Boletín Oficial de la República Argentina del 25/01/2017 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 25 de enero de 2017

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.552

22

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS

DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS

ADUANA DEORÁN

ADUANA DEORÁN

ADUANA DE ORÁN, 19 DE ENERO DE 2017.

ADUANA DE ORÁN, 19 DE ENERO DE 2017.

Por desconocerse el domicilio, se cita a las personas que más abajo se detallan, para que en el perentorio plazo de 3 tres días hábiles administrativos se presenten a presenciar la verificación física de las mercaderías secuestradas en las mismas, conforme a lo previsto en el Art.
1094 inc. b del Código Aduanero Ley 22.415, bajo apercibimiento de tener por confirmada las efectuadas sin derecho a reclamar al resultado de la misma, la cual se realizara en la sede de la Aduana de Oran, sita en Av. Palacios N830 Local 3 de la ciudad de Oran Salta. Al propio tiempo se les cita para que dentro del plazo de 10 diez días hábiles administrativos comparezcan en los Sumarios enumerados respectivamente a presentar defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán asimismo constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina Art. 1001 C.A., bajo apercibimiento del Art. 1004 C.A. Se les hace saber que de corresponder el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, producirá la extinción de la acción penal aduanera, el antecedente no será registrado Arts. 930/932 del C.A.. Asimismo se le hace saber que en caso de haber entre las mercaderías secuestradas, artículos de los indicados en el art. 4 y 5
de la Ley 25.603, u otros, perecederos o cualquier otro tipo de mercadería cuya permanencia implicara peligro para su inalterabilidad o la de la contigua, se procederá de conformidad a las previsiones indicadas en la citada Ley 25.603 o en su caso conforme al Capítulo Tercero, Título II, Sección V del Código Aduanero Ley 22.415. Fdo. Edgardo E. Beretta. Administrador.
División Aduana de Oran.

Por desconocerse el domicilio, se cita a las personas que más abajo se detallan, para que en el perentorio plazo de 3 tres días hábiles administrativos se presenten a presenciar la verificación física de las mercaderías secuestradas en las mismas, conforme a lo previsto en el Art. 1094 inc. b del Código Aduanero Ley 22.415, bajo apercibimiento de tener por confirmada las efectuadas sin derecho a reclamar al resultado de la misma, la cual se realizara en la sede de la Aduana de Oran, sita en Av. Palacios N830 Local 3 de la ciudad de Oran Salta. Al propio tiempo se les cita para que dentro del plazo de 10 diez días hábiles administrativos comparezcan en los Sumarios enumerados respectivamente a presentar defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán asimismo constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina Art.
1001 C.A., bajo apercibimiento del Art. 1004 C.A. Se les hace saber que de corresponder el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, producirá la extinción de la acción penal aduanera, el antecedente no será registrado Arts. 930/932 del C.A.. Asimismo se le hace saber que en caso de haber entre las mercaderías secuestradas, artículos de los indicados en el art. 4 y 5 de la Ley 25.603, u otros, perecederos o cualquier otro tipo de mercadería cuya permanencia implicara peligro para su inalterabilidad o la de la contigua, se procederá de conformidad a las previsiones indicadas en la citada Ley 25.603 o en su caso conforme al Capítulo Tercero, Título II, Sección V del Código Aduanero Ley 22.415. Fdo. Edgardo E. Beretta. Administrador. División Aduana de Oran.

SUMARIO NÚMERO
815/0/2016
819/9/2016
808/7/2016
658/7/2016
627/9/2016
654/6/2016
659/5/2016
550/8/2016
553/2/2016
547/7/2016
651/4/2016
656/5/2016
545/0/2016

INTERESADO
CAMPO IRMA
RODRIGUEZ SIVIA NOEMI
MACIEL RAUL
GARRO ADOLFO RUBEN GOMEZ ANA MARGARITA
RONALD JOSEF DE LA CRUZ ABANTO
VIDAURRE ARIAS BETTY
MAZZARELLI NORMA BEATRIZ
SANCHEZ NANCY DEL CARMEN
CEJAS HERNAN MARCOS MATIAS
RAMIREZ LUCAS
AGUILAR MARLENE ESTRADA
SORIA MAZZARELLI RAUL EMANUEL

