Boletín Oficial de la República Argentina del 10/07/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Viernes 10 de julio de 2015

Primera Sección
En el caso de presentaciones colectivas se deberá nombrar un responsable, quien oficiará como representante legal del proyecto ante el Ministerio, y detallar el listado completo de los beneficiarios en los documentos que se establecen en el punto 5 de las presentes bases.
No podrán presentarse a esta convocatoria del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural:
- Personas o entidades que hayan sido seleccionadas en la convocatoria 2014 del Fondo Argentino de Desarrollo Cultural.
- Personas o entidades que hayan recibido durante el año 2015 algún subsidio otorgado por este Ministerio, con excepción de los subsidios especiales otorgados por entidades desconcentradas o descentralizadas de fomento de acuerdo con la finalidad y la normativa que rige a cada una.
- Personas o entidades que hayan sido beneficiados con ayudas para el mismo fin del proyecto presentado por otros Organismos de la órbita Nacional, Provincial o Municipal.
- Personas jurídicas que se desempeñen como proveedores del Ministerio de Cultura de la Nación.
- Personas o entidades cuyos representantes o integrantes del proyecto sean funcionarios o personal dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación.
2.1.1 Personas físicas - Mayores de 18 años.
- Argentinos o extranjeros con residencia certificada.
2.1.2 Personas Jurídicas - Asociaciones civiles - Fundaciones - Cooperativas - SRL
- SA
- Sindicatos 2.2 Postulación Las postulaciones deberán realizarse a través de la página web del Ministerio de Cultura de la Nación www.cultura.gob.ar.
No se aceptarán presentaciones en otros formatos ni postulaciones por fuera de las fechas estipuladas en la convocatoria 2015.
2.2.1 Postulación vía plataforma digital El postulante deberá seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al enlace link: fondo.cultura.gob.ar - Completar el Formulario de Postulación cumpliendo los requisitos y condiciones establecidas en las presentes Bases.
- Adjuntar el Formulario Específico del Proyecto y los documentos requeridos para la postulación detallados en el punto 5 de las Bases.
El portal revisará que los campos obligatorios del Formulario de Postulación hayan sido completados. Será de exclusiva responsabilidad del postulante efectuar su postulación en conformidad con los requisitos y condiciones de Bases.
Se deja expresa constancia que cada documento incluido en la postulación vía plataforma digital, deberá ser adjuntado de acuerdo a las extensiones y tamaños especificado en cada campo.
No se aceptarán postulaciones en otros formatos a los mencionados, incompletas o presentadas fuera del plazo señalado.

4.1.2 Los beneficiarios serán responsables de la originalidad y propiedad intelectual de las obras, productos y/o proyectos presentados en esta convocatoria y de los derechos originales con respecto a terceros de imágenes o sonidos preexistentes utilizados en las creaciones artísticas, deslindando de cualquier responsabilidad al Ministerio de Cultura de la Nación.
4.2 Obligaciones del Responsable 4.2.1 Los beneficiarios deberán corroborar y tramitar los documentos necesarios para el viaje pasaportes, visas, certificados de vacunación y sanidad, etc., deslindando de cualquier responsabilidad al Ministerio de Cultura de la Nación.
4.2.2 Quien reciba la ayuda deberá entregar informes de avance siempre que el área responsable del Ministerio de Cultura de la Nación lo solicite. Al terminar el proyecto se deberá entregar un informe con los resultados del proyecto realizado, de acuerdo al modelo de Memoria Técnica y Rendición financiera que se otorgará oportunamente.
4.2.3 En el caso de las modalidades A y B, los beneficiarios de las ayudas deberán presentar la Memoria Técnica y Rendición en la cual deberán adjuntarse los pasajes y/o tarjetas de embarque, según corresponda, en el término máximo de 30 treinta días contados desde la finalización de la actividad. En el caso de la modalidad C, los beneficiarios deberán presentar dichos documentos en el término máximo de 15 quince días contados desde la finalización del MICA 2015.
4.2.4 En toda pieza de comunicación, referencia pública, sitios webs o redes sociales vinculadas al proyecto deberá consignarse de manera visible el apoyo del FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO
CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA de la NACIÓN y los correspondientes isologotipos. Las aplicaciones de las mismas deberán adjuntarse oportunamente en la rendición de cuentas.
4.2.5 Los beneficiarios deberán ceder sus derechos de imagen al Ministerio de Cultura de la Nación para ser utilizada y difundida exclusivamente en eventuales materiales de comunicación con el único fin de la promoción y difusión del Ministerio de Cultura de la Nación.
4.2.6 Los gastos de envío de la documentación necesaria para la adjudicación de las ayudas otorgadas que fuera solicitada por el área técnica del Ministerio, correrá por cuenta de los beneficiarios, en su totalidad.
4.3. Cancelación y devolución de fondos 4.3.1 Los pasajes que no hubiesen sido utilizados por cualquier razón, deberán ser cancelados por el beneficiario y reintegrados en los términos y plazos que fije el Ministerio de Cultura de la Nación.
4.3.2 El Ministerio de Cultura de la Nación podrá disponer la cancelación total o parcial y exigir el reintegro de los importes correspondientes por las siguientes causas:
a Uso indebido de las ayudas b Incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente reglamentación 4.4 Sanciones por incumplimiento de compromisos Ante cualquier incumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases el área competente intimará para que se proceda de acuerdo a lo establecido. En caso de omisión o negativa o fracasada la intimación en dos oportunidades, se girarán las actuaciones a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Cultura de la Nación para que tome la intervención que le compete.
En caso de cualquier incumplimiento por parte de los beneficiarios en el proceso de rendición de cuentas, los integrantes del proyecto quedarán inhabilitados para recibir futuras ayudas del Ministerio de Cultura de la Nación.
V. LISTA DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD
Todos los documentos solicitados deberán ser presentados digitalmente mediante un enlace en la página del Ministerio de Cultura de la Nación www.cultura.gob.ar.
A Formulario de Postulación
Todos los documentos deberán ser presentados en idioma español.

