Boletín Oficial de la República Argentina del 25/11/2020 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.528 - Primera Sección
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Miércoles 25 de noviembre de 2020

Que los datos obtenidos en la campaña de evaluación efectuada en la Unidad de Manejo UM B muestran una baja presencia de lances con predominio de ejemplares de talla comercial, al mismo tiempo que un incremento de la biomasa total, producto del crecimiento de las cohortes 2017-2018 y 2018-2019, y una biomasa comercial ligeramente superior a la del año 2019.
Que el INIDEP propone implementar un área de cierre a la actividad pesquera, a fin de proteger la evolución en talla de ejemplares no comerciales, y sugiere habilitar a la pesca el resto de la superficie que define la UM B, con el objetivo de facilitar la estrategia de exploración y búsqueda del recurso por parte de la flota comercial.
Que el Instituto presenta diferentes alternativas a implementar respecto de las biomasas a extraer en la UM durante el año 2021, en el área factible de pesca, que se ubican en un rango de 2.002 a 5.927 toneladas y recomienda continuar aplicando un criterio precautorio.
Que en el plano temporal el Instituto sugiere aplicar las medidas considerando el lapso anual con fecha de inicio el 1º de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2021.
Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de la presente de conformidad con el artículo 9 incisos c y f y artículo 18 de la Ley N24.922 y el artículo 9 del Decreto N748 de fecha 14 de julio de 1999.
Por ello, ELCONSEJO FEDERAL PESQUERO
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Prohíbese la captura de vieira patagónica Zygochlamys patagonica en el área de la Unidad de Manejo UM B delimitada por las coordenadas definidas en el ANEXO IF-2020-00000178-CFP-CFP de la presente resolución, por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.
ARTICULO 2.- Autorízase la captura de vieira patagónica Zygochlamys patagonica en las zonas de la Unidad de Manejo UM B no comprendidas dentro del área definida en el artículo anterior, por el período que va desde el 1
de enero al 31 de diciembre de 2021.
ARTICULO 3.- Establécese la Captura Máxima Permisible CMP de vieira patagónica Zygochlamys patagonica entera y de talla comercial, para las zonas habilitadas dentro de la UM B, para el período comprendido entre el 1
de enero y el 31 de diciembre de 2021, en TRES MIL 3.000 toneladas.
ARTICULO 4.- La Unidad de Manejo mencionada en el artículo anterior se encuentra definida en el Anexo I de la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO Nº5, de fecha 11 de junio de 2014.
ARTICULO 5.- La presente resolución podrá ser revisada por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO y, de ser necesario, complementada o modificada a partir de la información y las recomendaciones del INSTITUTO
NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO.
ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Gabriela Gonzalez Trilla - Carlos Cantú - Antonio Alberto Macchioli Jorge Bridi - Carlos Angel Lasta - Josefina Bunge - Maria Lucrecia Bravo Carlos Damian Liberman NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 25/11/2020 N58209/20 v. 25/11/2020

CONSEJO NACIONAL DECOORDINACIÓN DEPOLÍTICAS SOCIALES
Resolución 83/2020
RESOL-2020-83-APN-CNCPSPTE

Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2020
VISTO el EX-2020-64463688- APN - DDYMECNCPS,y, CONSIDERANDO:
Que resulta necesario atender la situación de emergencia multicausal en la que se encuentra la Argentina, debido a situaciones preexistentes agravadas por la pandemia generada por el virus COVID-19. Que, por conducto de la Ley 27.541 DE SOLIDARIDAD SOCIAL Y REACTIVACIÓN PRODUCTIVA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

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Boletín Oficial de la República Argentina del 25/11/2020 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date25/11/2020

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Edition count9412

First edition02/01/1989

Last issue30/07/2024

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