Boletín Oficial de la República Argentina del 18/05/2022 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.922 - Primera Sección
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Martes 17 de mayo de 2022

Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, para desempeñarse en la UNIDAD GABINETE DE
ASESORES por el período comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2022, con una Compensación Transitoria del VEINTE POR CIENTO 20% de la asignación básica del nivel.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de este acto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Martín Ignacio Soria e. 17/05/2022 N34742/22 v. 17/05/2022

MINISTERIO DEOBRAS PÚBLICAS
Resolución 131/2022
RESOL-2022-131-APN-MOP

Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2022
Visto el Expediente NºEX-2022-38608028-APN-DDRRHHMOP, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 415 del 30
de junio de 2021 y su modificatorio, la Resolución Nº53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº415 del 30 de junio de 2021 y su modificatorio, se homologó el Acta Acuerdo de fecha 26 de mayo de 2021 y su Anexo, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO S.I.N.E.P., homologado por el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, por la cual se acordó, como cláusula tercera, que el Estado Empleador establecería un Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal permanente comprendido en dicho Convenio, previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera Co.P.I.C..
Que la citada Comisión Permanente de Interpretación y Carrera Co.P.I.C. se ha expedido favorablemente mediante el Acta Nº172 del 11 de febrero de 2022 IF-2022-16064393-APN-COPIC.
Que mediante el artículo 2 de la Resolución Nº53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2098/2008, que reviste en la planta permanente, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del presente proceso y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E del citado convenio.
Que, en dicho marco, el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS promueve el desarrollo de carrera de sus agentes de planta permanente bajo los lineamientos de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, fortaleciendo la igualdad de oportunidades, potenciando la carrera administrativa y la mejora de las condiciones laborales en la repartición, todo lo cual es condición y sustento para la inclusión, formulación e implementación de políticas de fortalecimiento del empleo público, que sin duda redundan en la mejor gestión de esta jurisdicción.
Que, a fin de sustanciar el procedimiento correspondiente, resulta necesario dar inicio al citado régimen, conforme la vigencia establecida en el Acta Acuerdo del 26 de mayo de 2021, homologada por el Decreto Nº415/21 y su modificatorio, integrar el Comité de Valoración y designar al Secretario Técnico Administrativo.
Que los integrantes del Comité de Valoración tienen entre sus responsabilidades, verificar los antecedentes curriculares y laborales de los postulantes y determinar la pertinencia en la titulación y experiencia con el puesto y nivel al que se postula, constatar el cumplimiento de los requisitos del puesto y nivel, evaluar las observaciones que formulen los veedores, requerir la asistencia y colaboración de expertos de ser necesario, elaborar un Acta de Aprobación resultante de la valoración y elevar para su aprobación el acto administrativo correspondiente.
Que la presente medida, en esta instancia, no implica erogación presupuestaria.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Programación y Control Presupuestario de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE GESTÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 18/05/2022 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date18/05/2022

Page count88

Edition count9413

First edition02/01/1989

Last issue31/07/2024

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