Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2022 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.997 - Primera Sección

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Lunes 5 de septiembre de 2022

DIRECCIÓN NACIONAL DEMIGRACIONES

El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, sito en Avda. Hipólito Yrigoyen N952, CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, notifica a la sumariada CUT CORPORACIÓN-CARMINATTI HNOS. S.R.L., la Apertura de Sumario, dispuesta en el Expediente EX-2019-99976442- -APN-DDDNM, que dice: Buenos Aires, 08 de Septiembre de 2021.- VISTO el Acta Circunstanciada de Infracción de fecha 05/10/2019 que motiva las presentes actuaciones, obrante en orden 3, en el cual el funcionario interviniente constató que la pasajera Agustina Candelaria MARTINEZ
ESPINDOLA, de nacionalidad argentina, en el OMNIBUS Dominio PTC0152, de CARMINATTI HNOS. S.R.L., pretendía egresar del país sin su correspondiente documentación habilitante la pasajera, menor de edad, se presenta en compañía de quienes dicen ser sus padres con copia simple de su partida de nacimiento y sin otro documento hábil que acredite el vínculo invocado, lo que prima facie podría configurar infracción a las disposiciones del art. 38 y siguientes de la Ley 25.871, INSTRUYASE SUMARIO DE FALTAS, a CARMINATTI HNOS.
S.R.L, con domicilio en Eva Perón N26, Terminal de ómnibus, ventanilla 7 de la ciudad de Gualeguay, provincia de Entre Ríos., de conformidad a lo previsto por el art. 15 inc. a del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones aprobado por Decreto Nº616/2010. Notifíquese en los términos del art. 16 del Título II del Anexo II
del Reglamento de Migraciones, haciéndose saber que en el plazo de DIEZ 10 días hábiles administrativos podrá presentar su descargo y ofrecer las pruebas que estime corresponder. Se le hace saber que, por Disposición DNM
Nº2201/2010 Publicada en el B.O. el 19/11/2010, modificada por Disposición DNM N4653/2016 Publicada en el B.O. el 09/09/2016, y por Disposición DNM N389/2022 Publicada en el B.O el 07/03/2022, se ha aprobado el Régimen de facilidades de pago por infracción a los artículos 55 y 59 de la Ley Nº 25.871. Dicho régimen prevé la posibilidad de obtener una reducción en el monto de las sanciones y su pago en cuotas. Para poder solicitar su acogimiento al mismo deberá presentarse personalmente, antes del dictado el acto administrativo de imposición de sanción, en Hipólito Yrigoyen N952, PB, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes, en el horario de 10 a 16 horas, con la documentación que acredite su personería D.N.I.; estatuto social; designación de representantes; etc. en original y copia. -Fdo. Dr. Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones-;Buenos Aires, 27 de Julio de 2022.- Atento el estado de las presentes actuaciones, y lo informado por la CNRT y la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de la Provincia de Entre Ríos, en el orden 34 y 30, notifíquese a la sumariada CUT CORPORACION CARMINATTI
HNOS S.R.L. la apertura de sumario, dispuesta en el orden 15 , mediante la publicación de edictos por tres días en el Boletín Oficial -Fdo. Dr. Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales Dirección Nacional de Migraciones-.
Alicia Margarita Zalazar, Asistente Administrativa, Dirección Operativa Legal.
e. 02/09/2022 N68870/22 v. 06/09/2022

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES

EDICTO DE NOTIFICACIÓN art. 42 del DEC. 1759/72
Notifíquese a RADIO NUEVO HORIZONTE que en el expediente EX-2022-41313648-APN-SDYMEENACOM, se ha dictado la RESOL-2022-1731-APN-ENACOMJGM, de fecha 30/8/2022 que en su parte resolutiva dice:
ARTÍCULO 1º.- Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado RADIO NUEVO HORIZONTE, que emite en la frecuencia 95.7 MHz, desde el domicilio sito en la calle San Juan S/N, entre Guemes y 1 de Mayo , de la localidad de MONTE
CASEROS, provincia de CORRIENTES. ARTÍCULO 2º.- Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. ARTÍCULO 3º.En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión, mediante la ejecución del correspondiente mandamiento librado por el Juez competente, adjuntándose a tal fin, copia autenticada de la presente. ARTÍCULO 4º.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes y cumplido, archívese. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente del Ente Nacional de Comunicaciones.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 01/09/2022 N68509/22 v. 05/09/2022

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Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2022 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date05/09/2022

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First edition02/01/1989

Last issue15/07/2024

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