Boletín Oficial de la República Argentina del 31/08/2007 - Segunda Sección

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Segunda Sección
Viernes 31 de agosto de 2007

BOLETIN OFICIAL Nº 31.229

ción y depuración de los mismos, tomando como base la ficha de afiliación.

afiliados, es la Asamblea Provincial, y exclusivamente en el caso citado en el art. 38, inc. e in fine.

desenvolvimiento económico, financiero y patrimonial del partido.

Artículo 62º.- La Junta Electoral provincial tendrá a su cargo el escrutinio definitivo y la proclamación de los candidatos electos, en todos los procesos electorales partidarios.

Capítulo XI

b Efectuar intervenciones en las registraciones contables, auditorías, y arqueos de caja cuantas veces lo estime necesario.

Artículo 63º.- Tendrá su domicilio en la sede de la Mesa Ejecutiva provincial.
Capítulo X
TRIBUNAL DE CONDUCTA
Artículo 64º.- El Tribunal de Conducta estará compuesto por cinco 5 miembros titulares y cinco 5 suplentes durarán tres 3 años en sus funciones, pudiendo ser reelectos.

INCOMPATIBILIDADES
Artículo 79º.- Ningún afiliado podrá desempeñar simultáneamente mas de dos 2 cargos en la organización partidaria. Se declararan incompatibles los cargos a Delegados a la Asamblea Provincial y Miembros de la mesa Ejecutiva provincial.
Artículo 80º.- No podrán ser candidatos a cargos electivos o partidarios o apoderados de listas en elecciones internas, los afiliados que integren algunos de los siguientes cuerpos partidarios y por el tiempo que duren en sus funciones:
a Tribunal de Conducta.

Artículo 65º.- Se someterá a consideración de este Tribunal, toda cuestión relacionada con la disciplina del Movimiento Patagónico Popular y las conductas de los afiliados.
Artículo 66º.- Se dará su propia organización para funcionar, teniendo principalmente en cuenta el cumplimiento de debido proceso partidario y asegurando el derecho de defensa de todos los afiliados.

c Emitir dictamen sobre el Balance Anual y Cuenta de Inversión, elevando sus conclusiones a la Asamblea Provincial para su tratamiento y aprobación.
d Presentar ante la autoridad electoral de la Provincia el estado anual del patrimonio partidario y la cuenta de ingresos y egresos del ejercicio debidamente aprobada en los términos y condiciones del art. 98, inc. b de la Ley 2431 y legislación nacional al respecto.
e Presentar ante la autoridad Electoral de la Provincial cuenta detallada de los ingresos y egresos relacionados con la campaña electoral, en los términos del art. 98, inc. c. y legislación nacional al respecto.

b Junta Electoral Provincial.
c Junta Electoral Local.

f Publicar por un 1 día en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro, el estado anual partidario aprobado, previa presentación ante la Autoridad Electoral.

d Tribunal de Cuentas.
Capítulo XII

Artículo 84º Bis.- Se fija como fecha para el cierre del ejercicio contable anual del Movimiento Patagónico Popular, el 31 de Diciembre de cada año.

