Boletín Oficial de la República Argentina del 02/09/2003 - Segunda Sección

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4 Martes 2 de setiembre de 2003
empresas o sociedades constituidas o a constituirse para negocios presentes o futuros, compraventa de títulos, acciones u otros valores mobiliarios, nacionales o extranjeros, constitución de hipotecas u otros derechos reales, fideicomisos, otorgamiento de créditos en general sean o no garantizados y toda clase de operaciones financieras permitidas por las leyes, con exclusión de la prevista por la ley de entidades financieras número 21.526 u otras por la que se requiera concurso público, constitución y/o administración de fideicomisos de todo tipo. Inmobiliarias: Compra, venta, permuta, administración y explotación de inmuebles urbanos, suburbanos o rurales en todas las modalidades existentes o a crearse, inclusive las relacionadas con la ley de propiedad horizontal. Comercial: Mediante la compra, venta, importación, exportación y distribución de materiales y equipos afines a la construcción, movimientos de tierra y obras viales. Mediante la comercialización del producido de las actividades agropecuarias. Agropecuarias: Mediante la explotación agrícolo ganadera de tierras, estancias, campos, bosques, chacras, establecimiento de estancias para invernada y cría de ganado, tambos y cabañas y la realización de toda clase de explotaciones agrícolo ganaderas. Turísticas: mediante la compra, venta, construcción y administración e inmuebles con destino a la explotación turística.
Mediante la prestación y comercialización de servicios turísticos. 6 Capital social: $ 12.000 divididos en 120 cuotas de $ 100 c/u. 108 ordinarias con derecho a un voto por acción y 12 acciones preferidas sin derecho a voto. 7 Administración, representación legal y uso de la firma social: a cargo del socio Pablo Víctor Rego, Presidente. En tal carácter tiene todas las facultades para actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social, incluso art. 1881 C.C. y 9 DL. 5965/63 con la única limitación de no comprometer a la sociedad en negociaciones fuera del objeto social o en garantía de terceros. 8 Ejercicio social: Cerrará el 30 de junio de c/año.
Escribano - Guillermo López Cano N 2798
INVENZIS
SOCIEDAD ANONIMA
Los accionistas de INVENZIS S.A. en Asamblea General Extraordinaria del día 11 de agosto de 2003, prorrogada mediante cuarto intermedio para el día 27 de agosto de 2003, resolvieron modificar el artículo cuarto del estatuto social, el cual quedó redactado de la siguiente manera: Artículo Cuarto: El capital se fija en la suma de pesos setenta mil $ 70.000 dividido de la siguiente forma:
Setenta mil acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de pesos uno, valor nominal cada una, y que confieren derecho a un voto por acción, divididas en treinta y nueve mil cuatrocientas 39.400 acciones clase A y treinta mil seiscientas 30.600 acciones clase B. Se establece expresamente, como condición para cada suscripción de acciones, que el suscriptor deberá constituir domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, debiendo dicho domicilio ser asentado en el Libro de Registro de Acciones de la sociedad.
Presidente - Gustavo Quinelli N 9943
MASSMUTUAL INTERNACIONAL ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA
IGJ N 1.637.315. Por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 18-7-03 se aprobó la transformación de la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada. Fecha del instrumento de transformación: Instrumento Público del 29/8/03; Razón social anterior: MASSMUTUAL INTERNACIONAL ARGENTINA S.A. Razón Social a adoptarse: MASSMUTUAL INTERNACIONAL
ARGENTINA S.R.L.; No se retiran ni incorporan nuevos socios. Gerencia: Gerentes Titulares: Miguel Menegazzo Cané, Alexis Kook Weskott y Thomas Hawkins y Gerente Suplente: John Miller; Comisión Fiscalizadora: Titulares: Mirta Maletta, Diego Niebuhr y Armando L. Riopedre; y Suplentes: Carlos Rebay, Corina Pando y Javier Casas Rúa.
Autorizada/Abogada - Estefanía Merbilha N 30.339
MERCOPHARMA
SOCIEDAD ANONIMA
1 José Héctor Magrassi, soltero, comerciante, 24/11/46, DNI 8.348.548, Quintana 1140, Burza-

