Boletín Oficial de la República Argentina del 18/08/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 18 de agosto de 2015
la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N27.008 - Servicio Administrativo Financiero N317 de la SECRETARÍA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DEGABINETE
DEMINISTROS
Decisión Administrativa 655/2015
Dase por aprobada contratación en la Dirección General de Supervisión Operativa.

Bs. As., 07/08/2015
VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM:
0020485/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, reglamentada por el Decreto N1421 del 8 de agosto de 2002 y la Ley N27.008, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
N 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 11 de diciembre de 2014, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA dependiente de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y Da. Gabriela PASSADORE
D.N.I. N 29.847.214, de acuerdo con las previsiones del Decreto N 1421 del 8 de agosto de 2002.
Que por el artículo 9 del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
N 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.
Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9 del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO SINEP, aprobado por el Decreto N 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C diversas exigencias.
Que la agente propuesta no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares de la misma, estos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para
su realización, por lo que procede aprobar la contratación de la misma como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.
Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios, como Secretaria Privada, a partir del 1 de enero de 2015, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que la agente involucrada en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto N601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N491
del 12 de marzo de 2002, adjuntando la documentación pertinente.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N27.008.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, del último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164 y del Decreto N577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Dase por aprobado, con efectos al 1 de enero de 2015 y hasta el 31
de diciembre de 2015, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y Da. Gabriela PASSADORE D.N.I. N 29.847.214, para desempeñar funciones de Secretaria Privada en la DIRECCIÓN GENERAL DE SUPERVISIÓN OPERATIVA de la SUBSECRETARÍA DE
COMUNICACIÓN PÚBLICA de la citada Secretaría, equiparada al Nivel C - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
SINEP, aprobado por el Decreto N2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9
del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N1421
del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.
Art. 2 Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1 de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I al Decreto N 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.194

Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DEGABINETE
DEMINISTROS
Decisión Administrativa 656/2015
Dase por aprobada contratación en la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

Bs. As., 07/08/2015
VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM:
0025746/2015 del Registro de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164 reglamentada por el Decreto N 1421 del 8 de agosto de 2002 y la Ley N27.008, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, y 2098
del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N3 del 21
de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE
LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS N48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 31 de marzo de 2015, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Ana Inés GRIGERA D.N.I. N31.153.548, de acuerdo con las previsiones del Decreto N 1421 del 8
de agosto de 2002.
Que por el artículo 9 del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
N 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.
Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9 del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO SINEP, aprobado por el Decreto N 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.
Que la agente propuesta no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares de la misma, estos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación de la misma como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.
Que el artículo 2 de la Decisión Administrativa N3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, establece que para la equiparación de la remuneración con el adicional por grado del régimen escalafonario que resulte de aplicación al personal de Planta Permanente de la jurisdicción sólo se considerará la especialidad o experiencia laboral acumulada por la persona a contratar derivada de servicios prestados en organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal y organismos o entes públicos, incluso los prestados con
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carácter de ad honorem, relacionados exclusiva y directamente con las actividades, funciones, servicios o resultados a obtener mediante su contratación.
Que la agente involucrada en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto N601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N491
del 12 de marzo de 2002, adjuntando la documentación pertinente.
Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de abril de 2015, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos Presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, de conformidad con la Ley N27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, del último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164 y del Decreto N577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Dase por aprobado, con efectos al 1 de abril de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Ana Inés GRIGERA D.N.I. N31.153.548, para desempeñar funciones de Asesora Legal Especializada, en la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS, de la citada Secretaría equiparada al Nivel B - Grado 1, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
SINEP, aprobado por el Decreto N2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9
del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N 1421
del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.
Art. 2 Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1 de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I al Decreto N 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
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Aníbal F. Randazzo.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 18/08/2015 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date18/08/2015

Page count92

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First edition02/01/1989

Last issue10/08/2024

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