Boletín Oficial de la República Argentina del 02/10/2023 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

119

Boletín Oficial Nº 35.269 - Primera Sección SIGEA N

DN N

GUÍA N º
BTO

17525-277-2022

286/22

7082-B-00189899

1

17525-287-2022

343/22

PARTE CIM 297/22

1

Lunes 2 de octubre de 2023
DESCRIPCIÓN
RTTE: CACERES SUSANA, ORAN, SALTA
DEST: LUIS ROBERTO TACACHO, LA RIOJA.
NN

Liliana Alejandra Capurro, Administradora de Aduana.
e. 02/10/2023 N78972/23 v. 02/10/2023

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

ADUANA TUCUMÁN
EDICTO
Se notifica a los interesados de las actuaciones que en planilla se detallan, para que en el perentorio término de diez 10 días de notificados, tomen intervención en autos, presenten su defensa y ofrezcan todas las pruebas conducentes de que intentaren valerse en un mismo escrito y acompañar la documental que obren en su poder;
bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes al no comparecer, conforme a los arts.1101, 1105, 1106 del C.A.
Ley 22415 -. Asimismo deberán constituir domicilio legal en el radio urbano del asiento de esta Aduana, sito en calle San Martín Nros.608 / 610 3er.y 4to. Piso de la ciudad de San Miguel de Tucumán Tucumán o bien mediante algunos de los medios electrónicos que estableciere la reglamentación, bajo apercibimiento de tenerlos por constituido en la sede de esta Administración a los efectos de la actuación, según los arts. 1001, 1004, 1013
inc.g de la mencionada Ley, siendo también obligatorio el patrocinio letrado inscripto en la Matrícula Federal. En caso de concurrir a estos a derecho por interpósita persona, el representante deberá acreditar personería en los términos de los arts.1030, 1031 y 1036 de dicho Código Aduanero. Por último se les hace saber que, si dentro del plazo conferido para contesta la vista efectúa el pago voluntario del mínimo de la multa por la infracción imputada y hacen abandono de la mercadería secuestrada a favor del fisco, en caso de corresponder, se declarará extinguida la acción penal y no se registrará el antecedente como lo preveen los arts. 930 y 932 de la Ley 22415.
Con relación a la responsabilidad que le cabe sobre las obligaciones tributarias de importación, se le notifica de acuerdo a lo dispuesto en el art.1103 del citado texto legal. Asimismo, se les notifica que se procederá en forma inmediata a darle destinación aduanera subasta, donación y/o destrucción en caso de corresponder, a la mercadería involucrada en los términos de los arts. 439 y 448 del C.A. y de la Ley 25603. FIRMADO: Cr. DARIO
JAVIER TANUS Administrador Div.Aduana de Tucumán DI RANO Dario Javier Tanus, Administrador de Aduana.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 02/10/2023 N78804/23 v. 02/10/2023

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
EDICTO
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ARTICULO 1: DESESTIMAR
la denuncia incoada en las presentes actuaciones por la infracción prevista y penada por los Arts. 986/987 del C.A., en los términos del Art.1090 inc B del plexo legal citado, con relación a la mercadería detallada en el Item 1,1, del Acta Lote N 18622ALOT000380R, por ser la misma de origen nacional y proceder a la entrega de la misma.- ARTICULO 2: ARCHIVAR la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mercadería de los ítems del Acta Lote N18622ALOT000380R en los términos de la citada Instrucción General N2/2.023, a la acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria, y pago de los tributos que se liquiden. Asimismo, deberá exigirse previo a la entrega - en caso de corresponderla presentación de los Certificados o intervenciones de organismos competentes, conforme lo indicado por el verificador interviniente en el Acta de Verificación y Aforo, procediéndose en caso contrario, conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art.4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo, de corresponder, deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Nota Externa Nº57/07.- Fdo.: Abog. Marcos Marcelo Mazza-Jefe de División Sec 2- Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 02/10/2023 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date02/10/2023

Page count156

Edition count9394

First edition02/01/1989

Last issue12/07/2024

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