Boletín Oficial de la República Argentina del 16/05/2002 - Segunda Sección

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Jueves 16 de mayo de 2002

BOLETIN OFICIAL Nº 29.899 2 Sección
El 7 de enero de 1998 se produjo la transferencia de la totalidad del paquete accionario de la Entidad, siendo los nuevos accionistas Finvercon U.S.A. Inc. 99,99% y Norwest Financial, Inc. hoy Wells Fargo Financial Inc. 0,01%. En el contrato de compra de acciones se excluyeron las participaciones mencionadas y los impuestos diferidos asociados y se estableció que los compradores y vendedores realizarán su mejor esfuerzo para que las participaciones sean cedidas a los vendedores cuando las normas vigentes lo permitan. En el contrato se fijó como precio de adquisición de las inversiones el valor de los pasivos asociados. Teniendo en cuenta que las normas vigentes sólo permiten diferir el 75% del valor de la inversión, se traduce una diferencia entre el valor de los activos y de los pasivos que al 31 de diciembre de 2001 asciende a miles de $ 605 al 31 de diciembre de 2000, miles de $ 527. Wells Fargo Financial Inc. se ha comprometido a mantener indenme a Finvercon S.A. Compañía Financiera de cualquier pérdida que pueda originarse con relación a las inversiones en compañías promocionadas, hasta un monto que no exceda miles de u$s 1.000.
Con fecha 27 de marzo de 2002, la Entidad efectuó una cesión de acciones de las empresas promocionadas que se encontraban disponibles de acuerdo a los plazos legales a favor de los ex accionistas. Dicha cesión ascendió a miles de $ 1.441, siendo menor el valor de los pasivos generando una pérdida de miles de $ 361, la cual ha sido absorbida por Wells Fargo Financial Inc.
Nota 7 - SEGURO DE GARANTIA DE LOS DEPOSITOS
La Entidad se encuentra adherida al Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos de acuerdo con lo dispuesto por el BCRA mediante la Comunicación A 2807 t.o. según Comunicación A 3153
y complementarias, la cual establece que las entidades financieras autorizadas para operar en la República Argentina deben integrar al fondo de garantía de los depósitos un aporte mensual equivalente al 0,03% del promedio mensual de los depósitos comprendidos en la cobertura de la garantía, y un aporte adicional calculado en función del índice de corrección establecido en las normas vigentes. Al 31 de diciembre de 2001 y al 31 de diciembre de 2000 la Entidad no posee depósitos sujetos a aportes.
El 26 de diciembre de 2001, a través del Decreto 32/01 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado el 27 de diciembre de 2001, se estableció la creación del Fondo de Liquidez Bancaria FLB, que será administrado por Seguro de Depósitos S.A. SEDESA quien actuará como fiduciario del mismo con el objeto de dotar de adecuada liquidez al sistema bancario. Dicho fondo debe ser integrado por las entidades financieras mediante la suscripción de Certificados de Participación Clase A por una suma de hasta el 5%, incrementada por decisión del B.C.R.A. en el 6% según lo permite expresamente el decreto antes mencionado, del promedio de los saldos diarios de los depósitos del sector privado en pesos y en moneda extranjera constituidos en cada entidad financiera correspondientes al mes de noviembre de 2001.
De acuerdo a la Comunicación A 3487 del 22 de febrero de 2002, el Banco Central de la República Argentina, fijó en 1,9% con efecto desde el 1 de marzo de 2002, el aporte al Fondo de Liquidez Bancaria sobre el promedio de saldos diarios de los depósitos del sector privado en pesos y en moneda extranjera correspondientes a noviembre de 2001. Además, se aclara que las sumas aportadas por las entidades financieras serán deducibles de la exigencia de efectivo mínimo.
Cabe señalar que la Entidad no registra a la fecha de los presentes estados contables aportes al FLB, debido a no poseer depósitos sujetos a aportes.

