Boletín Oficial de la República Argentina del 17/01/2022 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.837 - Primera Sección
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Lunes 17 de enero de 2022

Primer Premio: dotado con la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL $250.000.- a Adriana Victoria PUIGGROS D.N.I. N4.136.996 por su obra Adiós Sarmiento. Educación pública, iglesia y mercado Orden 16.
Segundo Premio: dotado con la suma de PESOS CIENTO SESENTA MIL $160.000.- a Isabelino Ahmed SIEDE
D.N.I. N16.245.763 por su obra Peripecias de los derechos humanos en el currículo escolar de Argentina Orden 15.
Tercer Premio: dotado con la suma de PESOS NOVENTA MIL $90.000.- a Hugo Edgardo BIAGINI D.N.I.
N4.267.162 por su obra La reforma universitaria y nuestra América Orden 53.
Menciones Especiales: a Federico Guillermo LORENZ D.N.I. N21.924.815 por su obra Elogio a la docencia.
Cómo mantener viva la llama Orden 04, a Diego Luis BENTIVEGNA D.N.I. N21.942.528 por su obra La eficacia literaria. Configuraciones discursivas de literatura nacional en manuales argentinos 1866-1947 Orden 26 y a Daniel Héctor CALMELS D.N.I. N8.437.965 por su obra El juego corporal Orden 23.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese.
Tristán Bauer NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 17/01/2022 N1466/22 v. 17/01/2022

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL
Resolución 23/2022
RESOL-2022-23-APN-MDS

Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2022
VISTO el Expediente NºEX-2021-125968746- -APN-SGAMDS, la Ley de Ministerios Nº22.520, texto ordenado por Decreto Nº438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorios, la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº11.672 texto ordenado 2014 y sus modificatorias, la Ley Nº27.431 y sus modificatorias, el Decreto Nº167 del 2 de marzo de 2018,y CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios y sus modificatorias establece que compete a este MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la política social orientada a la asistencia, promoción, cuidados e inclusión social y el desarrollo humano, la seguridad alimentaria, la reducción de la pobreza, el desarrollo de igualdad de oportunidades para los sectores más vulnerables, en particular para las personas con discapacidad, las niñas, los niños y adolescentes, las mujeres y los adultos mayores, la protección de las familias y el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias, así como en lo relativo al acceso a la vivienda y el hábitat dignos y a la integración socio urbana, y al cumplimiento de los compromisos asumidos en relación con los tratados internacionales y los convenios multinacionales, en materia de su competencia.
Que, adicionalmente, la citada norma establece como competencias específicas de esta Cartera Ministerial, entre otras, la de intervenir en las actividades de carácter internacional relacionadas con el desarrollo social como así también ejercer la representación de la REPÚBLICA ARGENTINA en las reuniones, foros y ámbitos internacionales vinculados con el desarrollo humano, la promoción y garantía de los derechos sociales; y la de entender en la coordinación de toda la política social del Estado Nacional y sus respectivos planes de desarrollo en los ámbitos nacional, provincial y municipal, diseñando, promoviendo y apoyando las actividades tendientes a mejorar la estructura institucional de las políticas y programas sociales públicos.
Que, necesidades de gestión tornan menester el establecimiento y fortalecimiento de diversos canales de relación de las áreas de la Jurisdicción con organismos de la Administración Pública Nacional, provincial y subnacional, así como en ámbitos internacionales.
Que el artículo 108 de la Ley Nº27.431, incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº11.672
y sus modificatorias, facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a crear unidades ejecutoras especiales temporarias

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Boletín Oficial de la República Argentina del 17/01/2022 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date17/01/2022

Page count76

Edition count9410

First edition02/01/1989

Last issue28/07/2024

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