DE LOS LIBROS Y DOCUMENTOS
Artículo 67º.- Funcionará con la mayoría absoluta de sus miembros, y sus decisiones deberá, contar con el voto de la mayoría de sus integrantes presentes.
Artículo 68º.- El Tribunal de Conducta podrá iniciar un proceso de oficio o a instancia de alguna denuncia por escrito realizada por cualquier afiliado, por los Miembros de la Asamblea Provincial o de la Mesa Ejecutiva Provincial. Recepcionada la denuncia, el Tribunal, previo examen y si la considerara procedente, citará a el o los imputados, a una audiencia a efectos que los mismos ejerzan su derecho de defensa. La no presentación del imputado, no obstara la prosecución de la causa, la cual continuará con la rebeldía del imputado.
Artículo 69º.- El Tribunal podrá citar a cualquier afiliado para que declare en el proceso en cuestión. La falta de comparencia reiterada o injustificada de los afiliados citados, será considerada falta de colaboración culpable y causal de suspensión de la afiliación.
Artículo 70º.- Cumplidos los pasos establecidos en los artículos anteriores, el Tribunal dictará Resolución fundada, absolviendo o sancionando al afiliado, dicha Resolución le será fehacientemente notificada mediante Carta Documento en el término de cuarenta y ocho 48 horas de adoptada.
Artículo 71º.- El afiliado sancionado tendrá un plazo de cinco 5 días, contados desde la recepción de la Resolución, para ejercer su derecho de apelación. En su defecto las Resolución quedará firme.
Artículo 72º.- Recibido el escrito de apelación, el Tribunal ratificará o no su decisión en el término de diez 10 días, siendo su resolución inapelable.
Artículo 73º.- El Tribunal podrá imponer las siguientes sanciones:
a Apercibimiento.
b Suspensión temporaria hasta un máximo de un 1 año.
c Expulsión.
En todos los casos en que un afiliado sea sancionado por este Tribunal, la misma acarreará la pérdida de la antigedad partidaria. Se exceptúa de lo establecido en el párrafo anterior la sanción de apercibimiento.
Artículo 74º.- El Tribunal de conducta podrá sancionar a cualquier afiliado que estando en ejercicio de cargo efectivo, contradiga u obstaculice con su conducta los principios y la filosofía del Movimiento Patagónico Popular. La sanción deberá ser ratificada por la Asamblea Provincial.
Artículo 75º.- Ningún afiliado podrá aducir faltas de notificación, si ésta hubiera enviado a la dirección que figura en la ficha de afiliación o en el registro de afiliados, cuando corresponda.
Artículo 76º.- Aquél afiliado que fuera expulsado del Movimiento Patagónico Popular, no podrá volver a afiliarse al mismo hasta pasados los cuatro 4 años desde que haya quedado firme la Resolución.

Capítulo XV
PARTIDARIOS
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 81º.- El Movimiento Patagónico Popular, llevará obligatoriamente los siguientes libros, rubricados y sellados por la autoridad competente:
a Inventario.
b Caja. En el mismo deberá llevarse contabilidad de todo ingreso de fondos o especies, con indicación de la fecha de los mismos y de nombres y domicilios de las personas que los hubieren ingresado o recibido, esta contabilidad deberá conservarse durante tres ejercicios con todos sus comprobantes.
c Actas y Resoluciones en hojas fijas o móviles. El Tesorero de la Mesa Ejecutiva Provincial a los efectos de un eficiente control de los fondos partidarios, llevará los libros enumerados ut supra. La Mesa Ejecutiva Provincial o la Asamblea Provincial están facultadas para ordenar la confección de otros libros que estimen convenientes.
Capítulo XIII
DEL TESORO DEL MOVIMIENTO
PATAGONICO POPULAR
Artículo 82º.- El Tesoro del Movimiento Patagónico Popular se formará con:
a Las donaciones y contribuciones, en tanto no violen lo dispuesto por la ley de aplicación.
b En general, cualquier ingreso lícito.
Los fondos partidarios, salvo los destinados a financiar la campaña electoral, deberán depositarse en una cuenta única del partido que se abrirá en el Banco de la Nación Argentina, a nombre del partido y a la orden conjunta o indistinta de hasta cuatro miembros del partido, de los cuales dos 2 deberán ser el Presidente y el Tesorero.
Los fondos destinados a financiar la campaña electoral deberán depositarse en una cuenta única que se abrirá en el Banco de la Nación Argentina, a nombre del partido y a la orden conjunta del responsable económico - financiero o administrador de campaña y del responsable político de campaña.
Los bienes registrables que se adquieran con fondos del partido o que provinieran de contribuciones o donaciones deberán inscribirse a nombre del partido en el registro respectivo.
Capítulo XIV
CONTROL ECONOMICO FINANCIERO
PATRIMONIAL
Artículo 83º.- La Asamblea Provincial designará un órgano denominado Tribunal de Cuentas, el que estará compuesto por tres 3 miembros, los que deberán reunir las condiciones exigidas para ser delegado a la Asamblea. Durarán en su cargo tres 3 años, pudiendo ser reelectos.

Artículo 77º.- La sede del Tribunal de Conducta, será la misma que la de la Mesa Ejecutiva Provincial.

