Boletín Oficial de la República Argentina del 20/12/1999 - Segunda Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 29.296 2 Sección comerciales para los cuales la Sociedad se encuentra autorizada a realizar o que se encuentre en posesión de los bienes adecuados para concretar los fines de la Sociedad o que pueda realizarlos en forma conjunta con ésta o que sean susceptibles de ser manejados de modo tal que directa o indirectamente beneficien a la Sociedad.
5 Llevar a cabo actividades como mandatario con poder general, comisionistas, importadores, comerciantes, mercaderes, exportadores, permutantes, cambistas, procesadores, enlatadores, empacadores, embotelladores, fabricantes, comerciantes minoristas, distribuidores y comerciantes mayoristas de todo tipo o tipos de bienes, mercaderías, equipos, mercancías y artículos manufacturados, así como también cualquier parte o partes de éstos y materias primas; y en general, llevar a cabo el giro comercial propio de los importadores, exportadores, comerciantes mayoristas y minoristas, comerciante de bienes, mercaderías, artículos de comercio, mercancías y productos de todo tipo; llevar adelante actividades generales de corretaje, comisión, importación, exportación y transporte; y establecer sucursales en cualquier parte del mundo. 6 Proporcionar dirección y administración, incluso administración de inversiones y otros bienes, asistencia, servicio y asesoramiento administrativo, de ventas, técnico, referido a contratos, préstamos, patrocinio y empleo, entre otros;
proveer consultores, personal y empleados quienes proporcionarán dirección, asistencia, servicio y asesoramiento administrativo, de ventas y técnico a toda persona física o sociedad en cualquier parte del mundo, en todo asunto de cualquier tipo de actividad y para desempeñarse como gerentes, mandatarios, corredores, archivadores, administradores, secretarios, directores, auditores, contadores de organismos societarios o registrados en cualquier parte del mundo y constituir o tomar parte en la constitución, dirección u operación de cualquier sociedad, firma, emprendimiento o entidad; y con dicho fin, remunerar a toda persona física, entidad, mandatario o encargado. 7 Llevar a cabo todas las actividades referidas al transporte, conducción y acarreo; actividades correspondientes a contratistas, propietarios de garages, propietarios o locatarios de vehículos terrestres, aeronaves, aerodeslizadores, buques, barcos de remolque y demás tipos de embarcaciones; descargadores y transportistas de bienes y pasajeros por tierra, ferrocarril, agua o aire; carreteros, contratistas de transporte, agentes, agentes de embarque y transporte y comisionistas; despachantes de aduana, estibadores, administradores de muelles, supervisores de carga, embaladores, acarreadores, almacenistas, guardalmacenes, ingenieros, electricistas, encargados, agencias de turismo, de viajes y emisión de pasajes. 8 Transferir cualquier bien mueble o inmueble, los derechos o derechos reales adquiridos por la Sociedad o pertenecientes a ella, a toda persona física o sociedad en representación de la Sociedad o para beneficio de esta última, ya sea con o sin fideicomiso declarado a favor de la Sociedad. 9
Comprar, tomar en locación o en permuta, alquilar o adquirir de cualquier otra forma derechos o prerrogativas que la Sociedad pudiera considerar necesarios o convenientes a los fines de su giro comercial o que pudieran aumentar el valor de los bienes de la Sociedad. 10 Llevar a cabo actividades comerciales como fabricantes, montadores, operadores de fábrica o de planta y fabricar en su totalidad o en parte, modificar el montaje o la combinación de las materias primas de objetos total o parcialmente manufacturados, materiales, bienes, mercaderías, maquinarias y equipos de todo tipo.
