Boletín Oficial de la República Argentina del 23/08/2006 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Miércoles 23 de agosto de 2006
ción $ 356.599,76 y $ 98.355,56. Oposiciones en calle Soldado de la Independencia 1217 Piso 15º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Nelly Angélica Ramona Bustamante, Presidente. Designada por Asamblea Ordinaria del 28 de mayo de 2003.
El Presidente.
Presidente Nelly Angélica Ramona Bustamante Certificación emitida por: Roman Ramirez Silva. Nº Registro: 2056. Nº Matrícula: 4359. Fecha:
14/08/2006. Nº Acta: 086. Libro Nº: 24.
e. 22/08/2006 Nº 4186 v. 24/08/2006

L

Libres del Oeste S.A.
I.G.J.: 1649046. Con domicilio en 25 de mayo 432, Primer Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, inscripta ante la Inspección General de Justicia con fecha 27 de abril de 1998, bajo el Número 1324 del Libro 1, de Sociedades por Acciones y con modificación de estatutos de fecha 13 de agosto de 1999, bajo el Número 11739 del Libro 6 de Sociedades por Acciones. Hace saber por tres días, que por Asamblea General Extraordinaria de fecha 10 de febrero de 2006, se decidió la devolución de aportes irrevocables por $ 417.000,00.
Oposiciones de ley, por quince días corridos a partir de la última publicación, se reciben en 25 de mayo 432, Primer Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 11 a 15 horas. Presidente: Actas de Asamblea de fecha 01/06/2005 y Acta de Directorio de fecha 01/06/2005.
Presidente - Emilio Fernando Ortelli Certificación emitida por: Javier H. Saa Avellaneda. Nº Registro: 502. Nº Matrícula: 3121. Fecha: 14/08/2006. Nº Acta: 062. Libro Nº: 41.
e. 22/08/2006 Nº 17.595 v. 24/08/2006

P

PUENTE HNOS ADMINISTRADORA DE
INVERSIONES S.A. SOCIEDAD GERENTE
DE F.C.I.
Informamos al público en general que la Comisión Nacional de Valores ha aprobado las modificaciones en los textos de los Reglamentos de Gestión y el cambio de denominación de los Fondos Comunes de Inversión PUENTE HNOS RENTA FIJA FCI, PUENTE HNOS RENTA VARIABLE
FCI y PUENTE HNOS CORPORATIVOS LATINOAMERICANOS FCI, por PH RENTA FIJA
FCI, PH RENTA VARIABLE FCI y PH RENTA
FIJA INTERNACIONAL FCI, mediante la Resolución Nº 15446 de fecha 9 de Agosto de 2006. Federico Tomasevich, Presidente designado por Acta de Asamblea con Fecha 24-01-2006.
Presidente Federico Tomasevich Certificación emitida por: Pedro F. M. Bonnefon. Nº Registro: 322. Nº Matrícula: 2392. Fecha:
17/08/2006. Nº Acta: 170. Libro Nº: 86.
e. 22/08/2006 Nº 17.657 v. 23/08/2006

T

TELEFONICA MOVILES ARGENTINA
HOLDING S.A.
TELEFONICA MOVILES INVERSORA S.A.
B.A. CELULAR INVERSORA S.A.
AVISO DE FUSION
Se comunica por tres días a los fines previstos por el artículo 83, inciso 3, L.S.C., que: a TELEFONICA MOVILES ARGENTINA HOLDING S.A., con sede en Ingeniero Butty 240 , piso 20, ciudad de Buenos Aires, inscripta en el RPC el 18.12.200, bajo el N 18.816, L 13 de Sociedades por Acciones, TELEFONICA MOVILES INVERSORA S.A., con sede en Ingeniero Butty 240, piso 20, ciudad de Buenos Aires, inscripta en el RPC el 14.10.1987, bajo el N 8058, L 104, T A de S.A.
y B.A. CELULAR INVERSORA S.A. con sede en Ingeniero Butty 240, piso 20 , ciudad de Buenos Aires, inscripta en el RPC el 22.12.1987, bajo el N 10.449, L 104, T A de S.A, han decidido fusionarse por incorporación de TELEFONICA MO-

