Boletín Oficial de la República Argentina del 07/08/2017 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.682 - Primera Sección

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Lunes 7 de agosto de 2017

MINISTERIO DELINTERIOR, OBRAS PÚBLICAS YVIVIENDA
Decisión Administrativa 589/2017
Desígnase Director de Transferencia Dominial de Vivienda.

Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2017
VISTO el Expediente N EX-2016-03036168-APN-DGRHMI, la Ley N 27.341, los Decretos Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y N 355 del 22 de mayo de 2017, la Resolución del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA N343 del 19 de octubre de 2016,y CONSIDERANDO:
Que por la Ley N27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Que por el Decreto N 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.
Que por la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA N343/16, se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo del citado Ministerio.
Que el referido Ministerio, solicita la designación transitoria del Dr. Franco BOGGIATTO D.N.I. Nº27.767.516 en el cargo de DIRECTOR DE TRANSFERENCIA DOMINIAL DE VIVIENDA Nivel B, Grado 0, F.E. Nivel III del SINEP de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIVIENDA SOCIAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO
Y VIVIENDA, perteneciente a la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a dicha dependencia.
Que la designación transitoria solicitada debe efectuarse con autorización excepcional por no reunir el Dr.
BOGGIATTO los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO SINEP aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2098/08 y sus modificatorios.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO
DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y del artículo 2 del Decreto N355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello, ELJEFE DEGABINETE DEMINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1.- Desígnase con carácter transitorio en la Planta Permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS
PÚBLICAS Y VIVIENDA, a partir del 19 de octubre de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en el cargo de DIRECTOR DE TRANSFERENCIA DOMINIAL
DE VIVIENDA Nivel B, Grado 0, F.E. Nivel III del SINEP de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIVIENDA SOCIAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, perteneciente a la SECRETARÍA
DE VIVIENDA Y HÁBITAT, al Dr. Franco BOGGIATTO D.N.I. Nº27.767.516, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del citado Convenio.
ARTÍCULO 2.- El cargo mencionado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Marcos Peña. Rogelio Frigerio.
e. 07/08/2017 N56502/17 v. 07/08/2017

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Boletín Oficial de la República Argentina del 07/08/2017 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date07/08/2017

Page count66

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First edition02/01/1989

Last issue11/07/2024

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