Boletín Oficial de la República Argentina del 03/01/2007 - Segunda Sección

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Segunda Sección
Miércoles 3 de enero de 2007

Juzg.
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Secretario ALDO DI VITO
JULIAN HERRERA
OLGA MARIA SCHELOTTO
CARLOS ROBERTO GARIBALDI
JUAN HUGO BUSTAMANTE
JORGE E. BEADE
JORGE E. BEADE
JAIME MENDEZ
JULIO F. RIOS BECKER
ANA MARIA HIMSCHOOT
ANA MARIA HIMSCHOOT
JOSE MARIA SALGADO
GRACIELA ELENA CANDA
JUAN MARTIN BALCAZAR
CHRISTIAN R. PETTIS
DANIEL H. RUSSO
SONIA L. GOMEZ CHAO
SONIA L. GOMEZ CHAO
IGNACIO M. REBAUDI BASAVILBASO
GUILLERMINA ECHAGE CULLEN
PAULA E. FERNANDEZ
JUAN PABLO IRIBARNE
GUSTAVO ALBERTO ALEGRE
GUSTAVO ALBERTO ALEGRE
GUSTAVO ALBERTO ALEGRE
M. ALEJANDRA TELLO
SANDRA L. ESPOSITO
SANDRA L. ESPOSITO
MARIA VERONICA RAMIREZ
MARIA VERONICA RAMIREZ
JOSE LUIS GONZALEZ
JOSE LUIS GONZALEZ
CECILIA E. A. CAMUS
EDUARDO A. CARUSO
EDUARDO A. VILLANTE
SANTIAGO STRASSERA
SANTIAGO STRASSERA
PILAR FERNANDEZ ESCARGUEL
PILAR FERNANDEZ ESCARGUEL
PILAR FERNANDEZ ESCARGUEL

Fecha Edicto 26/12/2006
20/12/2006
17/11/2006
21/12/2006
15/12/2006
26/12/2006
19/12/2006
27/10/2006
27/12/2006
24/11/2006
18/10/2006
19/12/2006
29/11/2006
21/12/2006
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18/12/2006
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13/12/2006
20/12/2006
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18/12/2006
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18/12/2006
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20/12/2006
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14/12/2006
20/12/2006
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21/12/2006
21/12/2006

BOLETIN OFICIAL Nº 31.065

Asunto
25

Recibo
ARIAS MIGUEL
ABIGAIL MARIA PAGANI
NEMEROVSKY RAUL JORGE
ENRIQUE AQUILINO IRABEDRA
DIOGENES CORTES
BERNA IDA SIEBER
CELIA AVELLO LASARTE y EMILIO VICTOR RODRIGUEZ GARCIA
CARLOS ALFREDO CABRERA
JUAN DZIOVENAS
AIDA GONZALEZ
PASCUAL GRILLO
EDUARDO CARLOS PENNACINO
María Estela RUSSO
JUAN OSCAR LEVY
CORINA GOMEZ y JUAN CELESTINO ABRAN
Noemí Enriqueta Bernasconi y Sergio Walter Foa HECTOR CONDE
ERNESTO CRISTOBAL JOSE JULIA
BLANCO MARIA ESTHER, LC 0177541
Alberto José Tornadu Dante MACRI
JOSE LOPEZ VIZCAÍNO Maria Angelica Velando ROMERO EMILSA FLORENCIA
Julio Cesar De Cillis Sara María BIOJOUT
JORGE ALFREDO FORNI
GRACIELA SUSANA DI VIRGILIO
DALMIRA ROJO
Agripina Gladys SILVA
JOSE LUIS VILLEGAS y ZORADIA COLL
Albina Elsa Cavalieri Osvaldo Gustavo Fuentes JUANA CAMELIA ROTONDO
JORGE PRUDENCIO y MARIA RUSSO
ALBERTO FERREA
ORLANDO NATALE
María Adela Clotilde Zoccalli y Hugo Néstor Trapani JOSE DOMINGO PALOMEQUE
Maucci Carlos Alberto
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e. 03/01/2007 N 750 v. 05/01/2007

4. Partidos Políticos NUEVOS

PARTIDO NUEVA DEMOCRACIA
Distrito Provincia de Buenos Aires El Juzgado Federal con Competencia Electoral en el Distrito de la Provincia de Buenos Aires, a cargo del doctor Manuel Humberto Blanco, hace saber, en cumplimiento de lo establecido en el art. 14
de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos 23.298, que la agrupación política con personalidad jurídico política reconocida como partido de distrito denominada NUEVA DEMOCRACIA, ha presentado ante esta sede judicial la solicitud de cambio de nombre por el de PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN
DEMOCRÁTICA que adoptó en fecha 28 de octubre de 2006. Expte. Letra P, Nº 38, Año 2002.
En La Plata, a los 19 días del mes de diciembre del año 2006.
Dr. DANIEL DARIO ARMELLINI, Prosecretario Electoral Nacional.
e. 03/01/2007 Nº 534.364 v. 05/01/2007