VILES INVERSORA S.A. y B.A. CELULAR INVERSORA S.A., sociedades que se disuelven, a TELEFONICA MOVILES ARGENTINA HOLDING
S.A, sociedad incorporante, b El capital de TELEFONICA MOVILES ARGENTINA HOLDING
S.A. se aumenta en consecuencia de $ 697.544.541 a $ 700.849.949; c Valuación del activo y pasivo de las sociedades al 31.12.05
TELEFONICA MOVILES ARGENTINA HOLDING
S.A.: Activo: $ 5.411; Pasivo: $ 533.309.852. TELEFONICA MOVILES INVERSORA S.A.: Activo:
$ 166.703.447; Pasivo: $ 1.433.044, y B.A. CELULAR INVERSORA S.A.: Activo: $ 158.250.036;
Pasivo: $ 131.984, d El compromiso previo de fusión se firmó el día 31.3.2006 las Asambleas Generales Extraordinarias de ambas sociedades lo aprobaron el día 8.5.2006. Las oposiciones de ley se atienden conforme los plazos legales a partir del último día de publicación en Telefónica Móviles Argentina S.A. Ingeniero Butty 204, piso 20, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 9 a 12 horas y de 15 a 18 horas. Se encuentran a disposición, en el mismo lugar y horarios indicados, los estados contables de las sociedades. María Fernanda Mierez, en carácter de autorizada según Asamblea del 8.5.2006.
Abogada - María Fernanda Mierez Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha: 18/8/06.
Tomo: 65. Folio: 429.
e. 22/08/2006 N 69.794 v. 24/08/2006

2.4. REMATES COMERCIALES

ANTERIORES

Edicto. El Martillero Miguel A. M. Soaje, comunica por 3 días por cuenta y orden del acreedor hipotecario y conforme lo dispone el art.
57 y cc. de la ley 24.441, que el día día 29 de Agosto del año 2.006, a las 13,30 horas en punto, rematará en Talcahuano 479 de esta Ciudad, en presencia del escribano interviniente, LA FINCA ubicada en la ciudad y partido de AVELLANEDA con frente a la calle PASAJE
CHIMBORAZO 2086 entre Cabildo y Chile;
Matricula 42.921, N.C.: C. II, S. L, M. 8, P. 21;
que adeuda: Aguas Arg. $ 40,99 fs. 50 al 26/
9/05; Por no haber sido contestados los requerimientos efectuados a la Municipalidad de Avellaneda, Rentas de la Pcia. de Bs As., y OSN
dentro del plazo estipulado, el bien sale a la venta como libre de deuda por dichos conceptos. Del acta notarial surge que el inmueble esta ocupado por el Sr. Jorge Arias y su familia, en carácter de propietario, quien fue intimado a desocupar bajo apercibimiento de lanzamiento por la fuerza pública, plazo este que se encuentra vencido. La propiedad se desarrolla en un planta y consta de living, cocina, comedor dos habitaciones, baño, patio y terraza, en buen estado. Exhibiéndose: los días hábiles del 24
al 28 de Agosto de 10 a 12 horas. Esta venta se realiza AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR, BASE U$S 49.000: SEÑA 30%, COMISION 3% + IVA, Y SELLADO DE LEY 0,5%
todo en efectivo en el acto del remate debiendo el comprador constituir domicilio en la Capital Federal, y el saldo de precio deberá ser abonado dentro del quinto día de aprobado el remate art. 580 del CPCCN. En caso que el monto obtenido en la subasta no alcanzare para afrontar el pago de las deudas que registre el inmueble impuestos, tasas y contribuciones, el adquirente solo responderá por aquellos a partir de la fecha en que tomare posesión del bien, a excepción de las expensas que será a su cargo. No se admite la compra en comisión.
La actuación judicial se carátula: GALLELLI, Carlos Alberto y Otro c/ARIAS, Jorge y Otro s/
EJECUCION DE HIPOTECA LEY 24.441, Exp.
46671/05, ante el Juzgado Nacional de 1ra Inst.
en lo Civil Nº 24, sito en Uruguay Nº 714, 3º piso de la Capital Federal. La presente se libra en los términos del Art. 59 de la Ley 24.44. Para el supuesto de fracasar la subasta por falta de postores, el día 31 de Agosto a las 12 horas, se efectuará otro remate con la base reducida en un 25% U$S 36.750 y si tampoco existieran postores, seguidamente saldrá a la venta SIN BASE art. 61 de la ley citada. EXHIBICION: 30 de Agosto de 10 a 12 horas.
Buenos Aires, Agosto 15 de 2006.
Miguel A. M. Soaje, martillero.
e. 22/08/2006 Nº 69.641 v. 24/08/2006

