Boletín Oficial de la República Argentina del 07/02/2019 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Boletín Oficial Nº 34.051 - Primera Sección
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Jueves 7 de febrero de 2019
Que el PODER JUDICIAL de la PROVINCIA DE CÓRDOBA solicitó la adscripción de la agente Florencia FERRANDO
M.I. N21.395.101, personal que se desempeña mediante contratación a tiempo indeterminado de la Ley N20.744
t.o. Decreto N390/76, en la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.R.T., entidad autárquica en la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que el pedido de adscripción obedece a la finalidad de que la citada agente, preste colaboración en el mencionado PODER JUDICIAL PROVINCIAL, de conformidad con lo previsto en el punto 2.2del Anexo I del Decreto N639/02.
Que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO prestó su conformidad a la aludida solicitud.
Que por su parte, la agente Florencia FERRANDO M.I. N21.395.101, ha prestado su conformidad de manera expresa y por escrito.
Que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO es una entidad autárquica en la órbita del MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley N24.557.
Que se ha dado cumplimiento a los recaudos previstos en el punto 7 del Anexo I del Decreto N639/02.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, y en el punto 4 del Anexo I del Decreto N639/02.
Por ello, ELJEFE DEGABINETE DEMINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1.- Adscríbese a partir de la notificación de la presente, y por el término de TRESCIENTOS SESENTA Y
CINCO 365 días corridos, al ámbito del PODER JUDICIAL de la PROVINCIA DE CÓRDOBA, a la agente Florencia
FERRANDO M.I. N21.395.101, quien se desempeña mediante contratación a tiempo indeterminado de la Ley N 20.744 t.o. Decreto N 390/76 en la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.R.T., entidad autárquica en la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
ARTÍCULO 2.- La agente mencionada deberá presentar mensualmente ante la Subgerencia de Recursos Humanos de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, una certificación de servicios extendida por la autoridad competente del PODER JUDICIAL de la PROVINCIA DE CÓRDOBA, caso contrario se procederá a la retención de sus haberes.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Marcos Peña - Dante Sica e. 07/02/2019 N6740/19 v. 07/02/2019