Nota 10 - PUBLICACION DE LOS ESTADOS CONTABLES
De acuerdo con lo establecido por la Comunicación A 760 del BCRA, la previa intervención de esa entidad no es requerida a los fines de la publicación de los presentes estados contables.
Nota 11 - BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA
No existen bienes cuya disponibilidad se encuentre restringida al 31 de diciembre de 2001.
Nota 12 - DEVOLUCION DE CARTERA DE PRESTAMOS
El 1 de octubre de 2001 y 13 de diciembre de 2001, la Entidad efectúo devoluciones de préstamos de cartera de consumo a los ex accionistas de la Entidad, correspondientes a pérdidas crediticias que en el contrato de compraventa de acciones de la compañía fueron definidas como Credit Losses.
Como contraprestación por esa devolución, Finvercon S.A. Compañía Financiera recibió fondos de Wells Fargo Financial Inc. por miles de u$s 8.380, que habían sido registrados anteriormente como un pasivo transitorio hasta la concreción del traspaso de las cuentas.
Dentro de los créditos devueltos encontramos principalmente financiaciones que la Entidad registraba en cuentas de orden en Créditos clasificados irrecuperables, estando totalmente previsionados. De esta forma el ingreso de los fondos mencionados anteriormente constituyó un recupero extraordinario de previsión.
Al cierre del ejercicio, la Entidad registró el traspaso de las cuentas anteriormente mencionadas, anulándose el pasivo respectivo. Las operaciones arrojaron una ganancia de miles de u$s 7.490.
Es de destacar que el contrato de compraventa de las acciones de la Entidad fue aprobado por el directorio del Banco Central de la República Argentina mediante resolución N 718 del 1 de diciembre de 1997.
Nota 13 - CONDONACION DE PRESTAMO CON LA CASA MATRIZ
Con fecha 27 de julio de 2001, la Entidad recibió un préstamo de la Casa Matriz por miles de u$s 40.000. Al 1 de diciembre de 2001 dicha asistencia ascendía a miles de u$s 27.918.
Con el objetivo de mantener a la Entidad capitalizada por encima del mínimo requerido por las normas vigentes del Banco Central de la República Argentina, teniendo en cuenta la inminente devaluación del peso y el impacto que ésta ocasionaría en los estados contables de Finvercon S.A.
Compañía Financiera, Wells Fargo Financial, Inc. acordó con fecha 31 de diciembre de 2001 la condonación de una parte del mencionado préstamo por miles de u$s 22.500, quedando un saldo remanente de miles de u$s 5.418, que sumado a los intereses devengados conforman un monto al 31
de diciembre de 2001 de miles de u$s 5.452.
Por tal motivo, la Entidad registró al cierre de los presentes estados contables una ganancia de miles de u$s 22.500 en el rubro Utilidades Diversas.
Los saldos y resultados al 31 de diciembre de 2001 y al 31 de diciembre de 2000, correspondientes a las operaciones efectuadas con sociedades vinculadas son los siguientes:

Nota 8 - COBRANZA PENDIENTE DEL BANCO MENDOZA S.A.
Emprendimientos Agrícolas Sanjuaninos S.A.
Durante 1997 Finvercon cedió al Banco República S.A. Banco República parte de su cartera de crédito generada a raíz del Contrato de Asistencia Financiera celebrado con el Instituto de Obra Social del Ejército IOSE para el otorgamiento de préstamos, mientras que el IOSE se comprometió a realizar la cobranza de las cuotas de dichos préstamos a sus asociados por descuento de haberes.
También Finvercon y el Banco República suscribieron un Contrato de Cesión de Derechos y Compromiso de Cesión de Créditos por el cual Finvercon le otorgó al Banco República el carácter de agente cobrador de la totalidad de los préstamos efectuados a los afiliados del IOSE, incluyendo los préstamos cedidos y también aquellos cuya titularidad continuó en poder de Finvercon. Posteriormente, el Banco República cedió la cartera al Banco de Previsión Social, absorbido luego por el Banco Mendoza S.A. El 9 de abril de 1999, el BCRA resolvió la suspensión del Banco Mendoza S.A. nombrando un Interventor.
A la fecha de la suspensión del Banco Mendoza S.A., los fondos correspondientes a las cobranzas del mes de marzo de 1999 de los préstamos en cartera de Finvercon de aquella mutual ascendían a miles de $ 1.657 y ya habían sido percibidos por el Banco Mendoza S.A., quien omitió restituirlos a Finvercon. Según surge del Contrato de Cesión de Derechos y Compromiso de Cesión de Créditos Finvercon cedió al Banco República sólo el derecho a percibir directamente del IOSE el dinero correspondiente a los préstamos cedidos, salvo que el IOSE exigiera la cesión de la totalidad de la cobranza. En este caso, situación que en definitiva ocurrió, el Banco República y por ende el Banco Mendoza S.A. se obligó a reintegrar todo importe que percibiera y que no correspondiera a la compra de créditos efectuada entre las partes, debiendo actuar en relación con la cobranza como agente y depositario de los fondos de propiedad de Finvercon, sin retribución alguna por el desempeño de este cometido. Ni el Banco República ni el Banco Mendoza S.A.
tienen ni han tenido derecho alguno sobre esos fondos.
El 3 de abril de 2000, el BCRA mediante la Comunicación B 6678 revocó al Banco República la autorización para actuar como entidad financiera a partir del 30 de marzo de 2000 de acuerdo con lo establecido por la Ley de Entidades Financieras N 21.526, art. 44 inc. 2 que establece la revocación de la autorización para funcionar como entidad financiera por pedido de las autoridades legales o estatutarias de la Entidad.
Con fecha 7 de abril de 2000, el Banco República presentó el pedido de autoliquidación ante el juzgado actuante de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley N 21.526 solicitando que las autoridades del banco sean designadas como administradoras del proceso de liquidación.

