Boletín Oficial de la República Argentina del 07/10/2004 - Segunda Sección

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Jueves 7 de octubre de 2004

BOLETIN OFICIAL Nº 30.501

Segunda Sección
síndico deberá presentarse el día 04.02.05, y el general el día 18.03.05 art. 35 y 39 de la citada ley.
Intímese al fallido y a terceros para que pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más apta para que el funcionario concursal tome inmediata y segura posesión de los mismos. A los efectos de la realización de bienes déjese constancia que no se realizarán más citaciones que la edictal y que se procederá a la venta en los términos de la L.C.: 217,1, realizándose el patrimonio con inmediata distribución de los fondos entre los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados. Decrétase la inhabilitación definitiva de la fallida y la de sus integrantes por el plazo de un año contado desde la fecha de la presente art. 234 a 238 de la ley 24.522.
Intímese a la fallida a que dentro de 24 hs. entregue los libros de comercio y demás documentos relacionados con su contabilidad al síndico. Intímese al fallido para que en el plazo de cinco días cumpla con los requisitos del art. 11 inc. 7 de la ley 24.522 conforme art. 86. Prohíbase a los terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Intímese al fallido para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los términos de los arts. 41
y 133 del CPCCN.
Buenos Aires, 30 de septiembre de 2004.
María José Gigy Traynor, secretaria.
e. 7/10 N 460.097 v. 14/10/2004

presentado a verificar sus créditos ante el síndico, que hasta el día 14 de diciembre de 2004, podrán concurrir al domicilio del funcionario concursal a revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones de las solicitudes formuladas, conforme lo dispuesto en el art. 200 L.C. Fíjase las fechas del 9 de febrero de 2005 23 de marzo de 2005 para la presentación del informe del art. 35 y del art. 39 de la L.C.Q., respectivamente. La resolución verificatoria se dictará el día 23 de febrero de 2005 art. 36 último párrafo L.C.Q.. Intímase al fallido para que dé cumplimiento con los siguientes recaudos: a dentro de las 24 hs. de notificado haga entrega a la Sindicatura de sus bienes, libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Prohíbanse los pagos y entregas de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces e intímase a quienes tengan bienes y documentos de la misma, para que los pongan a disposición del Síndico dentro del término de cinco días, bajo apercibimiento de ley. Intímase al fallido para que dentro del plazo de 48 hs. constituya domicilio procesal dentro del radio del juzgado bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado.
Buenos Aires, 27 de septiembre de 2004.
Alberto F. Pérez, secretario.
e. 7/10 N 460.166 v. 14/10/2004

N 11

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 13 interinamente a cargo de la Dra.
María Elsa Uzal con intervención de la Secretaría N 25 a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840
Piso 4 TE N 4815-3840/4815-3853 de esta Capital Federal comunica por el término de cinco días que con fecha 16 de septiembre de 2004 se decretó la quiebra de GAYA ERNESTO con D.N.I. N
23.887.419 haciéndole saber a los terceros que deberán hacer entrega al síndico judicial de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos al mismo, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. Se intima al deudor para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado.
Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522, en cuanto a su remisión al art. 11 incs. 2, 3, 4 y 5 y en su caso a los incs. 1, 6 y 7 del mismo texto legal. Se hace saber a los interesados que el síndico designado en las presentes actuaciones es el contador Chelala, Luis Humberto con domicilio en la Av. Corrientes 2335 5 A, domicilio éste al que deberán concurrir los acreedores a insinuar sus créditos hasta el día 17 de noviembre de 2004.
Buenos Aires, 30 de septiembre de 2004.
Federico Alberto Gerri, secretario.
e. 7/10 N 460.042 v. 14/10/2004

