Boletín Oficial de la República Argentina del 30/05/2024 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.431 - Primera Sección
18

Miércoles 29 de mayo de 2024

Que, en miras de fomentar mecanismos de transparencia y participación, previo al dictado de la presente medida, se ha puesto en conocimiento de los miembros de la Comisión de Seguimiento del convenio los cálculos efectuados para la actualización de las tarifas sustitutivas.
Que el Servicio Jurídico Permanente, dependiente de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios Nº22.520 t.o.
Decreto Nº438/1992 y sus normas modificatorias y complementarias, el Anexo II del Decreto NºDCTO-2019-50APN-PTE del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y los artículos 5 y 8 de la Ley N26.377.
Por ello, LASUBSECRETARIA DESEGURIDAD SOCIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1.- Apruébanse las tarifas sustitutivas del Convenio de Corresponsabilidad Gremial celebrado entre la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES UATRE y diversas entidades representativas de la actividad forestal de la Provincia del CHACO, homologado por la Resolución Nº7 de fecha 5 de octubre de 2010 de la entonces SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL t.o. Disposición NºDI-2022-5-APN-DNCRSSMT de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN DE LOS REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL, que como Anexo NºIF-2024-53909505-APN-DNPSSMT forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2.- Las tarifas sustitutivas especificadas en el Anexo NIF-2024-53909505-APN-DNPSSMT tendrán vigencia desde el 1º de junio de 2024 y hasta tanto no sean aprobadas unas nuevas tarifas por la autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese. Alexandra Biasutti NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 29/05/2024 N33512/24 v. 29/05/2024

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/05/2024 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date30/05/2024

Page count48

Edition count9416

First edition02/01/1989

Last issue03/08/2024

Download this edition