Boletín Oficial de la República Argentina del 11/12/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 11 de diciembre de 2014

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

Pág.

PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 1106/2014
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014

7

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1082/2014
Dase por aprobada contratación en la Dirección de Infracciones Ambientales

8

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1083/2014
Dase por aprobada contratación en la Dirección de Administración de Tecnologías

8

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 1079/2014
Dase por aprobada contratación en la Dirección de Residuos Peligrosos

9

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 1081/2014
Dase por aprobada contratación en la Dirección Nacional de Control Ambiental

9

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 1086/2014
Autorízase enmienda a contratación en la Secretaría de Organización y Comunicación Comunitaria

10

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 1087/2014
Autorízase contratación en la Subsecretaría de Organización Comunitaria

10

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 1085/2014
Convalídase contratación en la Secretaría de Empleo

10

SECRETARIA LEGAL YTECNICA
Decisión Administrativa 1084/2014
Dase por autorizada contratación

11

RESOLUCIONES
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 1433/2014-SG
Declárase de Interés Nacional el Concurso de Diseño de Sombreros 2014 segunda edición

12

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución 3326/2014-SRT
Registro Nacional de Accidentes Laborales. Creación.

12

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General 03/2014-IGJ
Resolución General Nº7/2005. Modificación

20

DEUDA PUBLICA
Resolución Conjunta 327/2014-SH y 90/2014-SF
Dispónese la ampliación de la emisión de los Bonos de la Nación Argentina en Dólares Estadounidenses 8.75% 2024 BONAR 2024

21

AVISOS OFICIALES
Nuevos
Anteriores

22
98

98

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

propiedad del ESTADO NACIONAL ubicado en Avenida Eduardo Comesaña entre la Autopista Acceso Oeste y la calle Carlos Pellegrini de la Localidad de CIUDADELA, Partido de TRES DE FEBRERO, Provincia de BUENOS AIRES, identificado catastralmente como Circunscripción VI - Sección D - Fracción XI - Parcela 2 D remanente, con una superficie total aproximada de SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO METROS CUADRADOS Y TREINTA
Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS
73.225,34 m2.
Que la solicitud referida en el considerando precedente, tiene por objeto destinar el inmueble mencionado a la ejecución de un Proyecto para la Recuperación Urbana y
Aprovechamiento Vecinal del área neurálgica de la Localidad de CIUDADELA, a fin de garantizar a sus habitantes el acceso a las actividades de esparcimiento, sociales y culturales, así como facilitarles la adquisición de productos de primera necesidad.
Que el emprendimiento se orienta al desarrollo económico del área, mediante la radicación de actividades y usos productivos, a través de un centro comercial, cines, estacionamientos e hipermercado, configurando una importante fuente de empleo y por ende el sustento de una gran cantidad de familias.
Que de las constataciones de la AGENCIA
DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ES-

BOLETIN OFICIAL Nº 33.028

TADO surge que la empresa COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACION
S.A. actualmente se encuentra ocupando el inmueble en cuestión, en virtud de una concesión de uso otorgada hasta el día 28
de octubre de 2018, conforme surge de la Prórroga de Contrato de Concesión suscripto entre la empresa requirente y el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO.
Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA
NACION ha fijado el valor total de las parcelas del bien de la referencia al contado, desocupado y considerando las mejoras, en la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS MIL $268.700.000.
Que la empresa COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACION S.A. ha aceptado el precio de venta fijado por el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION, solicitando asimismo una financiación para el pago total del precio.
Que razones de interés general hacen conveniente el otorgamiento de financiación para el pago del precio de venta, para lo cual la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE
BIENES DEL ESTADO ha estimado razonable la aplicación del interés correspondiente a la Tasa Nominal Anual del BANCO
DE LA NACION ARGENTINA, equivalente al DIECIOCHO CON OCHENTA Y CINCO
POR CIENTO 18,85%.
Que, asimismo, en virtud de los análisis técnicos efectuados, se ha considerado pertinente establecer como condición de venta de la operación la percepción de una suma equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO
25% del precio de venta en concepto de anticipo y el otorgamiento de financiación para el pago del saldo restante en TREINTA Y SEIS 36 cuotas iguales, mensuales y consecutivas Sistema de Amortización Francés, las que incluirán un interés financiero correspondiente a la Tasa Nominal Anual del DIECIOCHO CON OCHENTA
Y CINCO POR CIENTO 18,85%.
Que se ha previsto, dentro del procedimiento de venta, la suscripción de un Boleto de Compra Venta, en el cual se establecerá que los trabajos de agrimensura que correspondan para deslindar el inmueble se encontrarán a cargo de la parte compradora. En dicho Boleto se preverá asimismo que el plano de mensura pertinente deberá ser presentado para su visación por la parte vendedora, previa aprobación de las autoridades jurisdiccionales competentes, debiendo contemplar las restricciones y afectaciones que pesan sobre el inmueble.
Que en este sentido se destaca que sobre un sector de la Parcela 2 D remanente, se asienta el Museo Histórico del Ejército, por lo que el comprador deberá efectuar el deslinde y mensura de dicha fracción quedando la misma en propiedad del ESTADO
NACIONAL.
Que la AGENCIA DE ADMINISTRACION
DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, tiene entre sus objetivos la ejecución de las políticas; normas y procedimientos que rigen la disposición y administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL en uso, concesionados y desafectados, la gestión de la información del REGISTRO NACIONAL DE BIENES
INMUEBLES DEL ESTADO, su evaluación y contralor, la fiscalización permanente de la actividad inmobiliaria estatal y la intervención en toda operación inmobiliaria de la totalidad de las Jurisdicciones y Entidades que conforman el SECTOR PUBLICO
NACIONAL.
Que el artículo 8, inciso 7, del Decreto N 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012
faculta a la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO a transferir y enajenar, previa autorización pertinente conforme la normativa vigente, bienes inmuebles desafectados del uso con el fin de constituir emprendimientos de interés público, destinados al desarrollo y la inclusión social, en coordinación con las áreas con competencia específica en la materia.

