Boletín Oficial de la República Argentina del 26/12/2017 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.778 - Primera Sección
105

Martes 26 de diciembre de 2017

de la Ley N22.415. Asimismo, para los ítems 3.1, 3.2 y 4.1, deberá dar cumplimiento al estampillado conforme Res. 2522/87 respecto de las mercaderías detalladas en los ítems 4.1, deberá aportarse Certificado de ANMAT, y en el supuesto que no se cumpla con lo indicado precedentemente y/o las pilas se encuentren con vencimiento operado, se procederá conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N22.415 o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo en caso de corresponder, deberá tenerse presente lo dispuesto en la Nota Externa N57/07.- Artículo 2: PROCEDER a la destrucción de las mercaderías comprendidas en el ítem 3.3 del Acta Lote detalladas en el informe de fs. 25/29 al que nos remitimos de las que se pudo determinar de la simple visualización que son apócrifas o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Fdo.: Abog. María Susana Saladino, Jefe Int. del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
12201-598-2010

IMPUTADO JHON ENRIQUE HUAMAN ACUÑA DNI N: 977802009

ACTA N
10001ALOT001167V

RESOLUCIÓN
5319/17

Marcos M. Mazza, Jefe Int. de la División Secretaría Nº2, DE PRLA - DGA.
e. 26/12/2017 N99939/17 v. 26/12/2017

INSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMÍA SOCIAL

EDICTO
EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio legal en Av. Belgrano 1656, C.A.B.A, notifica que por Resoluciones Nº: 2306/17 2011/17 y 2320/17 INAES, ha resuelto RETIRAR LA
AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a la COOPERATIVA AGRICOLA Y FORESTAL LOS BUENOS VECINOS LTDA
Mat: 24.461 con domicilio legal en la Provincia de Salta; y a la COOPERATIVA DE TRABAJO FACUNDO LTDA
Mat: 20.282 con domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN Art. 22, inc. a -10 díasy Art. 22, incs. b c y d -30 díasLey Nº19.549.
RECONSIDERACIÓN Art. 84 Dto. Nº1.759/72 T.o. 1.991, -10 días-. ACLARATORIA Art. 102, Dto. Nº1.759/72
T.o. 1.991, -5 días-. Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la o la acción judicial pertinente Art. 94 Dto. Nº1.759/72 T.o. 1.991, 15 días-, como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley Nº20.337, modificada por Ley Nº22.816. Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción.
Quedan debidamente notificadas Art. 42, Dto. Nº1.759/72 T.o. Dto. Nº1.883/91.
Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho, Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.
e. 26/12/2017 N100071/17 v. 28/12/2017

MINISTERIO DEAGROINDUSTRIA

INSTITUTO NACIONAL DESEMILLAS
En cumplimiento del Art. 32 del Decreto Nº2183/91, se comunica a terceros interesados la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, de la creación fitogenética de Chuscho del monte Nierembergia spp. x Nierembergia scoparia Sendtn de nombre YVOTY LILA INTA obtenida por Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria.
Solicitantes: Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria Representante legal: Marcelo Labarta Ing. Agr. Patrocinante: María Silvina Soto Fundamentación de novedad: El cultivar inédito de nombre YVOTY LILA INTA se diferencia de las variedades LUNA INTA-JICA, ESTRELLA INTA-JICA y NIEVE INTA.
La variedad Yvoty Lila INTA presenta un porte erecto y el doble de altura altura: mayor a 30 cm que las tres variedades más semejante que están actualmente en el mercado, LUNA INTA-JICA, ESTRELLA INTA-JICA y NIEVE INTA altura: 10-15 cm.
Si bien su floración es primavera-estival, la floración escalonada permite un período 3 meses más largo que las variedades actuales, pudiendo mantener una floración durante todo el verano y principio de otoño.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 26/12/2017 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date26/12/2017

Page count114

Edition count9384

First edition02/01/1989

Last issue02/07/2024

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