Boletín Oficial de la República Argentina del 12/09/2006 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Martes 12 de setiembre de 2006
de Mayo 244 piso 1º Cap. Fed.- Guillermo Alfredo Symens Autorizado según escritura pública Nº 540
del 23/8/2006 al folio 1276 Registro 2036 ante el Escribano Diego Asenjo Matrícula 4827.Autorizado/Apoderado - Guillermo A. Symens Certificación emitida por: Diego Asenjo.
Nº Registro: 2036. Nº Matrícula: 4827. Fecha:
31/8/2006. Nº Acta: 26. Libro Nº: 009.
e. 12/09/2006 Nº 2970 v. 12/09/2006

NEOSECURE
SOCIEDAD ANONIMA
Constitución: 1 Arnoldo Luis Araya Flores, nacido el 18/8/1965, casado, chileno, empresario, domicilio Av. Leandro N. Alem 712, 10 piso C.A.B.A., Pasaporte Nº 6743459-5; y Alfredo F.
Cantilo h., nacido el 8/6/1963, casado, argentino, abogado, domicilio Av. Leandro N. Alem 712, 10 piso, DNI 16.496.267, 2 7 de septiembre de 2006. 3 NEOSECURE S.A. 4 Bouchard 557/599
Piso 20, C.A.B.A. 5 exportación, importación, distribución y comercialización de equipos computacionales y de comunicación, se software, insumos y similares; desarrollar software y asimismo prestar asesorías y servicios en el área de las tecnologías de información e informática. 6 99 años. 7
Capital Social $ 20.000 8 Se designó como Presidente y único Director Titular a Arnoldo Luis Araya Flores y a Alfredo E. Cantilo h. como Director Suplente, ambos con domicilio especial en Av.
Lendro N. Alem 712, 10º, C.A.B.A. 9 Presidente 10 31 de diciembre de cada año. Abogado autorizado en acta constitutiva de fecha 08/09/06.
Abogado - Diego María Uranga Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:
11/09/2006. Tomo: 75. Folio: 132.
e. 12/09/2006 Nº 71.375 v. 12/09/2006

NOBLE ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA
Por Asamblea Ordinaria de fecha 12/05/06 se resolvió, aumentar el capital social de la suma $ 18.959.800 a la suma $ 34.394.800 y modificar el artículo cuarto del Estatuto Social referente a la composición del capital social. Federico Carenzo, autorizado por Acta de Asamblea de fecha 12/05/06.
Abogado - Federico Carenzo Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha: 7/09/2006.
Tomo: 39. Folio: 769.
e. 12/09/2006 Nº 71.244 v. 12/09/2006