11 Construir, edificar, modificar, conservar, ampliar, demoler, retirar o reemplazar; trabajar, dirigir y controlar cualquier edificio, oficina, fábrica, molino, taller, maquinaria, motor, ruta, acceso, desvío, puente, curso de agua, obra eléctrica y de otro tipo y demás utilidades donde sea que se encuentren; unirse con cualquier otra persona física o sociedad a los fines de llevar a cabo estas tareas y, comprar, adquirir, alquilar, construir, edificar, llevar adelante, realizar, mejorar, trabajar, desarrollar, administrar, conservar, dirigir o controlar las obras y utilidades de todo tipo, ya sea a los fines de la Sociedad o con el propósito de venderlos, alquilarlos o a cambio de una contraprestación por parte de alguna otra sociedad o persona física; y con el objeto de contribuir o asistir en su realización, establecimiento, construcción, conservación, mejora, obra, control o supervisión, respectivamente. 12 Solicitar, comprar o de alguna otra forma adquirir, amparar y renovar en cualquier parte del mundo, todo tipo de patentes, derechos sobre éstas, patentes de invención, marcas registradas, diseños, licencias, concesiones, etc., que confieran algún derecho exclusivo, no exclusivo o limitado para su utilización; o alguna información confidencial o de otro tipo relativa a cualquier invención que pueda considerarse susceptible de ser utilizada para cualquiera de los fines de la
Sociedad o cuyas adquisiciones se presuma beneficiarán directa o indirectamente a la Sociedad;
utilizar, realizar, desarrollar u otorgar licencias respecto de los derechos sobre propiedad y la información así adquiridos o de otra forma sacar provecho de éstos; e invertir dinero en tareas de experimentación, prueba y mejoramiento de dichas patentes, invenciones o derechos. 13 Mejorar, dirigir, desarrollar, otorgar derechos o prerrogativas referidas a todos o alguno de los bienes y derechos de la Sociedad o de alguna otra forma, encargarse de ellos. 14 Llevar a cabo actividades comerciales como inversionistas, agentes hipotecarios, financieros, socios promotores, financistas, concesionarios, capitalistas y agentes de descuentos de letras; realizar también el giro comercial de las compañías de inversión y sus actividades complementarias o relacionadas; invertir el capital y demás dinero de la Sociedad en la compra, garantía o solicitud condicional o incondicional de suscripción de emision de acciones con mandato o de cualquier otra forma; tomar, conservar, comercializar, adquirir, vender y convertir acciones, acciones preferidas, debentures, títulos de deuda, aceptaciones bancarias, bonos, hipotecas, pagarés, obligaciones o garantías de cualquier tipo, emitidas o garantizadas por cualquier sociedad, sociedad anónima o emprendimiento de toda naturaleza, sin importar su lugar de constitución o que lleve adelante actividad comercial. 15
Invertir y manejar el dinero de la Sociedad que no se requiera en forma inmediata para otro fin. 16.a Llevar a cabo todas o algunas de las actividades comerciales relativas a los fabricantes de ropa, peleteros, camiseros, medieros; fabricantes, importadores, exportadores, comerciantes mayoristas y minoristas de géneros textiles de todo tipo, fabricantes de sombreros y vestidos de dama, sastres, sombrereros, vendedores de ropa, proveedores, fabricantes de guantes, cintas, cordones y artículos de plumas, fabricantes de botas y zapatos; fabricantes e importadores, exportadores y comerciantes mayoristas y minoristas de artículos de cuero, ajuar del hogar, quincallería, tornería y demás accesorios y utensilios del hogar, adornos, artículos de librería y de artística;
comerciantes de comestibles, drogas, químicos y demás artículos y productos de uso personal, doméstico y de consumo y, en general, de todo artículo manufacturado, materiales, comestibles y productos. b Llevar a cabo todas o algunas de las actividades comerciales relativas a los fabricantes de ómnibus y carruajes, talabarteros, decoradores de viviendas, contratistas, ingenieros sanitarios y eléctricos y contratistas en todas las ramas, gasistas, operadores inmobiliarios, constructores, contratistas, ebanistas, tapiceros, cargadores de muebles, propietarios de depósitos, almacenistas, fleteros, encargados de depósitos y almacenes; fabricantes y comerciantes de joyería, artículos enchapados, perfumería, artículos de tocador y aquellos utilizados para decoración, recreación o pasatiempos, metales de oro y plata;
