Boletín Oficial de la República Argentina del 03/07/2018 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 33.903 - Primera Sección
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Martes 3 de julio de 2018

Decretos

ACUERDOS
Decreto 607/2018
Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2018
VISTO el Expediente NEX-2018-00647608-APN-SIGEN, las Leyes Nros. 25.561, 25.790, 25.820,25.972, 26.077, 26.204, 26.339, 26.456, 26.563, 26.729, 26.896, 27.200 y 27.345; los Decretos Nros. 296 del 15 de marzo de 2006, 367 del 16 de febrero de 2016 y 596 del 26 de junio de 2018,y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N1.167 del 15 de julio de 1994 el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó los Contratos de Concesión suscriptos, entre otros, con AUTOPISTAS DEL SOL S.A. para la Concesión de Obra Pública gratuita para la construcción, mejoras, reparación, conservación, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración y explotación del Acceso Norte a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES bajo el régimen de la Ley N17.520, modificada por la Ley N23.696.
Que por la Ley Nº25.561 se declaró la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, autorizando al PODER EJECUTIVO NACIONAL a renegociar los contratos de obras y servicios públicos, afectados por la situación de emergencia.
Que, asimismo, por la citada ley se establecieron determinados criterios a seguir en el marco del proceso de renegociación de los contratos que tuvieran por objeto la prestación de servicios públicos, tales como, el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los ingresos; la calidad de los servicios y los planes de inversión, cuando ellos estuviesen previstos contractualmente; el interés de los usuarios y la accesibilidad de los servicios; la seguridad de los sistemas comprendidos; y la rentabilidad de las empresas.
Que las disposiciones contenidas en la referida Ley Nº 25.561 fueron posteriormente ratificadas, ampliadas y prorrogadas a través de la sanción de las Leyes Nros. 25.790, 25.820, 25.972, 26.077, 26.204, 26.339, 26.456, 26.563, 26.729, 26.896, 27.200 y 27.345, como también por diversas normas reglamentarias y complementarias.
Que en el marco del proceso de renegociación de los Contratos de Concesión de Obras y Servicios Públicos, se celebró, el 16 de diciembre de 2005, el Acuerdo de Renegociación Contractual, Contrato de Concesión del Acceso Norte, suscripto entre la ex UNIDAD DE RENEGOCIACIÓN Y ANÁLISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS
PÚBLICOS UNIREN y AUTOPISTAS DEL SOL S.A., el cual fue ratificado mediante el Decreto Nº296/06.
Que en dicho acuerdo se previó, entre otras cosas, que la recomposición total de la ecuación económico financiera del Contrato de Concesión fuera tratada en una futura Instancia de Revisión la cual fue sucesivamente prorrogada por última vez el 31 de enero de 2011, por lo que dicha Instancia no ha sido cumplida.
Que mediante el Decreto N367 del 16 de febrero de 2016, a los efectos de concluir los procesos de renegociación de los contratos de obras y servicios públicos dispuestos por el artículo 9 de la Ley N25.561 y sus modificatorias, se facultó a los Ministerios competentes, en conjunto con el ex MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, a suscribir acuerdos parciales de renegociación contractual y adecuaciones transitorias de precios y tarifas que resulten necesarios para garantizar la continuidad de la normal prestación de los servicios respectivos hasta la suscripción de los acuerdos integrales de renegociación contractual, los que se efectuarían a cuenta de lo que resulte de la Revisión Tarifaria Integral.
Que, por otra parte, en función de las modificaciones producidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia N13 del 10 de diciembre de 2015 a la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto N438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias, se disolvió el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y se asignaron algunas de sus competencias al MINISTERIO DE TRANSPORTE, bajo cuya órbita se encontraba la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, conforme lo establece el artículo 5 del Decreto N231 del 22 de diciembre de 2015.
Que, la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD es actualmente la Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión y le corresponde el dictado de los actos y el desarrollo de los procedimientos necesarios para dar cumplimiento a la renegociación de los contratos de obras y servicios públicos dispuesta por el artículo 9 de la Ley N25.561
y sus modificatorias.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 03/07/2018 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date03/07/2018

Page count71

Edition count9389

First edition02/01/1989

Last issue07/07/2024

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