Boletín Oficial de la República Argentina del 05/04/2022 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.894 - Primera Sección
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Martes 5 de abril de 2022

de gestión ambiental; eso es previo al inicio de toda construcción. Dicho plan va a contener todos los programas mitigatorios para minimizar estos impactos, los cuales han sido detectados con la realización del correspondiente estudio de evaluación de impacto ambiental.
Que, asimismo, señaló que para la etapa de operación y mantenimiento esta ampliación va a estar comprendida bajo el sistema actual de gestión ambiental que tiene desarrollado TRANSENER de acuerdo a la normativa y requisitorias del ENRE por su resolución 178/2007, el cual está siendo auditado por un organismo internacional.
Que destacó, seguidamente, que ante el supuesto que el ENRE otorgue el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública, la construcción de la Ampliación en la ET Puerto Madryn debe ser supervisada por TRANSENER S.A., conforme los términos del Título V, artículo 32, del Reglamento de Acceso y Ampliación del Sistema de Transporte, a los efectos de garantizar que todas las fases de su construcción se realicen en acuerdo con las guías de diseño aprobadas por el ENRE, como así también, con relación a las especificaciones para el sistema de transporte.
Que, para la etapa de Operación y Mantenimiento, considerando que la estación transformadora actual de Puerto Madryn es operada y mantenida por TRANSENER S.A. y, con el criterio de único operador de estaciones transformadoras, TRANSENER S.A. deberá tomar a su cargo la Operación y Mantenimiento de las nuevas Ampliaciones, conforme las obligaciones y derechos de su Contrato de Concesión. En ese sentido, solicitó al ENRE
que otorgue el correspondiente cargo de transformación para que TRANSENER S.A. perciba la remuneración pertinente.
Que, en atención a lo manifestado en la audiencia, los comentarios indicados precedentemente y los que obran en el expediente del Visto, como así también los emitidos por CAMMESA oportunamente, el representante de TRANSENER S.A. expresó su conformidad para que el ENRE otorgue el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública a los fines de permitir la construcción y futura Operación y Mantenimiento de la instalación de un banco de transformación en la ET Puerto Madryn.
Que, a continuación, hizo uso de la palabra el señor Mariano UNZUÉ, representando a GOLDWIND ARGENTINA
y PE Blanca VI, en su calidad de Gerente de Proyecto, resaltando que ya ha sido representado por quienes le precedieron en el uso de la palabra.
Que, acto seguido, se procedió a cederle el uso de la palabra a los oradores inscriptos en la audiencia, los señores Fabrizio CARDINI y Jorge Alberto BAUER, quienes luego habérselos habilitado en la plataforma digital en la cual se estaba llevando a cabo la audiencia, no hicieron uso de la misma.
Que, por todo ello y, no habiendo otros interesados en participar, se procedió a dar por concluida la Audiencia Pública.
Que a través del IF-2022-20221260-APN-ARYEEENRE, se incorpora al expediente, la versión taquigráfica de la Audiencia Pública celebrada.
Que, por consiguiente, habiéndose realizado la Audiencia Pública, sin que se hayan registrado oposiciones a la obra de Ampliación objeto de la convocatoria y, en atención a las opiniones favorables de CAMMESA y de la propia transportista, corresponde otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra a realizarse en la ET Puerto Madryn, consistente en la instalación de UN 1 nuevo banco de transformación 500/132 kV 600
MVA, conformado por TRES 3 transformadores monofásicos de 500/132 kV 200 MVA más una fase de reserva, la prolongación de la barra de 500 kV , construcción de UNA 1 nueva calle y la construcción de UN 1 nuevo campo en el nivel de 132 kV para permitir la acometida del nuevo banco de transformación.
Que, sin perjuicio de lo antes consignado, resulta procedente observar que, según lo informado por la SECRETARÍA
DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA mediante comunicación adjunta al Memorando ME-2022-26269396APN-RIENRE, por un error involuntario, la convocatoria a la Audiencia Pública fue publicada conforme lo dispuesto por la Resolución RESOL-2022-9-APN-ENREMEC, salvo que en lugar de haberse efectuado en DOS 2 diarios de amplia circulación nacional, se publicó sólo en UNO 1.
Que por lo expuesto, a fin de asegurar el cumplimiento en autos de las finalidades de las publicaciones omitidas, corresponde disponer que se publique el presente acto, con los mismos alcances y modalidades que lo estableciera la referida resolución, haciendo saber que, por un plazo de CINCO 5 días hábiles administrativos a ser computados desde la última publicación efectuada, se encuentra a disposición de quien quiera consultarlo, en la página web del ENRE https www.argentina.gob.ar/enre el expediente de la referencia con todos los antecedentes de la audiencia; ello, a fin de quien se encuentre interesado pueda realizar, dentro del referido plazo, las manifestaciones y/o consultas que estime corresponder en orden a los asuntos objeto de tratamiento en la Audiencia Pública celebrada en autos, debiendo presentar dichas manifestaciones por escrito, en referencia al trámite de este expediente, habilitándose a tales efectos, mediante el acceso a la página web de este Organismo https www.
argentina.gob.ar/enre. Transcurrido el referido plazo, operará el otorgamiento del Certificado y Conveniencia Pública que se dispone en este acto.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 05/04/2022 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date05/04/2022

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First edition02/01/1989

Last issue11/07/2024

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