vendedores de libros, comerciantes de instrumentos musicales, fabricantes y comerciantes de bicicletas, triciclos y transportes a motor; así como también contratistas remodeladores, encargados de hoteles, hospedajes y hosterías, locadores de casas y departamentos amueblados o no, con o sin servicio de mucama y demás accesorios y comodidades, proveedores autorizados, comerciantes de vinos y bebidas alcohólicas, tabaqueros, comerciantes de licores minerales, gaseosos y de otro tipo; granjeros, vaqueros, cultivadores de legumbres, cuidadores de semilleros, floristas y martilleros. c Comprar, vender, comercializar en forma minorista o mayorista, fabricar, componer y permutar, alquilar, rentar, importar, exportar y comercializar todo tipo de artículos, productos y objetos que puedan requerirse a los fines de cualquier actividad comercial de la sociedad, suministrados en forma regular o comercializados por personas físicas comprometidas en cualquiera de las actividades de la Sociedad o que pueda resultar beneficioso tratar con ellas en relación a cualquiera de los giros comerciales. 17 Adquirir, ser propietario, alquilar, rentar, buscar, iniciar, explorar, examinar, desarrollar, obrar, mejorar, conservar y dirigir, ya sea por cuenta de la Sociedad o de terceros, minas, pozos de petróleo y gas natural, licencias, concesiones, territorios reservados, terrenos y bienes, derechos territoriales, ya sea sobre la tierra o el mar, que se considere contienen o sean incapaces de contener y producir minerales, petróleo, gas natural, carbón u otros hidrocarburos, bien por cuenta de la Sociedad o de terceros; perforar, buscar, conseguir, obtener, extraer, ensayar, refinar, destilar, analizar, elaborar, combinar, mezclar, tratar y preparar para el mercado, alterar de cualquier forma o manera, almacenar, transportar, entubar o de algún otro modo llevar o transportar, comprar, vender, comercializar, permutar o de cualquier otra forma distribuir o tener participación en minerales, petróleo crudo o
no, productos petroquímicos y gas natural; y los componentes, derivados y subproductos de éstos, ya sea por cuenta de la Sociedad o de terceros. 18 Comprar, adquirir, construir, edificar, ejecutar, llevar a cabo, mejorar, desarrollar, administrar, conservar, dirigir y controlar refinerías, conductos, instalaciones de tanques de reserva, espigones y terminales marítimas, aparejos y plataformas, barreados fuera de la costa, almacenes, edificios y obras complementarias; sus equipos, mobiliario e instalaciones, ya sea a los fines del giro comercial de la Sociedad o para su venta, alquiler o a cambio de alguna contraprestación de otra sociedad o persona física; y contribuir o asistir a su desarrollo, establecimiento, construcción, conservación, mejora, administración, obra, control o supervisión, respectivamente. 19 Comprar, vender, permutar, alquilar, rentar, construir, edificar o de cualquier otra forma adquirir; y ser propietario; obrar, dirigir, negociar y comercializar buques a vapor, diesel, turbina, motor, veleros u otro tipo de embarcaciones, buques cisterna, jábegas, perforadoras de galería, remolcadores, alijadores, barcazas, bajeles y motores, así como otros vehículos y demás medios de transporte; con todo el equipamiento, los motores, aparejos, pertrechos, mobiliario, depósitos, reservas y otros implementos en buques, bajeles y demás medios de transporte a motor o no; y conservar, reparar, equipar, mejorar, asegurar, modificar, remodelar, vender, permutar, dar en locación, rentar, alquilar/
comprar o comercializar y disponer de otra forma de cualquiera de las embarcaciones, buques cisterna, bajeles y vehículos o de cualquiera de sus motores, aparejos, pertrechos, mobiliario, equipos y depósitos de la Sociedad, por cuenta de la Sociedad o de terceros. 20 Aceptar el pago por los bienes o derechos vendidos o dispuestos de cualquier otra forma o comercializados por la Sociedad, ya sea en efectivo, en cuotas o de otro modo;
