Boletín Oficial de la República Argentina del 20/10/2015 - Primera Sección

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Martes 20 de octubre de 2015

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.238

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QUINTO: Teniendo en cuenta la modificación en el expendio de boletos efectuada en el área del A.M.B.A. a través del Sistema Unico de Boleto Electrónico, las partes modifican el rubro salarial ATENCION BOLETERA el que a partir del presente se denominará ATENCION SUBE. Asimismo las partes acuerdan que los montos de los básicos conformados salario básico, presentismo y atención sube de todas las categorías convencionales alcanzadas por el presente son los que surgen en cada rubro de la planilla que en este acto se agregó al presente y fue suscripta por las partes, quedando sin efecto para el futuro cualquier acta o norma convencional que se oponga al presente.
SEXTO: Las Cámaras Empresarias presentes manifiestan que las sumas resultantes del presente acuerdo deberán ser consideradas en el modelo económico financiero, confeccionado sobre la base de la metodología aprobada mediante la Resolución S.T. N270/2009, por lo que los pagos que en tales conceptos se deban efectuar se encuentran condicionados a que el Gobierno Nacional haya acreditado previamente los importes correspondientes para satisfacerlos.
SEPTIMO: Las partes declaran la plena validez del acta complementaria al presente instrumento.
OCTAVO: El presente acuerdo entrará en vigencia con posterioridad a la homologación del mismo, la que se solicita en este acto.
En uso de la palabra los representes de la Secretaría de Transporte prestan conformidad con lo acordado precedentemente.
No siendo para mas, a las 19.00 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí que CERTIFICO.

Expediente N1645142/15
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 15 días del mes de julio del 2015, siendo las 17.00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante mi Secretario de Conciliación, Lic. Sebastián KOUTSOVITIS; en representación de la en representación de la SECRETARIA DE TRANSPORTE ST lo hacen los señores Edgardo COLOMBINI, Subsecretario de Transporte Automotor, Lic. Gerardo OTERO, Subsecretario de Gestión Administrativa del Transporte, en representación de la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR UTA con domicilio en Moreno N2969 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo hace el Secretario General, Roberto FERNANDEZ, Secretario Adjunto, Daniel DOMINGUEZ, Secretario de Interior Jorge KIERNER con el patrocinio letrado del Doctor Abel DE MANUELE y del Dr. Carlos María LUCERO y en representación de la CAMARA EMPRESARIA DEL TRANSPORTE URBANO DE BUENOS AIRES CETUBA, lo hace el señor Luis RODRIGUEZ, en representación de la CAMARA DEL TRANSPORTE DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES CTPBA lo hacen los señores Roberto RODRIGUEZ y Luciano MESSINA con la asesoría del Doctor Gastón DE LA FARE, en representación de la ASOCIACIÓN
ARGENTINA DE EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR AAETA, lo hacen los señores Eduardo ZBIKOSKI, Presidente, Marcelo GONZALVEZ, Gerente, Mauro Alberto COGLIONESSE
con el patrocinio del Doctor Gastón DE LA FARE, en representación de la ASOCIACION CIVIL
TRANSPORTE AUTOMOTOR ACTA, lo hace el señor Daniel GUOLO y en representación de la CAMARA EMPRESARIA DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS CEAP lo hace el señor Carlos DA COSTA.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y atento a las actuaciones de autos, las partes deciden incorporar la presente ACTA COMPLEMENTARIA al acuerdo celebrado en el día de la fecha, y que corren por cuerda separada en el presente expediente, por lo que las partes ACUERDAN:
PRIMERO: En virtud de la difícil situación de la Obra Social de la actividad, resultante de la insuficiencia de los aportes y contribuciones de los últimos años para solventar adecuadamente la misma, y con el objeto de garantizar el normal funcionamiento del sistema solidario de salud que brinda a los dependientes de la actividad la O.S.C.T.C.P. y enmarcado en la emergencia sanitaria oportunamente dictada por el Poder Legislativo Nacional, que involucra a toda la cobertura médica asistencial, se conviene con carácter extraordinario, excepcional y por única vez, sin que ello implique la posibilidad de invocar precedente de ningún tipo, una contribución patronal equivalente a la suma de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS $1.400,00 por trabajador afiliado a la O.S.C.T.C.P. en el ámbito de vigencia temporal de la cláusula segunda punto 2, del acuerdo principal celebrado en el día de la fecha. Dichas sumas serán pagaderas en siete 7
cuotas iguales mensuales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS $200,00 por cada trabajador, a partir del pago de los haberes del mes de junio del corriente año. La referida contribución deberá ser depositada en la cuenta corriente n2100446/05 del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Miserere, en la misma fecha del vencimiento de las cargas sociales correspondientes al mes del que se trate.
SEGUNDO: Las Cámaras Empresarias presentes manifiestan que las sumas resultantes del presente acuerdo deberán ser consideradas en el modelo económico financiero, confeccionado sobre la base de la metodología aprobada mediante la Resolución S.T. N270/2009, por lo que los pagos que en tales conceptos se deban efectuar se encuentran condicionados a que el Gobierno Nacional haya acreditado previamente los importes correspondientes para satisfacerlos.
TERCERO: Las partes declaran que el presente forma parte integrante del acuerdo salarial que para igual ámbito de aplicación personal, han suscripto en el día de la fecha.
CUARTO: Las partes solicitan la homologación del presente conjuntamente con el acuerdo salarial suscripto en forma precedentemente.
En uso de la palabra los representes de la Secretaría de Transporte manifiestan que prestan conformidad con lo acordado precedentemente.
No siendo para mas, a las 19.00 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa Iectura, para constancia y ratificación de su manifestación ante mí que CERTIFICO.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 20/10/2015 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date20/10/2015

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First edition02/01/1989

Last issue06/08/2024

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