Boletín Oficial de la República Argentina del 04/12/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Viernes 4 de diciembre de 2015

Primera Sección

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DEOPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

BOLETIN OFICIAL Nº 33.270

103

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación aduanera solicitada, con carácter provisorio y hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional dicte el decreto de habilitación definitiva del muelle y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.

Resolución 330/2015

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Asunto: Prorrógase la habilitación con carácter precario de la zona operativa aduanera en el muelle de UTE ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF S.A. - PROYECTO GNL ESCOBAR - UNION
TRANSITORIA DE EMPRESAS.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1 de la Disposición N360/11 AFIP.

Bs. As., 02/12/2015

Por ello, LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:

VISTO la Actuación N17181-19-2015 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL; y CONSIDERANDO:
Que mediante el escrito del 31 de julio de 2015 presentado por MARITIMA MERIDIAN S.A. a fs. 1, invocando el carácter de agente marítimo de UTE ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF S.A. PROYECTO GNL ESCOBAR - UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, se solicita una prórroga del plazo de la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle ubicado en la localidad de Escobar, Provincia de Buenos Aires, concedida por Resolución N46/2011 DGA de la DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS y prorrogada sucesivamente a través de distintos actos administrativos, informándose que el PODER EJECUTIVO NACIONAL no le otorgó aún la habilitación definitiva de dicho lugar.

ARTICULO 1 Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera para la realización de operaciones de removido, solicitada por la firma ASOCIACIÓN DE COOPERATIVAS ARGENTINAS COOPERATIVA LIMITADA CUIT N30-500120882 en el muelle de su propiedad, ubicado sobre la margen derecha del km. TRES 3 del Riacho Barranqueras, km. MIL CIENTO NOVENTA Y
OCHO 1198 del Río Paraná, en la localidad de Puerto Vilelas, Provincia de Chaco, jurisdicción de la División Aduana de Barranqueras.

Que en función de lo manifestado en la NOTA N41/2015 DV CORP de la Sección Zona Portuaria Tigre de fs. 35/36, la NOTA N297/2015 DV COPN de la División Control Operativo Norte de fs. 38 y la Nota N822/15 DI ADM1 de la Dirección Aduanas Metropolitanas I de fs. 40, y ante la existencia de razones de interés público fundadas en la necesidad de abastecer energéticamente a nuestro país, resulta procedente autorizar las operaciones que se desarrollen en el mencionado lugar, con carácter precario, por un nuevo término, correspondiendo a la Dirección precedentemente mencionada verificar la vigencia de las constancias emitidas por los diversos Organismos previamente intervinientes en la habilitación del muelle en cuestión, así como exigir las obras y toda otra documentación necesaria a los fines del adecuado ejercicio del control y para seguridad del Servicio Aduanero.

ARTICULO 3 Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Resistencia. Cumplido, remítase a la División Aduana de Barranqueras a los fines de su conocimiento y notificación. Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que por el Dictamen N610/15 DV DRTA de la División Dictámenes en Régimen Tributario Aduanero de fs. 42, conformado por medio de las leyendas del 11 de noviembre de 2015 del Departamento Asesoramiento Aduanero y la Dirección de Asesoría Legal Aduanera a fs. 42 vta., así como por NOTA N3788/15 SDG ASJ de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos de fs. 43, la NOTA N1036/2015 SDG PLA de la Subdirección General de Planificación y la nota de la Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional de fs. 43 vta., dichas unidades de estructura han tomado la intervención que les compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades delegadas por el artículo 1 de la Disposición N360/11 AFIP.
Por ello, EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1 Prorrógase la habilitación acordada por Resolución N46/2011 DGA de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, con carácter precario, por un nuevo plazo con vencimiento el día 31 de marzo de 2016, de la zona operativa aduanera en el muelle de UTE ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF S.A. - PROYECTO GNL ESCOBAR - UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, ubicado entre los kilómetros SETENTA Y CUATRO 74 y SETENTA Y CINCO 75 del Río Paraná de las Palmas, en la localidad de Escobar, Provincia de Buenos Aires, jurisdicción de la Dirección Aduanas Metropolitanas I, para la realización de operaciones aduaneras de descarga de Gas Natural Licuado GNL.
ARTICULO 2 Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE
ADUANAS. Tomen conocimiento la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS y la Dirección Aduanas Metropolitanas I. Cumplido, remítase al Departamento Aduana de Buenos Aires Norte a sus efectos. DANIEL SANTANNA, Subdirector General de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.
e. 04/12/2015 N174051/15 v. 04/12/2015

