Boletín Oficial de la República Argentina del 05/07/2005 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Martes 5 de julio de 2005
en Leandro Alem 986, piso 3, C.A.B.A. Presidente designado por acta de Asamblea de fecha 24/05/05 y acta de Directorio de fecha 6/06/05.
Presidente Carlos María Picasso Cazón Certificación emitida por: Ernesto Mendizábal.
Libro N 70.
e. 5/7 N 42.200 v. 5/7/2005

W

WOLTEN S.A.
Comunica que por acta número 1 del 11/3/05
designó Presidente: Julio Alberto Piaggio. Director Suplente: Ulises Julio Piaggio por renuncia de Lucio Vicente Pizarro y Norma Beatriz Gervan y la sociedad se trasladó a Jerónimo Salguero 823
Departamento C, Cap. Fed., domicilio especial de ambos. Abogada autorizada por acta número 1
del 11/3/05. Expediente.1.750.694.
Abogada Graciela E. Mari Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha: 29/6/2005.
Tomo: 75. Folio: 328.
e. 5/7 N 42.208 v. 5/7/2005

Y

YARDA S.A.
Registro I.G.J. 3.384. Comunica que por Acta de Asamblea N 43 del 18/05/2005 y Acta de Directorio N 168 del 18/05/2005 fueron designados:
Presidente: Ing. Carlos María Sánchez Granel, Vicepresidente: Sr. Roque Russo, Director Titular:
Ing. Eduardo Federico Sánchez Granel y Director Suplente: Ing. Fernando María Sánchez Granel.
Estableciendo domicilio especial en Carlos Pellegrini 1069, 8 piso, Capital Federal. El carácter de Presidente surge del Acta de Asamblea N 43 del 18/05/2005 y Acta de Directorio N 168 del 18/05/
2005.
Presidente Carlos María Sánchez Granel Certificación emitida por: H. B. Gutiérrez de Simone. N Registro: 55. N Matrícula: 1578. Fecha:
29/06/2005. Acta N: 158. Libro N 046.
e. 5/7 N 69.993 v. 5/7/2005

2.4. REMATES COMERCIALES

De Interés Martes 13 de julio de 2004

NUEVOS

BOLETIN OFICIAL Nº 30.688

15

PUBLICACIONES DE
SOCIEDADES COMERCIALES

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 30.440

19

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
Disposición 16/2004

El martillero Manuel L. Lastra con oficina en Junín 1431 P. 10 15 4998-2408 designado por el ejecutante acreedor hipotecario, en las actuaciones judiciales en trámite ante el Juzgado Nacional 1era. Instancia Civil 1, Secretaría Unica, en autos BANCO HIPOTECARIO, S.A. c/CUEVAS
CHRISTIAN GABRIEL s/Ej. Hip Ley 24.441 Exped. 93098/04, en los términos del art. 57 y conc.
de la Ley 24.441 comunico por el término de tres días que remataré públicamente el 25 de julio de 2005 a las 11 hs. en el salón de Talcahuano 479, Cap. Fed.; ante Escribano Público, la finca de Leandro N. Alem 1814 Ciudad y Partido de Moreno, Prov. Bs. As. c/Nom. Cat: C. IS. DM. 255- P.7
Sup. 212,55 m2. Matríc. 52.367. La Vivienda consta de consta de 2 dormitorios, baño, cocina, living comedor, patio y garage. Buen estado. Ocupada p/Juan Carlos Osorio c/Intimación a la desocupación s/constatación notarial. Exhibición: 21 y 22
julio de 9 a 11 hs. La venta se realiza Ad Corpus y en el estado físico y jurídico en que el bien se encuentra. Base $ 38.831. De no haber postores en la base establecida a la media hora se reducirá la misma en un 25%, y si aun persistiera la falta de postores, a la media hora se rematará Sin Base. Seña: 30% Comisión: 3% Sellado: 1% Todo al contado, efectivo y al mejor postor. El comprador deberá abonar el saldo de precio al acreedor dentro de los 10 días hábiles de efectuado el remate, bajo apercibimiento de lo establecido en el art. 62 y conc. y deberá constituir domicilio en la Cap. Fed. No procederá la compra en comisión.
Se hace saber el plenario del Fuero Civil en autos. Servicios Eficientes S.A. c/Yabra R. s/Ej. del 18-2-99. Los gastos y honorarios de escrituración estarán a cargo del comprador. Deudas: c/Rentas $ 1.465,60 a 31-5-05, c/Municipalidad $ 1.890,12
a 15-6-05.
Buenos Aires 29 de junio de 2005.
Manuel L. Lastra, martillero.
e. 5/7 N 40.462 v. 7/7/2005