BOLETIN OFICIAL Nº 30.974

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

ANTERIORES

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
JUJUY

Primero: CONDENANDO a BÁRBARA ROJAS
ORTUÑO, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de CUATRO AÑOS
DE PRISIÓN, multa de PESOS: DOSCIENTOS
VEINTICINCO $ 225, la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes cocaína, figura prevista y penada por el artículo 5º inciso C de la ley 23.737, con costas, remitiendola al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 25 de Agosto del año dos mil nueve, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Bárbara Rojas Ortuño, para su correspondiente notificación en ese lugar.Quinto: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. HUGO MARCELO
SAVIO. RENÉ VICENTE CASAS, Presidente.
CARLOS ROLANDO MASSACCESI. Ante mí:
Efraín Ase, secretario.
e. 18/08/2006 Nº 521.025 v. 01/09/2006

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:
FALLA:
Primero: CONDENANDO a NELLY ORTIZ SEQUEIROS, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de CUATRO AÑOS
DE PRISION, multa de PESOS: DOSCIENTOS
VEINTICINCO $ 225, la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes cocaína, figura prevista y penada por el artículo 5 inciso C de la ley 23.737, con costas, remitiéndola al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.
Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 3 de Noviembre del año dos mil nueve, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Nelly Ortiz Sequeiros, para su correspondiente notificación en ese lugar.
Quinto: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.
René Vicente Casas. Carlos Rolando Massaccesi. Hugo Marcelo Savio. Ante mí:
Eduardo Sylvester, secretario. Efraín Ase.
e. 15/08/2006 N 520.602 v. 29/08/2006

El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE
JUJUY, FALLA:
I. CONDENAR a JORGE ALBERTO GIL RAMIREZ, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS y SEIS MESES de PRISION, inhabilitación especial para ejercer el comercio por seis meses; inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como funcio-

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nario o empleado aduanero, miembro de la policía auxiliar aduanera, o de las fuerzas de seguridad, despachante de aduana, agente de transporte aduanero o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderado o dependiente de cualquiera de estos tres últimos, inhabilitación absoluta por el doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público, por encontrarlo autor responsable del delito de contrabando de importación de estupefacientes, agravado por el presunto destino de comercialización en grado de tentativa, previsto y sancionado por los Arts. 866, 2 párrafo, 864 inc. d, 871 de dicho cuerpo legal Ley 22.415 y art. 876 inc. e, f, y h del Código Aduanero, sin perjuicio de las otras sanciones que correspondan aplicar en sede aduanera art.
1026 inc. b C.A. y las costas del juicio.
II. COMPUTO de PENA. Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el 28-11-09; y diez días para el pago de las costas del juicio.
III. ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
IV. REMITIR a JORGE ALBERTO GIL RAMIREZ al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo, dejando constancia de que en la audiencia de visu pidió traslado a un lugar donde pueda trabajar.
V. NOTIFICAR la Sentencia en lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, y MANDAR que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan las comunicaciones, oficios y notificaciones.
CARLOS ROLANDO MASSACCESI. RENE
VICENTE CASAS. HUGO MARCELO SAVIO.
Ante mi: EFRAIN ASE.
e. 15/08/2006 N 520.603 v. 29/08/2006

El TRIBUNAL ORAL
CRIMINAL FEDERAL de JUJUY, FALLA:
I. CONDENAR a Ramiro MARCA MOYA y Julio Argentino RIVERO, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO años de prisión y multa de pesos doscientos veinticinco $ 225, por encontrarlos autores responsables del delito de transporte de estupefacientes, previsto y penado por el art. 5º inc. C de la ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el art. 12 del Código Penal.
Con costas. Remitiéndolos al Servicio Penitenciario Federal, para que cumplan la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo.
II. COMPUTO DE PENA: FIJAR como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 21 de Enero de 2.009 y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
III. ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
IV. DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo, se efectúe el día 21 de Junio de 2.006 a hs. 12:00, en la sede de este Tribunal art. 400 del C.P.P.N. Y MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes.
René Vicente Casas. Hugo Savio. Carlos R.
Massaccesi. Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 17/08/2006 Nº 520.911 v. 31/08/2006

FALLA:
Primero: CONDENAR a ABEL GONZÁLEZ, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN y multa de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO $ 225, por encontrarlo autor responsable del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y penado por el artículo 5º inciso C de la ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el artículo 12 del Código Penal, con costas, remitiendolo al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la pena privativa de la libertad, en una unidad carcelaria a su cargo.
Segundo: COMPUTO DE PENA: FIJAR como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 1º de Agosto de 2009 y diez días para el pago de la multa y costas del Juicio.
Tercero: ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado estupefacientes, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el día 29 de Marzo de 2006 a horas doce en la sede de este Tribunal Artículo 400 del CPPN.
Quinto: MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Carlos Rolando Mas-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/08/2006 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date23/08/2006

Page count48

Edition count9385

First edition02/01/1989

Last issue08/07/2024

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