Boletín Oficial de la República Argentina del 10/08/2021 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.721 - Primera Sección
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Martes 10 de agosto de 2021

POLICIALES Y DE SEGURIDAD FEDERALES y tiene como objetivo potenciar las capacidades institucionales para facilitar las acciones de manera integral y destinadas a reducir las condiciones de reproducción de la violencia.
Que la presente medida no genera mayor erogación presupuestaria.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la jurisdicción ha tomado la intervención que le corresponde.
Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud de los artículos 4, inciso b, apartado 9, y 22 bis, de la Ley de Ministerios t.o. 1992 y sus modificaciones.
Por ello, LAMINISTRA DESEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Modelo de Acta Acuerdo IF-2021-57370663-APN-SSDBYGMSG que como Anexo forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese a las Provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3.- Invítese a los Gobiernos de las Provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a que adhieran en ejercicio de su competencia, en la forma y la medida más conveniente en el marco de la emergencia sanitaria, al Acta Acuerdo.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sabina Andrea Frederic NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 10/08/2021 N55678/21 v. 10/08/2021

MINISTERIO DESEGURIDAD
Resolución 387/2021
RESOL-2021-387-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2021
VISTO el Expediente EX-2021-49834965- -APN-DNCJYMPMSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N26.375, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº445 y M.S. Nº271 del 24 de junio de 2016, las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nros. 828 del 27 de septiembre de 2019, 433 y 437 del 18 de noviembre de 2020, 444 y 449 del 25 de noviembre de 2020, y 54 del 9 de febrero del 2021,y CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N26.375 se creó un FONDO DE RECOMPENSAS, en jurisdicción del entonces MINISTERIO
DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD ESPECIAL PARA
BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, o a otra dependencia que la autoridad de aplicación determine, datos útiles mediante informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen determinantes para la detención de personas buscadas por la justicia que registren orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.
Que oportunamente se dictaron la Resoluciones del Ministerio de Seguridad Nros. 433/2020, 437/2020, 444/2020, 449/2020, y 54/2021, mediante las cuales se ofrecieron recompensas de acuerdo a la Ley 26.375, de PESOS
QUINIENTOS MIL $500.000, destinada para aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de, Carlos Alberto ARROYO, D.N.I. N10.554.063, José Luis PIEDRA D.N.I. N7.740.810, Horacio GONZÁLEZ LLANOS D.N.I. N8.521.686, Fernando Federico DELGADO
D.N.I. N7.648.868, Juan Carlos LINAREZ L.E. N6.441.275, Héctor Mario SCHWAB D.N.I. N8.097.470, Jorge Raúl VILDOZA D.N.I. N 3.793.179, Ángel Ervino SPADA L.E. N 5.082.955, Miguel Ángel GARCIA MORENO
L.E. N4.420.438, Juan Carlos VAZQUEZ SARMIENTO D.N.I. N7.783.829, Antonio TUTTOLOMUNDO D.N.I.
N 12.404.990, Alejandro Vicente MICHELUTTI D.N.I. N 11.827.601, y de PESOS UN MILLON $1.000.000
destinada para aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan

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Boletín Oficial de la República Argentina del 10/08/2021 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date10/08/2021

Page count67

Edition count9413

First edition02/01/1989

Last issue31/07/2024

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