Boletín Oficial de la República Argentina del 18/01/2008 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Viernes 18 de enero de 2008
trato de fideicomiso financiero suscripto el 4 de septiembre de 2007. La cesión que aquí se notifica refiere a los créditos especialmente indicados dentro de los discos compactos incluidos en cada Comunicación de Cesión. La presente importa notificación en los términos del artículo 1467 del Código Civil. La cesión de los créditos al fideicomiso financiero no implica alterar las relaciones jurídicas originales celebradas entre Valle Fértil SA y los deudores cedidos, y sólo determina para éstos el cambio de la persona del acreedor, que en lo sucesivo en virtud de la cesión pasará a ser el fideicomiso financiero, representado en la persona del fiduciario, sin perjuicio de lo cual los deudores cedidos podrán continuar efectuando los pagos debidos bajo los créditos en los lugares habituales de pago. El listado de créditos cedidos ha sido presentado en el expediente antes referido. Luciano Sejas, Apoderado conforme poder especial Nº 462069, escritura Nº 165, otorgado por Valle Fértil S.A. Martín Furst, Apoderado conforme poder especial Nº 462069, escritura Nº 165, otorgado por Valle Fértil SA.
Certificación emitida por: Estaban E. A. Urresti.
Nº Registro: 337. Nº Matrícula: 2341. Fecha: 11/
01/2008. Nº Acta: 116. Libro Nº: 199.
e. 18/01/2008 Nº 73.792 v. 18/01/2008

VEKA LATINA S.A.
Por esc. 14 del 7/1/07, Registro 310 de Cap.
Fed., se protocolizó la Asamblea Gral. Ordinaria Unánime del 24/2/06, DESIGNANDO: Director Títular en ejercicio de la Presidencia: Ernesto Manuel Castello. Director Suplente: Federico Guillermo Tomás Leonhardt. Ambos fijan domicilio especial en Av. Córdoba 950, Piso 10, Cap. Fed. Autorizado por esc. públ. Ut-Supra.Escribano Carlos E. Monckeberg Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 16/1/
2008. Número: 080116024850/4. Matrícula Profesional N: 3482.
e. 18/01/2008 N 73.938 v. 18/01/2008

VERTEX COMPUTERS S.A.
ARTICULO 60 LEY DE SOCIEDADES COMERCIALES. Por escritura 9, Folio 21 del 4-1-2008, ante Escribana María Elizabeth Susana ZOPPI, adscripta al Registro 1411, Matrícula 4910 de Cap.
Fed.. Por Acta de Asamblea del 3-5-2007 y de Directorio de igual fecha, el Directorio de la sociedad queda constituido de la siguiente forma: Presidente: Diego Roberto Petrich, Vicepresidente:
Luis Veiga, Director Suplente: Norberto Vives, quienes aceptaron sus cargos, constituyendo domicilio especial en la sede social sita en Avenida Belgrano 1266, Planta Baja, Cap. Fed. FIRMA AL PIE
Escribana María Elizabeth Susana Zoppi, autorizada por escritura 4-1-2008, número 9, Folio 21, otorgada por la mencionada escribana, matrícula 4910, adscripta al Registro 1411 de Cap. Fed.
Escribana - Elizabeth S. Zoppi Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 11/01/
2008. Número: 080111017927/0. Matrícula Profesional N: 4910.
e. 18/01/2008 N 73.855 v. 18/01/2008

