Boletín Oficial de la República Argentina del 16/06/2016 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 16 de junio de 2016

Primera Sección
Gestionar y promover el Sistema de Reportes Interno RPI y el PNSO
Estar a cargo de la investigación y resolución de los reportes PNSO y RPI y Confeccionar un registro de los eventos analizados con sus respectivos resultados y mantener actualizados todos aquellos que se encuentren en proceso.
Llevar a cabo el proceso de investigación de incidentes ATS
Informar y divulgar las conclusiones respectivas a cada caso.
Planificar las verificaciones de competencia y desempeño del personal de primera línea.
Contribuir a la creación de una cultura de profesionalización, mejora continua y compromiso de responsabilidad social en la prestación de los servicios de Tránsito Aéreo.
Difundir y promover información sobre Seguridad Operacional y Calidad.
Organizar, ejecutar las tareas y actividades del Proceso de Gestión de la Calidad.
Llevar un registro actualizado de la documentación de Gestión de la Calidad ATS.
Asesorar a la Jefatura ANS sobre cuestiones de Seguridad Operacional y Calidad.
b. Jefe de Operaciones:
Descripción general: Gestionar el correcto desarrollo de las operaciones aéreas y del funcionamiento operativo.
Tareas:
Es responsable ante el Jefe de las Dependencias, del funcionamiento de las mismas y de la facilitación general de los Servicios de Tránsito Aéreo, verificando que se cumplimenten los requisitos operacionales, administrativos y técnicos necesarios para la correcta operación de la dependencia.
Llevar a cabo la gestión general de la dotación del personal ATS de la dependencia.
Cerciorarse que se utilicen las normas, métodos y procedimientos establecidos y proponer las recomendaciones que estime necesarias contribuyentes a la optimización de la Gestión del Tránsito Aéreo.
Elaborar y mantener actualizado el Plan de Contingencia ATS de la dependencia.
Elaborar y mantener actualizadas las Cartas de Acuerdo Operacionales con los distintas dependencias o distintos servicios con los cuales se desarrollan actividades conjuntas relativas a la facilitación de los Servicios ATS.
Realizar un análisis técnico-operacional de los incidentes ATS.
Proponer al Jefe de la Dependencia las enmiendas a los procedimientos y métodos de operación, si se considera necesario para la optimización del servicio.
Efectuar un control y verificación de las habilitaciones y competencias adquiridas.
Realizar las tareas administrativas que disponga la jefatura de dependencia.
Asumir la función de Jefe de Dependencia en ausencia del mismo.
Administrar el registro de las estadísticas operacionales propias de la facilitación del servicio, según lo establezca la Autoridad Aeronáutica, EANA S.E. o la Jefatura de Dependencia, con el propósito de mantener el adecuado ordenamiento y verificación efectiva de la gestión de funcionamiento de la misma.
Elaborar y difundir la lista mensual de turnos del personal de línea y Supervisores.
Gestionar los períodos de licencia anual del personal.
Integrar la comisión evaluadora para la obtención o revalidación de los Certificados de Competencia de Idoneidad y la Evaluaciones de Competencias de los operadores de línea.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.401

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Confeccionar un informe estadístico que refleje la evolución y el nivel alcanzado por los operadores y técnicos en entrenamiento, respecto de la planificación de capacitación-entrenamiento.
Desarrollar los temas de instrucción y evaluaciones correspondientes, para la revalidación o recuperación de los certificados de competencia laboral.
Verificar la aplicación de los métodos y procedimientos de operación en vigencia y realizar las recomendaciones pertinentes, de ser considerado necesario.
Desarrollar un programa de actualización continua, para la revisión de la reglamentación general y los procedimientos locales inherentes al funcionamiento operacional de la dependencia y la facilitación de los Servicios de Tránsito Aéreo; modificaciones, cancelaciones, nuevas directivas, procedimientos, normas, resoluciones, de índole técnico-operacional.
Diagramar el programa de verificación de competencia profesional para los operadores y técnicos de línea, habilitados en los distintos puestos.
Gestionar el nombramiento de los Instructores y Auxiliares de Instrucción, gestionando su entrenamiento y supervisando su desempeño en el terreno.
Planificar el requerimiento de cursos de formación y capacitación, para la dotación de operadores y técnicos según las necesidades de funcionamiento de la dependencia, con la antelación suficiente, en previsión de las necesidades de personal, en una proyección de tiempo que contemple variables tales, como la desafectación de operadores y técnicos en un plan quinquenal.
Colaborar con los Jefes de Dependencia y Jefe de Operaciones, en la elaboración, redacción de normativas y procedimientos locales y cartas de acuerdo operacional con dependencias operativas.
Desarrollar las actividades complementarias a sus tareas, pertinentes a la gestión de funcionamiento de la dependencia.
Mantener actualizada la documentación, los registros de instrucción y la tramitación de las habilitaciones otorgadas al personal en los procesos de entrenamiento.
Aplicar las normas y procedimientos inherentes a la metodología CRM y Factores Humanos, por medio de talleres e información que sea visible y se encuentre al alcance de todos los operadores y técnicos.
Realizar el Plan anual general de Instrucción.
Desarrollar briefings para clarificar la aplicación de normas y procedimientos y reforzar su interpretación, de considerarse necesario.
Coordinar con su equipo de trabajo, todo hecho o situación en los que se detecten fallas, errores, omisiones o irregularidades, que pudieren observarse en la aplicación de procedimientos o métodos no adecuados, incorrectos, decisiones no asertivas. En circunstancias de estas características, deberá realizarse un informe de los hechos, con el propósito de generar una instancia de análisis, por el área Instrucción y posibilitar el proceso de instrucción / de briefing dentro de la temática de capacitación bajo el enfoque CRM-Factores Humanos y generar las modificaciones necesarias que permitan mantener la facilitación de los Servicios en el nivel adecuado de Seguridad Operacional.
Participar en la elaboración del Plan Nacional de Capacitación para los operadores y técnicos según lo determine EANA S.E.
Verificar la evolución del Plan Anual de Instrucción y adoptar las medidas pertinentes a la optimización del mismo.
Desarrollar del programa de capacitación-entrenamiento.
Actualizar los Libros de Aula y Libro de Evaluaciones correspondientes al Programa de Instrucción anual.
Realizar la verificación de Competencias de los operadores y técnicos en los respectivos puestos de trabajo y evaluar su nivel profesional de desempeño de tareas y funciones.
II. FUNCIONES COMPLEMENTARIAS COMUNES A OPERADORES Y TÉCNICOS