Artículo 84º.- El tribunal de Cuentas dicta su propio reglamento interno y tiene las siguientes funciones:

Artículo 78º.- La única instancia superior de decisión al Tribunal de Conducta, en cuanto a la disciplina de los
a Ejercer el control de los actos de la mesa Ejecutiva provincial en todos los aspectos que hacen al
Artículo 35º.- A los fines de las notificaciones que los organismos del Movimiento Patagónico Popular, deban cursar a los afiliados, se considerarán válidas las realizadas al domicilio que figuren en la ficha de afiliación o al que los afiliados dejen expresamente indicados en el Registro de Notificaciones que llevará la Mesa Ejecutiva Provincial.
Artículo 86º.- Los plazos a los que se alude en la presente Carta Orgánica se computarán corridos.
Artículo 87º.- Los ciudadanos no afiliados al Movimiento Patagónico Popular, gozarán de los mismos derechos que quienes lo fueran, para ser presentados a cargos electivos y en caso de resultar electos para un cargo público electivo, tendrán las mismas obligaciones para con el Movimiento Patagónico Popular que fija esta Carta Orgánica para los afiliados en igual situación y en todo aquello que pudiera ser aplicable.
Artículo 88º.- El Registro de afiliados estará abierto en forma permanente.
MARIA SILVINA GUTIERREZ, Prosecretaria Electoral Nacional.
e. 31/08/2007 Nº 555.618 v. 31/08/2007

PARTIDO UNION Y LIBERTAD
Distrito San Luis El Juzgado Federal con Competencia Electoral de SAN LUIS a cargo del Dr. JUAN ESTEBAN MAQUEDA, hace saber que en los autos caratulados: PARTIDO UNIÓN Y LIBERTAD S/ ELECCIONES INTERNAS
CARGOS PARTIDARIOSAÑO 2007 PUL DISTRITO SL, Expediente N 01/22/07, que tramitan por ante sus estrados, el PARTIDO UNIÓN Y LIBERTAD, del Distrito San Luis ha comunicado que resultaron proclamados en las elecciones internas convocadas por esa agrupación para el día 16 de Noviembre de 2006, las siguientes autoridades: A CONGRESO PROVINCIAL
Departamentos La Capital: 1. SANDRA PÉREZ, 2.
DANIEL QUIROGA, 3. ALICIA MAZZUCO, 4. ARNOLDO SCARPATI, Suplentes: 1. MIGUEL ARGAÑARAZ, 2. NORMA AVILA, 3. HUMBERTO BALMACEDA EL
VOLCAN, 4. INES CABRERA. Ayacucho: 1. NELLY
AUDELINA AGERO DNI N 17.794.017, 2 MARCELO SALADO DNI N 17.911.039, 3 MARINO ORTIZ
DNI N 7.962.068, Suplentes: 1 CARLOS EDGARDO
VERÓN DNI N 13.015.993, 2 DELINDA ANTONIA
QUEVEDO DNI N 17.032.534, 3 STELA MARY ASTUDILLO DNI N 20.807.932, Pringles: 1. CARLOS
MIGUEL RIVERO DNI N 7.804.111, 2. OSCAR PÉREZ, Suplentes: 1. JUAN ALBERTO GIL, 2 FRANCISCO SÁNCHEZ BARROSO. Belgrano: 1 JOSÉ RODRÍGUEZ - DNI 14.144.005, 2 CARLOS PELLARIN - DNI
14.711.830, Suplentes: 1 FACUNDO JIMÉNEZ - DNI
11.310.216, 2 FELIX EDUARDO OROZCO - DNI
14.1798. San Martín: 1 LUIS MARTÍN GARRO, 2
ADRIÁN FABIO AGERO, Suplentes: 1 AMÉRICO
PALLEO, 2 DANIEL AGUILAR, Junín: 1 SUSANA DELIA PACHECO DNI 4.702.356, 2 SUSANA TOCCI DNI
6.201,637, Suplentes: 1 ADRIANA NÚÑEZ DNI
17.785.282, 2 NORMA LEROY SMIITH DNI 2.331.318, B JUNTA DIRECTIVA PARTIDARIA: Secretario General: EDUARDO GOMINA, Subsecretario: JUAN
JOSÉ DASSO, Vocales: 1 PATRICIA NORMA GATICA, 2 ADRIANA ENRIQUETA BAZZANO, 3 GUILLER-

