Boletín Oficial de la República Argentina del 23/10/2008 - Segunda Sección

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Segunda Sección
Jueves 23 de octubre de 2008
sistema de construcción al costo.- Licitaciones públicas o privadas, gestiones de administración de consorcios de construcción al costo.- b El ejercicio de comisiones, mandatos y representaciones.- c Operaciones financieras con exclusión de las comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso público.- f Capital $ 20.000; 5 Administración y Representación: Directorio de 1 a 5 titulares, por 3 ejercicios 6 99 años. 7 Representación Legal: Presidente, o Vicepresidente en su caso.
8 Ejercicio 30/09. 9 Presidente: Armando Oscar SILBERMAN; Directora Suplente: Irene Mirtha.
SLECH, aceptaron cargos y fijaron domicilio especial en la sede social. Autorizado en escritura 276, folio 892, Registro 1913 de CABA.
Abogado Carlos D. Litvin Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:
20/10/2008. Tomo: 32. Folio: 303.
e. 23/10/2008 Nº126.746 v. 23/10/2008

SANATORIO SAN LUCAS
SOCIEDAD ANONIMA
Escritura Nº 620, 27-8-08, Escribano Eduaro Arias, Registro 1.587 Cap. Fed. instrumentó Asamblea Gral Ext Unánime 17-6-08, aprobó:
1 Designación de 2 accionistas para firmar Acta; 2 Modificación valor nominal acciones;
3 Consideración escisión de la sociedad efecto 31-12-07, aprobación del balance Especial a esta fecha y del compromiso respectivo. 4
Capitalización Cuenta ajuste de Capital. 5
Reducción Capital social, aumento del mismo rescate y emisión de acciones. Asignación acciones representativas del capital social posterior escisión. 6 Ratificación directorio actual; 7
Otorgamiento de autorizaciones. Denominación:
SANATORIO SAN LUCAS S.A. Domicilio:
Jurisdicción C.A.B.A. actual Tucumán 1452, Piso 2º, CABA. 8 Objeto: fundar, mantener, explotar, dirigir, supervisar y participar en todos los ramos vinculados con sanatorios, clinicas, laboratorios, dispensarios 9 Duración hasta el 07/11/2090.
10 Capital: $ 400.000.- 400.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables v/n $1.- cada una, un voto. 11 Directorio: uno a seis titulares, igual o menor número de suplentes, por tres ejercicios, reelegibles. Representación legal:
Presidente o vicepresidente, en su caso, o dos rectores conjuntamente. Actual con vencimiento balance 30-6 Presidente: Horacio Mario Bianchi, Vicepresidente: Claudio Hugo Rocca, Directores Suplente Aldo Kleiman y María Rosa Calegari Todos domicilio especial en Tucumán 1452, Piso 2º, CABA. Representación legal: Presidente o vicepresidente, en su caso, o 2 directores conjuntamente. 9 Fiscalización: Accionistas. Sindicatura:
se prescinde. 12 Cierre ejercicio 30-6 de cada año. Sergio Restivo, apoderado surge del Acta de Asamblea General Extraordinaria Unánime de fecha 17 de junio de 2008.
Abogado Sergio D. Restivo Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:
17/10/2008. Tomo: 71. Folio: 773.
e. 23/10/2008 Nº14.312 v. 23/10/2008

