Boletín Oficial de la República Argentina del 19/07/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.704 - Primera Sección
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Lunes 19 de julio de 2021

necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº812/20 se facultó a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES a realizar compulsas tendientes a obtener propuestas que podrán dar lugar a la celebración de Acuerdos Nacionales, con el objeto de atender la emergencia en el marco de lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº260/20, su modificatorio y complementarias.
Que mediante la Disposición ONC Nº83/20 y su modificatoria se reguló el trámite complementario al establecido en la Decisión Administrativa Nº 812/20 para poder realizar las compulsas que permitan celebrar Acuerdos Nacionales de Emergencia COVID-19 y ponerlos a disposición de los organismos interesados, a fin de facilitar la gestión por parte del personal de las Unidades Operativas de Contrataciones y de todos los actores involucrados en la adjudicación y perfeccionamiento de los contratos que se celebren a su amparo.
Que, en ese marco, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES llevó adelante una compulsa con el fin de obtener propuestas para dar lugar a la celebración de Acuerdos Nacionales Emergencia COVID 19, con el objeto de procurar la provisión de Alimentos en el contexto de la emergencia COVID-19, la cual tramitó en el sistema COMPR.AR como Contratación Directa por Emergencia Nº999-0002-CDI21.
Que mediante Disposición ONC N 43/21 se aprobó la referida compulsa y se integró el Acuerdo Nacional Emergencia COVID-19 N9 con las ofertas y para los renglones allí indicados.
Que mediante Resolución MDS N846/21, entre otros extremos, se adjudicó en el marco del Acuerdo Nacional Emergencia COVID-19 N9, el renglón 302 a la firma GRUPO ÁREA S.R.L. alternativa 1.
Que por el expediente citado en el VISTO tramita la solicitud de adherir al Acuerdo Nacional Emergencia COVID-19
N9, efectuada por la SUBSECRETARÍA DE ASISTENCIA CRÍTICA, para el renglón 302, el cual tiene por objeto azúcar común tipo A en paquetes de UN 1 kilogramo cada uno, en atención al aumento de la cantidad ofertada para dicho renglón, informado por la firma GRUPO ÁREA S.R.L. y su constatación en la plataforma ACORD.AR.
Que, en consecuencia, la mencionada Subsecretaría consideró que no resulta necesario solicitar nuevamente documentación complementaria al oferente relacionada con el producto correspondiente a su alternativa 1 del renglón 302, dado que la misma ya fue oportunamente requerida, presentada y analizada en ocasión de la solicitud original.
Que la referida Subsecretaría, en el marco de las competencias establecidas en el Decreto N 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus normas modificatorias y complementarias, fundamenta dicho requerimiento en la necesidad de abastecer a la población en situación de vulnerabilidad, y prever los mecanismos para garantizar la asistencia alimentaria a comedores, residencias y otros dispositivos de manera acorde con la emergencia socio sanitaria y de conformidad con lo establecido en el COMPONENTE B de la Resolución MDS N8/20 que aprueba el PLAN NACIONAL ARGENTINA CONTRA EL HAMBRE cuyo objetivo es garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de toda la población y familias argentinas, con especial atención en los sectores de mayor vulnerabilidad económica y social.
Que la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL prestó conformidad al mencionado requerimiento, solicitando se le diera curso al trámite correspondiente.
Que intervino la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN en el marco de su competencia, sin formular observaciones.
Que la DIRECCIÓN DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA, la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD
ALIMENTARIA, en su carácter de áreas técnicas, y la SUBSECRETARÍA DE ASISTENCIA CRÍTICA, en su carácter de Unidad Requirente, evaluaron la documentación técnica presentada oportunamente, concluyendo que la oferta de la firma GRUPO ÁREA S.R.L. para el renglón 302, alternativa 1, cumple con lo solicitado en las Especificaciones Técnicas requeridas en el Acuerdo Nacional Emergencia COVID-19 N9.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES verificó el cumplimiento de los requisitos administrativos exigidos en la normativa aplicable a las contrataciones de la Administración Nacional, consideró lo indicado oportunamente por la evaluación técnica efectuada por la DIRECCIÓN DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD
ALIMENTARIA, cuyas conclusiones fueron compartidas por la Titular de la citada Dirección, intervenciones que cuentan con la conformidad de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA y de la SUBSECRETARÍA
DE ASISTENCIA CRÍTICA, en su carácter de Unidad Requirente, elaborando el Informe en el cual recomendó adjudicar en el marco del Acuerdo Nacional Emergencia COVID19 N9, a la oferta presentada por la firma GRUPO
ÁREA S.R.L., TRESCIENTOS NOVENTA MIL 390.000 envases de azúcar común tipo A de UN 1 kilogramo cada uno, marca ES-SA, correspondientes al renglón 302 alternativa 1; por ser una oferta ajustada técnicamente a lo requerido en el Acuerdo Nacional Emergencia COVID-19 N9, según lo informado por las áreas técnicas y la Unidad Requirente mencionadas precedentemente; por ser una oferta económicamente conveniente conforme

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Boletín Oficial de la República Argentina del 19/07/2021 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date19/07/2021

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Edition count9415

First edition02/01/1989

Last issue02/08/2024

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