en acciones total o parcialmente integradas, acciones de sociedades y compañías con o sin derechos preferidos, diferidos o especiales; o restricciones con respecto a los dividendos, reintegro de capital, derecho a voto, etc.; en debentures, hipotecas u otras garantías de cualquier sociedad o compañía; o parcialmente en una modalidad y parcialmente en otra y, en general, bajo las condiciones que determine la Sociedad para tener, disponer o comercializar de otra forma las acciones, participaciones y garantías así adquiridas. 21 Prestar, adelantar dinero o dar crédito bajo las condiciones que resulten convenientes, a personas físicas, sociedades o entidades y particularmente a clientes y a quienes tengan relación comercial con la Sociedad; garantizar el cumplimiento de las responsabilidades u obligaciones contractuales y los pagos en dinero de dichas personas físicas, sociedades o entidades, y, en general, otorgar garantías e indemnizaciones. 22
Recibir dinero en préstamo y tomarlo o reunirlo mediante esa modalidad, en la medida en que la Sociedad lo considere adecuado y particularmente mediante la emisión de bonos, debentures o títulos de deuda perpetuos o no; asegurar el reembolso de toda suma de dinero reunida mediante préstamos o debida por hipotecas, cargas o gravámenes que pesen sobre todos o parte de los bienes o activos de la Sociedad ya sea presentes o futuros incluyendo el capital cuya integración aún no ha sido exigida y también mediante hipoteas, cargas o gravámenes semejantes para asegurar y garantizar el cumplimiento por parte de la Sociedad o de cualquier persona física o jurídica, de toda obligación asumida por la Sociedad o por cualquier persona física o jurídica, según el caso. 23 Librar, confeccionar, aceptar, endosar, descontar, ejecutar y emitir pagarés, letras de cambio, conocimientos de embarque, warrants, debentures, bonos y títulos, negociables o no, sean o no transferibles. 24 Solicitar, promover, obtener leyes de la Legislatura, permisos, privilegios, concesiones, licencias y autorizaciones de cualquier gobierno, estado o municipio; órdenes o licencias provisionales de cualquier autoridad, que permitan a la Sociedad desarrollar sus actividades comerciales, prorrogar alguna de sus facultades, hacer efectiva cualquier modificación en su constitución o bien con algún otro fin que pudiera considerarse ventajoso y para hacer frente a cualquier procedimiento o solicitud que se estime directa o indirectamente perjudicial a los intereses de la Sociedad. 25 Celebrar acuerdos con los máximos gobiernos o autoridades o con aquellos municipales, locales o de otro tipo o con cualquier persona física o sociedad, que puedan resultar conducentes con todos o algunos de los fines de la Sociedad; y obtener de dichos gobiernos, autoridades, personas físicas o jurídicas, cualquier derecho, privilegio, permiso, contrato, licencia y concesión que la Sociedad considere conveniente obtener; llevar a cabo, ejecutar y cumplir. 26
Pagar con los fondos de la Sociedad todos los gastos que ésta pueda erogar legalmente con res-

Lunes 20 de diciembre de 1999

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pecto a su constitución e inscripción o la emisión de su capital, incluyendo lo referido a corretajes y comisiones tendientes a obtener la toma, colocación o suscripción de acciones, debentures y demás títulos de crédito de la Sociedad. 27 Pagar por todo derecho o bien adquirido por la Sociedad y remunerar a toda persona física o sociedad ya sea con dinero en efectivo o mediante la distribución de acciones, debentures y demás títulos de crédito de la Sociedad integrados total, parcialmente o de otra forma. 28 Establecer y mantener o procurar el establecimiento y mantenimiento de fondos de pensión o retiro contribuyente o no contribuyente, entregar o procurar la entrega de donativos, subsidios, pensiones, asignaciones o emolumentos a favor de toda persona física que se encuentre o haya estado en algún momento empleada o prestando servicios para la Sociedad o para alguna otra sociedad subsidiaria de ésta o vinculada o asociada a la Sociedad o a cualquiera de sus subsidiarias; o a favor de quien sea o haya sido Director o funcionario de la Sociedad o de las sociedades arriba indicadas o a favor de sus esposas, viudas, familiares y dependientes; y asimismo, establecer, brindar subsidio y adherirse a toda institución, asociación, club o fondo que se estime beneficioso para la Sociedad o que mejore sus intereses y situación o los de cualquiera de las sociedades arriba mencionadas; realizar los pagos al seguro de dichas personas y llevar a cabo cualquiera de los actos descriptos en forma particular o conjunta con cualquiera de las sociedades indicadas. 