Boletín Oficial de la República Argentina del 16/08/2019 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Boletín Oficial Nº 34.177 - Primera Sección
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Viernes 16 de agosto de 2019
partir de la última publicación del presente el sancionado deberá abonar el importe de la multa aplicada u optar por solicitar el acogimiento al régimen de facilidades para el pago de la multa previsto en la Sección 3 del Texto Ordenado del Régimen Disciplinario a cargo del Banco Central de la República Argentina Leyes 21.526 y 25.065 y sus modificatorias, bajo apercibimiento de perseguirse su cobro por la vía de la ejecución fiscal. En ambos casos se deberá concurrir a la Gerencia de Administración de Activos y Control de Fideicomisos, sita en Sarmiento 1118, P. 2 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De interponer recurso de apelación se deberá cumplir con lo dispuesto por el art. 2, inc. 3, de la Acordada 13/05 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y, en consecuencia, acompañar el formulario de la acordada referida. Publíquese por 3 tres días en el Boletín Oficial.
Paola Miranda, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero - Roberto Alberici, Jefe de Sustanciación de Sumarios Financieros, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero.
e. 14/08/2019 N59397/19 v. 16/08/2019