Boletín Oficial de la República Argentina del 26/08/2020 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.459 - Primera Sección
Miércoles 26 de agosto de 2020

ARTÍCULO 3.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación en todas sus formas de los afiches correspondientes a la recompensa ofrecida.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sabina Andrea Frederic e. 26/08/2020 N34343/20 v. 26/08/2020

MINISTERIO DESEGURIDAD

SECRETARÍA DESEGURIDAD YPOLÍTICA CRIMINAL
Resolución 79/2020
RESOL-2020-79-APN-SSYPCMSG
Ciudad de Buenos Aires, 14/08/2020
VISTO el Expediente Nº2020 44955726 APN SSYPCMSG, la Ley de Seguridad Interior Nº24.059 y sus modificatorias, el Decreto Nº50 de fecha 19 de diciembre de 2019, la RESOL - 2020 -228 - APNMSG de fecha 17 de julio del actual,y CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Seguridad por delegación del Presidente de la Nación, además de las competencias que le son otorgadas en la Ley de Ministerios, ejercerá la conducción política del esfuerzo nacional de policía, y coordinará también el accionar de los referidos cuerpos y fuerzas entre sí y con los cuerpos policiales provinciales, con los alcances normados en la Ley 24.059 de Seguridad Interior.
Que, el Decreto 50/19, determina entre otros objetivos de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL, asistir al/a la Ministro/a en todo lo concerniente a la seguridad interior, y conducir el Sistema Policial y de Seguridad con el objeto de impulsar políticas de investigación criminal y tomar medidas de prevención y conjuración de delitos complejos, narcotráfico, trata de personas, lavado de activos y demás delitos de índole federal, tendientes a la reducción de la comisión de delitos y violencias.
Qué, asimismo, el Decreto precitado, faculta a la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL, a coordinar la cooperación judicial, la organización operativa de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, y la política de formación y entrenamiento de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, en concordancia con la normativa aplicable; determinar y diseñar el despliegue operativo de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales y formular, dirigir y supervisar sus actividades, procurando intervenciones territoriales coordinadas y adecuadas al objetivo sobre el diagnóstico diferenciado, que tenga de fuente la demanda social y la información criminal calificada y planificar el modelo de actuación de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, atendiendo la especificidad del conflicto o características del ámbito de actuación.
Que por su parte, la RESOL - 2020 - 228 APN - MSG, consideró que el abordaje de la Seguridad Interior requiere de diagnósticos ajustados a los escenarios y realidades territoriales, regionales, provinciales y locales actuales donde la naturaleza del conflicto y el delito evidencian múltiples condiciones y distintos factores.
Que, en consecuencia, se requiere una organización operativo-funcional que permita una eficiente y eficaz coordinación de las tareas específicas en general, y el accionar conjunto y articulado entre las Fuerzas Policiales y de Seguridad y otras agencias del Estado que se ajusten a esas particularidades.
Que, en este sentido, el artículo 19 de la Ley 24.059, establece que será obligatoria la cooperación y actuación supletoria entre la Policía Federal, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina.
Que, en virtud de la RESOL - 2020 - 228 APN MSG, se procedió a la creación del CENTRO DE PLANEAMIENTO
OPERATIVO C.P.O., en el ámbito de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL, con el objeto de

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Boletín Oficial de la República Argentina del 26/08/2020 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date26/08/2020

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First edition02/01/1989

Last issue29/07/2024

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