Boletín Oficial de la República Argentina del 23/05/2017 - Primera Sección

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Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.630

Previo a aprobar las designaciones se requerirá la intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, como asimismo en la tramitación de contrataciones, a los efectos de dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02, en el artículo 7 del Anexo I del Decreto N2345/08, artículo 5 del Decreto N336/16 y de la Decisión Administrativa N12/17.
ARTÍCULO 6.- Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros y a los Ministros a delegar las facultades establecidas en los artículos 3 y 4 del presente Decreto, en los organismos desconcentrados que le dependan, en las mismas condiciones dispuestas en dichos artículos.
Previo a aprobar las designaciones que se dispongan en dichos términos se requerirá la intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, como asimismo en la tramitación de contrataciones, a los efectos de dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02, en el artículo 7 del Anexo I del Decreto N2345/08, artículo 5 del Decreto N336/16 y de la Decisión Administrativa N12/17.
ARTÍCULO 7.- Las Unidades de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL detalladas en el listado que como Anexo I IF-2017-09216771APN-MM forma parte integrante del presente, mantienen las facultades para designar y contratar personal dentro del ámbito y límites expresamente otorgados por las normas de excepción que en cada caso se detallan en el mismo.
ARTÍCULO 8.- En el plazo de CINCO 5 días de efectuadas las contrataciones o sus respectivas renovaciones o prórrogas, bajo cualquier modalidad, la autoridad correspondiente deberá comunicar las mismas al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN. El incumplimiento de la mencionada comunicación producirá la afectación del nivel de créditos pertinentes de la respectiva jurisdicción o entidad.
ARTÍCULO 9.- El presente decreto resulta aplicable a los organismos mencionados en el inciso a del artículo 8 de la Ley N24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
ARTÍCULO 10.- Las entidades comprendidas en los incisos b, c y d del artículo 8 de la Ley N24.156, se regirán respecto de la administración de su personal, por sus respectivos Estatutos y/o normas de creación.
ARTÍCULO 11.- El MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN será la autoridad de aplicación e interpretación del presente y dictará las normas complementarias y aclaratorias que fueran necesarias para su mejor aplicación.
ARTÍCULO 12.- Derógase el Decreto N227/16.
ARTÍCULO 13.- La presente medida tendrá vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 14.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. Andrés Horacio Ibarra.
ANEXO I

Martes 23 de mayo de 2017

PLATA Y SU FRENTE MARÍTIMO aprobado por la Ley Nº20.645, y el Estatuto de la COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO DE LA PLATA
suscripto por la REPÚBLICA ARGENTINA y la REPÚBLICA ORIENTAL
DEL URUGUAY el 15 de julio de 1974,y CONSIDERANDO:
Que por el artículo 59 del Tratado mencionado en el Visto se constituye la COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO DE LA PLATA.
Que el artículo 8º del Estatuto de la COMISIÓN ADMINISTRADORA
DEL RÍO DE LA PLATA establece que dicha comisión estará compuesta por CINCO 5 delegados de cada Parte.
Que por el Decreto N1255 de fecha 15 de julio de 2002 se designó al señor Capitán de Fragata R.E D. Oscar Manuel ARCE como delegado ante la COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO DE LA PLATA, en representación del MINISTERIO DE DEFENSA, dándose por finalizadas sus funciones.
Que a los efectos de asegurar el normal funcionamiento y cometido de esa comisión, corresponde designar como Delegado Argentino al señor Ingeniero Agrónomo D. Walter Federico FELDKAMP.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Dánse por finalizadas las funciones del señor Capitán de Fragata R.E D. Oscar Manuel ARCE D.N.I. N5.182.279 como Delegado ante la COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO DE LA PLATA.
ARTÍCULO 2.- Agradécese al señor Capitán de Fragata R.E D. Oscar Manuel ARCE los valiosos servicios prestados en el desempeño de su cargo.
ARTÍCULO 3.-. Desígnase Delegado Argentino ante la COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO DE LA PLATA, al señor Ingeniero Agrónomo D. Walter Federico FELDKAMP D.N.I. Nº17.459.996.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. E/E MICHETTI. Susana Mabel Malcorra. Julio Cesar Martinez.

AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA. Decreto N1311/15.
DIRECCIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA ESTRATÉGICA MILITAR.
Decreto N116/14.

SECRETARÍA DE SEGURIDAD INTERIOR. Decreto N1201/05.

Decreto 357/2017

DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
Decreto N803/02.

Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo.

ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES. Decreto N1180/02.
MINISTERIO DE CULTURA Ex SECRETARÍA DE CULTURA. Decreto N778/02.
PERSONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE LAS FUERZAS
ARMADAS. Decreto N992/05.
SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL. Decreto N629/16.
IF-2017-09216771-APN-MM

COMISIÓN ADMINISTRADORA
DELRÍO DELAPLATA

CONTRATOS

Ciudad de Buenos Aires, 22/05/2017
VISTO el Expediente N EX-2017-01990159-APN-MF, el Modelo de Contrato de Préstamo NARG-32/2016, propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL
DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA FONPLATA,y CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo N ARG-32/2016, el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL
PLATA FONPLATA se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del Programa de Desarrollo de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de la Mesopotamia por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES
TREINTA Y TRES MILLONES U$S33.000.000.

Desígnase Delegado Argentino.

Que el propósito del Programa es mejorar la calidad de vida y el bienestar de los habitantes de la región Mesopotámica, financiando obras de infraestructura en saneamiento con fuerte impacto social, que generen equidad y desarrollo regional.

Ciudad de Buenos Aires, 19/05/2017

Que el referido Programa se estructura en DOS 2 componentes: i Infraestructura y Fortalecimiento Institucional y ii Gerenciamiento.

VISTO el Expediente Nº25.350/2016 del Registro del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el TRATADO DEL RÍO DE LA

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DEL INTERIOR,
Decreto 351/2017

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/05/2017 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date23/05/2017

Page count102

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First edition02/01/1989

Last issue31/07/2024

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