 150 y 151 de la Ciudad de la Plata, Walter Erman Cardozo, DNI
28.576.509, domiciliado en calle Brasil 1482 de Capital Federal, César Valverde Pantoja, con domicilio en la calle 83 Nº 260 de Necochea DNI 93.942.374, Matías Alejandro Acevedo, DNI 28.869.054,con domicilio en la calle 523
Nº 4002 de la Ciudad de La Plata, Armando Ricardo Ruiz, DNI 23.597.902, domicilio en calle 93 Bis y 126 Berisso, Ciudad de La Plata, Nelida Malvina Falcon, DNI 18.319.371, con domicilio en calle F. Comorazan 2154, Lomas de Zamora. Pcia de Bs. As., Gerardo Chagas Ayala, con domicilio en 94 Nº280 de La Plata, Claudia Medina, DNI 93.944.104, con domicilio en calle 15 esq. 2 Nº502, Ciudad de La Plata, Juan Pérez, DNI 29.355.757, domiciliado en calle 13 esq. 57, Ciudad de La Plata, Jose Pérez, domiciliado en calle 13 esq. 57, Ciudad de La Plata, Jorge Juan Rodriguez, DNI 8.076.428, con domicilio en calle Brasil 1388 3 de Capital Federal, Hilda Talavera, DNI
11.324.413, con domicilio en la Avenida Independencia 1948 de la Ciudad de Mar del Plata y Alioune Wakhov, DNI 94.039.375, domiciliada en la calle Lascano 3624 de Capital Federal,- últimos domicilios conocidos-, para que dentro de los cinco días desde la publicación del presente, se los notifique de la resolución que en su parte dispositiva se transcribe. Necochea, 16 de abril de 2010 Resuelvo: IDeclarar Extinguida por Prescripción la Acción Penal en esta causa Nº259 del registro de la Secretaría Criminal y Correccional, respecto de Carlos Llanos Lloverá, Edgar Juan Carrión Fillería, María Mercedes Monroy Bazan, Walter Germán Cardozo, Gerardo Chagas Ayala, César Valverde Pantoja, Matías Alejandro Acevedo, Armando Ricardo Ruiz, Nelida Malvina Falcon, Claudia Medina, Juan Pérez, Jose Pérez, Jorge Juan Rodriguez, Hilda Talavera y Alioune Wakhov, de demás datos consignados en el exordio arts. 59 inciso 3º y 62 del Código Penal. IISobreseer a Carlos Llanos Lloverá, Edgar Juan Carrión Fillería, María Mercedes Monroy Bazan, Walter Germán Cardozo, Gerardo Chagas Ayala, César Valverde Pantoja, Matías Alejandro Acevedo, Armando Ricardo Ruiz, Nelida Malvina Falcon, Claudia Medina, Juan Pérez, Jose Pérez, Jorge Juan Rodriguez, Hilda Talavera y Alioune Wakhov, en orden al delito de previsto y penado por el Art. 31 inc. c de la ley 22.362, cerrando en forma definitiva e irrevocable el proceso respecto de todos los nombrados artículo 336
inc. 1º del C.P.P.N., y en consecuencia dejar sin efecto el punto 1º de la resolución obrante a fs.430/435. Fdo. Dr. Eduardo Pablo Jimenez Juez Federal Subrogante. Ante mí: Dr. César Ruben Lisa Secretario Federal Juzgado Federal de Primera Instancia de Necochea. Secretaria en lo Criminal y Correccional, Autos Nº259 Av. Pta. lnfracc. Ley 22.362

BOLETIN OFICIAL Nº 31.979

Secretaria en lo Criminal y Correccional, 17 de Agosto de 2010.
César Rubén Lisa, secretario federal.
e. 03/09/2010 Nº100573/10 v. 09/09/2010

16

XIIIOrdenar se inserte la presente, se libren las comunicaciones pertinentes y oportunamente se archiven las actuaciones.
Omar R. A. Digeronimo, juez de Cámara Marcela Vázquez, secretaria e. 03/09/2010 N 100644/10 v. 03/09/2010