NUEVAS OFICINAS
SOCIEDAD ANONIMA
Hace saber que por Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 2 de febrero de 2006 los accionistas resolvieron por unanimidad: i reformar los Artículos Cuarto y Quinto del Título II del Estatuto Social, los cuales quedaron redactados de la siguiente manera: ARTICULO CUARTO CAPITAL: El capital social es de DOS MILLONES
DIEZ MIL PESOS, representado por un millón trescientas cuarenta mil acciones nominativas no endosables de valor nominal un peso $. 1, con derecho a un voto por acción, denominadas Clase A
y seiscientos setenta mil acciones nominativas no endosables de valor nominal un peso $. 1 con derecho a tres 3 votos por acción, denominadas Clase B. ARTICULO QUINTO: El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto. En cada nueva emisión decidida por Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria se respetarán las proporciones existentes entre las distintas clases de acciones, salvo que los accionistas de una clase reunidos en Asamblea Especial decidan no participar en el aumento, en cuyo caso todo el aumento, de ser aprobado por la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria, se hará en acciones de la otra clase. La Asamblea podrá delegar la emisión en el directorio en los términos del art. 188 de la Ley 19.550. ii incorporar al Estatuto el Título VIII, Artículo Décimo Cuarto, el cual quedó redactado de la siguiente manera: Título VIII Limitación a la transferencia de acciones: Articulo Décimo Cuarto I. Derecho de Preferencia y Opción de Venta:
A Transferencia de Acciones a Terceros: Los accionistas tendrán derecho a transferir a terceros sus acciones con más los derechos políticos y
Segunda Sección patrimoniales que otorgan las acciones, incluyendo los dividendos en acciones a que hayan tenido derecho los accionistas. Ninguno de los accionistas podrá transferir acciones a un tercero no accionista, salvo que la transferencia sea a título oneroso, sobre la base de una oferta de buena fe y se hayan observado las disposiciones que se incluyen en los apartados siguientes. B. Derecho de Preferencia First Refusal: ia El accionista el Vendedor que desee transferir acciones las Acciones Ofrecidas a terceros, deberá previamente notificar por escrito a los demás titulares de acciones, la cantidad de Acciones Ofrecidas, el precio y demás condiciones de la operación que desea llevar a cabo y el nombre y los demás datos del interesado quien deberá contar con la suficiente solvencia para pagar el precio de compra de las Acciones Ofrecidas, y adjuntará copia de la propuesta la Oferta. La notificación de la Oferta constituirá una oferta irrevocable de transferencia de las Acciones Ofrecidas a los demás titulares de las acciones los Restantes Accionistas, en las condiciones que se establecen en este apartado B. b En caso que el precio ofrecido por el tercero no sea al contado y en Dólares Estadounidenses billete Dólares la notificación de la Oferta establecerá un precio indicativo al contado y en Dólares a efectos del ejercicio del derecho de preferencia establecido a continuación.
A tal efecto, si el precio ofrecido por el tercero implicara el pago en cuotas, se calculará el valor presente aplicando a tal efecto una tasa de interés de LIBOR U$S a 180 días + 2% dos puntos porcentuales. En caso que el precio ofrecido por el tercero consistiera en bienes muebles o inmuebles, se considerará el valor de mercado de los mismos. Los Restantes Accionistas tendrán derecho a objetar la forma de calcular el valor de mercado de los bienes muebles o inmuebles ofrecidos por el tercero, en cuyo caso dirimirá de acuerdo al proceso previsto en el apartado Bbiii. ii Los Restantes Accionistas tendrán derecho de preferencia para adquirir la totalidad de las Acciones Ofrecidas en proporción a sus respectivas tenencias accionarías, debiendo comunicar su decisión al Vendedor por medio fehaciente, dentro de un plazo de treinta días contados a partir del día de recepción de la notificación efectuada por el Vendedor, al precio y demás condiciones estipuladas en la Oferta. A tal efecto, el plazo se computará desde el día de recepción de la notificación del Vendedor por el último de los Restantes Accionistas. En su caso, la compraventa se perfeccionará dentro de los treinta días de vencido el plazo referido precedentemente. En caso que alguno de los Restantes Accionistas no acepte adquirir la totalidad de las Acciones Ofrecidas que le correspondan la diferencia entre las Acciones Ofrecidas y las acciones adquiridas por los Restantes Accionistas en ejercicio del derecho de preferencia establecido en este apartado B, en adelante, las Acciones Remanentes, aquellos de los Restantes Accionistas que hayan ejercido su derecho de preferencia deberán adquirir las Acciones Remanentes, dentro de un plazo de treinta días contados a partir del vencimiento del primer plazo de treinta días referido precedentemente.
En caso que los Restantes Accionistas no aceptaren adquirir las Acciones Remanentes, se estará a lo establecido en el apartado iv de este apartado B. iii Además del derecho conferido por el apartado ii precedente, cualquiera de los Restantes Accionistas tendrá derecho, dentro del plazo de treinta días contados a partir del día de recepción de la notificación efectuada por el Vendedor, a objetar el precio indicado en la Oferta, si considerara que el precio allí indicado no representa el valor de mercado de las acciones. En tal caso los Restantes Accionistas tendrán derecho a comprar las Acciones Ofrecidas al precio de mercado fijado por dos árbitros, los cuales deberán ser designados dentro de los 10 días de la objeción al precio indicado en la Oferta, que demuestren conocimiento en el mercado inmobiliario, uno elegido por el Vendedor, y otro por los Restantes Accionistas. La falta de elección de los árbitros por el Vendedor o Restantes Accionistas ocasionará la pérdida de tal derecho y la determinación del valor de mercado por el único arbitro en forma definitiva e inapelable. Los árbitros designados tendrán un plazo máximo de 30 días para expedirse. En caso de desacuerdo, ambos árbitros seleccionarán, en un plazo no mayor a los cuarenta y cinco días contados a partir del día en que fueron designados y de común acuerdo un tercer árbitro el cual determinara el precio definitivo e inapelable en un rango entre las dos propuestas realizadas por los otros árbitros, dentro de un plazo de 15 días. Si los dos árbitros no acordaren sobre la designación del tercer árbitro, se sorteará un árbitro de los disponibles en el Centro Empresarial de Mediación y Arbitraje Asociación Civil, con sede en Buenos Aires, República Argenti-

