Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.183 - Primera Sección
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Martes 27 de agosto de 2019

prorrogables por el mismo término, la licenciataria deberá presentar la documentación técnica del servicio para la correspondiente habilitación de las instalaciones. 8.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 9.- A solicitud de la licenciataria se otorgará la señal distintiva correspondiente.
10.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 11.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese.
Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.
e. 27/08/2019 N63076/19 v. 27/08/2019

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 3391/2019

RESOL-2019-3391-APN-ENACOMJGM FECHA 22/08/2019
EX-2019-07560741-APN-DNFYDENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar el proyecto presentado por Carlos Norberto GONZALEZ. 2.- Adjudicar a Carlos Norberto GONZALEZ, la suma de PESOS OCHOCIENTOS
OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UN $888.871, en concepto de Aportes no Reembolsables, para la ejecución del proyecto aprobado en el Artículo precedente. 3.- Destinar la suma de hasta PESOS
OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UN $888.871, del Fondo Fiduciario del Servicio Universal a la adjudicación indicada en el Artículo precedente. 4.- Establecer que, dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la apertura de una cuenta bancaria específica que estará afectada al proyecto. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación. 5.- Establecer que dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la constitución de las garantías previstas. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación, sin necesidad de interpelación previa. 6.- Comuníquese, notifíquese al interesado, publíquese.
Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.
e. 27/08/2019 N63070/19 v. 27/08/2019

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 3392/2019

RESOL-2019-3392-APN-ENACOMJGM FECHA 22/08/2019
EX-2018-64076327-APN-DNSAENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos de concurso de oposición, tendientes a la regularización del Permiso Precario y Provisorio correspondiente a la estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, denominada FM AMISTAD, en la frecuencia de 104.9 MHz., de la ciudad de SANTA FE, provincia homónima. 2.- Adjudicar a la señora Patricia Inés ROMANOW, una licencia para el funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 104.9 MHZ., canal 285, en el domicilio de planta transmisora sito en la calle Mendoza Nº3.949
y estudios sito en la calle Saavedra Nº3135 P.A., ambos de la ciudad de SANTA FE , provincia homónima. 3.- El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, a partir de habilitación definitiva del servicio.
4.- Constituir condición esencial de la adjudicación que las emisiones se realicen asegurando la compatibilidad técnica con aquéllos servicios que han sido asignados. 5.- Establecer que el presente acto administrativo podrá ser revocado por contrario imperio si dentro del plazo de 90 días computados desde su dictado se constatara que el servicio licenciatario se encuentra provocando interferencias. 6.- Dentro de los 90 días de cumplido el plazo, prorrogables por el mismo término, la licenciataria deberá presentar la documentación técnica del servicio para la correspondiente habilitación de las instalaciones. 7.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los

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Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2019 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date27/08/2019

Page count138

Edition count9416

First edition02/01/1989

Last issue03/08/2024

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