Según su estatuto constitutivo, la Empresa Ferrocarril General Belgrano S.A. fija las remuneraciones de su personal, y también se encuentra facultada para negociar colectivamente. Esas atribuciones no resultan afectadas por la virtualidad de las normas contenidas en los Decretos Nº 491/02, Nº 601/
02 y Nº 577/03. Dichas disposiciones si bien importaron la reasunción de determinadas competencias vinculadas con los recursos humanos de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada que tienen impacto presupuestario, puntualmente se refieren a designaciones, contrataciones y movimientos de personal a través de la asignación de funciones que importen una mayor erogación presupuestaria. De tal suerte, aún cuando los preceptos aludidos resultan de aplicación a al empresa estatal atento la amplitud del artículo 2º del Decreto Nº 491/02, ellos no comprenden el otorgamiento de incrementos salariales, categoría conceptual esta que difiere ciertamente de las designaciones, contrataciones, promociones y otros movimientos funcionales.
La empresa estatal Ferrocarril General Belgrano S.A. cuenta con atribuciones estatutarias suficientes para negociar colectivamente aumentos salariales, con supeditación a las disponibilidades presupuestarias, y dando intervención a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público en mérito a lo dispuesto por los artículos 3º y 6º de la Ley Nº 18.753.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 74 del Reglamento de Procedimientos Administrativos los entes autárquicos no podrán recurrir actos administrativos de otros de igual carácter ni de la Administración Central, sin perjuicio de procurar al respecto un pronunciamiento del ministerio en cuya esfera común actúen o del Poder Ejecutivo, según el caso. Dicha regla es extensiva a una sociedad anónima cuyas acciones están en manos del Estado, dado que finalmente es el propio Estado el único accionista de la persona jurídica conf. Dict. 159:150; 166:39; 199:97.
Dict. Nº 254/06, 31 de agosto de 2006. Expte. Nº S01:0156294/06. Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. Dictámenes 258:302.
Expte. Nº S01:0156294/06
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN
FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y
SERVICIOS

5. Información y Cultura
BUENOS AIRES, 31 AGO 2006

5.2. PROCURACION DEL TESORO - DICTAMENES

SOCIEDADES DEL ESTADO. Empresa Ferrocarril General Belgrano S.A. Recursos administrativos. Legitimación. Improcedencia. Régimen jurídico. Facultades. ENTIDADES AUTARQUICAS. Recursos administrativos. Legitimación. Improcedencia.
SOCIEDADES DEL ESTADO. Empresa Ferrocarril General Belgrano S.A. Recursos administrativos. Legitimación. Improcedencia. Régimen jurídico. Facultades. ENTIDADES AUTARQUICAS. Recursos administrativos. Legitimación. Improcedencia.
La Empresa Ferrocarril General Belgrano S.A., cuyo capital en su totalidad pertenece al Estado Nacional, carece de legitimación para interponer recursos administrativos. Ello así por cuanto más allá de su carácter de sociedad anónima permanece dentro de la esfera de la Administración, bajo la supervisión de la Secretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

SEÑOR SUBDIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN:
En las presentes actuaciones se examina si la Empresa Ferrocarril General Belgrano S.A., cuyo capital pertenece en su totalidad al Estado Nacional argentino, posee representatividad y capacidad jurídica suficiente para negociar colectivamente la actualización salarial del personal representado por la Asociación del Personal de Dirección de Ferrocarriles Argentinos, Administración General de Puertos y Puertos Argentinos A.P.D.F.A..
I ANTECEDENTES
1. Los actuados se originan en la solicitud formulada por A.P.D.F.A., entidad gremial de primer grado, el día 17 de junio de 2004 ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a efectos de que se convoque a la Empresa Ferrocarril General Belgrano S.A. para negociar colectivamente el sinceramiento y actualización salarial del personal representado por el mencionado sindicato v. fs. 3/4.
2. A raíz de esa presentación, la autoridad administrativa citó a los representantes legales de A.P.D.F.A., y de la Empresa Ferrocarril Belgrano S.A. para constituir la Comisión Negociadora v. fs. 26
y 27, respectivamente.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 03/01/2007 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date03/01/2007

Page count44

Edition count9417

First edition02/01/1989

Last issue09/08/2024

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