BOLETIN OFICIAL Nº 30.988

na. Se considerará que el precio indicado en la Oferta es el precio de mercado si el mismo no es mayor o menor al 10% del precio de mercado establecido por los árbitros. En caso que los Restantes Accionistas opten por solicitar la valuación de las acciones por los árbitros y tal determinación estableciera que el precio indicado en la Oferta no es un precio de mercado, el Vendedor tendrá derecho a ofrecer la transferencia de las Acciones Ofrecidas a los Restantes Accionistas al precio indicado por los árbitros o a desistir de la transferencia. En caso que los árbitros confirmen que el precio indicado en la Oferta es un precio de mercado, los Restantes Accionistas estarán obligados a adquirir las Acciones Ofrecidas al precio indicado en la Oferta. Los honorarios y gastos de los árbitros serán soportados por el Vendedor y los Restantes Accionistas por partes iguales. iv Si ninguno de los Restantes Accionistas ejerciera su derecho de preferencia, o el ejercicio de este derecho de preferencia no produjera la compra del 100% de las Acciones Ofrecidas, el Vendedor podrá transferir las Acciones Ofrecidas y no una cantidad mayor ni menor al tercero que efectuó la Oferta, al precio y demás condiciones de pago incluidas en la Oferta. Si pasados noventa días, contados desde el vencimiento del plazo para ejercer el derecho de preferencia, el Vendedor no concretara la venta de las Acciones Ofrecidas al tercero, al precio y demás condiciones de pago incluidas en la Oferta, deberá repetirse el procedimiento precedente para proceder a una nueva transferencia. En todos los casos los accionistas harán que la Sociedad, luego del vencimiento del plazo para el ejercicio del derecho de preferencia, preste colaboración al accionista que desee transferir sus acciones a fin de que el potencial comprador realice un procedimiento de due diligence, en el entendimiento que tal colaboración no autorizará al comprador a acceder a información privilegiada o confidencial de la Sociedad. v Si el Vendedor transfiriera acciones a un tercero, a pedido de los Restantes Accionistas deberá exhibir la documentación de la operación u operaciones en virtud de las cuales se ha realizado la transferencia y la constancia de los pagos efectuados.
C Derecho de Preferencia de los Restantes Accionistas ante el fallecimiento de un accionista: vi A los fines del presente apartado C se considerará terceros a los herederos de el/los accionista/s de la Sociedad que hubieren fallecido. Los Restantes Accionistas en el caso, definidos como los accionistas sobrevivientes tendrán derecho a adquirir de los herederos del accionista fallecido el total y no menos del total de todas las acciones, con los demás derechos políticos y patrimoniales que el/los accionista/s fallecido/s hubieren tenido en la Sociedad a la fecha de su fallecimiento los Derechos en la Sociedad Heredados y los herederos de el/los accionistas fallecidos tendrán la obligación de vender a los Restantes Accionistas los Derechos en la Sociedad Heredados. Al efecto los Restantes Accionistas deberán notificar a los herederos su decisión de adquirir los Derechos en la Sociedad Heredados dentro de los 90 días de ocurrido el fallecimiento Si los herederos de el/los accionista/s fallecido/s no acordaren el valor de mercado de los Derechos en la Sociedad Heredados con los Restantes Accionistas dentro de un plazo de 30 días desde la notificación de adquirir, los herederos y los Restantes accionistas determinarán el valor de mercado de los Derechos en la Sociedad Heredados de acuerdo con el procedimiento de árbitros previsto en el apartado B iii precedente, en cuanto fuere aplicable, con la única salvedad de que el adquirente podrá pagar el precio al cual se pacte la compraventa de acciones en un plazo máximo de dos 2 años a partir de la fecha de fallecimiento del accionista en cuestión aplicándose a tal efecto una tasa de interés sobre saldos de LIBOR U$S a 180 días +
2% dos puntos porcentuales. El Vendedor, a su exclusivo criterio, podrá requerir al Comprador la prenda de las acciones vendidas para garantizar el pago del saldo de precio y el Comprador estará obligado a constituir tal prenda. D Opción de Venta de los herederos del accionista fallecido. vii En iguales plazos y condiciones que los previstos en el apartado C precedente, los herederos de el/los accionista/s fallecido/s podrán ofrecer la venta del total y no menos del total de los Derechos en la Sociedad Heredados a los Restantes Accionistas y los Restantes Accionistas estarán obligados a comprar a los herederos los Derechos en la Sociedad Heredados. En ambos supuestos, ni los Restantes Accionistas ni los herederos del accionista fallecido podrán permanecer en la Sociedad si la otra parte hubiera ejercido el derecho de preferencia o la opción de vender los Derechos de la Sociedad Heredados y cumplido con sus obligaciones derivadas de tales derechos. viii La modificación de las disposiciones del derecho de preferencia establecido en el presente Artículo debe-

