Boletín Oficial de la República Argentina del 17/07/2015 - Primera Sección

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Primera Sección
Viernes 17 de julio de 2015
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto N491/02.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dase por prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, a partir del 13 de marzo de 2015, la designación transitoria efectuada oportunamente mediante el Decreto N1561 de fecha 30 de agosto de 2012 y cuya última prórroga operó por el Decreto N1797 de fecha 8 de octubre de 2014, de D. Luis Alfredo VESPOLI D.N.I. N 14.958.622, en un cargo Nivel B, Grado 0, como Coordinador de Relaciones Institucionales de la DIRECCIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES de la DIRECCIÓN
GENERAL DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL
DE LA COMUNICACIÓN PÚBLICA de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2098 de fecha 3
de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio citado precedentemente.
Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO SINEP homologado por el Decreto N2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1 de la presente medida.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes al Programa 19 -Prensa y Difusión de Actos de Gobiernode la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ DE
KIRCHNER. Aníbal D. Fernández.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

torización para contratar al señor Mariano BARRIENTOS DNI N28.231.672, con carácter de excepción en un Nivel B, Grado 0 del SINEP, bajo el régimen del artículo 9
del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164 y su reglamentación.
Que sin perjuicio de que el señor Mariano BARRIENTOS no cumple con el requisito de nivel educativo establecido para el Nivel B, en el Capítulo III, Título II, del Anexo al Decreto N 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, el citado reúne las condiciones de idoneidad y experiencia requeridas para el puesto.
Que con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las funciones del MINISTERIO DE CULTURA, resulta necesario autorizar al mismo a contratar al señor Mariano BARRIENTOS con carácter de excepción al punto II del inciso c del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.
Que el Jefe de Gabinete de Ministros se encuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164.

Autorízase contratación.

Bs. As., 10/07/2015
VISTO el Expediente CUDAP N 4422/15 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N 1421/02, Reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, el Decreto N2098
de fecha 3 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto el MINISTERIO DE CULTURA solicita la au-

Que con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las funciones del actual MINISTERIO DE CULTURA, resulta necesario autorizar al mismo a contratar a la señora María Florencia FERNANDEZ con carácter de excepción al punto II del inciso c del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.
Que el Jefe de Gabinete de Ministros se encuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
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100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el último párrafo del artículo 9
del Anexo I del Decreto N 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Autorízase al MINISTERIO DE
CULTURA, para contratar desde el 01/09/2014
y hasta el 31/12/2014 a la señora María Florencia FERNANDEZ DNI N 33.443.516, en una categoría Nivel C Grado 0, con carácter de excepción al Punto II del inciso c del artículo 9
del Anexo I del Decreto N1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel C del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2098/08.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Teresa A.
Sellarés.

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 491/2015
Autorízase contratación en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Autorízase al MINISTERIO DE
CULTURA, para contratar desde el 01/03/2015
y hasta el 31/12/2015 al señor Mariano BARRIENTOS DNI N28.231.672, en una categoría Nivel B Grado 0, con carácter de excepción al Punto II del inciso c del artículo 9 del Anexo I del Decreto N 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel B del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2098/08.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Teresa A.
Sellarés.

MINISTERIO DECULTURA
Decisión Administrativa 482/2015

Decisión Administrativa 492/2015

Que sin perjuicio de que la señora María Florencia FERNANDEZ no cumple con el requisito de nivel educativo establecido para el Nivel C, en el Capítulo III, Título II, del Anexo del Decreto N2098 de fecha 3
de diciembre de 2008, la citada reúne las condiciones de idoneidad y experiencia requeridas para el puesto.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado intervención.

Contratación.

MINISTERIO DECULTURA

BOLETIN OFICIAL Nº 33.173

Bs. As., 08/07/2015
VISTO el Expediente N 2733/14 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N1421/02, Reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, el Decreto N2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto el MINISTERIO DE CULTURA solicita la excepción para la contratación de la señora María Florencia FERNANDEZ DNI
N33.443.516 en un Nivel C, Grado 0 del SINEP, bajo el régimen del artículo 9 del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164 y su reglamentación.

Bs. As., 10/07/2015
VISTO el Expediente N 320/2015 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, su Decreto Reglamentario N1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, los Decretos N2098 del 3 de diciembre de 2008 y la Decisión Administrativa N3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto se tramita la excepción para la contratación de personal, para desempeñarse en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en los términos del Decreto N1421/02.
Que por el artículo 9 del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior, se establecieron las prescripciones a las que estarán sujetas las contrataciones de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N48/02 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.
Que las personas de que se trata se encuentran afectadas exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.
Que dichas personas reúnen los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa N3/04, modificada por sus similares N1151/06 y N52/09, a los efectos de su equiparación a los niveles establecidos por el Sistema Nacional de Empleo Público.
Que el mencionado Sistema Nacional, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que a fin de posibilitar la contratación de las personas que se indican en el Anexo que forma parte integrante de la presente, corresponde exceptuar a las mismas de las restricciones contenidas en el punto II del inciso c del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, propone la contratación de las personas que se trata, con la finalidad de asegurar la continuidad de las tareas y perfeccionar la labor que desarrolla para el debido cumplimiento de los objetivos asignados al mismo.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta conforme a las facultades emergentes del Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y a tenor de lo establecido en el último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 17/07/2015 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date17/07/2015

Page count80

Edition count9392

First edition02/01/1989

Last issue10/07/2024

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