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 11, a cargo del Dr. Miguel F. Bargalló, Secretaría N 21, a cargo de la Dra. Marcela Macchi, sito en Callao 635, 5 Piso, comunica por cinco días la quiebra de UBOLDO S.A., C.U.I.T. N 3069158074-8, decretada con fecha 17/09/04. El síndico actuante es el contador Orlando Omar Vegega con domicilio constituido en la calle Aguirre 666, a quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 25/11/04.
El síndico deberá presentar el informe previsto por el art. 35 de la ley 24.522 el día 09/02/05 y el estatuido por el art. 39 de la mentada ley el día 23/03/05, contando el Tribunal con plazo para dictar la resolución prescripta por el art. 36 de la L.C.Q., el día 23/
02/05. Se intima a los terceros que tuviesen bienes o documentos de la fallida a que los entreguen en el término de cinco días al síndico, previniéndoseles la prohibición de hacer pagos a la misma o recibirlos, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida para que en el plazo de 48 hs., constituya domicilio en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Tribunal.
Buenos Aires, 30 de septiembre de 2004.
Marcela Macchi, secretaria.
e. 7/10 N 460.115 v. 14/10/2004
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 11 a cargo del Dr. Miguel F. Bargalló, Secretaría N 22 a cargo de la Dra. Paula Marino, con sede en Av. Callao 635 piso 5to. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por cinco días el estado de quiebra de ALBERT GERARDO ADOLFO, C.U.I.T. N 23-04449530-9, decretada con fecha 14/7/04. El síndico actuante es el contador David Schvarztein con domicilio constituido en Uruguay 390, 8 E de Capital Federal, a quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 1/12/04. Se deja constancia que el 11/2/05 y el 25/3/05 se fijaron como fechas de presentación de los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C.Q., respectivamente. Se intima a la fallida y a cuantos tengan bienes y documentación de la misma a ponerlos a disposición de la sindicatura, prohibiéndose hacer pagos o entregas de bienes so pena de considerarlos ineficaces.
Se intima a la fallida para que dentro de las 48 hs.
cumpla los recaudos pertinentes que exige el art. 86
de la ley 24.522.
Buenos Aires, 28 de septiembre de 2004.
Paula Marino, secretaria interina.
e. 7/10 N 460.117 v. 14/10/2004

N 12
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 12, a cargo del Dr. Juan Manuel Ojea Quintana, Secretaría 23, a cargo del Dr. Alberto F.
Pérez, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, Planta Baja, comunica por cinco días que con fecha 21 de septiembre de 2004 se ha declarado en estado de quiebra a GUESDA S.R.L. Inscripta bajo el Nro.
8695, Libro 109, Tomo S.R.L., que el Síndico designado es el contador Hugo Daniel Pantaleo con domicilio en la Avda. Corrientes 1450, piso 9no. Depto.
D, de esta ciudad, ante quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos, hasta el 30 de noviembre de 2004. Hágase saber al deudor y a los acreedores que se hubieren
N 13

N 14
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 14, a cargo del Dr. Angel O. Sala, Secretaría N 28, a cargo del Dr. Martín Sarmiento Laspiur, sito en Callao 635 piso 2 de esta Capital Federal, comunica por 5 días que con fecha 28 de septiembre de 2004, en los autos caratulados HANOW ELENA ISABEL s/Propia Quiebra FICC
27.9.04, se resolvió decretar la quiebra de HANOW ELENA ISABEL DNI 10.659.360, haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido. Hágase saber, asimismo, la prohibición de realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión a los arts. 11 incs. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6 y 7 del mismo texto legal.
Fíjase hasta el día 2 de diciembre de 2004 para que los acreedores por causa o título anterior a la declaración de quiebra y sus garantes formulen al síndico el pedido de verificación de sus créditos. Se fijan las fechas de 15 de febrero de 2005 y el 5 de abril de 2005 para las presentaciones de los informes individual y general previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C., respectivamente. El síndico designado es el contador Marino Susana Graciela con domicilio en Uruguay 560, Piso 6 61. Publíquese por 5 días sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere art. 89 inc. 3 L.C..
Buenos Aires, 30 de septiembre de 2004.
Martín Sarmiento Laspiur, secretario.
e. 7/10 N 460.053 v. 14/10/2004