Elaborar y mantener actualizado el Manual de Funcionamiento o de Procedimientos de la dependencia.

Los operadores y técnicos de los diferentes grupos de trabajo podrán tener funciones comunes, de acuerdo al detalle que se enumera a continuación:

Mantener enlace con los usuarios y proporcionar asistencia necesaria a las tripulaciones de vuelo, para la familiarización con los procedimientos propios del servicio brindado.

a Ayudante.

Confeccionar archivos de actuación del personal y elaborar informes sobre el desarrollo de sus actividades y desempeño profesional y personal en el ámbito operacional ATS.
Realizar, en coordinación con el Jefe de Instrucción, la planificación anual de cursos de capacitación para personal el personal operativo de la dependencia.
Integrar, junto con el personal de gestión de la dependencia, la comisión de selección del personal que integrará el equipo de Supervisores e Instructores, de acuerdo a la normativa vigente y disposiciones emanadas de la Autoridad Aeronáutica o de EANA S.E.
Participar con el Área Instrucción, en la diagramación de programas de capacitación y entrenamiento, para el mantenimiento de las capacidades y competencias del personal de línea.
Aplicar las medidas necesarias para mantener y aumentar los niveles de calidad de los Servicios de Tránsito Aéreo, de acuerdo a las indicaciones que elabore el área de Gestión de Calidad.
c. Jefe de Instrucción:
Descripción general: Gestionar las actividades de instrucción.
Tareas:

Los operadores y técnicos realizarán las siguientes actividades para la obtención de su habilitación local:
Desarrollar el proceso de capacitación teórica y entrenamiento práctico para el puesto de trabajo, en las etapas que han sido asignadas, con el objeto de adquirir conocimiento y habilidades necesarias para su habilitación local en las funciones que comprenden dicho puesto.
Mantener la regularidad de asistencia a las clases teóricas y turnos de práctica asignados, de acuerdo a Programa de Instrucción establecido por el Área de Instrucción.
Aprobar las exigencias vigentes para los exámenes teóricos y las evaluaciones de prácticas que rige el Programa de Instrucción.
Cumplir funciones y tareas relacionadas con el cargo o función que sean designadas por el Jefe de Dependencia o el Jefe de Instrucción, en puestos de trabajo que no requieran de habilitación local.
Los trabajadores que se encuentran en situación de ayudantes, también realizarán algunas tareas que serán detalladas para cada grupo laboral. Dichas tareas serán realizadas por cualquier operador o técnico en el caso que no haya en la dependencia trabajadores en situación de ayudantes o los mismos se encuentre sobrecargados.

Sera responsable del diseño y la aplicación de los Programas, Procedimientos y Planes de Instrucción, Evaluación y Habilitación planificados y establecidos para la dependencia, de acuerdo a las políticas establecidas por EANA S.E. y a la reglamentación vigente.

b Instructor
Elaborar el Plan Anual de Actividades de Instrucción.

Dichas tareas incluirán:

Diseñar el Programa de Instrucción anual a fin de mantener e incrementar los estándares de calidad y entrenamiento de los operadores y técnicos de las dependencias bajo su órbita, considerando la utilización de los simuladores, si se dispone de instalaciones de ese tipo.

Instruir teóricamente en la sala de instrucción y prácticamente en el puesto de trabajo, a los operadores practicantes para la obtención de los conocimientos y de las competencias técnicas necesarias para alcanzar las correspondientes habilitaciones locales de la dependencia.

Elaborar y organizar los programas de Instrucción y llevar a cabo los procesos de capacitación-entrenamiento para la obtención de las certificaciones de competencia laboral habilitaciones en los distintos puestos de las dependencias bajo su órbita.

Adecuar la instrucción teórica y práctica, en la medida de lo posible, a las características propias de cada operador que recibe entrenamiento en el puesto de trabajo.

Elaborar y administrar los exámenes teóricos y prácticos para las habilitaciones locales en los puestos de de trabajo.
Verificar el progreso alcanzado por el personal, en los procesos de capacitación y entrenamiento y elaborar el registro de actuación con los informes pertinentes necesarios para conformar un historial del desempeño y la evolución de la dotación de controladores.

Un operador o técnico podrá ser identificado con la función de Instructor en cuyo caso tendrá como función adicional la de Impartir instrucción teórica y práctica en su dependencia.

Valorar la evolución del personal en instrucción e informar al Jefe de Instrucción, o al Jefe de Dependencia, cuando considere que dicho personal se encuentra suficientemente preparado para iniciar el entrenamiento práctico en el puesto de trabajo, o para la obtención de la habilitación local o cuando le sea requerido por aquél.
Realizar las funciones asignadas al puesto de trabajo de Operador o Técnico, cuando no realice funciones de Instructor.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 16/06/2016 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date16/06/2016

Page count68

Edition count9394

First edition02/01/1989

Last issue12/07/2024

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