BOLETIN OFICIAL Nº 30.225 2 Sección co, Pcia. Bs. As.; Horacio Faustino Velloso Colombres, casado, 14/3/65, abogado, DNI 17.606.940, Paraguay 1307, P.B., Cap., arg.; Iván Mauricio Guerrero Figueroa, colombiano, casado, 19/4/61, médico, DNI 92.885.413, Haedo 847, P.B. 2, V.
López, Pcia. Bs. As. 2 26/8/03. 3 $ 12.000. 4
31/8. 5 99 años. 6 Presidente o Vice. 7 Pinzón 1152/54, Cap. 8 Directorio: Presidente: H. F. V. Colombres; Vice.: J. H. Magrassi; D. Sup.: Mónica B.
Reali. 9 Por sí, 3ros. o asociada a 3ros.: a Compra, venta, fab., rep., imp., exp., consig., consorcios, cooperativas de exp. de prod. medicinales y/o farmacéuticas, de cirugía, cosmética, limpieza, homeopáticos, biológicos, químicos, prótesis, invest.
científicas, serv. farmacéuticos, salones de belleza. b Publicidad: Prod. elab. y armado de originales, bocetos, avisos, guías, revistas, diarios, campañas radiales, TV, vía pública, logotipos, impresiones gráficas. Compra, venta de publicidad. Estudio de mercado. c Representaciones y mandatos de empresas o personas, consig., comisiones.
Imp. y exp. de bienes y servicios incluidos en el nomenclador aduanero. Licitaciones.
Autorizado - Julio César Jiménez N 2771

rán ser firmadas por los asistentes a las respectivas reuniones. Los integrantes de la Comisión Fiscalizadora durarán un ejercicio en sus funciones, pudiendo ser reelectos y tendrán las facultades y deberes que les asigna la ley de sociedades comerciales. Su remuneración será fijada por la Asamblea. Modificación en la composición de los miembros del Directorio, según actas de Asamblea General Ordinaria N 6 del 4/7/03, y de Directorio N 18 del 7/7/03, haciendo constar la composición del actual Directorio, a saber: Presidente: Dr. Marcelo Quevedo Carrillo; Vicepresidente:
Sr. Mario Carlos Bonino; y Director Titular: Cdor.
Néstor Alberto Ulloa. Y como miembros de la Comisión Fiscalizadora: Titulares: Cdra. Adriana Merlo, Dr. Nicolás Dilernia, y Cdor. Guillermo Stok;
y como Síndicos Suplentes:: Cdra. Silvana María Gentile, Dr. Martín Esteban Scotto y Cdra. Claudia Inés Siciliano. Todos los designados como titulares en el órgano Directorio como en la Comisión Fiscalizadora procedieron a aceptar los cargos.
Abogado - Agustín M. Pellegrino N 2761
NACION LEASING

MIYADI
SOCIEDAD ANONIMA
SOCIEDAD ANONIMA
Constitución: Escritura N 63 del 14/8/03. Accionistas: Ricardo Abel Franco, 36 años, DNI
17.987.216, 11 de Septiembre 255, Adelia María, Córdoba; Mirta Mabel Franco, 41 años, DNI
14.792.716, Sarmiento 659, Adelia María, Córdoba; argentinos, casados, comerciantes. Denominación: MIYADI S.A. Duración: 99 años. Objeto: a Servicio de transporte: Transporte de cargas generales. b Comercial: Compra y venta bajo cualquier sistema de comercialización de mercaderías varias, repuestos, partes de las unidades para el transporte automotor de carga, productos agropecuarios y sus derivados de insumos, maquinarias y repuestos, implementos, muebles y enseres de la actividad agropecuaria, su importación y exportación. c Agropecuaria. d Minera. e Inmobiliaria. f Financiera. Capital $ 30.000. Administración: Mínimo 1, máximo 5. Representación: Presidente y Vicepresidente en forma indistinta. Fiscalización sin síndicos. Cierre de ejercicio: 31/7.
Directorio: Presidente: Mirta Mabel Franco; Director Suplente: Ricardo Abel Franco. Sede social:
Paraguay 1374, Capital Federal.
Autorizada - Matilde L. González Porcel N 2738
NACION FIDEICOMISOS
SOCIEDAD ANONIMA
NACION FIDEICOMISOS S.A., inscripta en la IGJ el 17/7/2002, N 7080, L 18 de S.A. Modificación parcial de estatuto social y designación de miembros del Organo de Administración y Fiscalización y cumplimiento del Artículo 60 Ley 19.550:
Escritura del 26/8/03, Folio 570, Escribano Jorge R. Pellegrino, Reg. 1183, Cap. Fed.: Modificación del Artículo Séptimo y Décimo según Acta de Asamblea General Extraordinaria N 5 del 4/7/
2003. Los nuevos artículos dicen: Artículo Séptimo: Administración: La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de tres y un máximo de cinco, con mandato por un ejercicio, pudiendo ser reelegibles. Asimismo la Asamblea podrá designar por cada Director Titular nominado, un Director Suplente. El Directorio sesionará con un quórum de la mitad más uno de sus integrantes y adoptará sus resoluciones por mayoría de votos. En su primera sesión, los Directores deberán designar un Presidente y un Vicepresidente. El Vicepresidente, reemplazará al Presidente en forma automática, y sin necesidad de justificación. Sin perjuicio de ello, corresponde a la Asamblea la aceptación o rechazo de la renuncia del Presidente, designando en su caso al Vicepresidente para este cargo. La Asamblea fijará la remuneración para los Directores. Artículo Décimo: Fiscalización: La fiscalización de la sociedad la ejercen tres Síndicos Titulares designados por la Asamblea para constituir la Comisión Fiscalizadora. Asimismo, la Asamblea deberá designar por cada Síndico Titular, un Síndico Suplente para que lo reemplace en caso de renuncia, muerte, inhabilitación, enfermedad y/o ausencia temporal o definitiva. Dicha Comisión Fiscalizadora sesionará válidamente con la presencia de por lo menos dos de sus miembros, y las resoluciones se adoptarán con el voto de no menos de dos de sus integrantes. Las resoluciones se harán constar en actas labradas en un libro especial que se llevará al efecto, y debe-