Este documento está conformado por:

2.4 Periodo de recepción de proyectos
- Información general del proyecto.

III. SELECCIÓN DE PROYECTOS
3.1 Revisión formal y admisión de proyectos Luego de su presentación, los proyectos serán revisados por el área técnica correspondiente a fin de constatar el cumplimiento de los requisitos formales y administrativos.
3.2 Proceso de evaluación y selección La evaluación de los proyectos y la selección de los beneficiarios serán realizadas por un comité evaluador designado por el Ministerio de Cultura de la Nación. Los integrantes de dicho comité serán publicados al momento del anuncio de los proyectos seleccionados. Las decisiones del comité serán inapelables.
3.3 Publicación y notificación de resultados En el caso de las modalidades A y B, los resultados de la convocatoria serán publicados el 2 de octubre de 2015. En el caso de la modalidad C, los resultados estarán disponibles el 7 de agosto de 2015. En todos los casos serán informados a través de la página web del Ministerio de Cultura de la Nación http www.cultura.gob.ar y se notificará a los postulantes seleccionados a través de correo electrónico.
IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES
4.1 Aceptación de condiciones 4.1.1 En el caso de las modalidades A y B, los beneficiarios deberán firmar una Carta Compromiso, en un plazo de 15 quince días corridos de recibida la notificación de selección,
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donde aceptarán las condiciones del FADC y se comprometerán a la ejecución total del proyecto.
En el caso de la modalidad C, la Carta Compromiso deberá ser firmada en un plazo de 7 siete días corridos desde el momento de recibir la notificación.

2.3 Idioma de los documentos
En el caso de las modalidades A y B, la recepción de los proyectos estará vigente desde el 6
de julio al 14 de agosto de 2015, sin posibilidad de prórroga alguna. En el caso de la modalidad C, la recepción de los proyectos se realizará entre el 6 de julio al 24 de julio de 2015, sin excepción.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.168

- Datos del postulante.
- Documentación obligatoria a adjuntar establecidos en los puntos B, C y E.
B Carta a la Sra. Ministra de Cultura de la Nación Carta dirigida a la Ministra de Cultura de la Nación solicitando la ayuda, especificando bajo qué modalidad y la cantidad de pasajes requerida.
El modelo de carta estará disponible para descargar, completar y presentar escaneada y firmada por el representante legal de proyecto, en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación.
C Documentación respaldatoria del postulante C. 1 Personas físicas 1. Copia escaneada del DNI del solicitante bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas.
2. Constancia del CUIL o CUIT de la persona solicitante.
3. Curriculum Vitae de la persona solicitante o reseña del proyecto según corresponda máximo 4 hojas.
C.2 Personas jurídicas 1. Copia escaneada del DNI del representante legal bifaz en el caso de la tarjeta o tres primeras hojas.
2. Constancia de inscripción ante la AFIP.
3. Breve reseña de actividades que desarrolla la entidad desde su creación, máximo 4 hojas.
áximo 4 hojas.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 10/07/2015 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date10/07/2015

Page count64

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First edition02/01/1989

Last issue07/07/2024

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