Boletín Oficial de la República Argentina del 14/09/2020 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.473 - Primera Sección
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Lunes 14 de septiembre de 2020

requisito de poseer visera superior que impida la contaminación por fluidos descendentes. Su oferta no cumple con lo indicado en la Disposicion SRT 16/2020 Anexo II, publicada en Boletin Oficial con fecha 11/08/2020.
Que, de los Certificados REPSAL incorporados al Expediente surge que ninguno de los oferentes presenta sanciones laborales publicadas en el listado del REGISTRO PÚBLICO DE EMPLEADORES CON SANCIONES
LABORALES, vigentes al 20 de julio de 2020.
Que, de los Certificados de Deuda AFIP obrantes en este Expediente se desprende que la firma EQUIMÉDICA
S.R.L. IF-2020-53504897-APN-GAENARGAS, el Sr. RAMIRO GASTÓN NOLASCO IF-2020-53505253-APNGAENARGAS y la firma SCHNITT S.R.L. IF-2020-53505501-APN-GAENARGAS poseen deuda líquida y exigible con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS AFIP, en tanto que el resto de los oferentes presentados no poseen deuda líquida y exigible con dicha Administración.
Que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES elaboró el Cuadro Comparativo de Precios IF-2020-55561810APN-GAENARGAS mediante el cual se aconsejó adjudicar el Renglón N3 a la firma ARGIE TOURS S.R.L. y el Renglón N2 al Sr. MARCELO JAVIER KERTZMAN por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS $139.400,00 por ser las ofertas más convenientes en los términos establecidos en el Decreto N1023/01 y su Decreto Reglamentario.
Que del documento Confirmación de Ofertas IF-2020-55563177-APN-GAENARGAS, se desprende que: i para el Renglón N2 la oferta recomendada es la del Sr. MARCELO FABIÁN KERTZMAN por la suma de PESOS TREINTA
Y NUEVE MIL NOVECIENTOS $39.900,00; ii para el Renglón N3 la oferta recomendada es la de la firma ARGIE
TOURS S.R.L. por la suma de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS $99.500,00; iii no existen ofertas recomendadas para los Renglones N1 y N4; iv la oferta de la firma EQUIMÉDICA S.R.L. debe ser descartada por poseer deuda líquida y exigible con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, no presentar la Declaración Jurada de Intereses Decreto N 202/17 y no cumplir con las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
contenidas en el Anexo I del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES; v la oferta de la firma SCHNITT
S.R.L. debe ser descartada por poseer deuda líquida y exigible con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS y por presentar la Declaración Jurada de Intereses Decreto N202/17 en forma incompleta; vi la oferta de la firma MAXISEGURIDAD INDUSTRIAL S.A. debe ser descartada por no cumplir con las ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS contenidas en el Anexo I del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES; vii la oferta del Sr.
RAMIRO GASTÓN NOLASCO debe ser descartada por poseer deuda líquida y exigible con la ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y por no cumplir con las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS contenidas en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES; viii la oferta de la Sra. LAURA LORENA MEDINA debe ser descartada por no cumplir con las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS contenidas en el PLIEGO DE BASES Y
CONDICIONES PARTICULARES; ix la oferta del Sr. NESTOR FABIAN ROSELLO debe ser descartada por no presentar la Declaración Jurada de Intereses Decreto N202/17 y por no cumplir con las ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS contenidas en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES; x la oferta de la firma BELLIZZI Hnos. S.R.L. debe ser descartada por no cumplir con las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS contenidas en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES; xi la oferta del Sr. OSCAR GUSTAVO JOSÉ SALGUERO
debe ser descartada por no cumplir con las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS contenidas en el PLIEGO DE BASES
Y CONDICIONES PARTICULARES; xii la oferta del Sr. MARIANO BERNABO debe ser descartada por no cumplir con las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS contenidas en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES;
xiii la oferta del Sr. NICOLAS IGNACIO CABALLERO debe ser descartada por no presentar la Declaración Jurada de Intereses y por no cumplir con las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS contenidas en el PLIEGO DE BASES Y
CONDICIONES PARTICULARES; xiv la oferta del Sr. MARTÍN EDUARDO MICELI debe ser descartada por no presentar la Declaración Jurada de Intereses y por no cumplir con las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS contenidas en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES; xv la oferta de la firma DIAGNÓSTICO Y SOLUCIONES
CORDOBA S.A. debe ser descartada por no cumplir con las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS contenidas en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES; xvi la oferta del Sr. MARIO OMAR GARAVELLI debe ser descartada por no cumplir con las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS contenidas en el PLIEGO DE BASES Y
CONDICIONES PARTICULARES; xvii la oferta de la firma PUCARA SOLUCIONES S.A. debe ser descartada por no cumplir con las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS contenidas en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES; xviii la oferta de la firma EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L. debe ser descartada por no presentar la Declaración Jurada de Intereses y por no cumplir con las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS contenidas en el PLIEGO
DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES y xix la oferta de la firma SOLUDER S.R.L. debe ser descartada por poseer CUIT pasivo y por no cumplir con las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS contenidas en el PLIEGO DE BASES
Y CONDICIONES PARTICULARES.
Que al respecto, el Área de Compras y Contrataciones elaboró el Informe N IF-2020-55682066-APNGAENARGAS del 24 de agosto de 2020, mediante el cual, luego de efectuar el correspondiente análisis de las constancias existentes en el Expediente, recomendó: a. desestimar la oferta de la oferta de la firma Bellizzi Hnos. S.R.L. para la Contratación Directa identificada bajo el Procedimiento N55-0048-CDI20, por no cumplir con los aspectos técnicos del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; b. desestimar la oferta del Sr. Oscar

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Boletín Oficial de la República Argentina del 14/09/2020 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date14/09/2020

Page count101

Edition count9410

First edition02/01/1989

Last issue28/07/2024

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