Boletín Oficial de la República Argentina del 20/02/2022 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.861 - Primera Sección
Viernes 18 de febrero de 2022

Por ello, LADIRECTORA NACIONAL DERELACIONESYREGULACIONES DELTRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa GEFCO
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, obrante en páginas 15/17 del IF-2019-82078434-APNDGDMTMPYT del EX-2019-81965497- -APN-DGDMTMPYT, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del Acuerdo identificado en el Artículo 1 de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N20.744 t.o 1976 y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº8/89 E.
ARTICULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Gabriela Marcello NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 18/02/2022 N5755/22 v. 18/02/2022

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DERELACIONES YREGULACIONES DELTRABAJO
Disposición 437/2021
DI-2021-437-APN-DNRYRTMT
Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2021
VISTO el EX-2019-83778812-APN-DGDMTMPYT del registro del Entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y
TRABAJO, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Ley Nº23.546 t.o.2004,y CONSIDERANDO:
Que en las páginas 8, 10 y 12 del IF-2019-83930253-APN-DGDMTMPYT de los presentes actuados, obran el acuerdo y anexo celebrados entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR
DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa SOGEFI FILTRATION ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o.
2004.
Que a través del presente se establece una recomposición salarial, dentro de los términos y lineamientos estipulados.
Que el acuerdo traído a estudio es concertado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N27/88.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas insertas, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos y por ante esta Cartera de Estado.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N14.250 t.o. 2004.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 20/02/2022 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date20/02/2022

Page count83

Edition count9386

First edition02/01/1989

Last issue04/07/2024

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