Boletín Oficial de la República Argentina del 09/02/2017 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 9 de febrero de 2017

Primera Sección
Que por la Resolución N31 de fecha 30 de junio de 2006 del ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS ORSNA se resolvió suspender preventivamente al Aeródromo de la Ciudad de CUTRAL CÓ, Provincia del NEUQUÉN hasta su desafectación por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución ORSNA
N109/01.
Que de los Informes Técnicos confeccionados con posterioridad al dictado de la Resolución ORSNA N31/06, surge que el movimiento del aeródromo no resulta significativo ni implicaría una reducción de la infraestructura aeroportuaria con la que se cuenta para cumplir con los objetivos fijados por la Ley N19.030.
Que teniendo en consideración la circunstancia señalada y asimismo las deficiencias técnicas y operativas que han sido observadas por las áreas competentes, resulta viable la desafectación del aeródromo en cuestión.
Que se ha resguardado debidamente la garantía de mantener vinculadas a las distintas regiones del país entre sí y con el exterior, priorizando la seguridad como factor fundamental en el desarrollo de las actividades en el ámbito aeroportuario como así también en las operaciones aéreas.
Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS ORSNA ha tomado debida intervención a través de la pertinente evaluación técnica en ejercicio de su competencia específica.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1 Desaféctase del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS SNA al Aeródromo de la Ciudad de CUTRAL CÓ, Provincia del NEUQUÉN.
ARTÍCULO 2 Notifíquese a la Municipalidad de Cutral Có, Provincia del Neuquén.
ARTÍCULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. MACRI. Guillermo J. Dietrich.

Decisiones Administrativas

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 83/2017
Designación en la Subsecretaría de Organización Comunitaria.
Ciudad de Buenos Aires, 08/02/2017
VISTO el Expediente EX-2016-00619665-APN-DADMPMDS del Registro del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, la Ley N27.341, los Decretos Nº355 del 21 de febrero de 2002, N20
del 10 de diciembre de 2007, Nº227 del 20 de enero de 2016, y N357 del 15 de febrero de 2016, la Resolución MDS N1 del 2 de enero de 2008, y lo propuesto por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL,y
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.563

4

Que la Doctora Daniela Evangelina VEGA, debe ser exceptuada del cumplimiento de los requisitos mínimos previstos por el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL
DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP homologado por el Decreto N2098/08.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO
NACIONAL.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 1 del Decreto Nº227 del 20 de enero de 2016 y por el artículo 7º de la Ley Nº27.341.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1 Exceptúase al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de lo previsto en el artículo 7 de la Ley N27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, a los efectos de cubrir el cargo vacante, en la unidad organizativa, nivel, grado y función ejecutiva del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, homologado por el Decreto N2098/08 que se detalla en el Artículo 2 de la presente medida.
ARTÍCULO 2 Desígnase, con carácter transitorio, a partir del 11 de julio de 2016, y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a la Doctora Daniela Evangelina VEGA, D.N.I. N25.885.179, en el cargo de Coordinadora Local Salta de la Dirección de Articulación Regional Noroeste de la Dirección Nacional de Gestión de los Centros de Referencia, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ORGANIZACIÓN COMUNITARIA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel C - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL
DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO homologado por el Decreto Nº2098/08 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
ARTÍCULO 3 El cargo involucrado en la presente decisión administrativa, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP homologado por el Decreto N2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 4 El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTÍCULO 5 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Marcos Peña. Carolina Stanley.

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 84/2017
Desígnase Directora de Articulación Regional Noreste.
Ciudad de Buenos Aires, 08/02/2017
VISTO el Expediente EX-2016-00620702-APN-DADMPMDS del Registro del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, la Ley N27.341, los Decretos Nº355 del 21 de febrero de 2002, N20
del 10 de diciembre de 2007, Nº227 del 20 de enero de 2016, y N357 del 15 de febrero de 2016, la Resolución MDS N01 del 2 de enero de 2008, y lo propuesto por el MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL,y
CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

Que por la Ley N27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

Que el artículo 7 de la citada Ley estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que el artículo 7 de la citada Ley estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº355/02 se sustituyó el artículo 1 de la Ley de Ministerios con sus modificatorias, creándose, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el Decreto Nº355/02 se sustituyó el artículo 1 de la Ley de Ministerios con sus modificatorias, creándose, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el Decreto N20/07 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político y, por la Resolución MDS N01/08, la segunda apertura.

Que por el Decreto N20/07 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político y, por la Resolución MDS N01/08, la segunda apertura.

Que por el Decreto N357 del 15 de febrero de 2016 se sustituyó el Anexo I al artículo 1, el Anexo II al artículo 2 y el Anexo III al artículo 3 del Decreto N357 del 21 de febrero de 2002, modificándose la conformación organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el Decreto N357 del 15 de febrero de 2016 se sustituyó el Anexo I al artículo 1, el Anexo II al artículo 2 y el Anexo III al artículo 3 del Decreto N357 del 21 de febrero de 2002, modificándose la conformación organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el artículo 1 del Decreto N227/16 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el artículo 1 del Decreto N227/16 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible proceder a la cobertura de UN 1 cargo en el ámbito de la SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL, de Coordinador Local Salta de la Dirección de Articulación Regional Noroeste de la Dirección Nacional de Gestión de los Centros de Referencia, dependiente de la SUBSECRETARIA
DE ORGANIZACIÓN COMUNITARIA.

Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible proceder a la cobertura de UN 1 cargo en el ámbito de la SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL, de Director de Articulación Regional Noreste de la Dirección Nacional de Gestión de los Centros de Referencia, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ORGANIZACIÓN COMUNITARIA.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a las pautas generales de selección que para el acceso a la función de que se trate se encuentran establecidas en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP
homologado por el Decreto Nº2098/08.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a las pautas generales de selección que para el acceso a la función de que se trate se encuentran establecidas en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP
homologado por el Decreto Nº2098/08.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 09/02/2017 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date09/02/2017

Page count40

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First edition02/01/1989

Last issue04/08/2024

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