TERNARY
SOCIEDAD ANONIMA
1 Ilda Delia Bellusci, casada, 23/6/24, DNI
1.347.141, Belgrano, 3758, 6to. piso, departamento A y Silvia Noemí Maone Fiasche, soltera, 05/05/85, DNI 31.470.983, Jufre 870, ambas argentinas, comerciantes, de Cap. Fed. 2 17/9/08.
3 Domicilio social: San Juan 2969, Cap. Fed. domicilio especial de los directores. 4 COMERCIAL:
La compra venta, conservación, refrigeración, acopio, transporte y abastecimiento de carnes, cueros, lanas, lácteos, granos, cereales, productos fruto hortícolas, avícolas, tabaco, apicolas y agropecuarios, agroquímicos y fertilizantes.
Corretaje y consignaciones de cereales, oleaginosas, forrajeras y semillas. La explotación de frigoríficos y mataderos. Importación y Exportación.
El ejercicio de mandatos, representaciones, comisiones y consignaciones relacionados con su objeto comercial. INDUSTRIAL: La preparación y transformación así como la industrialización de productos. agropecuarios, agroquímicos y fertilizantes AGROPECUARIA: Explotación directa o indirecta, por si o por terceros, en establecimientos rurales, ganaderos, avícolas, hortícolas, agrícolas, frutícolas, forestales, tabacaleros y vitivinícolas, acopio, compra venta de hacienda
granos y cereales y productos agropecuarios.
SERVICIOS: De organización, asesoramiento y atención agropecuaria. 5 99 años. 6 $12.000.
7 Directorio de 1 a 10 por 3 años. Sin sindicatura. Presidente: Ilda Delia Bellusci. Suplente:
Silvia Noemí Maone Fiasche. 8 Presidente o Vicepresidente indistintamente. 9 30/8 de cada año. Abogada autorizada por escritura numero 414 de fecha 17/9/08.
Abogada Graciela E. Mari Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:
17/10/2008. Tomo: 75. Folio: 328.
e. 23/10/2008 Nº126.763 v. 23/10/2008

UNIPAX
SOCIEDAD ANONIMA
1 Tony HYON, estadonunidense, 2/5/1970, casado, empresario, Pasaporte de Estados Unidos de America 500535216, CDI 20-60360021-6; e Ignacio NISHIHAMA, argentino, 12/12/1977, soltero, Contador Público Nacional, DNI. 26.280.107
CUIT 20-26280107-2, ambos con domicilio en Av. Congreso 5547 de C.A.B.A.; 2 6 de Octubre de 2008; 3 UNIPAX S.A.; 4 Sarmiento 1469
Piso Once Oficina A de C.A.B.A.; 5 Tratamiento, transporte, importación y exportación de productos, derivados y/o deshechos de refinerias de hidrocarburos, como ser lubricantes, escorias, cenizas, residuos o excedentes de traqueo que contengan metal, arsénico o sus compuestos y todo otro producto mineral o químico que se pueda llegar a extraer de los citados productos, derivados y/o deshechos; 6 99 años; 7 $12.000;
8 Directorio de 1 a 5 miembros, por 2 años.
Sin Sindicos. Presidente: Ignacio NISHIHAMA.
Director Suplente: Tony HYON. Ambos con domicilio especial en Sarmiento 1469 Piso Once Oficina A de C.A.B.A.; 9 Presidente del Directorio o vice en su caso: 10 30 de Setiembre de cada año.- Luisa E. Osella de UrriaRegistro 37- Matrícula 2463- Autorizada en Escritura 319
del 6 de Octubre de 2008- folio 1173- constitución de UNIPAX S.A.
Escribana Luisa E. Osella de Urria Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha:
08/10/2008. Número: 081008503920/8. Matrícula Profesional Nº: 2463.
e. 23/10/2008 Nº89.515 v. 23/10/2008

UNIVERSOBIT
SOCIEDAD ANONIMA

Hace saber que I por Acta de Directorio Nº21
del 19/08/08 se resolvio por unanimidad trasladar la sede social de la calle Viamonte 759 Piso 5º Oficina 51, Ciudad de Buenos Aires, a la calle Perú 143, Piso 12, Ciudad de Buenos Aires, II
por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Nº11 del 19/08/08 los accionistas resolvieron por unanimidad i aceptar las renuncias de los Sres. Julio Fernando Levi, Rubén Minond y Leonardo Savelli, a sus cargos en el Directorio, ii modificar, entre otras, la cláusula relativa al cierre del ejercicio social de manera que el mismo finalice el 31 de diciembre de cada año, quedando el Estatuto Social redactado como sigue:
ESTATUTO
SOCIAL.
DENOMINACION, DOMICILIO, PLAZO Y
OBJETO. ARTÍCULO PRIMERO: La sociedad se denomina UNIVERSOBIT S.A. y tiene su domicilio legal en la ciudad de Buenos Aires, pudiendo establecer sucursales en cualquier punto del país. SEGUNDO: Su duración es de noventa y nueve años a contar de la fecha de inscripción en el registro público de comercio. ARTICULO
TERCERO: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: Creación, diseño implementación y explotación comercial de sitios en Internet web sites, para la venta de publicidad, bienes y servicios interactivos. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.
CAPITAL. ARTICULO CUARTO: El capital social es de PESOS DOCE MIL representado por doce mil acciones, ordinarias, nominativas, no endosables, de valor nominal un peso $1 y con derecho a un voto por acción, dividido en 9.600
acciones Clase A y 4.800 acciones Clase B. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su
BOLETIN OFICIAL Nº 31.516