29 Procurar que la Sociedad sea registrada, inscripta o reconocida en el resto del mundo fuera de las Islas Caimanes y establecer sucursales o representaciones en otras partes del mundo. 30 Establecer, promover o participar del establecimiento o promoción de sociedades o compañías con diversos fines, incluyendo, aunque no limitándose a la adquisición de todos o parte de los bienes, derechos y responsabilidades de la Sociedad, entre otros; y colocar o garantizar la colocación, toma, suscripción, u otra forma de adquisición de todas o parte de las acciones, el capital social, debentures, bonos o demás garantías de otras sociedades. 31 Vender, negociar, mejorar, desarrollar, administrar, permutar, gravar, otorgar autorizaciones, derechos de servidumbre y demás derechos sobre los bienes, activos y posesiones u obligaciones de la Sociedad, así como también comercializar, alquilar, constituir hipoteca o disponer de ellos; en todos los casos a cambio de la contraprestación que la Sociedad considere adecuada y sin limitar la generalidad de los alcances mencionados, ejercer dichas transacciones también en referencia a acciones, capital social, debentures, bonos o garantías de cualquier otra sociedad, ya sea que tengan o no objetos en todo o en parte similares a los de la Sociedad y ya sea que se encuentren totalmente integradas o no. 32 Distribuir entre los miembros de su clase los bienes de la Sociedad o lo producido de la venta o disposición de dichos bienes, en tanto esa distribución no equivalga a una reducción de capital, excepto con la autorización, si la hubiere, requerida por la Ley en ese momento. 33 Comprar, vender, negociar, alquilar, otorgar autorizaciones o derechos de servidumbre, conservar, mejorar, subdividir, administrar permutar o explotar, todo bien, ya sea mueble o inmueble y sus instalaciones y accesorios, así como aquellos que se encuentren unidos a éstos;
y, adquirir, comprar, alquilar, permutar, rentar, etc., terrenos, predios, bienes o los derechos sobre éstos; mejorarlos y, en general, conservarlos, administrarlos, comercializarlos, gravarlos, otorgar licencias, derechos de servidumbre y demás derechos sobre ellos y mejorar los bienes de la Sociedad o de cualquier otra sociedad o persona física; vender, alquilar, constituir hipoteca, prenda o disponer en otra forma de los terrenos, predios, bienes y demás pertenencias de la Sociedad o de otras sociedades, personas físicas o entidades; y, en general, llevar a cabo el giro comercial de los agentes inmobiliarios, corredores, gestores, explotadores y demás actividades relacionadas con éstos. 34 La Sociedad no realizará actividad comercial como entidad bancaria o institución fiduciaria autorizada, tal cual se encuentran definidas en la Ley de Regulación de Entidades Bancarias y Fiduciarias de 1966, en cualquiera de sus modificaciones introducidas por ley o en cualquiera de sus posteriores sanciones y por el plazo establecido; excepto en los casos en que dicha ley hubiere otorgado una autorización a la Sociedad a tal fin. 35 Emprender y llevar adelante la actividad comercial de todos los tipos de seguros y todos los tipos de garantía, reaseguro, contraseguro y resarcimiento y, en particular, sin perjuicio de la generalidad de los arriba mencionados, seguros inmobiliarios, de títulos, marítimos, contra incendios, de aeronaves, contra accidentes, contra terceros, contra asalto, robo, hurto, seguros integrales, por responsabilidad del empleador, por in-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 20/12/1999 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date20/12/1999

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Edition count9388

First edition02/01/1989

Last issue11/07/2024

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