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rá contar con el voto favorable de al menos el 90%
de las acciones que representen la totalidad del capital social.; B por Acta de Asamblea General Ordinaria del 19 de abril de 2006 los accionistas resolvieron por unanimidad: i aceptar la renuncias de las Sras. Sofía I. Weil de Speroni al cargo de Presidente y miembro del Directorio y María Valeria Weil de Pulenta al cargo de Director y miembro del Directorio; ii designar Directores Titulares a las Sras. María Matilde Ocampo de Weil y Sofía I, Weil de Speroni y Director Suplente al Sr. Máximo Pablo Speroni. Todos ellos fijan domicilio especial en la Av. Corrientes 456 Piso 20 Ciudad de Buenos Aires. Autorizada por Acta de Asamblea General Extraordinaria del 2 de febrero de 2006 y Asamblea General Ordinaria del 19 de abril de 2006 a suscribir el presente documento.
Abogada - Dolores María Gallo Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:
07/09/2006. Tomo: 78. Folio: 208.
e. 12/09/2006 Nº 71.257 v. 12/09/2006

ONSIBON
SOCIEDAD ANONIMA
Socios: Berena SALTO, 10/11/33, LC.2309660, CUIT: 27-02309660-4; soltera, Empresaria, domicilio: Madreselva 3591, Provincia de Buenos Aires y Natalia Rita DEPRATI, 18/11/80, DNI.
28142424, CUIT. 27-28142424-1; soltera, Empresaria, domicilio: Avenida Santa Fe 3389 piso 9 58
Capital Federal. Constitución: escritura 97, Folio 321 del 5/9/06. Denominación: ONSIBON S.A..
Domicilio: Somelera 1182 Capital Federal. Plazo:
99 años. Objeto: INDUSTRIALES: fabricación, transformación, elaboración y tratamiento de todos los productos y subproductos de belleza, cosmética, estética y perfumería en general; de aceites escenciales, especialidades aromáticas y materias primas para aromas y sabores en todas sus variantes y textil en general. COMERCIALES:
compra, venta, asesoramiento, consultoría, administración, comercialización, distribución, importación y exportación, al por mayor y/o menor, de todo tipo de productos y subproductos relacionados con la industria de la cosmética y textil. MANDATARIA: realización de toda clase de operaciones sobre representaciones, consignaciones, comisiones y mandatos vinculados con el objeto social. Capital: $ 80000. Directorio: 1/5 titulares 2 ejercicios.
PRESIDENTE: Graciela Beatriz CEBALLOS, 3/8/67, DNI. 18367166, CUIL. 27-18367166-4; casada, Empresaria, domicilio Somellera 1182, Capital Federal. DIRECTORA SUPLENTE: Natalia Rita DEPRATI. Se aceptaron los cargos y domicilio especial en el real denunciado. REPRESENTACION: Presidente o Vicepresidente o quien lo reemplace. Se prescinde de sindicatura. CIERRE
EJERCICIO: 30/6 cada año. Alejandra DE LUCA, DNI: 23123001, Apoderada Constitución SA -escritura 97, Folio 321, 5/9/06, Registro Notarial 1780.
Certificación emitida por: Jorge Luis Vitangeli.
Nº Registro: 1780. Nº Matrícula: 4399. Fecha:
7/9/2006. Nº Acta: 179. Libro Nº: 8.
e. 12/09/2006 Nº 71.253 v. 12/09/2006

PARKING COLON
SOCIEDAD ANONIMA
Por instrumento del 29-5-06 modificó articulos 3, 4 y 9, Aumentó el capital a $ 218.000. Objeto:
Por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros: explotación, reconstrucción, mantenimiento, administración, conservación, remodelación y ampliación bajo el regimen de Concesión de Obra Publica o modalidades similares, de locales comerciales y/o playas de estacionamiento y actividades conexas que en el futuro pudieren adjudicarsele, por el regimen legal del contrato de Obras Publicas vigentes en la jurisdicción correspondiente. Para cumplir su objeto tendrá plena capacidad juridica para realizar las siguientes actividades: 1
Construcción: ejecución de toda clase de Obras Publicas y/o Privadas relativas a su objeto en todas sus formas y en especial el estudio, proyecto, dirección, construcción y administración de Obras Publicas y privadas civiles, industriales, mecanicas, electricas, navales, de ingenieria y arquitectura en general, estructuras resistentes, instalaciones de calor, combustible, de energia electrica, sanitarias, de aire acondicionado y toda obra de arte necesaria. Cuando las leyes lo requieran la sociedad deberá actuar a traves de profesionales habilitados en las materias que correspondan 2
Servicios: explotación de servicios de suministro

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Boletín Oficial de la República Argentina del 12/09/2006 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date12/09/2006

Page count52

Edition count9389

First edition02/01/1989

Last issue12/07/2024

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