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL NRO. 2
ROSARIO SANTA FE
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N 2
de Rosario, Santa Fe en los autos caratulados:
Ochoa, Ariel Gastón y Otros s/ Ley 23.737:
Falla:
I.- Rechazar las nulidades interpuestas por las defensas.
II Condenar a Ariel Gastón Ochoa y Miguel Angel Ramos, cuyos demás datos personales obran precedentemente, como coautores penalmente responsables del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de transporte art. 5, inciso c de la ley 23.737, a las penas de cuatro años y tres meses de prisión, multa de quinientos pesos $ 500 e inhabilitación absoluta por igual tiempo al de la condena art. 12 del C.P. a cada uno de los nombrados.
III.- Absolver a Osvaldo Gabriel Sosa y César Maximiliano Ramos, en relación al delito por el cual fueran acusados, por aplicación del principio de la duda art. 3 C.P.P.N., disponiendo su inmediata libertad, para lo cual se deberá librar el despacho pertinente.
IVImponer a los condenados el pago de la tasa de justicia que asciende a la suma de pesos sesenta y nueve c/70/100 $ 69,70, intimándolos a hacerlo efectivo en el término de cinco días, bajo apercibimiento de aplicarles en concepto de multa un recargo del 50% del valor referido, que deberán abonar en idéntico plazo; imponiéndoseles, además, las costas del juicio.
Afectar para el pago de las costas impuestas, la suma secuestrada a Miguel Ángel Ramos, seiscientos pesos $ 600 que se encuentra depositado a la orden del tribunal según constancia de fs. 719.
V.- Disponer una vez firme la presente, la destrucción por incineración de los elementos incautados que se encuentran reservados en Secretaría art. 30 de la ley 23.737 como así también la devolución de los demás elementos que no guarden relación con la presente causa.
VIOrdenar que por Secretaría se practique el cómputo de las penas impuestas a los condenados con vista a las partes art. 493 del código de rito.
VII.- Tener presente las reservas formuladas por las partes.
VIII.- Diferir la regulación de honorarios de los doctores José Manuel Alcacer y Fernando Mellado hasta tanto se de cumplimiento a la ley n 23.987.
IX.- Extraer copia del acta de debate en la que constan las objeciones respecto del accionar policial formuladas por la señora Fiscal General Subrogante al efectuar su alegato y dar conocimiento de las mismas al señor Ministro de Seguridad de la provincia de Santa Fe, de quien dependen los funcionarios policiales intervinientes en el presente caso.
X.- Extraer copia del informe ambiental obrante a fs. 80 de autos y de las restantes actuaciones que correspondan, y remitir las mismas al señor Fiscal en turno por la presunta comisión del delito de falsedad ideológica, tal como fuera puesto de manifiesto por la señora Fiscal General subrogante.
XI.- Retener la camioneta marca Ford Ranger dominio DFD-705, hasta tanto se acredite su titularidad.
XII.- Establecer el día 31 de mayo de 2010, a las 20:00 horas, para la lectura de los fundamentos de la presente, por darse las circunstancias previstas en el art. 400, segundo párrafo, del CPPN.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N 2 de Rosario, Santa Fe en los autos caratulados: Palacios, Jorge Eduardo s/ Ley 23.737/ 22.415:
Resuelve:
I.- Condenar a Jorge Eduardo Palacios, cuyos demás datos personales obran en autos, como coautor penalmente responsable del delito de contrabando agravado de estupefacientes, arts.
866, segundo párrafo, en función de los artículos 863, 864 y 865, inc. a y e del Código Aduanero Ley 22.415, a las penas de diez años de prisión, e inhabilitación absoluta por igual tiempo al de la condena art. 12 C.P.P.N., más las sanciones originadas en los arts. 876 y 1026 del Código Aduanero, a saber: 1 Pérdida de las concesiones, regímenes especiales, privilegios y prerrogativas de que gozaren. 2 Inhabilitación especial por cinco años para el ejercicio del comercio. 3
Inhabilitación absoluta por doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionarios o empleados públicos.
II.- Dejar expresa constancia que se imprimió al presente el trámite del juicio abreviado, previsto en el artículo 431 bis del C.P.P.N. Ley 24825.III.- Imponer al condenado el pago de la tasa de justicia que asciende a la suma de pesos sesenta y nueve c/70/100 $ 69,70, intimándolo a hacerlo efectivo en el término de cinco días, bajo apercibimiento de aplicarles en concepto de multa un recargo del 50% del valor referido, que deberán abonar en idéntico plazo; imponiéndosele, además, las costas del juicio.
IV.- Proceder, una vez firme la presente, a la destrucción por incineración del material estupefaciente secuestrado en la presente causa art.
30 Ley 23.737, como así también disponer de los demás elementos secuestrados reservados en secretaría.
V.- Ordenar que por Secretaría se practique el cómputo de la pena impuesta al condenado con vista a las partes - artículo 493 del C.P.P.N. Poner en conocimiento de la AFIP DGA de esta jurisdicción los antecedentes de la presente causa, a los fines dispuestos en el artículo 1026, inciso b, del Código Aduanero.VI.- Ordenar se inserte la presente, se haga saber a las partes, se libren los despachos pertinentes y, oportunamente, se archiven las actuaciones.Aníbal Pineda, secretario e. 03/09/2010 N 100881/10 v. 03/09/2010

JUZGADO FEDERAL NRO.2
SECRETARIA LABORAL Y DE
CARTAS DE CIUDADANIA NRO.5
MAR DEL PLATA
El Juzgado Federal de Primera Instancia N 2
de Mar del Plata, Secretaría N 5, sito en la calle Independencia N 2024 de esta ciudad, hace saber por este medio que Bartolo Huaman Sony Isolina, DNI 93620679, nacida el 18 de julio de 1971, hija de Bartolo Teleforo y de Huaman Julia, domiciliada en Alberti Nro: 4925 Mar del Plata, por Expte. Nro. Exp 73281/7 ha solicitado se le conceda la Ciudadanía argentina.- Publíquese por Dos Veces, en el Boletín Oficial de la Nación Argentina con un intervalo entre cada publicación no menor de quince días, a fin de que cualquier persona, a través del Ministerio Público pueda hacer llegar las consideraciones que pudieren obstar a la concesión del beneficio. Se deja constancia que el presente edicto es de publicación gratuita por haberlo dispuesto así S.S.
Secretaria Laboral y de Cartas de Ciudadania Nro. 5. 17 de Agosto de 2010.
Carlos Mario Duhalde, secretario.
e. 03/09/2010 Nº100896/10 v. 03/09/2010

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Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2010 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date03/09/2010

Page count32

Edition count9407

First edition02/01/1989

Last issue30/07/2024

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