Boletín Oficial de la República Argentina del 05/07/1999 - Segunda Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 29.180 2 Sección cibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del Juzgado. Asimismo, se ha decretado la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. El presente se expide por mandato de V.S. en los autos caratulados: ALBERTO
ENRIQUE MINIAN S.A. s/Quiebra, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.
Buenos Aires, 25 de junio de 1999.
Víctor A. Vivono, secretario.
e. 5/7 Nº 283.295 v. 12/7/99

Nº 20
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 20 a cargo del Dr. Raúl A. Taillade, Secretaría Nº 39, con asiento en Talcahuano 550
- piso 7º, Capital Federal, comunica por cinco días las nuevas fechas del Concurso Preventivo de VALPAFE S.A. Hasta el día 13 de Septiembre de 1999 los acreedores deberán presentar ante el síndico las peticiones de verificación. Fíjase el día 26/10/99 y 07/12/99 las fechas para la presentación por el Síndico de los informes de los arts. 35
y 39 respectivamente. Fíjase la fecha para la realización de la Audiencia Informativa respectiva, el día 10 de marzo de 2000 a las 10 horas, la que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Tribunal con los acreedores que concurran. El día 17/
03/2000 finalizará el Período de Exclusividad.
Buenos Aires, 29 de junio de 1999.
Ana V. Amaya, secretaria.
e. 5/7 Nº 17.275 v. 12/7/99
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 20, a cargo del Dr. Raúl A. Taillade, Secretaría Nº 39, a cargo de la Dra. Ana Valeria Amaya, sito en Talcahuano 550 - 7º, Capital, hace saber a los acreedores que en los autos caratulados TECNOGOMA S.A. s/Quiebra con fecha 07.06.99 se ha dispuesto publíquese edictos por dos días, haciéndose conocer la presentación del informe, el proyecto de distribución de fondos y la regulación de honorarios de primera instancia.
Buenos Aires, 22 de junio de 1999.
Ana V. Amaya, secretaria.
e. 5/7 Nº 283.216 v. 6/7/99
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 20, a cargo del Dr. Raúl A. Taillade, Secretaría Nº 39, en los autos caratulados IDEAFIX S.R.L. s/Quiebra, hace saber que con fecha 21 de mayo de 1999 se ha decretado la quiebra de IDEAFIX S.R.L. y que hasta el día 13/
8/99, se ha fijado el término dentro del cual los acreedores deberán presentar al Síndico Juan Alberto Ajuriagogeascoa con domicilio en Adolfo Alsina 756, 9no. B, Capital Federal, los títulos justificativos. El Síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la ley 24.522 los días 27/9/99 y 9/11/99, respectivamente. Prohíbese hacer pagos y/o entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces, intimando al fallido y a terceros que tengan bienes del fallido para que los pongan a disposición del Síndico dentro del quinto día. Intímase al fallido para que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado y para que entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, y para que en el plazo de cinco días acompañe un estado detallado y valorado del activo y pasivo, con indicación precisa de su composición, ubicación, estado y gravámenes de los bienes y demás datos necesarios para conocer debidamente su patrimonio. Para ser publicado en el Boletín Oficial por el término de cinco días sin pago previo.
Buenos Aires, 23 de junio de 1999.
Ana V. Amaya, secretaria.
e. 5/7 Nº 283.310 v. 12/7/99

Nº 21
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 21, a cargo del Dr. Germán Páez Castañeda, Secretaría Nº 42, a mi cargo, sito en Talcahuano Nro. 550, piso 7mo. de Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 17/06/
99, se decretó la quiebra a ESTEX S.A.C.I.E.I., con domicilio social en la calle Homero Nro. 1329
de Capital Federal designándose síndicos a Estudio M.C. Di Tullio & Asoc. con domicilio en la calle Juncal Nro. 2069, piso 2do. Depto. C, y/o en Avd.
Corrientes Nro. 1485, piso 5to. M, ambos de la Capital Federal, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 02/09/99, de 15 a 18 hs. El Sr. Síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 de la Ley 24.522, los días 18/10/99 y 29/11/99, respectivamente. Se intima a la deudora para que cum-