Activo - Participaciones en otras sociedades 31.12.01
31.12.00
En miles de pesos Participación en empresas promocionadas Previsiones
1.424
-

1.424
47

Saldo
1.424

1.377

Wells Fargo Financial Pasivo - Otras Obligaciones por Intermediación Financiera 31.12.01
31.12.00
En miles de pesos Deuda con residentes del exterior
24.038

-

Wells Fargo Financial Resultados - Egresos Financieros 31.12.01
31.12.00
En miles de pesos Intereses por otras obligaciones por intermediación financiera
269

Nota 15 - RESTRICCIONES PARA LA DISTRIBUCION DE UTILIDADES
De acuerdo a la Comunicación A 3574, del 22 de abril de 2002, y hasta que el Banco Central de la República Argentina comunique lo contrario, queda suspendida la distribución de utilidades.
Nota 16 - HECHOS POSTERIORES AL CIERRE DEL EJERCICIO

La Entidad ha iniciado acciones judiciales tendientes a efectivizar el cobro del importe pendiente, contabilizando en el mes de diciembre de 1999 una previsión por riesgo de incobrabilidad equivalente al valor del crédito registrado.
Se presentó un escrito solicitando que se dictara resolución respecto del pedido de autoliquidación.
La sindicatura ha presentado el Informe Individual previsto por el artículo 35 de la Ley N 24.522
de Concursos y Quiebras aconsejando la verificación del crédito de Finvercon S.A.. Compañía Financiera por la suma de miles de $ 1.578.
El plazo fijado para el 31 de octubre de 2001 para el dictado de la resolución del artículo 36 de la Ley N 24.522 fue prorrogado, sin que a la fecha se hubiera dictado tal resolución.
Con fecha 2 de mayo de 2001 la Entidad reclasificó la totalidad del saldo adeudado por el Banco República S.A. a cuentas de orden por miles de $ 1.657, por permanecer en situación irrecuperable durante más de siete meses.
Nota 9 - EMISION DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES
La Entidad no ha emitido obligaciones negociables a la fecha de emisión de los presentes estados contables debido a que no posee depósitos de terceros al 31 de diciembre de 2001.

a Ley de Emergencia Pública y de Reforma del Régimen Cambiario y modificaciones de los Decretos 214/2002, 410/2002, 494/2002
Con fecha 6 de enero de 2002 fue sancionada la Ley N 25.561 de Emergencia Pública y de Reforma del Régimen Cambiario, posteriormente modificada parcialmente por los Decretos 214/2002, 410/02 y 494/2002 del Poder Ejecutivo Nacional, publicados el 4 de febrero, 8 y 13 de marzo de 2002
respectivamente, y reglamentada en su alcance por las Comunicaciones A 3507 y A 3561 del Banco Central de la República Argentina. Dichas normas disponen, entre otras, las siguientes medidas que podrían afectar la situación patrimonial y financiera de la Entidad.
a. Modificaciones a la Ley de Convertibilidad, que establecía la cotización del dólar estadounidense en un peso argentino.
b. Se dispone la emisión de Bonos Compensatorios del Gobierno Nacional en pesos y en dólares estadounidenses por hasta los montos necesarios para compensar a las entidades financieras los efectos patrimoniales negativos generados por la transformación a pesos, a diferentes relaciones de cambio, de los créditos y obligaciones, denominados en moneda extranjera conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la ley N 25.561 y en los artículos 2, 3 y 6 del Decreto N 214/02 y sus normas modificatorias o complementarias y para cubrir la diferencia negativa en la posición neta de activos y pasivos denominados en moneda extranjera resultante de su transformación a pesos conforme a lo

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Boletín Oficial de la República Argentina del 16/05/2002 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date16/05/2002

Page count56

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First edition02/01/1989

Last issue04/08/2024

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