Boletín Oficial de la República Argentina del 24/05/2017 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Miércoles 24 de mayo de 2017
Primera Sección
MINISTERIO DESALUD
SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DESALUD
Resolución 313-E/2017 30
Resoluciones - Anteriores MINISTERIO DECOMUNICACIONES
ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución 4067-E/2017 30
Disposiciones ADMINISTRACIÓN NACIONAL DEMEDICAMENTOS, ALIMENTOS YTECNOLOGÍA
MÉDICA
PRODUCTOS MÉDICOS
Disposición 5113/2017. Prohibición de comercialización 32
MINISTERIO DEJUSTICIA YDERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN NACIONAL DELOS REGISTROS NACIONALES
DELAPROPIEDAD DELAUTOMOTOR YDECRÉDITOS PRENDARIOS
Disposición 165-E/2017 33
MINISTERIO DESALUD
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DELABORATORIOS EINSTITUTOS
DESALUD DR. CARLOS G. MALBRÁN
Disposición 270/2017 33
MINISTERIO DESALUD
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DELABORATORIOS EINSTITUTOS
DESALUD DR. CARLOS G. MALBRÁN
Disposición 279/2017 34
MINISTERIO DESALUD
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DELABORATORIOS EINSTITUTOS
DESALUD DR. CARLOS G. MALBRÁN
Disposición 269/2017 35
Disposiciones - Anteriores MINISTERIO DESALUD
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DELABORATORIOS EINSTITUTOS
DESALUD DR. CARLOS G. MALBRÁN
Disposición 297/2017 35
Avisos Oficiales Nuevos 37
Convenciones Colectivas de Trabajo 40
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.631
3
ARTÍCULO 2.- Homológase y reasignase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo perteneciente al CONSEJO NACIONAL
DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS CONICET, según el detalle obrante en Planilla Anexa al presente artículo IF-201709522601-APNSSCAMCT, que forma parte integrante del presente acto.
ARTÍCULO 3.- Facúltase al Directorio del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS CONICET, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO
PÚBLICO de la SECRETARIA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN, a aprobar las aperturas de segundo nivel operativo, las que podrán contemplar un incremento de UNA 1 Dirección y CINCO 5 Coordinaciones del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
SECTORIAL DEL PERSONAL, homologado por el Decreto N2098/08, y sus modificatorios, las que a través de dicho acto serán incorporadas, ratificadas u homologadas, según corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel III Dirección y IV
Coordinación.
ARTÍCULO 4º.- Asígnanse al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS CONICET la cantidad de SEIS 6
cargos vacantes de planta permanente de la reserva de cargos aprobada por el artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 284 del 5 de mayo de 2017 y detallada en el Anexo II IF-2017-08148952-APN-MM
de dicha medida, en los términos del artículo 2 de la Decisión Administrativa N12 de fecha 11 de enero de 2017, para ser aplicados a la facultad concedida en el artículo 3º de la presente Decisión Administrativa, correspondiendo asignarles Nivel B del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PÚBLICO, según lo dispuesto en el artículo 20 del Anexo del Decreto Nº2098/08 y sus modificatorios, conforme Planilla Anexa al presente artículo IF-2017-09522002-APNSSCAMCT, que forma parte integrante de esta medida.
ARTÍCULO 5.- Hasta tanto finalice la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, conservarán su vigencia las existentes con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N2098/08 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 6.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo las partidas específicas asignadas a la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA - Entidad 103 - CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS.
ARTÍCULO 7.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña. José Lino Salvador Barañao.
ANEXO
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS CONICET
GERENCIA DE VINCULACIÓN TECNOLÓGICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, han tomado la intervención que les compete.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO
de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
HACIENDA han tomado la intervención que les compete.
Promover el desarrollo y transferencia de tecnologías generadas por el Consejo, en forma exclusiva o en cooperación con otras organizaciones públicas o privadas.
ACCIONES:
1. Promover la vinculación del Consejo con diversos actores sociales y productivos, públicos y privados, nacionales e internacionales, para atender sus demandas de innovación y servicios tecnológicos.
2. Promover iniciativas de desarrollo tecnológico que aborden los desafíos planteados y posibiliten la generación de soluciones a los mismos.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 16, inciso 29, de la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto N438/92 y sus modificatorias.
3. Relevar, sistematizar y facilitar la comunicación y el acceso a la oferta tecnológica del Organismo por parte del medio socio-productivo, entendiendo por aquella a las tecnologías, los servicios y capacidades de desarrollo e innovación del Consejo.
Por ello,
4. Promover y gestionar la implementación de sistemas de protección de los conocimientos y resultados de las investigaciones, en el ámbito nacional e internacional, sean estos logrados por sí o en conjunto con terceros.
ELJEFE DEGABINETE DEMINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1.- Incorpórase a la estructura organizativa del CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS CONICET, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO
DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, aprobada por el artículo 1 del Decreto N310 del 29 de marzo de 2007, con dependencia directa del Directorio, la GERENCIA DE VINCULACIÓN TECNOLÓGICA, cuya Responsabilidad Primaria y Acciones obran en la Planilla Anexa al presente artículo IF-2017-09522695-APN-SSCAMCT
que forma parte integrante de la presente medida.
5. Diseñar una apropiada estrategia de desarrollo y transferencia de las tecnologías del Consejo a la sociedad.
6. Administrar los instrumentos de vinculación y transferencia del Consejo, tales como convenios de I+D, convenios de licencia, servicios tecnológicos, consorcios público privados, entre otros, con el objetivo de hacer ágil y efectiva la vinculación y transferencia con terceros.
7. Proponer al Directorio del Consejo, nuevos instrumentos y la actualización del marco normativo sobre la temática de vinculación y transferencia que respondan adecuadamente a las necesidades de vinculación y transferencia de tecnologías del Consejo y a los cambios en