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

NUEVAS

CAMARA DE APELACIONES EN LO
CIVIL, COMERCIAL Y DE MINAS
SECRETARIA CIVIL B
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL II
LA RIOJA-LA RIOJA
La Excma. Cámara Civil, Comercial y de Minas de la II Circunscripción Judicial de la Pcia. de La Rioja, con sede en Chilecito, Secretaría Civil B,
a cargo de la Dra. Antonia Elisa Toledo, sita en la calle 9 de Julio Nro. 56 de esta ciudad de Chilecito, La Rioja, República Argentina, comunica por dos días la Licitación Pública Judicial Nacional e Internacional ordenada en autos caratulados: YOMA
S.A. Y OTROS s/ CONCURSO PREVENTIVO POR
AGRUPAMIENTO - HOY QUIEBRA, Expte. 16.480, Año 1998, que el Banco de la Ciudad de Bs. As, en su carácter de enajenador designado, llevará a cabo el día 14 de Febrero de 2008 en la sede del Tribunal, la licitación pública judicial nacional e internacional, con posterior mejoramiento de ofertas cuyas condiciones se establecen en el Pliego y Anexos de estilo, que tiene por objeto la venta de los bienes del Activo de la empresa YOMA S.A. en marcha. Por el mero hecho de participar en la licitación se presume sin admitir prueba en contrario que los oferentes tienen pleno conocimiento de las condiciones, documentación integrativa del Pliego licitatorio y de su significado, siendo este edicto solo informativo. El procedimiento se regirá por el Pliego de bases y condiciones, resoluciones judiciales dictadas en la causa y normas contenidas en Ley 24.522. LA EMPRESA. YOMA SA se encuentra ubicada en el Distrito de Nonogasta, Departamento de Chilecito, provincia de La Rioja, República Argentina, y se dedica a la compra venta, industrialización, importación, exportación, consignación y distribución de cueros, pieles, frescos, salados, curtidos, semicurtidos, elaborados en proceso de elaboración y lanas; explotación del rubro depósito de frutos del país, de propiedad de terceros y/o propios, especialmente productos de lana, cueros y artículos similares y/o afines, en sus distintos tipos y variedades; procesamiento de curtido, adobe, acabado, repujado y charolado de cuero y fabricación de cuero reconstituido. DESCRIPCION
DE ACTIVOS. Incluye la licitación: cuentas por cobrar, bienes de cambio, bienes de uso, terrenos, edificios, instalaciones, maquinarias y equipos, herramientas, rodados, muebles y útiles, sistema de comunicación, sistema de computación, obras en curso, activos intangibles, clientela. Los bienes y derechos que componen el activo, conforme anexos, se venden en su estado actual de uso, conservación, funcionamiento y ejecutabilidad, quedando a cargo, responsabilidad y costo exclusivo del adjudicatario su explotación conforme normas regulatorias de practica. El adjudicatario no será sucesor ni continuador de la fallida. CONDICION
DE ENTREGA. La unidad licitada se entregará en las condiciones en que se encuentre conforme a lo establecido en los arts. 31 a 41 del Pliego. El adjudicatario deberá realizar las gestiones tendientes a la transferencia de los bienes a su favor, que se formalizará libre de toda deuda, hipoteca, prenda u otro derecho real, luego de que el adjudicatario haya pagado el 50% del precio adjudicado según art. 3, inc. D y 34 del Pliego de Bases y Condiciones. La venta se realiza como UNIDAD ECONOMICA EN
FUNCIONAMIENTO conforme inc. A, art. 204, Ley 24.522. por lo que el Adjudicatario mediante el pago total de la suma establecida conf. arts. 205, 206, 216 y cc. LCQ adquirirá el pleno y regular dominio de los bienes enumerados en el presente. CONDICIONES GENERALES DE ESTA LICITACIÓN.
CON BASE, con IVA e impuestos de acuerdo a lo dispuesto en el punto 8 de la sentencia de fecha 6/
7/2007. PRIMER LLAMADO $ 32.000.000.- Pesos treinta y dos millones SEGUNDO LLAMADO en caso de no recibirse oferta en el primer llamado SIN BASE. GARANTIA. Los oferentes tanto para el primer o segunda llamado deberán constituir una Garantía de Mantenimiento de oferta de $ 3.200.000 en alguna de las modalidad del art. 18
del Pliego. PAGO. Integración de precio a contar del acto de apertura de los Sobres B: dentro de los 5 días corridos, el 10% del precio adjudicado; dentro de los 25 días corridos el 20%; dentro de los 45
días el 20% y dentro de los 65 días el 50%. El pago del precio deberá efectuarse indefectiblemente en depósito en cuenta corriente especial en pesos en el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, Sucursal Chilecito L.R Cod. Suc. 1460/67 a nombre de este juicio y a la orden del Tribunal o en su caso en el nuevo lugar o forma que el Tribunal fije, determine y notifique al adjudicatario. En caso de haberse constituido garantía de mantenimiento de oferta en dinero en efectivo, su importe podrá aplicarse en pago a cuenta del precio de compra. Si vencido el plazo de pago el adjudicatario no hubiere abonado íntegramente el precio ofrecido se dará lugar a solicitar la ejecución de lo incumplido más daños y perjuicios o resolver lo acordado con pérdida de la Garantía de Mantenimiento de oferta y de todo concepto abonado, razón por la cuál se adjudicará la licitación a la segunda mejor oferta que supere a la licitatoria. BIENES A TRANSFERIR. Incluye todos los bienes afectados a la explotación de la unidad en venta a la fecha conforme anexos, notas. ilustraciones e inventarios del Pliego los cuales se presumen en conocimiento de los oferentes, los muebles tangibles en su estado de conservación y uso,
BOLETIN OFICIAL Nº 31.326