monto, conforme al articulo 188 de la ley 19.550, y cumplimentándose las disposiciones reglamentarias vigentes. En los aumentos de capital y en las emisiones de acciones correspondientes debe respetarse la proporción de cada Clase de acciones. En el supuesto de que cualquier accionista no ejerciere total o parcialmente su derecho de suscripción preferente en el aumento de capital correspondiente a su tenencia accionaria, los restantes accionistas, podrán ejercer el derecho de acrecer establecido en el Art. 194 de la ley 19.550. El derecho de acrecer será ejercido en primer lugar por aquellos accionistas tenedores de la Clase de acciones a que pertenezca las acciones del accionista no suscriptor. Sólo cuando todos los accionistas de dicha Clase de acciones no hayan ejercido su derecho de acrecer podrán los restantes accionistas pertenecientes a la otra Clase de acciones ejercer tal derecho en proporción a sus respectivas tenencias. En este caso, las acciones que se emitan como consecuencia del ejercicio del derecho de acrecer, serán convertidas a aquella Clase de acciones de la que resultara titular el accionista suscriptor, aún cuando ello implique variar la proporción entre las acciones Clase A y las acciones Clase B.
ARTICULO QUINTO: Las acciones y los certificados provisionales que se emitan, contendrán las menciones del artículo 211 de la ley 19.550
Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción. ARTICULO SEPTIMO: En caso de mora en la integración del capital, el directorio queda facultado para proceder de acuerdo a lo determinado en el artículo 193 de la ley 19.550.
ADMINISTRACION Y REPRESENTACION.
ARTICULO OCTAVO: En tanto la Clase A y la Clase B de acciones representen respectivamente el 80% y el 20% de las acciones y votos de la Sociedad, los Accionistas Clase A tendrán el derecho de postular para su elección y elegir a dos 2 Directores Titulares y dos 2 Directores Suplentes y los accionistas Clase B a un 1
Director Titular y a un 1 Director Suplente, para el Directorio de la Sociedad. En caso de que las Acciones Clase A y Clase B dejen de representar el 80% y el 20% del total de las acciones y votos respectivamente, la elección de los miembros del Directorio no se realizará por clase de acciones sino por la mayoría absoluta de votos presentes en la Asamblea de Accionistas conforme a lo establecido en el Art. 243 de la Ley de Sociedades Comerciales. En este caso, la dirección y administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por el número de miembros que fije la Asamblea de Accionistas entre un mínimo de no y un máximo de nueve Directores Titulares e igual o menor número de directores suplentes, con mandato por un ejercicio, pudiendo ser reelectos. Los directores en su primera sesión, deberán designar un Presidente y un Vicepresidente; éste último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funciona con la presencia de la mayoría de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate, el Presidente desempatará votando nuevamente. La asamblea fija la remuneración del Directorio. Cada uno de los Directores deberá prestar garantía de buen desempeño de sus funciones por un monto de $10.000 Pesos diez mil, o su equivalente. La garantía podrá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad, debiendo las condiciones de su constitución asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad; o bien en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la empresa, cuyo costo deberá ser soportado por cada Director. En ningún caso podrá constituirse la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja social. Los directores no podrán retirar las garantías prestadas hasta tanto no se produzca su reemplazo efectivo y se apruebe su gestión. ARTICULO NOVENO: El Directorio tiene las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales, conforme al artículo 1881 del Código Civil y artículo noveno del Decreto Ley 5965/63. Pueden en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad, toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos operar con toda clase de Bancos, Compañías financieras ó entidades crediticias, oficiales o privadas, establecer sucursales u otra especie de representación, en el país o en el extranjero, otorgar a una ó más personas poderes judiciales, inclusive para querellar criminalmente, ó extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al