INFRACC.
ARTS. CA.
947
947
947
947
947
947
947
947
947
947
947
947
947

IMPORTE MULTA
en PESOS
64.000,00
118.000,00
90.000,00
197.000,00
184.800,00
66.000,00
142.000,00
41.070,00
127.200,00
31.327,60
130.462,00
65.800,00
4.200,00

SUMARIO NÚMERO
589/1/2016
512/1/2016
599/K/2016
592/7/2016
598/1/2016
611/1/2016
608/0/2016
606/4/2016
438/9/2016
761/0/2016
757/7/2016
756/9/2016

INTERESADO
TORRES HECTOR ALBERTO
ORTEGA MAMANI MAIRA
CAZON JUAREZ CESAREO
LONG FEDERICO
CHOQUE RODRIGUEZ ERNESTO
CRUZ JEREZ FREDDY
ACOSTA ROJAS FILEMON
ZUVIRIA DE ECHAZU GUILLERMO
FERREIRA STABILE JULIO HECTOR
BRAVO DANIEL ARMANDO
DURAN WILSON
CHOQUE ORDOÑEZ SANTOS ELISEO

IMPORTE MULTA
en PESOS
15.119,30
1000
22.825,15
27.207,81
17.413,35
126.001,59
31.458,02
1000
1000
1000
32.447,16
85.051,47

Edgardo Enrique Beretta, Administrador I, Aduana de Orán, Dirección Regional Aduanera Salta.
María Paola Pereyra, Leg. 28452-1, AFIP - DGA, Aduana Orán.
e. 25/01/2017 N3841/17 v. 25/01/2017

Edgardo Enrique Beretta, Administrador I, Aduana de Orán, Dirección Regional Aduanera Salta.
María Paola Pereyra, Leg. 28452-1, AFIP - DGA, Aduana Orán.
e. 25/01/2017 N3836/17 v. 25/01/2017

INFRACC.
ARTS. CA.
970
995
970
970
970
970
970
995
995
995
970
970

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS

ADUANA DEORÁN

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

ADUANA DE ORÁN, 19 DE ENERO DE 2017.

DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS

Por desconocerse el domicilio, se cita a las personas que más abajo se detallan, para que en el perentorio plazo de 3 tres días hábiles administrativos se presenten a presenciar la verificación física de las mercaderías secuestradas en las mismas, conforme a lo previsto en el Art. 1094 inc. b del Código Aduanero Ley 22.415, bajo apercibimiento de tener por confirmada las efectuadas sin derecho a reclamar al resultado de la misma, la cual se realizara en la sede de la Aduana de Oran, sita en Av. Palacios N830 Local 3 de la ciudad de Oran Salta. Al propio tiempo se les cita para que dentro del plazo de 10 diez días hábiles administrativos comparezcan en los Sumarios enumerados respectivamente a presentar defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán asimismo constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina Art.
1001 C.A., bajo apercibimiento del Art. 1004 C.A. Se les hace saber que de corresponder el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, producirá la extinción de la acción penal aduanera, el antecedente no será registrado Arts. 930/932 del C.A.. Asimismo se le hace saber que en caso de haber entre las mercaderías secuestradas, artículos de los indicados en el art. 4 y 5 de la Ley 25.603, u otros, perecederos o cualquier otro tipo de mercadería cuya permanencia implicara peligro para su inalterabilidad o la de la contigua, se procederá de conformidad a las previsiones indicadas en la citada Ley 25.603 o en su caso conforme al Capítulo Tercero, Título II, Sección V del Código Aduanero Ley 22.415. Fdo. Edgardo E. Beretta. Administrador. División Aduana de Oran.