NACION LEASING S.A., inscripta en la IGJ el 17/7/2002, N 7080, L 18 de S.A. Modificación de estatuto: Escritura del 19/8/03, Folio 549, Escribano Jorge R. Pellegrino, Reg. 1183, Cap. Fed.
Modificación del Artículo Tercero y Undécimo según Acta de Asamblea General Extraordinaria del 8/5/2003. Los nuevos artículos dicen: Artículo Tercero: Objeto: la sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, y/o de terceros, asociada con o a través de terceros, en el país o en el exterior al otorgamiento de asistencia crediticia mediante locación de bienes de todo tipo bajo la modalidad de leasing conforme las disposiciones de la ley 25.248 o normativa legal que la reemplace, incluyendo las siguientes actividades: Comerciales: Dar en leasing cosas muebles e inmuebles, marcas, patentes o modelos industriales, software, y/o todo otro bien o cosa de cualquier clase, especie o naturaleza que las disposiciones legales permitan en el presente o en futuro, sean propios o adquiridos de terceros, o que estén a su disposición por cualquier título que le permita constituir leasing sobre ellos. Adquirir dentro del territorio de la República Argentina o en el exterior del país mediante operaciones de importación o exportación cosas o bienes de cualquier naturaleza, siempre que dichas cosas o bienes sean adquiridos con el objeto de ser datos en leasing a tomadores que tengan una actividad industrial, comercial, de servicios, agropecuaria, o que desarrollen cualquier otra actividad lícita, y/o a tomadores que resulten consumidores o usuarios finales de las cosas o bienes dadas en leasing, Percibir las rentas y alquileres de las cosas o bienes dados en leasing. Percibir el precio de venta valor residual de las cosas o bienes enajenados a través de los contratos de leasing que formalice. Cualquier otro contrato relacionado directa o indirectamente con las cosas o los bienes de cualquier clase, especie o naturaleza que tengan por finalidad la entrega de leasing de los mismos. Financieras: Efectuar adelantos de dinero, préstamos y otorgar créditos en general relacionados con las operaciones de leasing que celebre, los que podrán ser otorgados con o sin garantía de prenda o hipoteca o de cualquier otra de las permitidas por la legislación vigente, constituir fideicomisos con el alcance del artículo 19 de la Ley 25.248, pudiendo constituir y transferir a tal fin prendas, hipotecas y demás derechos reales, y realizar las operaciones que, en los términos de los artículos 70, 71 y 72 de la Ley 24.441, y con los alcances de la citada ley de leasing, tengan por objeto títulos de crédito o títulos valores, públicos o privados o cesiones de crédito de cualquier naturaleza, pudiendo constituir o formar parte a tales efectos de consorcios colocadores de emisión de títulos, valores públicos o privados. Recurrir bajo cualquier modalidad a los mercados de capitales o financieros para la obtención de fondos que resulten necesarios para la celebración de las operaciones de leasing, para poder adquirir los bienes indicados por los eventuales tomadores de los contratos que celebre, y en general para el desarrollo de sus actividades relacionadas con el objeto de esta sociedad. Recibir de los clientes mandatos o comisiones mercantiles vinculados a las operaciones propias de su objeto y realizar las operaciones conexas al mismo. Enajenar a terceros los bienes o cosas dados en leasing cuando los tomadores no ejercieren opción de compra sobre los mismos o cuando el contrato se resolviera antes del término fijado, para su vigencia por incumplimiento del tomador o cualquier otra causa. Descontar a terceros,
o tomar en garantía de las operaciones de leasing que celebre, contratos de leasing como asimismo los importes generados por tales contratos de alquileres, cánones o precios residuales. Comprar o vender carteras de contratos de leasing con o sin garantía de los respectivos cedentes. Intermediar en operaciones celebradas por terceros en tanto encuadren en algunos de los supuestos descriptos en el presente artículo, asumiendo o no el carácter de garante o agente de pago y/o cobranza. Asesorar a tercero para sí o para otros terceros en materia de operaciones de leasing, como asimismo organizar y tomar intervención bajo cualquier modalidad en los procesos de titulización de cartera de contratos de leasing o de flujos de fondos generados por los mismos, todo ello en los términos y con los alcances del artículo 19 de la Ley 25.248, pudiendo asimismo emitir a tal efecto títulos de deuda o certificados de participación.
