Boletín Oficial de la República Argentina del 02/10/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 2 de octubre de 2015
hábiles, la designación transitoria de la señora Araceli Viviana BELLOTTA DNI N14.027.615, en un cargo de la Planta Permanente Nivel A, Grado 0, como DIRECTORA NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva I del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N 2098/08, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14
del citado Convenio, cuya designación original fuera efectuada por el Decreto N811/15.
Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de se-

lección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del 9 de junio de 2015.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto del año en curso asignado a la Jurisdicción 72 del MINISTERIO DE CULTURA.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNÁNDEZ DE KIRCHNER.
Aníbal D. Fernández. Teresa A. Sellarés.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.227

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nicaciones entonces dependiente directamente de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, actualmente dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la citada Secretaría, Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SI.N.E.P., aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7 de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14
del citado Convenio.
Art. 3 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SI.N.E.P., homologado por el Decreto N2.098/08, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del dictado de la presente medida.
Art. 4 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS.
Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández. Axel Kicillof.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1

MINISTERIO DEECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS
Decreto 1967/2015
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2015 - Recursos Humanos.

Bs. As., 21/09/2015
VISTO el Expediente NS01:0277700/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 y los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 7 de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de las mismas, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de las citadas leyes.
Que por el Decreto N491 de fecha 12 de marzo de 2002 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se considera imprescindible la cobertura de UN 1 cargo vacante Función Ejecutiva Nivel III de Director de Ingeniería y Comunicaciones de la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones entonces dependiente directamente de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, actualmente dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la citada Secretaría.
Que a fin de posibilitar la cobertura del cargo previamente mencionado es necesario modificar la distribución presupuestaria de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 7 de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008.
Que si bien la persona propuesta posee los requisitos de experiencia e idoneidad necesarios para cubrir dicho cargo, deberá ser exceptuada de los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SI.N.E.P., aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2.098
de fecha 3 de diciembre de 2008.

MINISTERIO DEECONOMÍA
YFINANZAS PÚBLICAS

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Decreto 1968/2015

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular N4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Modelo de Contrato de Préstamo. Aprobación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el Artículo 6 de la Ley N27.008, los Artículos 7 y 10 de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 y el Artículo 1 del Decreto N491/02.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2015 - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, de acuerdo con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.
Art. 2 Dase por designado transitoriamente, a partir del 1 de diciembre de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del dictado de la presente medida, al señor Don Darío Eduardo VITACCA M.I. N22.501.863 en el cargo de Director de Ingeniería y Comunicaciones de la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comu-

Bs. As., 21/09/2015
VISTO el Expediente N S01:0119718/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO BIRF, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF; el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO
BIRF se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del Proyecto de Energías Renovables para Zonas Rurales de Argentina por un monto de hasta
DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES U$S200.000.000.
Que el Proyecto tiene como objetivo proporcionar y mejorar el acceso a los servicios de energía modernos en las áreas rurales seleccionadas por el Prestatario.
Que el citado Proyecto prevé la ejecución de CUATRO 4 partes: i Provisión de Servicios de Electricidad Renovable, ii Provisión de Servicios Solares Térmicos, iii Soporte al Desarrollo del Proyecto y; iv Gestión del Proyecto.
Que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS, actuando a través de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, con la asistencia de las Provincias participantes, denominado en adelante Organismo Ejecutor.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo BIRF, así como toda otra docu-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 02/10/2015 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date02/10/2015

Page count36

Edition count9388

First edition02/01/1989

Last issue06/07/2024

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