ADUANA DEORÁN
ADUANA DE ORÁN, 19 DE ENERO DE 2017.
Por desconocerse el domicilio, se cita a las personas que más abajo se detallan, para que en el perentorio plazo de 3 tres días hábiles administrativos se presenten a presenciar la verificación física de las mercaderías secuestradas en las mismas, conforme a lo previsto en el Art.
1094 inc. b del Código Aduanero Ley 22.415, bajo apercibimiento de tener por confirmada las efectuadas sin derecho a reclamar al resultado de la misma, la cual se realizara en la sede de la Aduana de Oran, sita en Av. Palacios N830 Local 3 de la ciudad de Oran Salta. Al propio tiempo se les cita para que dentro del plazo de 10 diez días hábiles administrativos comparezcan en los Sumarios enumerados respectivamente a presentar defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de rebeldía.
Deberán asimismo constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina Art. 1001 C.A., bajo apercibimiento del Art. 1004 C.A. Se les hace saber que de corresponder el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, producirá la extinción de la acción penal aduanera, el antecedente no será registrado Arts. 930/932 del C.A.. Asimismo se le hace saber que en caso de haber entre las mercaderías secuestradas, artículos de los indicados en el art. 4º y 5º de la Ley 25.603, u otros, perecederos o cualquier otro tipo de mercadería cuya permanencia implicara peligro para su inalterabilidad o la de la contigua, se procederá de conformidad a las previsiones indicadas en la citada Ley 25.603 o en su caso conforme al Capítulo Tercero, Título II, Sección V del Código Aduanero Ley 22.415.-. Fdo. Edgardo E.
Beretta. Administrador. División Aduana de Oran.
SUMARIO NUMERO
447/9/2016
515/6/2016
443/6/2016
543/4/2016
557/5/2016
675/9/2016
816/9/2016
822/4/2016
805/2/2016
804/4/2016
810/K/2016
807/9/2016

INTERESADO
DEUS LUIS ESTEBAN
ROSALES JOSE LUIS
CARRASCO OMAR ANTONIO
NEDER GABRIELA BEATRIZ
FLORES WILFREDO
ARNOLD AGUILERA VICTOR HUGO
FARIAS GUILLERMO RAMON
ILLANES ROEL EXEQUIEL KEVIN
DORADO MONICA
HOYOS DORIS PAOLA
QUISPE EMMANUEL ALFREDO
SALVATIERRA MARGARITA
MAGDALENA

INFRACC.
ARTS. CA.
970
995
995
979
979
979
947
947
947
947
947

IMPORTE MULTA
en PESOS
67.350,00
1000
1000
223.924,00
165.000,00
44.300,00
76.000,00
206.000,00
93.458,60
74.000,00
60.000,00

947

58.000

Edgardo Enrique Beretta, Administrador I, Aduana de Orán, Dirección Regional Aduanera Salta.
María Paola Pereyra, Leg 28452-1, AFIP - DGA, Aduana Orán.
e. 25/01/2017 N3837/17 v. 25/01/2017

SUMARIO NÚMERO
567/9/2016
573/9/2016
575/5/2016
584/5/2016
577/7/2016
802/8/2016

INTERESADO
OJEDA RICHARD PAULINO
VELAZQUEZ MARGARITA ALICIA
TARTALO DANIEL CLAUDIO
CHANADO CRISTIAN ALBERTO
GUTIERREZ MIGUEL FABIAN
RUEDA BRIGIDO WALTER

INFRACC.
ARTS. C.A.
987
987
987
987
987
987

IMPORTE MULTA
en PESOS
86.686,56
147.749,24
58.357,74
107.886,68
66.414,12
75.189,11

Edgardo Enrique Beretta, Administrador I, Aduana de Orán, Dirección Regional Aduanera Salta.
María Paola Pereyra, Leg. 28452-1, AFIP - DGA, Aduana Orán.
e. 25/01/2017 N3842/17 v. 25/01/2017

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS

ADUANA DEORÁN
ADUANA DE ORÁN, 19 DE ENERO DE 2017.
Por desconocerse el domicilio, se cita a las personas que más abajo se detallan, para que en el perentorio plazo de 3 tres días hábiles administrativos se presenten a presenciar la verificación física de las mercaderías secuestradas en las mismas, conforme a lo previsto en el Art. 1094 inc. b del Código Aduanero Ley 22.415, bajo apercibimiento de tener por confirmada las efectuadas sin derecho a reclamar al resultado de la misma, la cual se realizara en la sede de la Aduana de Oran, sita en Av. Palacios

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Boletín Oficial de la República Argentina del 25/01/2017 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date25/01/2017

Page count44

Edition count9397

First edition02/01/1989

Last issue15/07/2024

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