plimente los siguientes recaudos: a Entregue al síndico sus libros de comercio, documentación y bienes que tuviere en su poder, dentro de las 24
hs.; b Constituya domicilio procesal dentro de las 48 horas bajo apercibimiento de practicar las sucesivas notificaciones en los Estrados del Juzgado L.C.Q. 88, inc. 7; c Se abstengan sus administradores de salir del país sin previa autorización del Tribunal L.C.Q. 103. Se prohíben los pagos y entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces, y se intima a quienes tengan bienes y documentación de la fallida para que los pongan a disposición de la síndico en 24
hs.
Buenos Aires, 28 de junio de 1999.
Rafael F. Barreiro, secretario.
e. 5/7 Nº 283.214 v. 12/7/99
El Juzgado Comercial Nº 21 de la Capital Federal a cargo del Dr. Germán Páez Castañeda Secretaría Nº 41 a mi cargo sito en Talcahuano 550
piso 7, hace saber la apertura del Concurso Preventivo de CYCLOTEC S.A. El tribunal fijó plazo hasta el 25/8/99 para verificar créditos ante el síndico Mauricio León Zafrán los días jueves de 17.30
a 19 horas en Luis María Drago 231 Capital y de lunes a viernes de 14.30 a 18 horas en Avenida Corrientes 6139 piso 14 oficina F Capital 4 8554185/ 4 856-9456, quien presentará los informes previstos por los arts. 35 y 39 LC los días 6/10/99
y 17/11/99, respectivamente. La audiencia informativa se fija para el día 25.2.2000 a las 10 horas. El período de exclusividad se extenderá hasta el 3.3.2000. Publíquese en el Boletín Oficial por cinco días.
Buenos Aires, 25 de junio de 1999.
Darío Melnitzky, secretario.
e. 5/7 Nº 22.277 v. 12/7/99

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 21, a cargo del Dr. Germán Páez Castañeda, Secretaría Nº 47 con sede en Talcahuano 550, 7º piso, Capital Federal, comunica por cinco días, que se ha decretado la quiebra de CASA BOYALERO S. A. con fecha 13 de noviembre de 1998, en la cual se ha designado síndico al Contador Elvio Alejandro Anchieri con domicilio en Pasaje del Carmen 716, 8º piso, Depto. B, ante quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos, hasta el 11-08-99. El síndico deberá presentar el informe que establece el art. 35 de la ley 24.522
el día 24-9-99 y al que se refiere el art. 39 de la misma ley el día 9-11-99. Dado lo preceptuado por el artículo 88 del cuerpo legal citado se resuelve: Ordenar al fallido y a los terceros que entreguen al síndico los bienes de aquél, intimar al deudor para que cumpla en lo pertinente con los requisitos del art. 86 2º párrafo de la ley citada, prohibir hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces, intimar al deudor para que en el plazo de 48 horas constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado, intimar a la fallida y a los terceros que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. Firmado Germán Páez Castañeda, Juez.
Buenos Aires, 30 de junio de 1999.
Rafael F. Barreiro, secretario.
e. 5/7 Nº 283.471 v. 12/7/99

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL
DE LA SEGUNDA NOMINACION DE
VENADO TUERTO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Marcos E.
Ferrarotti, Secretaría del Dr. Ismael Manfrin, se hace saber que en los autos: SINDICO BANCO
INTEGRADO DEPARTAMENTAL COOP. LTDO.
s/Quiebra c/BUEDAS S.A. s/Extensión de Quiebra Expte. 668/97, se ha dictado la siguiente resolución: Nº 273. Venado Tuerto, 23 de abril de 1999. Y Vistos:; Resulta:; Y Considerando:;
Resuelvo: 1 Haciendo lugar a la demanda y declarando la quiebra por extensión de la sociedad BUEDAS SOCIEDAD ANONIMA, inscripta en la Inspección General de Justiciade Buenos Aires al Tomo A de S.A., Libro 108, Nº 6740 año 1990, con domicilio legal en calle Carlos Pellegrini 775, 3º Piso de Capital Federal. 2 Disponer en el presente procedimiento la formación de una masa separada de la quiebra actora y que actuará como Síndico el C.P.N. Juan Arnaldo Venturini, como Síndico ya designado dentro de los autos Nº 1379/95. 3 Confirmar la Inhibición General de la demandada, disponiéndose su tra-