38

MO CELI, Suplentes: REINALDO PASTOR, JUAN
ECHANDIA, JOSÉ HERNÁNDEZ, DANIEL MIRANDA, DORA PÁEZ, C JUNTAS DEPARTAMENTALES: La Capital. Secretario: JULIO SAUL BRAVERMAN. Subsecretario: JUAN SOSA, Vocales: 1 MARTHA MOSCHELLA, 2 SILVIO RUBÉN CLOSA, 3 VILMA CAROSIA, Suplentes: 1 HUGO FRANCO, 2 MIGUEL MAGALLANES, 3 OCTAVIO AMIEVA, 4 IRENE MASSI, 5
ANTONINA PEZZINI, Ayacucho: Secretario: JOSÉ ALBERTO PÉREZ, Subsecretario: EDGAR JUSTINIANO
AMAYA DNI N 16.289.586, Vocales: 1 PATRICIA CANELO DNI N 14.072.438, 2 MARIA ELIA AMAYA DNI
N 5.144.109, 3 MIGUEL ANGEL SOSA DNI N
17.207.977. Suplentes: 1 RAUL RAMON GAUNA DNI
N 13.811.404, 2 MARIO EDGAR GATICA DNI N
18.055.587, 3 ARNOLDO BRANCEL DNI N
10.185.010, 4 GRACIELA SUSANA, TOLOSA DNI N
10.395.141, 5 BLANCA ELIA ACEVEDO DNI N
17.207.976. Pringles: Secretario HORACIO RUBEN
VIVAS DNI N 20.687.743, Subsecretario MARIA DE
LOS ANGELES OLGUIN, Vocales: 1 JORGE ANTONIO PEREZ DNI N 13.910.568, 2 DIEGO LUCIANO
VILLEGAS DNI N 28.600.789, 3 GABRIEL MARTINCHUK DNI N 25.627.002, Suplentes: 1 NORBERTO
VALENTIN VALDEON, 2 LILIANA MABEL AVILA, 3
DANIEL MARTINCHUK DNI N 25.627.001, 4 EMILIO
HUGO PASCUALAVANCINI DNI N 17.284.645, 5 ANA
ROSA URQUIZA DNI N 20.687.768. Belgrano: Secretario EDGARDO CICCONE - DNI 14.374.942, Subsecretario NORMA VILLEGAS - DNI 14.542.152, Vocales: 1 DOMINGA GIUNTA -DNI 10.481.662, 2 FELIPE SOSA - DNI 11.984.197, 3 MARIO ALCARAZ - DNI
22.978.197, Suplentes: 1 HUGO HERRERA - DNI
6.879.843, 2 NELSON CALDERON - DNI 26.992.409, 3 PAULINA MOYANO - DNI 13.242.414, 4 RAUL OJEDA - DNI 18.138.011, 5 ARISTACO SANCHEZ - DNI
7.790.315. San Martín: Secretario HÉCTOR ALEJANDRO HERNÁNDEZ, Subsecretario CARLOS RAÚL
AGUILAR, Vocales: 1 MIRIAM TOBARES, 2 PABLO
ERNESTO GARRO, 3 DOMINGO ARIEL ZAVALA, Suplentes: 1 MÁXIMO MÁRQUEZ, 2 JUAN BERNARDO
VILCHEZ, 3 INES AGUILAR, 4 ROSA BEATRIZ VILLEGAS, 5 JORGE IVÁN PÉREZ, Junín: Secretario:
RAÚL NORBERTO BUSTOS DNI 12.465.082, Subsecretario: PATRICIA VIRGINIA MORANDÉ DNI
11.154.314, Vocales: 1 TOMAS ALEJANDRO PALACIO DNI 11.013.070, 2 NATALIA LIACHOFF DNI
23.464.913, 3 MARIO GRECO DNI 10.624.088. Suplentes: 1 AMELIA BURLO MENDOZA DNI 3.799.656, 2 CARLOS OSCAR ESCALADA DNI 4.171.438, 3
DIANA OFELIA STEVANO DNI 14.408.035, 4 MARGARITA BOHLER DNI 3.259.933, 5 DONATO OVIDIO MAIDANA LE 4.822.060, D COMISIÓN DE ÉTICA, EVALUACIÓN DE GESTIÓN Y AFILIACIÓN, 1
ELISA MUÑOZ, 2 GLADYS DIGENNARO, 3 LUIS
ESCUDERO AYAC., Suplentes: 1 NANCY PÁEZ, 2