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 14, a cargo del Dr. Angel O. Sala, Secretaría N 28, a cargo del Dr. Martín Sarmiento Laspiur, sito en Callao 635 piso 2 de esta Capital Federal, comunica por 5 días que con fecha 24 de septiembre de 2004, en los autos caratulados CIRIGLIANO RAMON EDUARDO s/Quiebra, se resolvió decretar la quiebra de CIRIGLIANO RAMON
EDUARDO CUIT 20-04381065-9 haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido.
Hágase saber, asimismo, la prohibición de realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión a los arts. 11 incs. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6 y 7 del mismo texto legal. Fíjase hasta el día 2 de diciembre de 2004 para que los acreedores por causa o título anterior a la declaración de quiebra y sus garantes formulen al síndico el pedido de verificación de sus créditos. Se fijan las fechas de 15 de febrero de 2005 y el 5 de abril de 2004 para las presentaciones de los informes individual y general previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C., respectivamente. El síndico designado es el contador Agrelo María Cristina con domicilio en Viamonte 1365, piso 7 A. Publíquese por 5 días sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere art. 89 inc. 3 L.C..
Buenos Aires, 30 de septiembre de 2004.
Martín Sarmiento Laspiur, secretario.
e. 7/10 N 460.055 v. 14/10/2004

17

Buenos Aires, 24 de septiembre de 2004.
Pablo Javier Ibarzábal, secretario.
e. 7/10 N 460.165 v. 14/10/2004

N 18
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 18, Secretaría N 35, sito en Marcelo T.
de Alvear 1840, 3 Piso de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber por cinco días que con fecha 13/09/
2004 se resolvió decretar la quiebra de RUBEN DARIO VARELA ORTIZ, con D.N.I. N 16.994.212, CUIT/
CUIL N 23-16994212-9; haciéndose saber a los acreedores que el síndico Osvaldo Raimundo Nicolini con domicilio en Alvarez Thomas 3036 14 piso B de esta Ciudad recepcionará hasta el día 12/1/
2004 sus solicitudes de verificación y los títulos justificativos de sus créditos. El informe individual previsto por el art. 35 L.C.Q. deberá presentarse el día 28/12/2004 y el informe general del art. 39 L.C.Q. el día 10/03/2005. Se ha dado orden e intimado a la fallida para que entregue sus bienes al síndico; cumpla los requisitos a que se refiere el art. 89 de la ley de concursos; entregue al síndico dentro de las 24:00
hs. sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad; y constituya domicilio procesal en esta ciudad dentro de las 48:00 hs., bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del Juzgado. Asimismo, se ha decretado la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. El presente se libra por mandato de SS en los autos caratulados: VARELA ORTIZ RUBEN DARIO s/Propia Quiebra Expte. N 049592, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.
Buenos Aires, 30 de septiembre de 2004.
María Florencia Estevarena, secretaria.
e. 7/10 N 460.168 v. 14/10/2004

N 21
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 14, a cargo del Dr. Angel O. Sala, Secretaría N 28, a cargo del Dr. Martín Sarmiento Laspiur, sito en Callao 635 piso 2 de esta Capital Federal, comunica por 5 días que con fecha 28 de septiembre de 2004, en los autos caratulados CETRAR S.A. s/Quiebra, se resolvió decretar la quiebra de CETRAR S.A. CUIT 30-67858907-8 haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido. Hágase saber, asimismo, la prohibición de realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces.
Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión a los arts. 11 incs. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6 y 7 del mismo texto legal.
Fíjase hasta el día 10 de diciembre de 2004 para que los acreedores por causa o título anterior a la declaración de quiebra y sus garantes formulen al síndico el pedido de verificación de sus créditos. Se fijan las fechas de 22 de febrero de 2005 y el 12 de abril de 2005 para las presentaciones de los informes individual y general previstos en los arts. 35 y 39 de la L.C., respectivamente. El síndico designado es el contador Vello Vázquez Angel con domicilio en Viamonte 1592, piso 6 G. Publíquese por 5
días sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere art. 89 inc.
3 L.C..
Buenos Aires, 30 de septiembre de 2004.
Martín Sarmiento Laspiur, secretario.
e. 7/10 N 460.052 v. 14/10/2004