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EJECUTIVO NACIONAL
no publicados en la edición gráfica
Establécense para la publicación de avisos comerciales, los requisitos que serán verificados en la oportunidad de la presentación.
Bs. As., 12/7/2004
VISTO el procedimiento actual para la recepción de avisos comerciales en esta DIRECCION NACIONAL, y CONSIDERANDO:
Que dicho procedimiento no establece formalidades especiales en cuanto a la autenticación de las firmas de los avisos y la acreditación de la personería o facultades de quienes las insertan en ellos.
Que en la generalidad de los casos tales presentaciones son efectuadas por personas distintas de dichos firmantes.
Que si bien es cierto, que esta Dirección Nacional no detenta ninguna función de control sobre la validez o alcance legal que pueda tener lo publicado, ello no impide que deba garantizarse la certeza y seguridad de las publicaciones, por lo que a tales fines, resulta necesario adoptar recaudos conducentes a que la identidad y personería o facultades de los firmantes de avisos que se presenten a esta DIRECCION NACIONAL, sean verificadas en la misma oportunidad de dicha presentación.
Que asimismo y habida cuenta del dictado de la Resolución General I.G.J. Nº 13/04, corresponde explicitar la realización de aquellos controles que, dentro del tenor literal de los avisos, permitan una verificación de la observancia de aquellos recaudos que sean susceptibles de comprobación manifiesta.
Por ello y en ejercicio de sus atribuciones, EL DIRECTOR
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
DISPONE:

Artículo 1º La DIRECCION NA
NACIONAL
CIONAL DEL REGISTRO
GISTR
O OFICIAL requerirá para la publicación de los avisos comerciales que le sean presentados, que los mismos cumplan con los siguientes recaudos:
firma inserta 1 La fir ma original inser ta en los mismos deberá encontrar se cer tificada notarialmente. La encontrarse certificada certificación cer tificación deberá asimismo relacionar la perfirmante, sonería y/o facultades del fir mante, en refeinstrumento rencia al instr umento público o privado debidamente individualizado del cual surjan.

Comunicación
Exceptúase de lo dispuesto en este inciso a avisos cuya los a visos cuy a publicación sea solicitada judicialmente, cuando el oficio respectivo y el aviso vengan suscriptos por el Juez o Secretario del TTribunal.
ribunal.
avisos firmados 2 En el caso de a visos fir mados por escribanos públicos, abogados o graduados en ciencias económicas, los mismos podrán presentarse firma tar se con dicha fir ma legalizada por la autoridad da d de superintendencia de su matrícula, debiendo los mencionados profesionales incluir en el aviso, juntamente con la aclaración de su calidad de tales, sus datos de matrícula salvo sa lvo que los mismos consten en la legalización de su fir ma y la individualización del firma instrumento instr umento público o privado del que resulte su autorización.
3 Junto a la aclaración de la fir ma, deberán firma, insertar tarse certificación inser tar se los datos de la cer tificación notarial o legalización, los que serán confrontados previo a la recepción del aviso.
Los datos de la cer tificación notarial o leinstrugalización y la individualización del instr umento público o privado de donde surjan la per sonería, facultades o autorización del firpersonería, mante, quedarán incluidos en todos los casos en el texto del aviso que se publicarán en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Art. 2º La DIRECCION NA
NACIONAL
CIONAL DEL REGISTRO
aviTR
O OFICIAL rehusará la recepción de los a visos que no cumplan con los recaudos indicaartículo anterior,, como así también la dos en el ar tículo anterior de aquellos que de modo manifiesto no se ajusartículos ten a lo dispuesto por los ar tículos 1º y 2º, incisos 1, 4 literales b y d, y 5, de la Resolución General Nº 13/04 de la INSPECCION
GENERAL DE JUSTICIA.
Ar t. 3º Esta disposición entrará en vigencia a los 10 diez días de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Ar t. 4º Regístrese, publíquese, dése a difusión en el ámbito de esta DIRECCION NACIONAL, comuníquese a la INSPECCION GENERAL
DE JUSTICIA, al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y archívese.
Jorge E. Feijoó.

Aclaratoria
VISTO la Disposición Nº 16/04 de esta DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
estableciendo determinados recaudos para la presentación de avisos comerciales a publicar en el Boletín Oficial de la República Argentina, y ATENTO algunas dudas planteadas por los señores usuarios en relación con el costo de la publicación de los datos correspondientes a la Certificación Notarial y la Legalización de firmas emitidas por los Colegios de Profesionales respectivos, SE ACLARA que la publicación de los datos identificatorios de las referidas Certificaciones y Legalizaciones que se hacen constar al pie de los avisos respectivos, NO TIENEN COSTO
ALGUNO PARA LOS SEÑORES USUARIOS, quedando en consecuencia, íntegramente a cargo de este organismo.

EL DIRECTOR NACIONAL

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Boletín Oficial de la República Argentina del 05/07/2005 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date05/07/2005

Page count40

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First edition02/01/1989

Last issue02/08/2024

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