careciendo el comprador de derecho y acción de reclamar cualquier rubro, indemnización y cualquier situación respecto de los mismos, incluidos los cueros procesados. Ante la eventual e hipotética incorporación de otros bienes al activo falencial, de los inventariados arts. 118 a 123 LCQ éstos no integrarán la presente licitación y quedarán como propiedad del patrimonio falencial. La operación incluye la cesión de derechos y cuentas a cobrar de ventas anteriores contabilizadas por la fallida en el informe general de la sindicatura. Mientras no estén cumplimentadas todas las obligaciones del Pliego, el adjudicatario no podrá transferir de modo alguno los derechos emergentes de la licitación. Los oferentes podrán ser personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, en este caso regularmente constituidas y conforme ley de inversiones extranjeras vigentes. PROPUESTAS. Las ofertas se presentarán en sobre cerrado, por triplicado con todas sus fojas numeradas, en la parte externa nombre del oferente y referencia a la presente licitación. Se deberá presentar en dos sobres; Sobre A antecedentes técnicos y jurídicos que acrediten cumplimientos exigidos por ley y Pliego y Sobre B
que deberá ser incluido DENTRO del Sobre A contendrá propuesta económica. Las mismas deben ser firmadas por quienes asumen la responsabilidad de la oferta o sus representantes legales, acreditando en su caso la personería invocada; no se aceptarán propuestas en comisión. Las enmiendas o tachaduras deberán ser salvadas al pié de la oferta. La simple presentación de propuestas implica para los oferentes sometimiento a la competencia del Tribunal, pleno conocimiento y aceptación del Pliego de bases y condiciones, de normas de aplicación supletorias, así como de resoluciones judiciales aclaratorias que pudieran dictarse con posterioridad y hasta la fecha determinada para la apertura de ofertas, siendo notificada cualquier resolución en forma automática, sean o no oferentes, los días martes y viernes o el siguiente día hábil en caso de que uno de ellos no lo fuere. No pueden ser oferentes quienes no han adquirido a su nombre el Pliego. Asimismo por el solo hecho de presentar propuestas aceptan los bienes, derechos de uso, funcionamiento y estado de bienes renunciando a cualquier reclamo u acción por vicios de cualquier especie. No se admiten ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en el Pliego o las que se formulen con posterioridad al día y hora fijados a tal fin. Los oferentes deberán denunciar su domicilio real o social y constituir legal dentro del radio del Tribunal. Quien resulte comprador asume la obligación de presentar un plan y dar efectiva ocupación al personal de la fallida conforme nómina del Anses y Anexo 6. Los oferentes deberán reunir las condiciones y requisitos como tales y posteriores adjudicatarios conforme lo establecido en el art. 15 del Pliego. No podrán ser oferentes:
los inhabilitados por condena judicial, agentes de la administración pública nacional, provincial o municipal, o empresas en la que los mismos actúen, quebrados o concursados, sin rehabilitación o conclusión del proceso, debiendo presentar previamente declaración jurada sobre el particular. El contenido de la propuesta deberá cumplir los recaudos del art. 15, 16 del Pliego en los Sobres A y B. La Garantía de Mantenimiento de oferta podrá constituirse por depósito en cuenta especial del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Chilecito, a nombre de autos y a la orden del Tribunal, o por fianza bancaria otorgada por entidad financiera autorizada por BCRA, certificada por la entidad interviniente; o seguro de caución por el cumplimiento total de las obligaciones, debiendo consultar su admisibilidad al Tribunal con antelación mínima de 5 días. Los oferentes deberán concurrir a los actos de apertura bajo apercibimiento de tener por desistida la propuesta. PRESENTACION DE OFERTAS. Los Sobres A Antecedentes Técnicos y Legales y Sobres B Propuesta Económica deberán presentarse: Para el PRIMER LLAMADO el día 14 de Febrero de 2008 en el horario de 8,30 a 9,30
horas, Para el SEGUNDO LLAMADO en caso de no recibirse ofertas en el primer llamado el día 14
de Febrero de 2008 en el horario de 10,00 a 10,30
horas en la sede del Tribunal, no recibiéndose más ofertas una vez vencidos los plazos antes aludidos. APERTURA DE SOBRES A PRIMER LLAMADO: el día 14 de Febrero de 2008 a las 10,00
horas. SEGUNDO LLAMADO en caso de no recibirse ofertas en el primer llamado: el día 14 de Febrero de 2008 a las 11,00 horas, en la Sala de Audiencia del Tribunal, si el día es inhábil se hará al día siguiente. Se hará ante la presencia de escribano, enajenador, sindico, oferentes e interesados enumerando las ofertas correlativamente según su orden. Se dejará constancia en acta del orden, oferente, monto y garantía de mantenimiento de oferta y observaciones y constancia de la reserva del Sobre B. Quedando los originales en poder del síndico y el Sobre B en custodia del Tribunal. Acto seguido el síndico evaluará su contenido procedién-