Adquirir, ya sea como suscriptor primario o secundario, los títulos de deuda o certificados de participación emitidos por terceros aludidos en el apartado anterior o asumir el rol de agente colocador. No podrá realizar actividades reguladas por la ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso público. El objeto social precedentemente transcripto no podrá ser modificado sin autorización de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del B.C.R.A. y/o quien la reemplace en el futuro por imposición legal. Queda asimismo admitida la verificación por parte del Banco Central de la República Argentina de las operaciones de la sociedad con el alcance de la ley de entidades financieras y sus normas reglamentarias. Artículo Undécimo: Atribuciones del Directorio: El Directorio está ampliamente facultado para dirigir y administrar la sociedad y sus bienes, y ejecutar y resolver los actos y contratos inherentes al objeto social. Están comprendidas entre sus atribuciones: a Resolver sobre la conformación de un Comité Ejecutivo, integrado por tres miembros que tendrán como competencia la gestión ordinaria de los negocios y de cuyas resoluciones se labrará acta con las formalidades de ley. b Conferir a los Directores asignación de funciones en forma personal de acuerdo con el organigrama que apruebe el órgano y de conformidad al artículo 274 de la Ley 19.550. c Designar uno o más Gerentes, Directores o no, que estarán facultados para realizar los actos corrientes y administración, sin perjuicio de los deberes generales o especiales que el Directorio les confiera. Designar uno o más subgerentes, fijando sus respectivas funciones. Asimismo, designar a los demás empleados de cualquier categoría.
Fijar las remuneraciones de los gerentes, subgerentes y personal de cualquier categoría. d Resolver la inversión de los fondos sociales en la adquisición de bienes inmuebles, en títulos de renta pública o privada, acciones, obligaciones o debentures, otorgar créditos relacionados con las operaciones de leasing que celebre, los que podrán ser otorgados sin garantía cuando el monto a financiar y la solvencia del tomador así lo justifique, o mediante la constitución de garantía hipotecaria, prendaria o con caución de títulos u otros valores de suficiente garantía que hagan más seguro su cobro; y todas aquellas inversiones autorizadas por disposiciones de este estatuto; y en general realizar todas las operaciones de la sociedad y administrar con la más absoluta amplitud, sus negocios, siempre que se ajusten a los fines sociales.
Abogado - Agustín M. Pellegrino N 2759
NARANJAZO
SOCIEDAD ANONIMA
1 Ignacio Washington Fernández, 36 años, casado, DNI 19.209.923, domic. 42 1556, Villa Maipú, Bs. As.; Roberto Antonio Segura Tobares, 42
años, soltero, DNI 14.596.563, domic. Hualfin 927, Cap.; ambos comerciantes. Esc. N 464 del 27/8/
03, Escrib. Falcke Ernesto, Reg. 1740. Denomina:
NARANJAZO S.A. Domic.: Montevideo 418, 11, Capital. Objeto: Realizar por sí, por cuenta o asociada a terceros en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: Comercial: Compra, venta, distribución, comisión, representación y consignación de artículos y mercaderías, frutas y verduras, fabricación de productos alimenticios. Inmobiliarias: Compra, venta, locación, administración e intermediación de inmuebles. A tales efectos la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos no prohibidos por el estatuto y las leyes. Plazo duración: 99 años desde insc. RPC.
Capital $ 12.000, dividido en 120 acciones de $ 100 c/u. suscriptas 100% por: Segura Tobares 90 acciones $ 9.000, Fernández 30 acciones de $ 3.000. Integran 25% en efectivo, saldo plazo ley.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 02/09/2003 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date02/09/2003

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Edition count9417

First edition02/01/1989

Last issue09/08/2024

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