2

Que el artículo 2 inciso a, de la Ley N 22.423 y su modificatoria, autoriza la venta directa de los inmuebles del dominio privado del ESTADO NACIONAL, que no sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, en el caso de ocupantes de inmuebles destinados a vivienda, comercio, industria o a la prestación de servicios públicos, cualquiera sea el origen de su título o condición legal, con exclusión de los que lo detentaren como consecuencia de un acto ilícito penal.
Que el artículo 12 inciso b, del Decreto N407 de fecha 11 de marzo 1991, modificado por el artículo 5 del Decreto N2.137
de fecha 10 de octubre de 1991, dispone la venta por el sistema de contratación directa, cuando concurrieren circunstancias técnicas, sociales, económicas o de interés general que las justifique y exclusivamente en el supuesto, entre otros, previsto en el inciso a del artículo 2 de la Ley N22.423
y su modificatoria, precedentemente mencionado.
Que de las constancias de los actuados surge claramente la concurrencia de circunstancias técnicas y económicas que habilitan el procedimiento de venta directa en trato, toda vez que se trata de un inmueble innecesario para la gestión del ESTADO
NACIONAL, ocupado, descartando con la celebración de la venta toda situación potencialmente litigiosa con referencia al mismo.
Que la AGENCIA DE ADMINISTRACION
DE BIENES DEL ESTADO ha evaluado la importancia del proyecto mencionado para el inmueble en cuestión, el cual se enmarca en la política nacional de desarrollo que lleva adelante el ESTADO NACIONAL, uno de cuyos pilares fundamentales es el mejoramiento de las condiciones de vida de la población.
Que resulta pertinente instruir a la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES
DEL ESTADO a tramitar la venta directa del inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL en los términos del artículo 12, inciso b, del Decreto N407/91 sustituido por el artículo 5 de su similar N2.137/91 y en el marco del inciso a del artículo 2 de la Ley N22.423 y su modificatoria, a favor de la empresa COTO CENTRO INTEGRAL DE
COMERCIALIZACION S.A.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO y la DIRECCION GENERAL ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Instrúyese a la AGENCIA DE
ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a instrumentar el procedimiento de venta directa a favor de la empresa COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACION S.A., en los términos del artículo 12, inciso b, del Decreto N407/91 sustituido por el artículo 5 de su similar N2.137/91 y en el marco del inciso a del artículo 2 de la Ley N22.423 y su modificatoria, respecto de parte del inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL ubicado en Avenida Eduardo Comesaña entre la Autopista Acceso Oeste y la calle Carlos Pellegrini de la Localidad de CIUDADELA, Partido de TRES DE FEBRERO, Provincia de BUENOS AIRES, identificado catastralmente como Circunscripción VI - Sección D - Fracción XI - Parcela 2 D remanente, con una superficie total aproximada de SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO
METROS CUADRADOS Y TREINTA Y CUATRO
DECIMETROS CUADRADOS 73.225,34 m2, por la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS MIL

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Boletín Oficial de la República Argentina del 11/12/2014 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date11/12/2014

Page count108

Edition count9379

First edition02/01/1989

Last issue27/06/2024

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