ba mediante oficio, en el caso de que aún no se hubiere efectivizado dicha medida. 4 Ordenar a la demandada y a los terceros que oportunamente entreguen al Síndico todos los bienes de aquélla, debiendo, además, entregar al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5 Prohíbese hacer pagos a la fallida los que de hacerse serán ineficaces, intercéptese la correspondencia y entréguesela al Síndico oficiándose a tales fines. 6
Disponer la prohibición de ausentarse del país a los administradores de la fallida, a cuyos fines se oficiará a las reparticiones pertinentes. 7 Firme que quedare la presente se procederá a fijar las fechas que prevé el art. 88 de la ley concursal.
Notifíquese la presente mediante cédula en el domicilio legal de la demandada y mediante edictos que se publicarán por cinco días en los Boletines Oficiales de la Provincia de Santa Fe y de la Nación y diarios El Informe de Venado Tuerto y Clarín de Capital Federal. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Expte. Nº 668/
97. Fdo.: Dr. M. Ferrarotti Juez, Dr. I. Manfrin Secretario. Todo lo cual se hace saber a los efectos legales correspondientes. Se deja constancia que la presente publicación se deberá efectuar sin necesidad de previo pago, sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere art.
89, ley 24.522.
Venado Tuerto, 30 de abril de 1999.
Ismael F. Manfrin, secretario.
e. 5/7 Nº 283.322 v. 12/7/99
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Marcos E.
Ferrarotti, Secretaría del Dr. Ismael Manfrin, se hace saber que en los autos: SINDICO BANCO
INTEGRADO DEPARTAMENTAL COOP. LTDO.
s/Quiebra c/ ROSEMAR S.A. s/Extensión de Quiebra Expte. 674/97, se ha dictado la siguiente resolución: Nº 267. Venado Tuerto, 22 de abril de 1999. Y Vistos:; Resulta:; Y Considerando:;
Resuelvo: 1 Haciendo lugar a la demanda y declarando la quiebra por extensión de la sociedad ROSEMAR SOCIEDAD ANONIMA, inscripta en la Inspección General de Justicia de Buenos Aires al Tomo A de S.A., Libro 118, Nº 2739 año 1996, con domicilio legal en calle Rivadavia 755, 6º Piso K de Capital Federal. 2 Disponer en el presente procedimiento la formación de una masa separada de la quiebra actora y que actuará como Síndico el C.P.N. Juan Arnaldo Venturini, como Síndico ya designado dentro de los autos Nº 1379/
95. 3 Confirmar la Inhibición General de la demandada, disponiéndose su traba mediante oficio, en el caso de que aún no se hubiere efectivizado dicha medida. 4 Ordenar a la demandada y a los terceros que oportunamente entreguen al Síndico todos los bienes de aquélla, debiendo, además, entregar al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5 Prohíbese hacer pagos a la fallida los que de hacerse serán ineficaces, intercéptese la correspondencia y entréguesela al Síndico oficiándose a tales fines. 6 Disponer la prohibición de ausentarse del país a los administradores de la fallida, a cuyos fines se oficiará a las reparticiones pertinentes. 7 Firme que quedare la presente se procederá a fijar las fechas que prevé el art. 88 de la ley concursal. Notifíquese la presente mediante cédula en el domicilio legal de la demandada y mediante edictos que se publicarán por cinco días en los Boletines Oficiales de la Provincia de Santa Fe y de la Nación y diarios El Informe de Venado Tuerto y Clarín de Capital Federal. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Expte. Nº 674/97. Fdo.: Dr. M. Ferrarotti Juez, Dr. I. Manfrin Secretario. Todo lo cual se hace saber a los efectos legales correspondientes. Se deja constancia que la presente publicación se deberá efectuar sin necesidad de previo pago, sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere art. 89, ley 24.522.
Venado Tuerto, 30 de abril de 1999.
Ismael F. Manfrin, secretario.
e. 5/7 Nº 283.319 v. 12/7/99

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Marcos E.
Ferrarotti, Secretaría del Dr. Ismael Manfrin, se hace saber que en los autos: SINDICO BANCO
INTEGRADO DEPARTAMENTAL COOP. LTDO.
s/Quiebra c/ RIBERA TURISMO S.A. s/Extensión de Quiebra Expte. 676/97, se ha dictado la siguiente resolución: Nº 429. Venado Tuerto, 20 de mayo de 1999. Y Vistos:; Resulta:; Y Considerando:; Resuelvo: 1 Haciendo lugar a la de-