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DEOPERACIONES ADUANERAS DELINTERIOR
Resolución 475/2015
Asunto: Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle ASOCIACIÓN DE
COOP. ARGENTINAS COOP. LTADA. CUIT N30500120882. División Aduana de Barranqueras.
Bs. As., 02/12/2015
VISTO la actuación SIGEA N12246-88-2012/54 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la firma ASOCIACIÓN DE COOPERATIVAS ARGENTINAS COOPERATIVA LIMITADA CUIT N 30-50012088-2, solicita una prórroga de la habilitación aduanera provisoria otorgada por Resolución N 164/2015 SDG OAI al muelle de su propiedad, ubicado sobre la margen derecha del km. TRES 3 del Riacho Barranqueras, km. MIL CIENTO NOVENTA Y
OCHO 1198 del Río Paraná, en la localidad de Puerto Vilelas, Provincia de Chaco, jurisdicción de la División Aduana de Barranqueras, para la realización de operaciones de removido.
Que se encuentra acreditado en la actuación SIGEA N 12246-88-2012/4 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley 24.093 tramita ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente del Ministerio del Interior y Transporte por expediente NS02:0008459/2013.

ARTICULO 2 Establécese que la citada prórroga tendrá vigencia hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional dicte el decreto de habilitación definitiva del muelle en trato y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.

e. 04/12/2015 N174010/15 v. 04/12/2015

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DEOPERACIONES ADUANERAS DELINTERIOR
Resolución 488/2015
Asunto: Prórroga habilitación provisoria Zona Operativa Aduanera Muelle 2 de la firma Asociación de Cooperativas Argentinas Cooperativa Limitada. Departamento Aduana de San Lorenzo.
Bs. As., 02/12/2015
VISTO la Actuación SIGEA N12509-523-2011/58 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y CONSIDERANDO
Que por la citada actuación la firma Asociación de Cooperativas Argentinas, Cooperativa Limitada CUIT N30-50012088-2, solicita una prórroga de la habilitación que le fuera otorgada con carácter provisorio mediante Resolución N167/15 SDG OAI, para dar continuidad en la atención aduanera del Muelle 2, ubicado a la altura del km CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON
SEISCIENTOS 445,600, margen derecha del Río Paraná, Departamento de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, en jurisdicción del Departamento Aduana de San Lorenzo, para el amarre de buques de fertilizantes sólidos y barcazas de agrograneles.
Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA N 12509-523-2011 que la ampliación de la habilitación del citado puerto en el marco de la Ley N24.093, tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente NS01:0182391/2007.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional dicte el decreto que establezca la ampliación de la habilitación del Puerto y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1 de la Disposición 360/11 AFIP.
Por ello, LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1 Prorróguese la habilitación provisoria de la zona operativa aduanera en el Muelle 2 de la firma Asociación de Cooperativas Argentinas, Cooperativa Limitada CUIT N3050012088-2, ubicado a la altura del Km. CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON SEISCIENTOS 445,600, margen derecha del Río Paraná, Departamento de San Lorenzo, para el amarre de buques de fertilizantes sólidos y barcazas de agrograneles.
ARTICULO 2 Establécese que la citada prórroga tendrá vigencia hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional dicte el decreto que establezca la ampliación de la habilitación oportunamente otorgada al Puerto y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.
ARTICULO 3 Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes al Departamento Aduana de San Lorenzo para su conocimiento y notificación. Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 04/12/2015 N173991/15 v. 04/12/2015

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Boletín Oficial de la República Argentina del 04/12/2015 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date04/12/2015

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Last issue30/07/2024

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