Boletín Oficial de la República Argentina del 14/06/2023 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.190 - Primera Sección
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Miércoles 14 de junio de 2023

ARTÍCULO 7.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Carlos Daniel Castagneto e. 14/06/2023 N44590/23 v. 14/06/2023

COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL18.8.77
Resolución General 5/2023

Termas de Río Hondo, 07/06/2023
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que a través de la Disposición de Presidencia N7/2023, del 15 de mayo de 2023, se dispuso que el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual Formulario CM05 correspondiente al período fiscal 2022
operará el día 30 de junio de 2023, correspondiendo aplicar el coeficiente unificado conforme lo establecido en la Resolución General N10/2019.
Que la mencionada Disposición de Presidencia N7/2023 fue dictada por mandato de las jurisdicciones adheridas.
Por ello, LACOMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL18/8/77
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ratifíquese la Disposición de Presidencia de la Comisión Arbitral Nº7/2023, que se anexa y forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese por un 1 día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese.
Luis Maria Capellano NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.
boletinoficial.gob.are. 14/06/2023 N44465/23 v. 14/06/2023

COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL18.8.77
Resolución General 6/2023

Termas de Río Hondo, 07/06/2023
VISTO:
Las normas de las jurisdicciones provinciales estableciendo un Régimen de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para quienes revistan o asuman la calidad de contribuyentes comprendidos en las normas del Convenio Multilateral, que será aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras,y CONSIDERANDO:
Que en el seno de esta Comisión Arbitral se ha consensuado el contenido de las normas necesarias para la implementación del régimen y se ha dictado la Resolución General Nº104 aprobando el Sistema de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias SIRCREB y sus modificatorias RG 110/2004, 11/2008, 3/2009, 13/2011, 8/2015 y 6/2018;
Que la Comisión Arbitral tiene una función central en la coordinación de los distintos actores de dicho sistema, para lo cual fue necesario establecer los procedimientos que regularán el comportamiento de las entidades que actuarán como agentes de recaudación en lo referido a la inclusión en el régimen, las claves de acceso, los mecanismos de presentación de declaraciones juradas, el pago de las mismas y la metodología de uso del sistema para la recuperación del padrón y otras opciones de consulta;
Que dichos procedimientos fueron descriptos en un anexo de la citada resolución general, aprobado por el artículo 3 de la misma;
Que en virtud de la finalización del servicio de cámara compensadora prestado por Provincanje SA, resulta necesario establecer una nueva metodología de pago y distribución de fondos;

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Boletín Oficial de la República Argentina del 14/06/2023 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date14/06/2023

Page count155

Edition count9397

First edition02/01/1989

Last issue15/07/2024

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