Boletín Oficial de la República Argentina del 20/10/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.221 - Primera Sección

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Viernes 18 de octubre de 2019

DIRECCIÓN NACIONAL DEMIGRACIONES
Disposición 4290/2019
DI-2019-4290-APN-DNMMI

Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2019
VISTO el Expediente EX-2019-85320052- -APN-SGMJGM, los Decretos Nº1421 del 8 de agosto de 2002, N336
del 10 de febrero de 2016, N735 del 1 de junio de 2016 y N355 del 22 de mayo de 2017, modificado por su similar N859 del 26 de septiembre de 2018, la Decisión Administrativa N3 del 21 de enero de 2004, modificada por su similar N1151 del 28 de diciembre de 2006, la Resolución N21 del 1 de marzo de 2018 de la SECRETARÍA DE
EMPLEO PÚBLICO,y CONSIDERANDO:
Que en la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES resulta indispensable disponer la contratación de la agente María Angélica URBANO LEÓN en la función de Asistente Administrativo, en el marco del régimen aprobado por el artículo 9º del Anexo I del Decreto N1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, por el período comprendido entre el 1 de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2019.
Que la presente contratación ha sido autorizada por la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO
PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en virtud de la excepción señalada en el artículo 2
inciso g del Decreto N632 del 6 de julio de 2018, conforme la autorización IF-2019-80186566-APN-SSPEPJGM.
Que el artículo 5 del Decreto N 355/17, sustituido por el artículo 4 del Decreto N 859/18 establece que los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3, 4 y 8
del mencionado Decreto.
Que el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a través de su Dictamen IF-2017-32619814-APN-ONEPMM
se expidió manifestando que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES deviene competente para aprobar las contrataciones en los términos del artículo 9 del Anexo a la Ley N25.164 entre otras cuestiones.
Que la postulante no reúne los requisitos mínimos para el desempeño de tareas equiparadas al nivel propuesto razón por la cual se propicia la aprobación de la respectiva contratación con excepción a los mismos.
Que el artículo 1 del Decreto N 735/16 establece que el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN podrá autorizar excepciones al punto II del inciso c del artículo 9 del Anexo I al Decreto N1421/02, fundadamente en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la Decisión Administrativa N 3/04, modificada por su similar N 1151/06 estableció que el personal no permanente, sea el incorporado en Plantas Transitorias con designación a término o contratado bajo el régimen previsto en el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº25.164 y sus normas complementarias, percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de Planta Permanente.
Que asimismo, dicha norma estableció que la equiparación de grado en la remuneración del personal no permanente será efectuada mediante el cómputo de tiempo de ejercicio de funciones idénticas, equivalentes o análogas al objeto de la contratación y que la determinación del grado al que corresponda la equiparación procederá cuando el tiempo total de servicios computados alcance a TREINTA Y SEIS 36 meses por cada grado previsto en el Sistema Nacional de Empleo Público.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS
Y VIVIENDA Organismo Descentralizado 201 DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº27.467.
Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de esta Dirección Nacional ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 29 de la Ley N25.565 y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N1410 del 3 de diciembre de 1996 y por el artículo 5 del Decreto N355
del 22 de mayo de 2017, que fuera sustituido por el artículo 4 del Decreto N859 del 26 de septiembre de 2018.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 20/10/2019 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date20/10/2019

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First edition02/01/1989

Last issue14/07/2024

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