N 16
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 16, a cargo del Dr. Alfredo Arturo Klliker Frers, Secretaría N 31, a mi cargo, sito en Callao 635 Pta. Baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por cinco días que con fecha 7-9-04 se ha decretado la quiebra de DROGUERIA
PALERMO S.A. CUIT nro. 33641610009 Expte. Nro.
047799. El síndico designado contador Vertzman Carlos Alberto, con domicilio constituido en Bartolomé Mitre 3120 piso 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los acreedores deberán presentar al síndico los títulos justificativos de sus créditos y pedidos de verificación hasta el día 6-12-04. Intímese al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio dentro del radio del Juzgado bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Tribunal. Intímese a quienes tengan bienes y documentos del fallido a que los pongan a disposición de la sindicatura en el plazo de cinco días. Prohíbense los pagos y entrega de bienes al fallido so pena de considerarlos ineficaces.

El Juzgado Nacional en lo Comercial N 21 a cargo del Dr. Germán Páez Castañeda, Secretaría N
41, a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 3, de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 19/08/2004, se decretó la quiebra de JOSE MARIA AVELDAÑO, DNI N 7.674.754, CUIT N 20-07674754-8, con domicilio en Agero 279, Piso 2, Dto. A de esta Capital Federal. Síndico: Dra. María Cristina Gravier, con domicilio en la calle Piedras 172, 4, Capital Federal, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos, hasta el día 13 de diciembre de 2004, de lunes a viernes, de 14 a 18. La Síndico deberá presentar el informe previsto en el artículo 35 de la L.C.Q. el día 22 de febrero de 2005 y el del artículo 39 de la L.C.Q. el día 5 de abril de 2005. Se intima al fallido y a los terceros a que entreguen a la Síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Publíquese por cinco días en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 22 de septiembre de 2004.
Andrea Rey, secretaria.
e. 7/10 N 460.039 v. 14/10/2004

N 23
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 23, Secretaría N 45, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 P.B. hace saber por cinco días que con fecha 20 de septiembre de 2004 se ha decretado la quiebra de CONIX S.A., con domicilio en Moldes 2347 de Capital Federal. El presente se libra por mandato de S.S. en los autos caratulados CONIX
S.A. s/Quiebra, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.
Buenos Aires, 29 de septiembre de 2004.
Gerardo Tello, secretario.
e. 7/10 N 460.068 v. 14/10/2004

N 25
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 25 a cargo del Dr. Máximo Astorga, Secretaría N 49, a mi cargo, sito en Av. Callao 635, Piso 4, de Capital Federal, hace saber a los acreedores por dos días la presentación del informe final y proyecto de distribución de fondos y que se han regulado honorarios a favor del Síndico Contador Ricardo Norberto Belli en la suma de $ 48.468 en forma conjunta con los de su letrado patrocinante el Dr. Enrique Guido I. O. B. Drot de Gourville, en la suma de $ 3000 los del Dr. Jorge Daniel Grispo, y a los letrados de la ex-concursada se fijan los honorarios en la suma de $ 8.117 Dres. Víctor O. Holden y José María Inchausti en forma conjunta, en los autos caratulados STECK ARGENTINA S.A. s/
Quiebra Expte. 33.675.
Buenos Aires, 24 de septiembre de 2004.
María Eugenia Soto, secretaria interina.
e. 7/10 N 460.126 v. 8/10/2004

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Boletín Oficial de la República Argentina del 07/10/2004 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date07/10/2004

Page count60

Edition count9384

First edition02/01/1989

Last issue07/07/2024

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