IRENA MABEL CORREA DNI 17.284.566, 3 ENRIQUE MAQUEDA DNI 4.416.920, E CENTRO JUVENIL DEPARTAMENTAL: La Capital: Presidente MARCELO DASSO, Secretario MIRIAN MOLINA, Vocales: 1 HÉCTOR MUÑOZ, 2 CLAUDIA SOSA, 3 SONIA SÁNCHEZ, Suplentes: 1 DANIEL VALENZUELA, 2 CECILIA ZANOTTI, 3 MIGUEL RODRÍGUEZ, 4
PABLO MOLINA. Ayacucho: Presidente MARIA ORTIZ, Secretario CLAUDIO ROGELIO GOMEZ DNI N
32.081.684, Vocales: 1. MARIA EUGENIA JULIAN DNI
N 29.887.652, 2 CARINA ALEJANDRA LEYES DNI
N 23.091.950, 3 GUILLERMO GODOY DNI N
28.184.373. Suplentes: 1 PATRICIA EDIHT SOSA DNI
N 28.289.006, 2 DEOLINDA MARIA JOSÉ ANDINO
DNI N 30.096.676, 3 LUIS URQUIZA, 4 NORMA EZAQUIEL CASAS DNI N 32.512.089, 5 VICTOR MAXIMILIANO GATICA DNI N 32.748.385. Pringles: Presidente MARCELO OMAR VILLEGAS DNI N
22.422.423, Secretario GUSTAVO NOVILLO DNI N
24.123.838, Vocales: 1 HUGO MARCELO PEREZ DNI
N 22.779.625, 2 SERGIO NEDO LOPEZ ENI
N 14.787.840, 3 IRIS ROXANA LUCERO ZAVALA DNI
N 24.681.553, Suplentes: 1 GUSTAVO OLIVA, 2 EDITH PIZARRO, 3 CARMEN MATEA ARIAS DNI N
17.245.500, 4 MATILDE MARGARITA PIZARRO DNI
N 14.714.662, 5 EDUARDO ARIEL VILLEGAS DNI
N 24.132.886. Belgrano: Presidente FABRICIO PEDERNERA -DNI 27.188.008, Secretario LAURA ABALLAY - DNI 29.916.782, Vocales: 1 NOELIA CALDERON, 2 ALFREDO DANIEL LEYES - 22.852.876, 3
CARLOS GONZALEZ - DNI 22.978.046. Suplentes: 1
OMAR TORRONTEGUI - DNI 12.370.327, 2 NELSON
ALCARAZ - DNI 28.663.677, 3 SILVERIO SOSA - DNI
25.753.553, Junín: Presidente LUCAS PRADO - DNI
30.443995, Secretario SEBASTIÁN ERNESTO VECINO - DNI 26.983.696, Vocales: 1 IRIS MABEL PEREYRA -DNI 30.199.849, 2 FACUNDO ALTAMIRANO DNI 27.393.763, 3 DARDO LUCAS BONZANO -DNI
27.393.882, Suplentes: 1 CARINA SOLEDAD URQUIZA - DNI 26.950.035, 2 GREGORIO ANTONIO CUELLO - DNI 29.218.372, 3 GRACIELA DEOLINDA GONZÁLEZ - DNI 28.882.761, 4 CLAUDIO MIGUEL ANGEL CHIRINO - DNI 27.072.166, 5 GUILLERMO TAPIA - DNI 29.173.363. F CENTRO JUVENIL PROVINCIAL: La Capital 1.- LAUTARO OJEDA 2.- HERNAN
SOSA ARAUJO Ayacucho: 1. LAURA GÓMEZ DNI N
29.028.257, Belgrano: 1 HUGO RETA - DNI23.483.326, 2 LIDIA PEDRAZA - DNI 29.936.226, Junín:
1 VALERIA SPINAZZUOLA - DNI 24.823.989, 2 MA-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 31/08/2007 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date31/08/2007

Page count64

Edition count9410

First edition02/01/1989

Last issue02/08/2024

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