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dose a precalificar los que cumplieran los requisitos del los art. 15, 16 y 17, punto a del Pliego. SOBRE B: se llevará a cabo luego de evaluado el contenido de los Sobres A en la sala de audiencias del Tribunal, con idéntica formalidad que las del Sobre A a los precalificados; los que no lo fueran, se devolverá el sobre cerrado juntamente con las Garantías destruyéndose los no retirados, todo lo que será asentado en acta de estilo. Se asentarán el nombre del oferente y monto de oferta y se procederá a la adjudicación en caso de única oferta o superior y en caso de existir más ofertas, se efectuará una puja en la cual cada oferta deberá ser superior en $ 200.000 a la mejor oferta existente, no admitiéndose ofertas que no mejoren dicho mínimo, todo conforme a lo establecido en el art. 24, inc. 3 del Pliego. Dentro de los cinco días hábiles subsiguientes al acto de apertura del Sobre B el adjudicatario deberá completar el 10% del precio adjudicado conforme arts. 3 y del Pliego, y abonar el 4% de comisión sobre el precio final al enajeador, Banco Ciudad de Bs As., mas IVA, mediante cheque certificado de Banco de plaza y a la orden de dicha entidad o mediante transferencia bancaria. El incumplimiento del pago del saldo conforme art. 3 del Pliego, y pago de comisión más IVA, apareja la pérdida del derecho de adjudicación, pudiendo el tribunal adjudicar a la segunda mejor oferta que reúna las condiciones exigidas. Los importes pagados se perderán a favor de la quiebra. Las observaciones e impugnaciones se podrán formalizar conforme a lo establecido en el art. 25 del Pliego; término: cinco días a partir del acto de apertura de Sobre B, debiendo previamentge depositar en garantía $ 50.000. COTEJO DE PROPUESTAS.
Serán rechazadas las no que observen los requisitos del Pliego. La adjudicación y garantías se harán efectivas conforme arts. 28 a 31 del Pliego. Si en el curso del tiempo necesario para que se concrete la venta mediante el proceso licitatorio establecido se presentare una propuesta seria de explotación que sea compatible con la problemática que el Pliego expone y desarrolla, siempre que se observen los requisitos del mismo, el Tribunal se abocará a aceptar o negar la misma en un plazo de 10 días hábiles de presentada. TENENCIA. Se hará efectiva cumplido el pago del 50% del total ofrecido. POSESION, TRANSFERENCIA. Pagado el total del precio, conforme art. 34 del Pliego. Todos los gastos por cualquier rubro y concepto son a cargo del adjudicatario. En caso que por circunstancias imprevisibles se hiciera imposible la transferencia de la Empresa o entrega de posesión al adjudicatario, se le devolverá los fondos depositados sin reclamación adicional alguna. El Tribunal formula conf. art. 38 reserva de derechos de dejar sin efecto el llamado de licitación mediando razones de oportunidad o legitimidad. VENTA DE PLIEGO. Valor $ 10.000 por unidad, a partir de la fecha de publicación del primer edicto en sede del Tribunal y Banco Ciudad, Esmeralda 660, 6º P, Ciudad Autónoma de Bs. As., República Argentina. El monto pagado por el Pliego se perderá a favor de la quiebra, haya o no resultado adjudicatario el adquirente. INFORMES. Ante la sindicatura, Comité de acreedores o Banco enajenador Los oferentes extranjeros deberán acompañar los mismos requisitos de los exigidos a los nacionales. VISITA DE LA
PLANTA. De lunes a viernes de 10 a 17 hs. Ctdor.
Antonio Martínez o Ing. Roberto Perino, tels. 54 03825 - 499341 / 499208 / 499241. INCUMPLIMIENTO. Ante el incumplimiento, el adjudicatario será pasible de sanciones tales como perdida de depósito, multa e intereses moratorios, conf. art.
42 del Pliego. CERTIFICO que este Edicto deberá publicarse por dos días corridos en el Boletín Oficial de la Nación.
Chilecito, Pcia. de La Rioja, República Argentina, a los once 11 días del mes de enero de 2008.
Alberto Miguel Granado, secretario.
e. 18/01/2008 Nº 73.882 v. 21/01/2008

JUZGADOS NACIONALES
EN LO CIVIL
N 43
El juzgado Nacional de Primera instancia en lo Civil Nº 43, Secretaría única, en autos SALINAS
DANIEL ARMANDO S/ AUSENCIA CON PRESUNCION DE FALLECIMIENTO, cita a Daniel Armando Salinas, a estar a derecho bajo apercibimiento de declarar la presunción de su fallecimiento en la forma y con los efectos previstos por el art. 25 de la ley 14.394. Publíquese durante 6 meses, una vez por mes en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 17 de agosto de 2007.
María Cristina Espinosa de Benincasa, secretaria.
e. 18/01/2008 Nº 66.156 v. 18/01/2008

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Boletín Oficial de la República Argentina del 18/01/2008 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date18/01/2008

Page count24

Edition count9418

First edition02/01/1989

Last issue10/08/2024

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