Lunes 5 de julio de 1999

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manda y declarando la quiebra por extensión de la sociedad RIBERA TURISMO SOCIEDAD ANONIMA, inscripta en la Inspección General de Justicia de Buenos Aires al Tomo A de S.A., Libro 108, Nº 7803 año 1990, con domicilio legal en calle Montevideo 373, 10º piso, Oficina 103 de Capital Federal. 2 Disponer en el presente procedimiento la formación de una masa separada de la quiebra actora y que actuará como Síndico el C.P.N.
Juan Arnaldo Venturini, como Síndico ya designado dentro de los autos Nº 1379/95. 3 Confirmar la Inhibición General de la demandada, disponiéndose su traba mediante oficio, en el caso de que aún no se hubiere efectivizado dicha medida. 4
Ordenar a la demandada y a los terceros que oportunamente entreguen al Síndico todos los bienes de aquélla, debiendo, además, entregar al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5
Prohíbese hacer pagos a la fallida los que de hacerse serán ineficaces, intercéptese la correspondencia y entréguesela al Síndico oficiándose a tales fines. 6 Disponer la prohibición de ausentarse del país a los administradores de la fallida, a cuyos fines se oficiará a las reparticiones pertinentes. 7 Firme que quedare la presente se procederá a fijar las fechas que prevé el art. 88
de la ley concursal. Notifíquese la presente mediante cédula en el domicilio legal de la demandada y mediante edictos que se publicarán por cinco días en los Boletines Oficiales de la Provincia de Santa Fe y de la Nación y diarios El Informe de Venado Tuerto y Clarín de Capital Federal. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Expte. Nº 676/97. Fdo.: Dr. M. Ferrarotti Juez, Dr. I. Manfrin Secretario. Todo lo cual se hace saber a los efectos legales correspondientes. Se deja constancia que la presente publicación se deberá efectuar sin necesidad de previo pago, sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere art. 89, ley 24.522.
Venado Tuerto, 26 de mayo de 1999.
Ismael F. Manfrin, secretario.
e. 5/7 Nº 283.334 v. 12/7/99
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, Dr. Marcos E. Ferrarotti, Secretaría del Dr. Ismael Manfrin, se hace saber que en los autos: SINDICO BANCO INTEGRADO DEPARTAMENTAL
COOP. LTDO. s/Quiebra c/ PIAZZA CASTELLO
S.A. s/Extensión de Quiebra Expte. 673/97, se ha dictado la siguiente resolución: Nº 274. Venado Tuerto, 23 de abril de 1999. Y Vistos:; Resulta:; Y Considerando:; Resuelvo: 1 Haciendo lugar a la demanda y declarando la quiebra por extensión de la sociedad PIAZZA
CASTELLO SOCIEDAD ANONIMA, inscripta en la Inspección General de Justicia de Buenos Aires al Tomo A de S.A., Libro 119, Nº 6275 año 1996, con domicilio legal en calle Rivadavia 755, 7º Piso M de Capital Federal. 2 Disponer en el presente procedimiento la formación de una masa separada de la quiebra actora y que actuará como Síndico el C.P.N. Juan Arnaldo Venturini, como Síndico ya designado dentro de los autos Nº 1379/95. 3 Confirmar la Inhibición General de la demandada, disponiéndose su traba mediante oficio, en el caso de que aún no se hubiere efectivizado dicha medida. 4 Ordenar a la demandada y a los terceros que oportunamente entreguen al Síndico todos los bienes de aquélla, debiendo, además, entregar al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5 Prohíbese hacer pagos a la fallida los que de hacerse serán ineficaces, intercéptese la correspondencia y entréguesela al Síndico oficiándose a tales fines. 6
Disponer la prohibición de ausentarse del país a los administradores de la fallida, a cuyos fines se oficiará a las reparticiones pertinentes. 7 Firme que quedare la presente se procederá a fijar las fechas que prevé el art. 88 de la ley concursal.
Notifíquese la presente mediante cédula en el domicilio legal de la demandada y mediante edictos que se publicarán por cinco días en los Boletines Oficiales de la Provincia de Santa Fe y de la Nación y diarios El Informe de Venado Tuerto y Clarín de Capital Federal. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Expte. Nº 673/97.
Fdo.: Dr. M. Ferrarotti Juez, Dr. I. Manfrin Secretario. Todo lo cual se hace saber a los efectos legales correspondientes. Se deja constancia que la presente publicación se deberá efectuar sin necesidad de previo pago, sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere art.
89, ley 24.522.
Venado Tuerto, 30 de abril de 1999.
Ismael F. Manfrin, secretario.
e. 5/7 Nº 283.329 v. 12/7/99

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Boletín Oficial de la República Argentina del 05/07/1999 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date05/07/1999

Page count52

Edition count9383

First edition02/01/1989

Last issue06/07/2024

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