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Vicepresidente, en caso de ausencia o impedimento del Presidente. La mayoría absoluta de los directores debe tener domicilio real en la República. El Directorio deberá aceptar la renuncia del Director en la primera reunión que celebre después de presentada, siempre que no afectare su funcionamiento regular y no fuere dolosa o intempestiva, lo que deberá constar en el acta pertinente. De lo contrario el renunciante deberá continuar en funciones hasta tanto la próxima Asamblea se pronuncie. El directorio se reunirá una vez cada tres meses, sin perjuicio de las reuniones que se celebren a pedido de algún director. En ese caso, el Presidente deberá convocarla dentro del quinto día de recibido el pedido, caso contrario podrá convocarla cualquier director. La convocatoria debe indicar los temas a tratar. FISCALIZACION: ARTICULO DECIMO:
La sociedad prescinde de la sindicatura, teniendo los accionistas, teniendo los accionistas la facultad prevista en el articulo 55 de la ley 19.550
En caso de que por aumento del capital social se supere el monto establecido en el inciso 2 del artículo 299 de la ley citada, se designará un Síndico titular y otro suplente, por el termino de un año, sin necesidad de modificación del presente estatuto. ASAMBLEAS ARTICULO
UNDECIMO: Toda Asamblea debe ser citada en la forma establecida en el artículo 237 de la ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea unánime. Para las Asambleas General Ordinaria y General Extraordinaria rigen el quórum y las mayorías previstas por los Arts.
243 y 244 de la Ley 19.550 de acuerdo con la clase de asamblea de que se trate. Las deliberaciones y decisiones de las Asambleas, serán transcriptas en el libro de Actas de Asambleas, las que deberán ser firmadas por el Presidente de la Asamblea y dos accionistas cualesquiera, elegidos dentro de sus asistentes. ARTICULO
DECIMO SEGUNDO: Cada acción ordinaria suscripta, confiere derecho a un voto. ARTICULO
DECIMO TERCERO: El ejercicio social cierra el día 31 de diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables, conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La Asamblea pueda modificar la fecha de cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándola a la Autoridad de Control. Las ganancias líquidas y realizadas, se destinan: a cinco por ciento, hasta alcanzar el veinte por ciento del capital suscripto, para el Fondo de Reserva Legal; b A remuneración del Directorio y/o del Síndico en su caso; c El saldo, en todo o en parte a dividendo de las acciones ordinarias o a fondos de reserva facultativas o de previsión o al destino que determine la Asamblea.
Los dividendos deben ser pagados, en proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción. ARTICULO DECIMO
CUARTO: La liquidación de la sociedad puede ser efectuada por el Directorio o por el ó los liquidadores designados por la Asamblea. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los accionistas en proporción a las respectivas integraciones, iii los titulares de las acciones Clase A designan como Directores Titulares a los Sres. Nicolás Tejerina y Alejandro Navarro y como Directores Suplentes a los Sres.
Fernando Rubio y Oscar Matías Zaefferer y los titulares de las acciones Clase B designan como Director Titular al Sr. Julio Fernando Levi como Director Titular y al Sr. Rubén Minond como Director Suplente, iv dejar constancia de que el mandato de los directores designados deberá regir hasta la Asamblea General Ordinaria que considere los próximos estados contables. Los Sres. Tejerina, Navarro y Rubio fijan su domicilio especial en la calle Perú 143, Piso 12º, Ciudad de Buenos Aires, el Sr. Zaefferer en la Avenida Leandro N. Alem 1050 piso 13º, Ciudad de Buenos Aires, y los Sres. Levi y Minond en la calle Sarmiento 1113, Piso 9º Ciudad de Buenos Aires; y III por Acta de Directorio Nº 22 del 19/08/2008 el Directorio resolvió designar Presidente al Sr. Nicolás Tejerina y Vicepresidente al Sr. Alejandro Navarro. En consecuencia el Directorio quedó constituido de la siguiente manera: Presidente: Nicolás Tejerina, Vicepresidente:
Alejandro Navarro, Director Titular: Julio Fernando Levi; Directores Suplentes: Fernando Rubio, Oscar Matías Zaefferer, Rubén Minond.
Autorizada por Acta de Directorio Nº 21 y de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Nº11, ambas del 19/08/2008 a suscribir el presente documento.
Abogada Dolores M. Gallo Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:
20/10/2008. Tomo: 78. Folio: 208.
e. 23/10/2008 Nº89.506 v. 23/10/2008

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/10/2008 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date23/10/2008

Page count52

Edition count9388

First edition02/01/1989

Last issue11/07/2024

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